Buscar search
Índice format_list_bulleted

ACUERDO 236 DE 2022

(julio 26)

Diario Oficial No. 52.122 de 10 de agosto de 2022

AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS

Por el cual se actualiza la cabida y linderos establecidos en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 expedida por el Incora que constituyó el Resguardo Indígena Kankuamo, se sanea el resguardo indígena con tres (3) mejoras y se amplía por primera vez con una (1) mejora sobre predio baldío, cuatro (4) predios fiscales y diez (10) predios de propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS (ANT),

en uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial de las conferidas por el artículo 85 de la Ley 160 de 1994, el artículo 2.14.7.3.7. del Decreto Único Reglamentario número 1071 de 2015, el numeral 26 del artículo 4°, los numerales 1 y 16 del artículo 9° del Decreto ley 2363 de 2015, el artículo 80 de la Ley 1955 de 2019, el artículo 2.2.2.2.20 del Decreto número 1170 de 2015, adicionado por el Decreto número 148 de 2020, y

CONSIDERANDO:

A. COMPETENCIA - FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. Que el artículo 7° de la Constitución Política de 1991 prescribe que el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

2. Que en los artículos 246, 286, 287, 329 y 330 de la Constitución Política de 1991, de la misma forma que el artículo 56 transitorio, se prevén distintos derechos para los pueblos indígenas y, en particular, el artículo 63 dispone que los resguardos indígenas tienen el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables.

3. Que el Convenio 169 de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo “sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes”, aprobado por Colombia mediante la Ley 21 del 4 de marzo de 1991, forma parte del bloque de constitucionalidad. Este Convenio se fundamenta en el respeto a las culturas y a las formas de vida de los pueblos indígenas y tribales y reconoce sus derechos sobre las tierras que tradicionalmente ocupan y los recursos naturales, entre otros aspectos.

4. Que el artículo 85 de la Ley 160 de 1994 le otorgó competencia al extinto Instituto Colombiano de Reforma Agraria (en adelante Incora) para estudiar las necesidades de tierra de las comunidades indígenas a efecto de dotarlas de los territorios indispensables, que facilitaran su adecuado asentamiento y desarrollo con miras a la constitución, ampliación, reestructuración y saneamiento de resguardos indígenas.

5. Que el artículo 2.14.7.3.12 del Decreto Único número 1071 de 2015, establece que se realizará entrega material a título gratuito y mediante acta de los predios y mejoras adquiridos en favor de la o las comunidades representadas por el cabildo o autoridad tradicional legalmente constituida y reconocida para su administración y distribución equitativa entre todas las familias que la conforman, con arreglo a las normas que lo rigen.

6. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.14.7.3.7 del Decreto Único número 1071 de 2015, corresponde al Consejo Directivo del extinto Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (en adelante Incoder) expedir el acto administrativo que constituya, reestructure o amplíe el resguardo indígena en favor de la comunidad respectiva.

7. Que el Decreto ley 2363 de 2015 creó la Agencia Nacional de Tierras (en adelante ANT) como máxima autoridad de las tierras de la Nación, encargada de la ejecución de la política de ordenamiento social de la propiedad rural diseñada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y le asignó, entre otras, las funciones relacionadas con la definición y ejecución del plan de atención de comunidades étnicas en cuanto a la titulación colectiva. Además, le asignó las funciones de constitución, ampliación, saneamiento y reestructuración de resguardos indígenas, así como la clarificación y deslinde de los territorios colectivos.

8. Que en el artículo 38 del Decreto ley 2363 de 2015, se consagró una regla de subrogación de funciones, conforme a la cual toda referencia normativa hecha a los extintos Incora e Incoder en materia de ordenamiento social de la propiedad rural se entiende hoy concernida a la ANT. En este sentido, el parágrafo del artículo en mención previó que las referencias a la Junta Directiva del Incora o al Consejo Directivo del Incoder consignadas en la Ley 160 de 1994 y demás normas vigentes, deben entenderse referidas al Consejo Directivo de la ANT, por lo que asuntos como la ampliación de resguardos indígenas, son competencia de este último.

9. Que la Corte Constitucional mediante la Sentencia T-025 del 22 de enero de 2004, declaró el estado de cosas inconstitucional respecto de la situación de la población desplazada y en su Auto de Seguimiento número 004 del 26 de enero de 2009, estableció una orden general referida al diseño e implementación de un programa de garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento, y una orden especial referida al diseño e implementación de planes de salvaguarda para 34 pueblos indígenas en situación inminente de exterminio. El pueblo Kankuamo, quedó incluido en la orden general del Auto número 004 de 2009 y hace parte de la evaluación de verificación contenida en el Auto número 266 del 12 de junio de 2017, cuyo seguimiento ha sido concertado en diferentes encuentros desde el año 2010 de la Mesa Permanente de Concertación de los Pueblos y Organizaciones Indígenas donde se atienden las necesidades de las comunidades.

10. Que el numeral 12 del artículo 2.14.7.2.3 del Decreto Único número 1071 de 2015, dispone que la ANT debe procurar cohesión y unidad del territorio, lo cual, no condiciona la formalización de territorios en beneficio de comunidades indígenas que no posean una unidad espacial continua, pues debido a fenómenos de colonización, expansión y conflicto armado, las tierras ancestrales ocupadas han sido despojadas y diezmadas, lo que ha ocasionado que la posesión por parte de las comunidades sobre estas se ejerza de manera segmentada.

11. Que el artículo 80 de la Ley 1955 de 2019 facultó a la ANT para actuar como gestor catastral de acuerdo con los estándares y las especificaciones técnicas determinadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (en adelante IGAC), condición que le permite levantar los componentes físico y jurídico del catastro, necesarios para el ordenamiento social de la propiedad o los asociados a proyectos estratégicos del orden nacional priorizados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y, por extensión, realizar los procesos de corrección, actualización y rectificación de áreas y linderos sobre los predios intervenidos.

12. Que según lo dispone el parágrafo 2° del artículo 2.2.2.2.20 del Decreto número 1170 de 2015, adicionado por el Decreto número 148 de 2020, la ANT en su calidad de gestor catastral, solo tendrá competencia para la ejecución de trámites catastrales de predios privados cuyo título originario derive de una actuación administrativa proferida por los extintos Incora, Incoder y por la propia ANT, cuando se requiera para efectos del Ordenamiento Social de la Propiedad Rural.

B. FUNDAMENTOS FÁCTICOS

1. Que el Resguardo Indígena Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta, se encuentra localizado en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar.

2. Que el pueblo indígena Kankuamo es uno de los cuatro grupos étnicos asentados históricamente en la Sierra Nevada de Santa Marta, donde también se encuentran los Kogui, los Wiwa y los Arhuacos. (Folio 8504).

3. Que conforme con los acuerdos establecidos entre el pueblo Kankuamo y la ANT, la ampliación y saneamiento del resguardo indígena inicialmente se adelantaría con 28 predios y mejoras, sin embargo, teniendo en cuenta que a la fecha algunos de estos no cuentan con las condiciones jurídicas o topográficas necesarias para ser formalizados, se adelanta el procedimiento de ampliación y saneamiento con 18 predios y mejoras. (Folio 8338).

4. Que los Kankuamos, viven principalmente en doce (12) comunidades: La Mina, Guatapurí, Chemesquemena, Los Haticos, Río Seco, Ramalito, Rancho de la Goya, Mojao, Pontón, Murillo, Las Flores y Atánquez. Desde 1770, Atánquez ya se mencionaba como capital del territorio Kankuamo y desde ese entonces ha sido el centro político y cultural de este pueblo. (Folios 8426 y 8448).

5. Que para los Kankuamos existen dos (2) tipos de autoridad: la autoridad tradicional y la autoridad política. La autoridad tradicional está compuesta por los mayores conocedores de la tradición, los consejos de mayores, los cabildos menores y la autoridad política estaría representada por las autoridades del Cabildo Mayor, en cabeza del Cabildo Gobernador. (Folio 8455).

C. ACTUALIZACIÓN DE CABIDA Y LINDEROS CON EFECTOS REGISTRALES

1. Que el artículo 2.2.2.2.17 del Decreto número 1170 de 2015, modificado por el Decreto número 148 del 4 de febrero de 2020, establece el procedimiento catastral de actualización de linderos con efectos registrales, que se comprende como parte de la gestión e información catastral.

2. Que el artículo 2.2.2.2.20 del Decreto número 1170 de 2015, modificado por el Decreto número 148 del 4 de febrero de 2020, establece el ámbito de la Gestión Catastral para la ANT, de la siguiente manera:

“La Agencia Nacional de Tierras (ANT), en su calidad de gestor catastral, levantará los componentes físico y jurídico del catastro necesarios para los procesos de ordenamiento social de la propiedad o los asociados al desarrollo de proyectos estratégicos del orden nacional priorizados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con los estándares y las especificaciones técnicas determinadas por la autoridad reguladora catastral.

En los términos del artículo 80 de la Ley 1955 de 2019, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) no tendrá a cargo la conservación catastral, por lo que una vez levantada e incorporada la información física y jurídica del catastro en el SINCI o la herramienta tecnológica que haga sus veces, las competencias catastrales en cabeza de dicha entidad cesarán respecto de los predios objeto de intervención y se trasladarán al Gestor Catastral competente”.

De cualquier forma, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) podrá adelantar cualquier proceso de Ordenamiento Social de la propiedad rural con el insumo catastral que otro gestor haya levantado previamente”.

3. Que la Resolución Conjunta IGAC 1101 de 2020 y SNR 11344 de 2020, en su artículo 27, señala los procedimientos catastrales con efectos registrales a cargo de la ANT en el marco de la ejecución de la política de ordenamiento social de la propiedad, lo cual permite que la entidad aplique los procedimientos catastrales con efectos registrales de actualización de linderos, rectificación de área por imprecisa determinación, rectificación de linderos por acuerdo entre las partes, inclusión de área y/o linderos, o actualización masiva y puntual de linderos y áreas.

4. Que, si bien la ANT puede levantar los componentes físico y jurídico del catastro necesarios para los procesos de ordenamiento social de la propiedad, conservar la información sobre la actualización de linderos del Resguardo Indígena Kankuamo, es una función que se trasladará al gestor catastral competente, de conformidad con el artículo 80 de la Ley 1955 de 2019.

5. Que mediante Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 190-103944 (Anotación 1), la Junta Directiva del Incora constituyó como resguardo, en favor de la Comunidad Indígena Kankuamo, un globo de terreno conformado por un baldío y un predio del Fondo Nacional Agrario, ubicados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, sobre un área de veinticuatro mil doscientas doce hectáreas y dos mil sesenta y dos metros cuadrados (24.212 ha + 2.062 m2).

6. Que en la estructuración de la información geográfica dentro de los procedimientos de ampliación y saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo, fue necesario revisar y analizar el polígono de la constitución con el objetivo de ajustar y actualizar información.

7. Que en abril de 2022 se realizó un análisis geográfico del Resguardo Indígena Kankuamo con el fin de dar claridad y precisión de los linderos definidos para el resguardo indígena constituido y los respectivos predios y mejoras consideradas para la ampliación y el saneamiento, mediante la revisión de la información que reposa en la entidad y la espacialización de los límites y coordenadas de referencia, por medio del uso de la herramienta de software SIG (ArcGis), esto, en el marco de las funciones de la ANT. (Folios 8351-8386).

8. Que, del análisis geográfico mencionado anteriormente, se pudo concluir:

- “Según el análisis realizado, el polígono obtenido a partir de la representación gráfica del mapa Incora I-630-422 y de la cartografía bese (sic) del IGAC escala 1:25.000 y los ajustes introducidos por los nuevos levantamientos planimétrico prediales de los lotes de ampliación y/o saneamiento realizados dentro del proceso de ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo, presenta un ajuste correcto con todos los elementos arcifinios y los detalles verificados en todas las colindancias contenidas en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, que describe los linderos del Resguardo Indígena Kankuamo, adicionalmente el área obtenida en el proceso es diferente solo en un 0.39% con respecto al área de constitución contenida en los títulos de propiedad colectiva.

- El Mapa I-630-422 que complementa la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, fue escalado, orientado y reproyectado técnicamente para la obtención de los resultados presentados en este informe.

- El polígono final obtenido es consistente con los de los resguardos Kogui Malayo Arhuaco y al Resguardo Indígena Arhuaco de La Sierra Nevada que son adyacentes al Resguardo Indígena Kankuamo”.

9. Que se realizó el ajuste y se corrigió la topología del polígono de constitución en la colindancia con los resguardos Arhuaco y Kogui Malayo Arhuaco, teniendo en cuenta los límites departamentales de la base del IGAC y las bases de la ANT. Igualmente, con las bases geográficas del IGAC se realizó el ajuste con los elementos arcifinios nombrados en la resolución de constitución del Resguardo Kankuamo. (Folios 8351-8386).

10. Que para resolver las imprecisiones geométricas, de cálculo y digitalización del polígono constituido, se procedió, con la previa identificación de los predios que hacen parte de la constitución del resguardo, a conectarlos con bases de datos catastrales oficiales actuales, para registrar cambios en forma con respecto al inventario original del plano de constitución, y de esta manera afinarlos a una realidad más fidedigna del territorio. (Folios 8351-8386).

11. Que es importante indicar que la actualización de área y linderos es resultante de los análisis mencionados previamente y al recalcular el área del polígono de constitución comprende una cabida superficiaria de 24.306 ha + 2.271 m2 y no de 24.212 ha + 2.062 m2 como se estableció inicialmente en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003. Así las cosas, se logró establecer una diferencia de noventa y cuatro hectáreas doscientos nueve metros cuadrados (94 ha + 0209 m2), que corresponde a un 0.39% con respecto a la considerada en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, la cual se encuentra dentro de los rangos de tolerancia conforme a lo establecido en el artículo 2.2.2.2.24 del Decreto número 148 de 2020 y en el artículo 15 de la Resolución Conjunta número 1101 del IGAC y 11344 de la Superintendencia de Notariado y Registro del 31 de diciembre de 2020. Por lo cual, procede la actualización de cabida y linderos con efectos registrales mediante el presente procedimiento de formalización territorial, como lo establece el Decreto número 148 de 2020 y la Resolución Conjunta número 1101 de IGAC y 1134 de SNR del 31 de diciembre de 2020.

Área según Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 Área del Resguardo con la actualización de cabida y linderos Diferencial Margen de tolerancia
24.212 ha + 2.062 m2 24.306 ha + 2.271 m2 Ha % %
 94 ha + 0209 m2 0.39% 2

12. Que los hallazgos encontrados como producto del análisis realizado podrían estar asociados con la precisión cartográfica, la escala de representación catastral y/o las inconsistencias en la formación predial, como son la geometría o forma física del inmueble, la georreferenciación o localización del inmueble.

13. Que es importante indicar que la actualización de área y linderos es resultante del recálculo de la espacialización que indican los linderos del plano Incora, de la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, posterior a los ajustes cartográficos realizados, sin que ello implique una afectación al derecho fundamental al territorio y a la propiedad colectiva.

D. SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS ORIENTADOS A LA AMPLIACIÓN Y EL SANEAMIENTO

1. Que de conformidad con el artículo 7° del Decreto número 2164 de 1995, el 23 de julio de 2012, el señor Jaime Enrique Arias Arias en calidad de Gobernador del Resguardo Indígena Kankuamo, presentoíla solicitud de ampliación del resguardo indígena. (Folios 17-20).

2. Que en virtud del artículo 10 del Decreto número 2164 de 1995, el 22 de enero de 2013, la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Étnicos del Incoder, expidió auto mediante el cual ordenó la práctica de una visita a territorio del 18 de febrero al 15 de marzo de 2013 y la realización del estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras que permita viabilizar la ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo. (Folios 21-24).

3. Que el auto que ordenó la visita fue debidamente comunicado al Gobernador Indígena, al Procurador Judicial, Ambiental y Agrario del Cesar, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a quien también se le solicitó pronunciamiento sobre la verificación y certificación de la función ecológica de la propiedad del resguardo indígena; así mismo se requirió a la Alcaldía Municipal de Valledupar, Cesar, para fijar el edicto en un lugar visible de la entidad. (Folios 25-28).

4. Que obra en el expediente la constancia de fijación del respectivo edicto en lugar público y visible de la Alcaldía Municipal de Valledupar, Cesar, durante el periodo comprendido entre el 31 de enero y el 13 de febrero de 2013. (Folio 34).

5. Que reposa en el expediente acta de la visita realizada a territorio ordenada mediante auto del 22 de enero de 2013. (Folios 35-40).

6. Que la visita mencionada se llevó a cabo en vigencia del Convenio número 637 del 25 de septiembre de 2012 suscrito entre ACDI-VOCA e Incoder con el fin de ejecutar el programa para la formalización del territorio étnico. (Folio 8466).

7. Que previa solicitud, de conformidad con el artículo 10 del Decreto número 2164 de 1995, el Director de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental (SINA) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en adelante MADS) expidió la Resolución número 0230 del 17 de febrero de 2014, mediante la cual certificó el cumplimiento de la función ecológica del Resguardo Indígena Kankuamo. (Folios 45-47).

8. Que mediante acuerdos entre la Agencia Nacional de Tierras y el Cabildo Kankuamo se estableció una actualización y verificación de la información demográfica, labor que culminó el 21 de abril de 2018. (Folio 8466).

9. Que la ANT suscribió el Convenio de Asociación número 1170 de 2019 con Amazon Conservation Team (en adelante ACT), con el objeto principal de aunar esfuerzos en la promoción de actividades que permitan mejorar los niveles de atención a las comunidades indígenas en materia de acceso a derechos territoriales colectivos, protección de sus territorios y el fortalecimiento de su gobernanza, de acuerdo con el marco normativo aplicable.

10. Que el 11 de junio de 2021, bajo el Radicado número 20215100665151 la Subdirectora de Asuntos Étnicos de la ANT, solicitó el alcance de las certificaciones de las funciones ecológicas de la propiedad de los resguardos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta, por lo que el 28 de julio de 2021 el Director de Ordenamiento Ambiental Territorial y SINA del MADS respondió que “(…) no pierden vigencia, al igual que todos los actos administrativos que se hayan emitido con anterioridad, y pueden ser utilizadas para continuar el respectivo trámite de ampliación de dichos resguardos, teniendo en cuenta que la certificación se realizó en los mismos predios del territorio ancestral de la Sierra Nevada de Santa Marta sobre los que se formalizará la ampliación”. (Folios 7918, 7930).

11. Que en virtud del artículo 2.14.7.3.5. del Decreto Único número 1071 de 2015, se concluyó la actualización del estudio socioeconómico jurídico y de tenencia de tierras para el saneamiento y la ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo, en mayo de 2022, con la participación de ACT en el marco del Convenio de Asociación número 1170 de 2019. (Folios 8411-8572).

12. Que las tierras con las cuales se saneará el Resguardo Indígena Kankuamo corresponden a tres (3) mejoras adquiridas por el Incoder, transferidas a la ANT y se ampliará con una (1) mejora adquirida por el resguardo indígena sobre predio baldío, cuatro (4) predios de propiedad de la Agencia Nacional de Tierras que hacen parte del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral y diez (10) predios propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, que se encuentran debidamente delimitados en los Planos ACCTI 200011318, ACCTI 200011319 y ACCTI 200011320. (Folios 9704-9706).

13. Que consultado el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 190-103944 se evidencia que el tipo de predio señalado es U (urbano), situación que no es acorde con la realidad, ya que esta clasificación es rural por su naturaleza.

14. Que la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 fue registrada en los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 190-88696 y 190-103944, que identificaron los predios con los que se constituyó el resguardo indígena, sin embargo, la zona constituida fue englobada en el 190-103944.

15. Que conforme a la necesidad de actualizar la información cartográfica sobre los predios objeto de formalización, se realizaron dos (2) tipos de verificaciones, la primera respecto a los cruces de información geográfica con fechas del 9, 10, 11 y 14 de febrero de 2022, actualizados el 17 de junio de 2022 (Folios 8070-8257, 9340-9531), y la segunda con el Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC) de fecha 22 de febrero de 2022 (Folios 8262-8337), evidenciándose algunos traslapes que no representan incompatibilidad con la figura jurídica del resguardo indígena y los demás fueron descartados después de su correspondiente verificación, tal como se detalla a continuación:

15.1. Base Catastral: Conforme a la necesidad de verificar la información catastral de los inmuebles, se realizó el cruce de información geográfica correspondientes a los predios y las mejoras que conforman la pretensión territorial del resguardo indígena. En la base catastral se identifica traslape con treinta y tres (33) predios; sin embargo, en la visita técnica realizada por la ANT, se verificó que físicamente no existe ningún traslape (cruce de información geográfica y redacción técnica de linderos). Es importante precisar que el inventario catastral que administra el IGAC, no define ni otorga propiedad, de tal suerte que los cruces generados meramente indicativos, para lo cual, los métodos con los que se obtuvo la información del catastro actual fueron masivos y en ocasiones difieren de la realidad o precisión espacial y física de los predios en el territorio.

Que complementariamente, se efectuó una revisión previa de la información jurídica de la expectativa de saneamiento y ampliación del resguardo y posterior a ello, se consolidó el levantamiento planimétrico predial que fue el resultado de una visita en campo donde fue posible establecer la inexistencia de mejoras de terceros en el área, así como tampoco se evidenció la presencia de terceros reclamantes de derechos de propiedad sobre los predios a formalizar dentro de la ampliación del resguardo.

15.2. Bienes de Uso Público: Se identificaron superficies de agua en el territorio pretendido por el Resguardo Indígena Kankuamo, en las mejoras denominadas Puerto Estrella, San Martín, Vida Nueva, La Ceibita y los predios Se Verá, Tierras Nuevas, Monterrey, La Rutina, Finca Bello Horizonte, La Esperanza (190- 33029), El Encanto, Finca “Selva María y Juan de Dios”, La Esperanza (190- 52577), Palo Alto y Monte Rico (folios 8070-8257, 9340-9531). Así mismo, se identificó cruce con el Mapa Nacional de Humedales V3 a escala 1:100.000 (MADS 2020), en el predio Finca Bello Horizonte aproximadamente 40%, que corresponde a 60 ha + 9.930 m2 del área total del predio y en el predio Se Verá en aproximadamente 4.6% que corresponde a 3 ha + 9.092 m2 del área total del predio, en humedal temporal (las diferencias de área pueden ser aducidas al sistema de referencia, este debe ser Magna Bogotá).

Que el inciso 1° del artículo 677 del Código Civil, establece que “Los ríos y todas las aguas que corren por cauces naturales son bienes de la Unión, de uso público en los respectivos territorios”, en correspondencia con los artículos 801y 832 del Decreto ley 2811 de 1974, “Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.

Que, en concordancia con lo anterior, el artículo 2.14.7.5.4. del Decreto Único número 1071 de 2015, señala que: “La Constitución, ampliación y reestructuración de un Resguardo indígena no modifica el régimen vigente sobre aguas de uso público”. Así mismo, el presente acuerdo está sujeto a lo establecido en los artículos 80 a 85 del Decreto ley 2811 de 1974 y en el Decreto número 1541 de 1978, hoy compilado en el Decreto número 1076 de 2015.

Que el artículo 206 de la Ley 1450 de 2011 establece que “Corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, los Grandes Centros Urbanos y los Establecimientos Públicos Ambientales efectuar, en el área de su jurisdicción y en el marco de sus competencias, el acotamiento de la faja paralela a los cuerpos de agua a que se refiere el literal d) del artículo 83 del Decreto ley 2811 de 1974 y el área de protección o conservación aferente, para lo cual deberán realizar los estudios correspondientes, conforme a los criterios que defina el Gobierno nacional”, en concordancia con el Decreto número 2245 de 2017, compilado en el Decreto número 1076 de 2015 y reglamentado por la Resolución número 957 de 2018. En consecuencia, la ANT no tiene asignada competencia alguna que guarde relación con la ordenación y manejo del recurso hídrico, al igual que, con el acotamiento de ronda hídrica, específicamente.

Que dado el traslape con humedales, deberá tenerse en cuenta lo consagrado en el artículo 172 de la Ley 1753 de 2015 -Plan Nacional de Desarrollo-, y las Resoluciones números 157 de 2004, 196 de 2006 y 957 de 2018 expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), que refiere a la regulación en materia de conservación y manejo de los Humedales, además, de los criterios técnicos para acotamiento de rondas hídricas en estos ecosistemas.

Que con relación al acotamiento de las rondas hídricas existentes en los predios involucrados en el procedimiento de ampliación y saneamiento del Resguardo Kankuamo, ACT, mediante Comunicado SEC-327 de fecha 30 de junio de 2021, solicitó al Subdirector General del Área de Gestión Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar), el concepto ambiental del territorio de interés. (Folio 7923).

Que, ante la mencionada solicitud, la Corporación respondió mediante el Radicado DG-1858 con fecha del 23 de agosto de 2021 (Folios 7941-7967), indicando que:

“[…] Es necesario señalar que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el Libro 2, Parte 2, Título 3, Capítulo 2, Sección 3A del Decreto número 1076 de 2015 establece los criterios técnicos con base en los cuales las Autoridades Ambientales competentes realizarán los estudios para el acotamiento de las rondas hídricas en el área de jurisdicción, por lo anterior, Corpocesar ha emitido la Resolución número 0264 del 11 de abril de 2019 por medio de la cual se priorizan las corrientes hídricas para su acotamiento; por razones de gestión y financiamiento aún no se han realizado dichos estudios y en consecuencia no se encuentran definidas las áreas de protección ecológica que derivadas de estos.

Teniendo en cuenta que los propietarios de predios tienen la obligación de dar cumplimiento al artículo 2.2.1.1.18.2 del Decreto número 1076 del 2015 respecto al área forestal protectora de 30 m a cada lado de los cauces permanentes de drenajes, utilizando software geográfico se procede a estimar, producto de análisis cartográfico, dicha área forestal protectora o faja paralela de 30 m a cada lado de los drenajes identificados en la base IGAC, obteniendo un área mínima para protección forestal. […]”.

Que, aunque aún no se cuente con la delimitación de rondas hídricas por parte de las autoridades ambientales competentes, una vez se realice el respectivo acotamiento, estas deberán ser excluidas de acuerdo con el marco normativo expuesto frente a la materia.

Que, por lo anterior, y en cumplimiento de las exigencias legales y las determinaciones de las autoridades competentes, la comunidad no debe realizar actividades que representen la ocupación de las zonas de rondas hídricas, así como también debe tener en cuenta que estas fajas deben ser destinadas a la conservación y protección de las formaciones boscosas y a las dinámicas de los diferentes componentes de los ecosistemas aferentes a los cuerpos de agua, para lo cual, la comunidad deberá generar procesos de articulación entre los instrumentos de planificación propios con los establecidos para dichos ecosistemas, propendiendo por su dinámica ecológica y la prestación de los servicios ambientales como soporte de la pervivencia de la comunidad.

Que, respecto a los demás bienes de uso público, tales como, las calles, plazas, puentes y/o caminos, que se encuentren al interior del territorio objeto de formalización, no perderán dicha calidad, de conformidad con lo establecido por el Código Civil en su artículo 674, cuyo dominio corresponde a la República y su uso pertenece a todos los habitantes de un territorio.

15.3 Zonas de explotación de recursos naturales no renovables: Mediante Oficio SEC-761 del 29 de diciembre de 2021, ACT solicitó a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (en adelante ANH) informar si dentro del territorio objeto de ampliación se tiene proyectado o se están ejecutando labores de explotación y/o exploración de hidrocarburos, de ser positiva la respuesta, se solicitó remitir copia de los expedientes y/o actos administrativos expedidos por la entidad. (Folios 7978-7979).

Que mediante Radicado ANH 20213023299881 del 30 de diciembre de 2021, la ANH respondió: “… me permito informar que una vez consultado el mapa de áreas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) actualizado a la fecha del 26 de noviembre de 2021, ninguno de los 29 predios del asunto se superpone sobre área alguna con contrato de hidrocarburos vigente, se localizan sobre las áreas RESERVADAS de tipo AMBIENTAL, área de BASAMENTO CRISTALINO y área DISPONIBLE denominada CR-2-1 … En este contexto se precisa que el área de su interés para la ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo no hay contratos vigentes de hidrocarburos, no se están ejecutando labores de explotación y/o exploración de hidrocarburos y que dentro de un radio de 2.5 Kilómetros aproximados de estos no se encuentran pozos, según base de datos del EPIS”. (Folios 7993-7995).

Que mediante Oficio SEC-758 del 29 de diciembre de 2021 dirigido a la Gerente de Catastro y Registro Minero de la Agencia Nacional de Minería (en adelante ANM), se solicitó remitir los certificados de registros, títulos mineros o aquellos actos administrativos expedidos por la entidad que se encuentren dentro de la zona objeto de ampliación y en caso de presentarse la existencia de un título minero en el área informara el estado del mismo en la actualidad, igualmente, se puso en conocimiento a la ANM el procedimiento de ampliación y saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo, para que emita el pronunciamiento de acuerdo con el orden jurídico que corresponda. (Folios 7982-7983).

Que al respecto, la ANM respondió mediante Oficio ANM 20212200414961 del 6 de agosto de 2021, que: “… en el mes de enero de 2020 adoptamos el Sistema de Gestión Integral Minera en cumplimiento del Decreto número 20781 de 2019, a través del cual la ciudadanía podrá acceder a los módulos de registro de usuario y visor geográfico del referido Sistema Integral a través del sitio institucional www.anm.gov.co - al link https://annamineria.anm.gov.co/sigm/externalLogin en donde entre otras capas de información, se encuentran la de solicitudes y títulos mineros vigentes … Si es de su interés ingresar a la referida plataforma, lo invitamos a revisar la documentación de ABC y los tutoriales que están en la página web en el botón ANNA Minería ubicada en la parte izquierda de la página https://www.anm.gov.co/?q=informacion-anna-mineria”. (Folios 7937-7940).

Por lo anterior, en mayo de 2022, se realizó el cruce de información geográfica, catastro minero colombiano y el Geovisor de ANNA Minería y el mismo evidenció que sobre los predios objeto de ampliación y saneamiento no se identifica traslape alguno. (Folios 8408- 8410).

16. Que en relación con los cruces identificados en las Consultas números 29663-90CC3322F2, 29665-271F603BEF, 29659-A30949460B, 29679-AAC876F7FC, 29643-843F920A76, 29661-EB158E47E4, 29649-BDED34856D, 29651-58998BA9F0, 29671-0EE6DAA98A, 29675-833E351E53, 29641-796E4AC1BC, 29634-8E097709E9, 29636-EFA5A3AA5A, 29630-FC691D1268, 29628-9F8A02AC17, 29669-4F1B524429, 29653-86CAE2F38A, 29657-1E57740355, 29662-5958A0829B, 29664-41CD9909BD, 29658-B8FCAEE730, 29678-7BFF4795D8, 29642-A631352023, 29660-78F55223EB, 29648-AC1E309B34, 29650-07106ECE12, 29670-D5D4B62A53, 29674-196B04A238, 29640-2CB5F43F29, 29633-7456C62629, 29635-2CB48D34BD, 29629-2A0E6FA64D, 29627-690ACA27A1, 29668-A6D3B64F1E, 29652-898919D64F, 29656-00750EA4D8, 15731-181be1b0, 15732-fb77213e, 15729-69752e05, 15740-f75ffa5b, 15719-cb2a6878, 15730-479602ba, 15722-4455616a, 15723-0b471b09, 15735-8eaa829c, 15738-bd6d827b, 15718-882b02a0, 15715-ad9e5dd3, 15716-ab7abf84, 15713-38f6937b, 15712-a7b63c2e, 15734-e4255bc4, 15724-26027595 y 15727-f1d6870d, (Folios 8262-8337) realizadas en la plataforma del Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC) de fecha 22 de febrero de 2022, respecto al área objeto de formalización, se evidenció lo siguiente:

16.1 Áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) (Parque Nacional Natural): Se identificó que el predio fiscal La Providencia con Cédula Catastral número 20001000100010199000, presenta cruce parcial con el Parque Nacional de la Sierra Nevada de Santa Marta; este cruce es de aproximadamente el 1% del área total del predio pretendido para el procedimiento de formalización.

Que, con relación al cruce con el Parque Nacional de la Sierra Nevada de Santa Marta, ACT mediante Radicado número SEC-144 de fecha 25 de marzo de 2022, solicitó al Director Territorial Caribe de Parques Nacionales Naturales de Colombia información de interés del cruce con la capa de Parques Nacionales Naturales, a tener en cuenta para el procedimiento de formalización de la Comunidad Indígena Kankuamo, ubicada en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar. (Folio 8339).

Que ante la mencionada solicitud, el Director Territorial Caribe de Parques Nacionales Naturales de Colombia, mediante Radicado número 20226550002371 de fecha 26 de abril de 2022, informó que “El Polígono 13 La Providencia, se traslapa en un área aproximada de 0,8 hectáreas con el Parque Nacional Natural Sierra Nevada de Santa Marta declarado mediante Resolución número 0191 del 30 de agosto de 1964, “por la cual se reserva y declaran Parques Nacionales Naturales, tres sectores de tierras baldías en el departamento del Magdalena” y modificado mediante Resolución Ejecutiva número 164 del 6 de junio de 1977, “por la cual se aprueba el Acuerdo número 0025 del 2 de mayo de 1977 en el cual se modifican los límites del Parque Nacional Natural Sierra Nevada de Santa Marta en los departamentos de Magdalena, Guajira y Cesar”.

Que de acuerdo con el artículo 67 de la Ley 99 de 1993 el Resguardo Indígena Kankuamo, a partir de su propio gobierno deberá garantizar la protección y defensa del medio ambiente, los recursos naturales, así como cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en la Resolución número 0191 del 30 de agosto de 1964. Por lo cual, los usos propios de la comunidad deberán estar en concordancia con el objetivo de la delimitación de esta área de especial importancia ecológica que a su vez es determinante ambiental en el ordenamiento del territorio.

Que por todo lo anterior, y de acuerdo con el artículo 7° del Decreto número 622 de 1977 compilado en el Decreto Único Reglamentario del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible número 1076 de 2015 artículo 2.2.2.1.9.2, se concluye que el traslape mencionado no afecta el citado proceso de formalización del Resguardo Indígena Kankuamo. Así mismo, los instrumentos de planificación propios del pueblo indígena deberán armonizarse con los de planificación ambiental territorial y el Plan de Manejo que rija en la zona delimitada con la cual se presenta el traslape.

16.2 Áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) (Parque Nacional Natural - Zona de Amortiguación): Que de acuerdo con los cruces en el Geovisor del Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC), se identificó que los predios Tierras Nuevas, La Providencia y Monterrey, presentan traslape con la zona de amortiguación del Parque Nacional de La Sierra Nevada de Santa Marta.

Que de acuerdo con el artículo 14 del Decreto número 622 de 1977 compilado en el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible 1076 de 2015 artículo 2.2.2.1.10.2 define la zona amortiguadora de las áreas protegidas.

Que la zona de amortiguación se concibe como un área contigua, en la cual se delimita y se reglamenta el uso del suelo, con el fin de servir como zona atenuante, en la que se previenen y mitigan los impactos de las actividades productivas sobre los objetos - valores de conservación. La zona de amortiguación se encuentra en jurisdicción del municipio de Valledupar, departamento del Cesar.

Que por todo lo anterior y de acuerdo con el artículo 7° del Decreto número 622 de 1977 compilado en el artículo 2.2.2.1.9.2 del Decreto Único 1076 de 2015 expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se concluye que el traslape mencionado no afecta el citado proceso de formalización del Resguardo Indígena Kankuamo. Así mismo, los instrumentos de planificación propios del pueblo indígena deberán armonizarse con los de planificación ambiental territorial y el Plan de Manejo que rija en la zona delimitada con la cual se presenta el cruce.

16.3 Áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) (Parque Natural Regional): Que mediante la Consulta número 29640-2CB5F43F29 de fecha 22 de febrero de 2022 en el Sistema de Información Ambiental de Colombia, se identificó que el predio Puerto Estrella presenta cruce del 2,5% con el Parque Natural Regional Los Besotes. (Folio 8298).

Que ante lo anterior, es importante mencionar que, el 6 de diciembre de 2008 se declara un Santuario Silvestre en Jurisdicción de la Región de los Besotes del municipio de Valledupar, mediante el Acuerdo número 012 y posteriormente mediante el Acuerdo número 050 del 17 de julio de 2013, se homologó el área declarada como “Santuario de Vida Silvestre Los Besotes”, en los Corregimientos de los Corazones y Río Seco, municipio de Valledupar, departamento del Cesar, a la categoría de área protegida Parque Natural Regional de acuerdo con el Decreto Reglamentario número 2372 de 2010” con una extensión de 3108 ha.

Que la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar) mediante Radicado número DG-0679 del 25 de abril de 2022 indicó que, solo el predio Puerto Estrella identificado con cédula catastral 20001000100010396000 se traslapa con el Parque Natural Regional Los Besotes con un área de 2 ha 392 m2 del total del predio; igualmente señaló que “De acuerdo con la zonificación que se haga al interior de cada una de dichas reservas, se podrán realizar diferentes tipos de actividades, siempre buscando mantener el enfoque de sostenibilidad que caracteriza dichos territorios, evitando la transformación de ecosistemas y hábitats naturales, la sobreexplotación, las invasiones biológicas, la contaminación y los efectos adversos del cambio climático y respetando siempre el ordenamiento jurídico ambiental. Por lo tanto, estas áreas solo pueden ser intervenidas con usos concordantes con la normatividad mencionada y siempre su implementación no implique la eliminación de bosques naturales”. (Folios 8387-8400).

Que de acuerdo con el artículo 67 de la Ley 99 de 1993 el Resguardo Indígena Kankuamo, a partir de su gobierno propio, deberá garantizar la protección y defensa del medio ambiente, los recursos naturales, así como cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en el Acuerdo número 012 de 2008 y Acuerdo número 050 del 17 de julio de 2013. Por lo cual, los usos propios de la comunidad deberán estar en consonancia con el objetivo de la delimitación de esta área de especial importancia ecológica que a su vez es determinante ambiental en el ordenamiento del territorio.

Que por todo lo anterior y de acuerdo con el artículo 7° del Decreto número 622 de 1977 compilado en el Decreto Único 1076 de 2015 artículo 2.2.2.1.9.2, se concluye que el traslape mencionado no afecta el citado procedimiento de formalización. Así mismo, los instrumentos de planificación propios de la comunidad deberán armonizarse con los de planificación ambiental territorial y el Plan de Manejo que rija en la zona delimitada con la cual se presenta el cruce.

16.4. Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA): Respecto a estas áreas de interés ecológico y ambiental, y luego de realizadas las consultas No. 15729-69752e05, 15719-cb2a6878, 15730-479602ba, 15722-4455616a, 15718-882b02a0, 15712-a7b63c2e, 15724-26027595 y 15727-f1d6870d el día 22 de febrero de 2022 con la capa “Info Nacional SIAC - REAA”, se logró identificar que, los predios La Providencia, Finca Bello Horizonte, La Esperanza (190-33029), El Encanto, Puerto Estrella, Monte Rico, El Oriente y Vera Cruz, objeto de ampliación y saneamiento, presentan traslape con el REAA en los ecosistemas o áreas ambientales de Zonificación de Ley 2ª de 1959, Bosque Seco Tropical, Rehabilitación y de Restauración (folios 8320- 8337).

Que estas áreas se sustentan en la Política Nacional del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) “Plan Nacional de Restauración” la cual mediante sus siguientes tres enfoques de implementación: 1) La restauración ecológica (activa y pasiva), 2) La rehabilitación, y 3) La recuperación, que dependen del tipo de intervención, del nivel de degradación del área y del objetivo de restauración sobre un ecosistema degradado, permite encauzar técnicamente recursos e iniciativas para disminuir la vulnerabilidad del país generada por las dinámicas de ocupación del territorio, reduciendo el riesgo a fenómenos naturales y proyectando un mejor nivel de vida a la sociedad.

Que el mencionado registro está en cabeza del MADS según lo consagrado por el parágrafo 2 del artículo 174 de la Ley 1753 de 2015 que modificó el artículo 108 de la Ley 99 de 1993.

Que estas áreas tienen como objetivo identificar y priorizar ecosistemas del territorio nacional en los cuales se puedan recuperar algunos servicios ecosistémicos de interés social e implementar pagos por servicios ambientales (PSA) entre otros incentivos dirigidos a la retribución de todas las acciones de conservación que se desarrollen en estos espacios.

Que ante este traslape, es importante señalar que la sobreposición con estas áreas no genera cambios o limitaciones frente al uso de los suelos, como tampoco impone obligaciones a los propietarios frente a ello de acuerdo con lo establecido en la Resolución número 0097 del 24 de enero de 2017, por la cual, se crea el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales y se dictan otras disposiciones.

17. Que las consultas realizadas en el Geovisor SIAC también permiten identificar aquellas figuras ambientales denominadas como Estrategias Complementarias de Conservación (ECC).

17.1. Áreas de Reserva Forestal de Ley 2 de 1959: Que según los cruces realizados con la capa “Ley 2 de 1959 límite actual” y de acuerdo con las consultas realizadas en el Geovisor del Sistema de Información Ambiental de Colombia - SIAC, el día 22 de febrero de 2022, los predios que traslapan con esta capa son: Tierras Nuevas, Monterrey, La Providencia, La Rutina, Finca Bello Horizonte, La Esperanza (190-33029), El Encanto, Finca “Selva María y Juan de Dios”, La Esperanza (190- 52577), Palo Alto, Monte Rico, Se Verá, El Oriente y Vera Cruz y las mejoras La Ceibita, Puerto Estrella, San Martín y Vida Nueva. (Folios 8262-8292).

Que el territorio presenta traslape con zona tipo A, B y Áreas con Previa Decisión de Ordenamiento de la Resolución número 1276 del 6 de agosto de 2014, por la cual se adopta la zonificación y el ordenamiento de la Reserva Forestal de la Sierra Nevada de Santa Marta, establecida en la Ley 2ª de 1959 y se toman otras determinaciones.

Que, por lo anterior, se presentan varias restricciones con respecto al uso del suelo para el desarrollo de actividades de agricultura, ganadería, construcción de vivienda e infraestructura de mediano y gran impacto. Por lo cual, se debe tener en cuenta el manejo especial que comprende dicho territorio en materia de protección y conservación ambiental y la dinámica ecológica espacio temporal que la comunidad aplique dentro de este, a través del pensamiento tradicional para el aprovechamiento de la biodiversidad, en atención a las exigencias legales vigentes y a las determinaciones de las autoridades competentes.

Que el parágrafo 6° del artículo 85 de la Ley 160 de 1994, indica que, “Los territorios tradicionalmente utilizados por pueblos indígenas nómadas, seminómadas o agricultores itinerantes para la caza, recolección u horticultura, que se hallaren situados en zonas de reserva forestal a la vigencia de esta Ley, sólo podrán destinarse a la constitución de resguardos indígenas, pero la ocupación y aprovechamiento deberán someterse además, a las prescripciones que establezca el Ministerio del Medio Ambiente y las disposiciones vigentes sobre recursos naturales renovables”.

17.2. Distinción Internacional (Reserva de la Biosfera): Que mediante las consultas realizadas en el Sistema de Información Ambiental de Colombia SIAC, el día 22 de febrero de 2022, se identificó que el total de los predios objeto de ampliación y saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo presentan traslape con la Reserva de la Biósfera de la Sierra Nevada de Santa Marta. Esta estrategia complementaria para conservación de la diversidad biológica es administrada por la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales (UAESPNN). (Folios 8262-8292).

Que las reservas de biósfera son ecosistemas terrestres y/o marinos protegidos por los Estados y por la Red Mundial de Biósferas, cuya función principal es la conservación de la biodiversidad del planeta y la utilización sostenible. Son laboratorios en donde se estudia la gestión integrada de las tierras, del agua y de la biodiversidad. Las reservas de biósfera forman una Red Mundial en la cual los Estados participan de manera voluntaria.

Que las Reservas de la Biósfera no hacen parte de las categorías de manejo de áreas protegidas, corresponde a una estrategia complementaria para la conservación de la diversidad biológica, de conformidad con lo establecido en el Decreto Único 1076 de 2015, artículo 2.2.2.1.3.7, por lo que la autoridad ambiental que la administra, en este caso Parques Nacionales Naturales deberá priorizar este sitio atendiendo a la importancia internacional reconocida con la distinción, con el fin de adelantar las acciones de conservación.

Que el traslape de los territorios étnicos con Reservas de la Biósfera no impide la formalización; pese a lo cual se deben tener en cuenta las restricciones de uso del territorio, conforme a la protección y manejo de los recursos naturales renovables reguladas en este y salvaguardar la dinámica ecológica espacio temporal que la comunidad aplique sobre el territorio.

18. Uso de suelos, amenazas y riesgos: Que el 27 de diciembre de 2021 ACT reiteró solicitud mediante oficio SEC-753 a la Oficina Asesora de Planeación de la Alcaldía de Valledupar, departamento de Cesar, sobre la certificación de uso de suelos, amenazas y riesgos para los predios del área pretendida para la ampliación y saneamiento de la Comunidad Indígena Kankuamo. (Folios 7972-7975).

Que mediante certificados expedidos los días 12, 13, 20 de enero y 6 de abril de 2022, la Oficina Asesora de Planeación del municipio de Valledupar emitió los conceptos de uso de suelo de los predios de interés presentando clasificación de Suelo Rural y dentro de las categorías de áreas de producción agrícola, ganadera y de explotación de recursos naturales en las subcategorías agroforestales y silvoagrícolas, además indicando para cada predio lo siguiente (folios 8003-8069, 8345-8349):

No. Predio Cédula catastral FMI Concepto uso suelo
1 Tierras Nuevas 20001000100010576000 190-41337 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
 No presenta amenaza rural.
2 Monterrey 20001000100010194000 190-50263 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
3 La Providencia 20001000100010199000 190-52700 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
4 La Rutina 20001000100011405000 190-68584 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
No presenta amenaza rural.
5 Finca Bello Horizonte 20001000100010335000 190-88449 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
6 La Esperanza 20001000100011143000 190-33029 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
 SI presenta AMENAZA RURAL, remoción en masa nivel medio 70% aproximadamente.
7 El Encanto 20001000100010374000 190-20188 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
                   No presenta amenaza rural.
8 Finca “Selva María y Juan de Dios” 20001000100010543000 190- 126443 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
 No presenta amenaza rural.
No. Predio Cédula catastral FMI Concepto uso suelo
9 La Esperanza 20001000100010299000 190-52577 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
 No presenta amenaza rural.
10 La Ceibita 20001000100011489000 190-15858 El predio corresponde a suelo de producción agrícola, ganadera y de explotación de recursos naturales conformadas por: las áreas agrícolas y las áreas agroforestales y silvoagrícola, aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
11 Puerto Estrella 20001000100010396000 190-69642 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
12 San Martín 20001000100011209000 190-40273 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
13 Palo Alto 20001000100030263000 190-884 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
14 Vida Nueva 20001000100010586000 190-44840 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
15 Monte Rico 20001000100030298000 190-21504 El predio corresponde a suelo de producción agrícola, ganadera y de explotación de recursos naturales conformados por las áreas agrícolas y las áreas agroforestales y silvoagrícolas, aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.
16 Se Verá 20001000100010202000 190-43334 El predio corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  SÍ presenta AMENAZA RURAL, remoción en masa nivel medio.
17 El Oriente 20001000100010614000 190-39837 El predio identificado corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  SÍ presenta AMENAZA RURAL, remoción en masa nivel medio 100%.
No. Predio Cédula catastral FMI Concepto uso suelo
18 Vera Cruz 20001000100010938000 190-50259 El predio identificado corresponde a suelo de aprovechamiento forestal - conservación y restauración, y protección estructura ecológica principal, áreas de conservación y protección ambiental, áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente. Por lo anterior, el uso solicitado como disposición de uso de suelo es general.
  No presenta amenaza rural.

Que frente al tema de amenazas y riesgos se informó que, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), aprobado mediante Acuerdo 011 de 2015, y según el plano de amenaza FORM-GEN-06E, FORM-GEN-06I y FORM-GEN-06P Amenaza Rural, los predios Tierras Nuevas, Monterrey, La Providencia, La Rutina, Finca Bello Horizonte, El Encanto, Finca “Selva María y Juan de Dios”, La Esperanza (190- 52577), La Ceibita, Puerto Estrella, San Martín, Palo Alto, Vida Nueva, Monte Rico y Vera Cruz, no presentan amenaza. El predio La Esperanza (190-33029) presenta AMENAZA RURAL, Remoción en masa nivel medio 70% aproximadamente, el predio Se Verá (190- 43334) presenta Amenaza Rural, Remoción en masa nivel medio y el predio El Oriente (190-39837) presenta Amenaza Rural, Remoción en masa nivel medio 100%. (Folios 8003-8069, 8345-8349).

Que las acciones desarrolladas por la Comunidad Indígena Kankuamo en el territorio deberán corresponder con los usos técnicos y legales del suelo, enfocándose en el desarrollo sostenible, la conservación y el mantenimiento de los procesos ecológicos primarios para mantener la oferta ambiental de esta zona. En ese sentido, la comunidad residente en la zona deberá realizar actividades que minimicen los impactos ambientales negativos que pongan en peligro la estructura y los procesos ecológicos, en armonía con su cosmovisión, conocimientos ancestrales, cultura y prácticas tradicionales y, en articulación con las exigencias legales vigentes y las obligaciones ambientales definidas por las autoridades ambientales y municipales competentes.

Que del mismo modo, la comunidad beneficiaria deberá atender a las determinaciones e identificaciones de factores de riesgo informadas por el municipio y deberá aplicar los principios generales que orientan la gestión del riesgo, contemplados en el artículo 3° de la Ley 1523 de 2012, pues la falta de control y planeación frente a este tema puede exponer estos asentamientos a riesgo y convertirse en factores de presión al medio ambiente con probabilidad de afectación para las familias, su economía, el buen vivir y los diferentes componentes ecosistémicos, además la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y habitantes del territorio colombiano.

19. Validación cartográfica: Que mediante memorando número 20222200176163 de fecha 16 de junio de 2022, la Subdirección de Sistemas de Información de Tierras (SSIT) de la ANT, previa solicitud de la SDAE, informó que valida técnicamente los insumos correspondientes a la base de datos geográfica y el plano suministrado para el proyecto de acuerdo de ampliación y saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo. (Folio 9339).

20. Validación jurídica: Que mediante memorando número 20221030180253 de fecha 22 de junio de 2022, la Oficina Jurídica de la ANT, previa solicitud de la SDAE, emitió viabilidad jurídica al procedimiento para la ampliación y saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo. (Folios 9536-9553).

E. CONSIDERACIONES SOBRE EL ESTUDIO SOCIOECONÓMICO, JURÍDICO Y DE TENENCIA DE TIERRAS (ESEJTT)

DESCRIPCIÓN DEMOGRÁFICA

1. Que en el marco del procedimiento de saneamiento y ampliación para el Resguardo Indígena Kankuamo, en el año 2013 se llevó a cabo la visita en vigencia de convenio con ACDI-VOCA y el INCODER. De esta manera, el estudio socioeconómico se elaboró con el acompañamiento del pueblo Kankuamo incluido el censo con el cual se construyó la descripción demográfica. (Folios 35-40, 7914-7917).

2. Que posteriormente, en el año 2018 a raíz de la necesidad de actualizar la información obtenida en la primera visita del año 2013, la Dirección de Asuntos Étnicos dispuso un total de cuatro (4) profesionales en el área social para realizar el debido análisis y ajuste de la información censal, la cual culminó el 21 de abril de 2018.

3. Que el Resguardo Indígena Kankuamo cuenta con una población de 12.540 personas, distribuidas en 3.587 familias. El 48,90% de la población son hombres (6.132) y el 51,10% son mujeres (6.408). (Folio 8467).

SITUACIÓN DE TENENCIA DE LA TIERRA Y ÁREA DEL RESGUARDO

1. Tierra en ocupación de los indígenas y área a delimitar

Que la tierra como factor común subyacente a la afectación de los pueblos indígenas por el conflicto presente en Colombia, ha ocasionado que muchas comunidades abandonen sus territorios ancestrales en busca de aquellos que le permitan, dentro de la integralidad de su cultura, seguir perviviendo como pueblo indígena. Tanto las normas constitucionales como los pronunciamientos jurisprudenciales han buscado proteger, más que el derecho al territorio, ese vínculo que los pueblos indígenas logran establecer con la madre tierra como un todo dentro de su cosmovisión propia, tesis que se compadece con las exigencias convencionales que la reiterada jurisprudencia interamericana ha fijado.

1.1. Área de constitución del Resguardo Indígena Kankuamo

Que mediante la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 expedida por el INCORA, se constituyó el Resguardo Indígena Kankuamo, sobre un área de veinticuatro mil doscientas doce hectáreas y dos mil sesenta y dos metros cuadrados (24.212 ha + 2.062 m2), acto administrativo registrado en la Anotación número 1 del Folio de Matrícula Inmobiliaria 190-103944.

Que conforme se menciona en el literal c) Actualización de cabida y linderos con efectos registrales, de conformidad con los análisis técnicos realizados, se estableció que el área inicialmente señalada en la Resolución número 012 de 2003 requiere ser modificada para ajustarse a la realidad física del territorio, de modo que se determinó que el área real del polígono de constitución es de VEINTICUATRO MIL TRESCIENTAS SEIS HECTÁREAS Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (24.306 ha + 2.271 m2).

Área según Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 Área del Resguardo con la actualización de cabida y linderos Diferencial Margen de tolerancia
24.212 ha + 2.062 m2 24.306 ha + 2.271 m2 ha % %
 94 ha + 0209 m2 0.39% 2

Que teniendo en cuenta que la diferencia de área es de 0.39% y se encuentra dentro de los rangos de tolerancia, establecidos en el artículo 2.2.2.2.24 del Decreto número 148 de 2020 y en el artículo 15 de la Resolución Conjunta número 1101 del IGAC y 11344 de la Superintendencia de Notariado y Registro del 31 de diciembre de 2020, en el presente acuerdo se procederá a efectuar las precisiones pertinentes en la actualización de la cabida y linderos, atendiendo a la naturaleza y organización de la gestión catastral, según lo establece la Ley 1955 de 2019, que en su artículo 79, lo contempla como un servicio público que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados.

1.2. Actualización de las exclusiones del polígono de la constitución

Que se identificó en la parte considerativa de la Resolución número 012 de 10 de abril de 2003, un total de 64 exclusiones del polígono de constitución, correspondiendo 47 a predios de propiedad privada, 14 a mejoras y 3 a predios de otras comunidades indígenas, algunos de los cuales en la actualidad el titular del derecho de dominio ha cambiado y otros serán formalizados como resguardo indígena en el procedimiento de ampliación. Igualmente se identificó que 8 de los predios y/o mejoras no son exclusiones, sino que son colindantes al territorio constituido como resguardo o se encuentran incluso fuera de la zona de constitución.

Que producto de los análisis realizados en el marco de esta actualización para la ampliación del resguardo indígena y con el fin de mejorar y captar de la manera más fidedigna los datos de la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, ha sido posible georreferenciar algunas de las exclusiones listadas en dicha resolución, con fuentes secundarias y con levantamientos planimétricos prediales puntuales, motivo por el cual se hace necesario actualizar la descripción de linderos de la constitución del resguardo indígena.

Que del listado de los predios reseñados en la Resolución número 12 del 10 de abril de 2003 “predios de propiedad privada excluidos del área a constituir como resguardo”, se puede establecer que algunos de los predios enlistados actualmente son propiedad del Resguardo Indígena Kankuamo y por lo tanto son tenidos en cuenta para el presente proceso de formalización territorial (Se Verá, FMI 190-433334 / Vera Cruz, FMI 190- 50259); el predio La Esperanza identificado con el FMI 190-52577 actualmente es propiedad de la ANT que también forma parte de las expectativas de ampliación del resguardo indígena.

Que la titularidad del derecho de dominio de los predios “Monte de Oro”, identificado con el FMI 190-49865, “El Descanso” identificado con el FMI 190-47230 y “La Culpable” identificado con el FMI 190-43968, se encuentran actualmente en cabeza del Resguardo Indígena Kankuamo. El predio “El Engañoso”, identificado con el FMI 190-525578, está actualmente en cabeza de la ANT, sin embargo, estos predios no forman parte de la fase actual del procedimiento de ampliación y saneamiento del resguardo indígena, y los predios restantes de este acápite se encuentran en propiedad de particulares con una adecuada cadena de títulos traslaticios de dominio anteriores a la constitución del resguardo indígena, de conformidad con el artículo 48 de la Ley 160 de 1994.

Que el predio “Canalete” (casilla número 26), consignado en la Resolución número 012 del 10/04/2003 e identificado con el FMI 190-66347 no se encuentra debidamente relacionado teniendo en cuenta que se cita la Resolución de Adjudicación número 641 del 12/06/85, mediante la cual se adjudicó el predio al señor Rafael Antonio Luquez Mendoza, información que no tiene relación con este inmueble, sino con el predio denominado “La Esperanza” identificado con folio de matrícula inmobiliaria 190-33029, folio en el que sí consta esta cadena de tradición que refiere la Resolución número 012 del 10/04/2003 y el nombre del adjudicatario. Por lo tanto, se debe entender que la referencia en la Resolución número 012 del 10/04/2003 de exclusión era al predio La Esperanza identificado con el FMI 190-33029, no obstante, en atención a que el predio La Esperanza se encuentra colindando con el resguardo indígena, no debe ser considerado como exclusión, adicionalmente, este hoy hace parte del procedimiento de ampliación.

Que según la Resolución número 012 del 10/04/2003, el FMI 190-42250 identifica el predio denominado “Medellín” (casilla número 42), sin embargo, una vez revisada la información, se estableció que este folio realmente corresponde al predio denominado San Martín y que lo relacionado en la resolución presenta una inconsistencia, no obstante, se tomó el número de cédula catastral señalado en el referido acto administrativo y a partir de la información catastral se pudo establecer que el folio de matrícula inmobiliaria que identifica el predio denominado Medellín, es el 190-57707.

Que del listado de las mejoras reseñadas en la Resolución número 012 del 10/04/2003 “Mejoras de Colonos excluidas del área del resguardo”, la información de estas corresponde a las cédulas catastrales señaladas. Con apoyo del equipo técnico se lograron identificar cinco (5) folios de matrícula inmobiliaria relacionados a cinco (5) de las cédulas catastrales allí listadas. Revisados los folios de matrícula inmobiliaria se determinó que su naturaleza jurídica no hace referencia a mejoras, sino a derechos de propiedad sobre los predios, dado que los cinco (5) predios identificados fueron adjudicados por la autoridad de tierras competente de cada época. Actualmente los folios permiten establecer que los predios se encuentran en propiedad de particulares con una adecuada cadena de títulos traslaticios de dominio anteriores a la constitución del resguardo, lo que da lugar a establecer que aún deben ser considerados como exclusiones al interior del Resguardo Indígena Kankuamo:

Mejoras excluidas en la Resolución número 012 del 10/04/2003 que realmente son propiedades privadas

RESOLUCIÓN NÚMERO 012 DEL 10/04/2003 ACTUALIZACIÓN
No. EXCL.3 CÉDULA CATASTRAL NOMBRE DE PROPIETARIO FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E8 20001000100010313000 Cooperativa de Profesores 190- 58916 Aponte Celedón Nadia Lucinda y otros Villa Luque
2 E8 20001000100010314000 Cooperativa de Profesores 190- 42452 Amaya Trespalacios Oscar Joaquín y otros Campaura
3 E37 20001000100010017000 García Díaz Marcos Rafael 190-42517 Gutiérrez Pacheco Rafael Fernando Barranquilla
4 E38 20001000100010103000 Juvenal Gutiérrez 190-46081 Gutiérrez Oñate Juvenal Antonio El Tequendama
5 E42 20001000100010939000 Arias Martínez José María 190-47577 Arias Martínez José María El Descansito

Que del listado “Predios y mejoras de otras etnias”, fue posible identificar el folio de matrícula inmobiliaria del predio denominado La Finlandia siendo el FMI 190-1598 (se encuentra a nombre de la ANT, el predio realmente se encuentra como colindante al resguardo y no es una exclusión) y Tierra Grata que corresponde al FMI 190-13859. Este se encuentra a nombre del Resguardo Kogui Malayo Arhuaco. En relación con el predio Piedra Liza, se pudo establecer que es colindante del Resguardo Indígena Kankuamo constituido y no es una exclusión.

Que se logró identificar que ocho (8) predios y mejoras tratados como exclusiones dentro de la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, no son realmente exclusiones sino predios que se hallan en la parte perimetral, es decir, colindando con el resguardo indígena o que se encuentran fuera de la zona de constitución y siguen siendo propiedad de terceros ajenos al resguardo y se debe mantener su condición de no incluidos en la constitución:

Predios y mejoras excluidos en la Resolución número 012 del 10/04/2003, con observaciones

No. FMI / CÉDULA CATASTRAL NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO OBSERVACIÓN
1 190-55036 Villazón Agudelo Nubia Patricia Sicilia Se encuentra fuera de la zona de influencia del R. I. Kankuamo
2 190-52336 Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra Nevada Justicia Se encuentra fuera de la zona de influencia del R. I. Kankuamo
3 190-49735 Mariano Baute Lora La Manzana Localizado en la margen perimetral del polígono del R. I. Kankuamo
4 190-54310 Villazón Alejandro Francisco La Esperanza Localizado en la margen perimetral del polígono del R. I. Kankuamo
5 190-66347 Mendoza Luquez Rafael Antonio Canalete No concuerda con número de resolución, propietario y cadena de tradición, esta concuerda con predio La Esperanza, “190-33029”, adicionalmente está localizado en la margen perimetral del polígono del R. I. Kankuamo
6 20001000100010207000 Margario Efraín Montero Romero Ucrania Localizado en la margen perimetral del polígono del R. I. Kankuamo
7 20001000100010569000 Comunidad Indígena Wiwas Piedra Liza Localizado en la margen perimetral del polígono del R. I. Kankuamo
8 190-1598 Agencia Nacional de Tierras La Finlandia Localizado en la margen perimetral del polígono del R. I. Kankuamo

Que, de lo anterior, se concluye, que el total actualizado de exclusiones pertenecientes a predios privados y mejoras del polígono de constitución del Resguardo Indígena Kankuamo legalizado conforme a lo indicado en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, es de 56, como se señala a continuación

Predios con antecedentes registrales excluidos en la Resolución número 012 del 10/04/2003 - Actualizados

No. EXCL.4 FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E1 190-13859 Comunidad Kogui Tierra Grata
2 E2 190-49865 Resguardo Indígena Kankuamo Monte de Oro
3 E4 190-49881 Gutiérrez Carrillo Luis Carlos La Cecilia
4 E5 190-43269 Alonso Mendoza Luis Manuel Santa Elena
5 E6 190-52584 Munive José Vicente La Batalla
6 E7 190-57707 Arias Luis Gregorio Medellín
7 E8 190-58916 Aponte Celedón Nadia Lucinda y otros Villa Luque
8 E8 190-42452 Amaya Trespalacios Oscar Joaquín y otros Campaura
9 E9 190-60072 Ibarra Casadiego Jairo La Sonrisa
10 E10 190-60086 Maestre Arias Rafael Enrique El Displante
11 E11 190-39450 Arregocés Martínez Gabriel Bienvenido Iv El Corazón
12 E12 190-52577 ANT La Esperanza
13 E13 190-46460 Pacheco Corzo Lucina María La Montaña
14 E13 190-34368 Rodríguez Villazón Juan Manuel Las Nieves
15 E13 190-47230 Resguardo Indígena Kankuamo El Descanso
16 E13 190-52578 ANT El Engañoso
17 E14 190-48868 Carrillo Maestre Zaida Rosa El Monte de Cristo
18 E16 190-49233 Maestre Arias José del Carmen Los Ángeles
19 E17 190-43334 Resguardo Indígena Kankuamo Se Verá
20 E18 190-49955 Mindiola Carrillo Adel Francisco El Espíritu Santo
21 E19 190-53205 Hernández de Carrillo Gladis Beatriz Loperena
22 E20 190-48861 Martínez Villazón Elba Rosa La Florida
23 E21 190-43968 Resguardo Indígena Kankuamo La Culpable
24 E22 190-41236 Carrillo Rodríguez Alcides Enrique El Olvido
25 E23 190-49954 Mindiola Carrillo Adel Francisco Tardes Bellas
26 E24 190-50876 Arias Martínez Arelis Inés Francia 1
27 E25 190-39200 Martínez Arias Rigail Antonio Antioquia
28 E26 190-50875 Arias Martínez Arelis Inés Francia 2
29 E27 190-24209 Pumarejo Carrillo Ramón Enrique Sevilla
30 E27 190-46922 Arias Maestre Alcides Alejandro Debinguito
31 E27 190-48845 Blanchar Celso Rafael Chingaca
32 E27 190-53775 Martínez Saúl Enrique Beliza
33 E27 190-24087 Blanchar Celso Rafael El Encanto
34 E29 190-40767 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El Encanto
35 E31 190-46626 Arias Pacheco Roberto de Jesús y otro La Corua
36 E32 190-50877 Cuello Mieles Liliana Esther El Rincón
37 E33 190-40182 Valdeblanquez Ariza julio Enrique y otros Berlín
38 E34 190-54376 Asociación Provivienda de Atanquez “Aprovita” Villa Unión
39 E35 190-44281 Carrillo Bolaño José Gabriel Candela
40 E37 190-24086 Daza Mendoza Pedro Ángel La Necedad
41 E37 190-42517 Gutiérrez Pacheco Rafael Fernando Barranquilla
42 E38 190-46081 Gutiérrez Oñate Juvenal Antonio El Tequendama
43 E39 190-32172 Mejía Arias Arismedys Alejandra y otro Miren Bien
44 E40 190-47947 Arias de Montero Feligna El Poder
45 E41 190-38046 Arias Rincones Magolina Rosario Las Mercedes
46 E42 190-50259 Resguardo Indígena Kankuamo Vera Cruz
47 E42 190-47577 Arias Martínez José María El Descansito
48 E43 190-49686 Montero Hinojosa Emelina Mercedes Villa Amelia

Mejoras excluidas en la Resolución número 012 del 10/04/2003

Actualizadas

No. EXCL.5 CÉDULA CATASTRAL NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E1 20001000100011029000 Pacheco Ramón Terreno
2 E3 20001000100011093000 Luis Carlos Mejía Pumarejo Barro Blanco
3 E15 20001000100010723000 Víctor Paulino Alvarado Gil Perijá
4 E27 20001000100010561000 José Francisco Díaz Carrillo Estados Unidos
5 E28 20001000100010795000 Carmen Manuel Mendoza Martínez El Charco del Monte
6 E30 20001000100010873001 Martínez Rodríguez Saúl Villa Leonor
7 E36 20001000100010003000 Carmen Eloísa viuda de Mindiola El Mango
8 E44 20001000100010519000 Arias Martínez José María El Jolón

Que la anterior tabla obedece únicamente al ejercicio de revisión y actualización de las exclusiones consignadas en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, por lo cual en este apartado aún se incluyen los 3 predios6 que hacen parte del procedimiento de ampliación del resguardo indígena. Igualmente, se incorporan las actualizaciones de los propietarios conforme a lo registrado en los respectivos folios de matrícula inmobiliaria de los predios que cuentan con este.

Que, en el ejercicio de la identificación y actualización geográfica realizado en el marco del presente procedimiento de saneamiento y ampliación, se identificaron doce (12) predios agrupados en cuatro (4) globos. Atendiendo a la nueva información geográfica del Resguardo Indígena Kankuamo, resultante de esta formalización, se configuran como exclusiones del polígono, adicionales a las establecidas en la Resolución número 012 de 10 de abril de 2003, las siguientes:

Predios con antecedentes registrales a excluir del Resguardo Indígena Kankuamo, conforme al procedimiento de ampliación y saneamiento

No. EXCLUSIÓN FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E45 190-48736 Arias de Estrada Lucila La Esmeralda
2 E45 190-50230 Cristóbal Estrada Arias Las Margaritas
3 E45 190-50562 Estrada Arias Orlando El Cielito
4 E46 190-29499 Sociedad Gutiérrez Hinojosa & Cía. Ltda. Campomara
5 E46 190-38730 Celfida Gutiérrez Villa Mery
6 E47 190-39492 Resguardo Indígena Kankuamo El Peligro

Mejoras a excluir del Resguardo Indígena Kankuamo, conforme al procedimiento de ampliación y saneamiento

No. EXCL.7 CÉDULA CATASTRAL NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E45 20001000100011396000 Alfredo Estrada Lote de terreno
2 E46 20001000100011354000 Alfredo Fuentes El Rancho de las Mujeres
3 E46 20001000100011353000 Amelia Díaz Lote de terreno
4 E48 20001000100010585000 Desconocido Lote de terreno
5 E48 20001000100010621000 José Oñate Terreno
6 E48 20001000100010622000 Rafael Arias Las Virginias

Que teniendo en cuenta i) la actualización de las exclusiones indicadas en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003, las cuales corresponden a 56, ii) los ejercicios de identificación de exclusión dentro del procedimiento de ampliación, que corresponden a 12 y iii) que 3 predios inicialmente excluidos hoy hacen parte de la ampliación; la cantidad total de predios y mejoras excluidas del Resguardo Indígena Kankuamo será de 65, que corresponde a 14 mejoras y 51 predios, agrupados en 48 globos, de la siguiente manera:

Predios con antecedentes registrales excluidos del Resguardo Indígena Kankuamo

No. EXCL.8 FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E1 190-13859 Comunidad Kogui Tierra Grata
2 E2 190-49865 Resguardo Indígena Kankuamo Monte de Oro
3 E4 190-49881 Gutiérrez Carrillo Luis Carlos La Cecilia
4 E5 190-43269 Alonso Mendoza Luis Manuel Santa Elena
5 E6 190-52584 Munive José Vicente La Batalla
6 E7 190-57707 Arias Luis Gregorio Medellín
7 E8 190- 58916 Aponte Celedón Nadia Lucinda y otros Villa Luque
8 E8 190- 42452 Amaya Trespalacios Oscar Joaquín y otros Campaura
9 E9 190-60072 Ibarra Casadiego Jairo La Sonrisa
10 E10 190-60086 Maestre Arias Rafael Enrique El Displante
11 E11 190-39450 Arregocés Martínez Gabriel Bienvenido Iv El Corazón
12 E13 190-46460 Pacheco Corzo Lucina María La Montaña
13 E13 190-34368 Rodríguez Villazón Juan Manuel Las Nieves
14 E13 190-47230 Resguardo Indígena Kankuamo El Descanso
15 E13 190-52578 ANT El Engañoso
16 E14 190-48868 Carrillo Maestre Zaida Rosa El Monte de Cristo
17 E16 190-49233 Maestre Arias José del Carmen Los Ángeles
18 E18 190-49955 Mindiola Carrillo Adel Francisco El Espíritu Santo
19 E19 190-53205 Hernández de Carrillo Gladis Beatriz Loperena
20 E20 190-48861 Martínez Villazón Elba Rosa La Florida
21 E21 190-43968 Resguardo Indígena Kankuamo La Culpable
22 E22 190-41236 Carrillo Rodríguez Alcides Enrique El Olvido
23 E23 190-49954 Mindiola Carrillo Adel Francisco Tardes Bellas
24 E24 190-50876 Arias Martínez Arelis Inés Francia 1
25 E25 190-39200 Martínez Arias Rigail Antonio Antioquia
26 E26 190-50875 Arias Martínez Arelis Inés Francia 2
27 E27 190-24209 Pumarejo Carrillo Ramón Enrique Sevilla
28 E27 190-46922 Arias Maestre Alcides Alejandro Debinguito
29 E27 190-48845 Blanchar Celso Rafael Chingaca
30 E27 190-53775 Martínez Saúl Enrique Beliza
31 E27 190-24087 Blanchar Celso Rafael El Encanto
32 E29 190-40767 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El Encanto
33 E31 190-46626 Arias Pacheco Roberto de Jesús y otro La Corua
34 E32 190-50877 Cuello Mieles Liliana Esther El Rincón
35 E33 190-40182 Valdeblanquez Ariza julio Enrique y otros Berlín
36 E34 190-54376 Asociación Provivienda de Atanquez “Aprovita” Villa Unión
37 E35 190-44281 Carrillo Bolaño José Gabriel Candela
38 E37 190-24086 Daza Mendoza Pedro Ángel La Necedad
39 E37 190-42517 Gutiérrez Pacheco Rafael Fernando Barranquilla
40 E38 190-46081 Gutiérrez Oñate Juvenal Antonio El Tequendama
41 E39 190-32172 Mejía Arias Arismedys Alejandra y otro Miren Bien
42 E40 190-47947 Arias de Montero Feligna El Poder
No. EXCL.8 FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
43 E41 190-38046 Arias Rincones Magolina Rosario Las Mercedes
44 E42 190-47577 Arias Martínez José María El Descansito
45 E43 190-49686 Montero Hinojosa Emelina Mercedes Villa Amelia
46 E45 190-48736 Arias de Estrada Lucila La Esmeralda
47 E45 190-50230 Cristóbal Estrada Arias Las Margaritas
48 E45 190-50562 Estrada Arias Orlando El Cielito
49 E46 190-29499 Sociedad Gutiérrez Hinojosa & Cía. Ltda. Campomara
50 E46 190-38730 Celfida Gutiérrez Villa Mery
51 E47 190-39492 Resguardo Indígena Kankuamo El Peligro

Mejoras excluidas del Resguardo Indígena Kankuamo

No. EXCL.9 CÉDULA CATASTRAL NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E1 20001000100011029000 Pacheco Ramón Terreno
2 E3 20001000100011093000 Luis Carlos Mejía Pumarejo Barro Blanco
3 E15 20001000100010723000 Víctor Paulino Alvarado Gil Perija
4 E27 20001000100010561000 José Francisco Díaz Carrillo Estados Unidos
5 E28 20001000100010795000 Carmen Manuel Mendoza Martínez El Charco del Monte
6 E30 20001000100010873001 Martínez Rodríguez Saúl Villa Leonor
7 E36 20001000100010003000 Carmen Eloísa viuda de Mindiola El Mango
8 E44 20001000100010519000 Arias Martínez José María El Jolón
9 E45 20001000100011396000 Alfredo Estrada Lote de terreno
10 E46 20001000100011354000 Alfredo Fuentes El Rancho de las Mujeres
11 E46 20001000100011353000 Amelia Díaz Lote de terreno
12 E48 20001000100010585000 Desconocido Lote de terreno
13 E48 20001000100010621000 José Oñate Terreno
14 E48 20001000100010622000 Rafael Arias Las Virginias

1.3. Área de saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo

Que el área objeto de saneamiento es de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE HECTÁREAS Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (249 ha + 3.294 m2) que corresponde a tres (3) mejoras, ubicadas en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, adquiridas por el Incoder, transferidas a la ANT, que se identifican de la siguiente manera:

No. Nombre de la mejora No. de FMI Área actual EP de compra por parte de INCODER Titular de derecho Tiempo aproximado - ocupación
01 Puerto Estrella 190-69642 116 ha + 9.055 m2 721 del 14/12/2005 de la Notaría Única de Ciénaga ANT 16 años
02 San Martín 190-40273 76 ha + 0972 m2 722 del 14/12/2005 de la Notaría Única de Ciénaga ANT 16 años
03 Vida Nueva 190-44840 56 ha + 3.267 m2 728 del 15/12/2005 de la Notaría Única de Valledupar ANT 16 años
Área total 249 ha + 3.294 m2

Que realizados los estudios de títulos se verificó que las mejoras objeto de saneamiento no presentan obstáculos jurídicos o técnicos. (Folios 8573-8601, 8602-8624, 8647-8672).

1.4. Área de ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo

Que el área objeto de la ampliación se discrimina de la siguiente manera:

Área de ampliación del resguardo 701 ha + 8760 m2

Se encuentra compuesto por una (1) mejora adquirida por el resguardo indígena sobre predio baldío, tres predios (3) predios de propiedad de la Agencia Nacional de Tierras que hacen parte del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral y cinco (5) predios propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, que se identifican de la siguiente manera:

No. Nombre del predio o mejora FMI Área EP de compra (entidad o resguardo) Titular de derecho (VUR) Naturaleza jurídica
01 Tierras Nuevas 190-41337 16 ha + 0598 m2 260 del 19/02/1996 de la Notaría Segunda de Valledupar ANT Fiscal
02 Monterrey 190-50263 31 ha + 5648 m2 652 del 12/03/2009 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
03 La Providencia 190-52700 89 ha + 4507 m2 2203 del 04/12/1996 de la Notaría Segunda de Valledupar ANT Fiscal
04 La Esperanza 190-33029 66 ha + 6250 m2 2511 del 24/11/2017 de la Notaría Segunda de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
05 La Esperanza 190-52577 8 ha + 3405 m2 746 del 05/03/2014 de la Notaría ANT Fiscal
06 La Ceibita 190-15858 300 ha + 1374 m2 1351 del 26/04/2013 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Baldío (mejora)
07 Se Verá 190-43334 85 ha + 0721 m2 157 del 26/01/2018 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
08 El Oriente 190-39837 59 ha + 9100 m2 691 del 05/05/2009 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
09 Vera Cruz 190-50259 44 ha + 7157 m2 222 del 29/01/2009 de la Notaría Segunda de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada

Área de predios contenidos en el polígono del resguardo constituido:

Área contenida en el resguardo constituido 1.048 ha + 0408 m2

Se encuentra compuesto por un (1) predio de propiedad de la Agencia Nacional de Tierras que hace parte del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral y cinco (5) predios propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, que se identifican de la siguiente manera:

Nombre del predio FMI Área EP de compra (Entidad o Resguardo) Titular de derecho (VUR) Naturaleza jurídica
01 La Rutina 190-68584 199 ha + 0129 m2 0107 del 29/01/2009 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
02 Finca Bello Horizonte 190-88449 152 ha + 9292 m2 155 del 21/01/2009 de la Notaría Segunda de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
03 El Encanto 190-20188 158 ha + 7442 m2 291 del 06/02/2009 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
04 Finca “Selva María y Juan de Dios” 190-126443 93 ha + 6690 m2 0874 del 15/06/2012 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
05 Palo Alto 190-884 83 ha + 5310 m2 2047 del 10/11/20 de la Notaria Tercera de Valledupar Resguardo indígena Kankuamo Propiedad privada
06 Monte Rico 190-21504 360 ha + 1545 m2 724 del 15/12/2005 de la Notaría Única de Ciénaga ANT Fiscal

El área referida en este ítem, corresponde a una transferencia de derechos reales en registro al resguardo indígena, toda vez, que su área ya se encuentra sumada en la Resolución número 012 del 10/04/2003.

Que realizados los estudios de títulos se verificó que la mejora y los predios objeto de formalización, no presentan obstáculos jurídicos o técnicos para conformarlos como resguardo indígena. (Folios 8625-8646, 8673-9150)

1.5. Procedimientos catastrales con efectos registrales - IGAC

Que teniendo en cuenta los levantamientos planimétrico prediales y la redacción técnica de linderos elaborados durante el procedimiento administrativo de ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) mediante actos administrativos rectificó las áreas y los linderos de los siguientes predios (folios 8573-9150):

NOMBRE DEL PREDIO FMI RESOLUCIÓN IGAC CABIDA ANTERIOR CABIDA NUEVA
Tierras Nuevas 190-41337 Resolución 39 del 07/10/19 20 ha + 5.750 m2 16 ha + 0598 m2
Monterrey 190-50263 Resolución 35 del 07/10/19 27 ha + 2.000 m2 31 ha + 5.648 m2
La Providencia 190-52700 Resolución 33 del 07/10/19 50 ha + 0000 m2 89 ha + 4.507 m2
La Rutina 190-68584 Resolución 34 del 07/10/19 220 ha + 0000 m2 199 ha + 0129 m2
Finca Bello Horizonte 190-88449 Resolución 30 del 07/10/19 153 ha + 9.692 m2 152 ha + 9.292 m2
El Encanto 190-20188 Resolución 31 del 07/10/19 150 ha + 0000 m2 158 ha + 7.442 m2
Finca “Selva María y Juan de Dios” 190-126443 Resolución 38 del 07/10/19 237 ha + 7.866 m2 93 ha + 6.690 m2
San Martín 190-40273 Resolución 37 del 07/10/19 55 ha + 3.545 m2 76 ha + 0972 m2
Palo Alto 190-884 Resolución 36 del 07/10/19 114 ha + 6.250 m2 83 ha + 5.310 m2
Monte Rico 190-21504 Resolución número 20-001-0023-2021 del 18/07/21 332 ha + 3.732 m2 360 ha + 1.545 m2
El Oriente 190-39837 Resolución 32 del 07/10/19 64 ha + 5.000 m2 59 ha + 9.100 m2
Vera Cruz 190-50259 Resolución 40 del 07/10/19 48 ha + 0750 m2 44 ha + 7.157 m2

1.6. Área del resguardo indígena constituido, saneado y ampliado

Área del resguardo constituido con ajuste cartográfico 24.306 ha + 2.271 m2
Área de saneamiento del resguardo10 249 ha + 3.294 m2
Área de ampliación del resguardo 701 ha + 8.760 m2
Área contenida en el resguardo constituido11 1.048 ha + 0408 m2
Área total del resguardo indígena 25.008 ha + 1.031 m2

2. Delimitación del área y plano del resguardo indígena

2.1. Que el Resguardo Indígena Kankuamo tiene en propiedad colectiva, producto de la constitución un área de veinticuatro mil trescientos seis hectáreas y dos mil doscientos setenta y un metros cuadrados (24.306 ha + 2.271 m2), que sumadas al área de ampliación (701 ha + 8.760 m2) arroja un total de área superficiaria de veinticinco mil ocho hectáreas y mil treinta y un metros cuadrados (25.008 ha + 1.031 m2).

2.2. Que el área con la cual se saneará y ampliará el resguardo se encuentra debidamente delimitada en la redacción técnica de linderos. Dicha área se consolidó en el plano No. ACCTI 200011320 (folio 9706), y se encuentra acorde con los linderos, ubicación espacial y el área reportada en los títulos registrados en los correspondientes folios de matrícula inmobiliaria.

2.3. Que dentro del territorio a ampliar no existen títulos de propiedad privada, colonos, personas ajenas a la parcialidad, ni presencia de comunidades negras. Conforme a la necesidad de verificar la información catastral de los inmuebles, se realizaron cruces de información geográfica (folios 8070-8257, 9340-9531).

2.4. Que cotejados los planos ACCTI 200011318, ACCTI 200011319 y ACCTI 200011320 contra el respectivo sistema de información geográfica, se establece que no se cruza o traslapa con resguardos indígenas o títulos de comunidades negras.

3. Configuración espacial del resguardo indígena constituido, saneado y ampliado

La configuración espacial del resguardo indígena una vez saneado y ampliado, estará conformada por dos (2) globos de terreno, que sumados dan un área de 25.008 ha + 1.031 m2, acorde con el plano ACCTI 200011319 (folio 9705):

GLOBO 1

Orden12 Nombre predio Área Cédula catastral FMI
2 Monterey 31 ha + 5.648 m2 20001000100010194000 190-50263
Total Área 31 ha + 5.648 m2

GLOBO 2

Orden13 Nombre del predio o mejora Área Cédula catastral FMI
 Resguardo indígena Kankuamo24.306 ha + 2.271 m2 No registra 190-103944
1 Tierras Nuevas 16 ha + 0598 m2 20001000100010576000 190-41337
3 La Providencia 89 ha + 4507 m2 20001000100010199000 190-52700
6 La Esperanza 66 ha 6250 m2 20001000100011143000 190-33029
9 La Esperanza 8 ha + 3405 m2 200001000100010299000 190-52577
10 La Ceibita 300 ha + 1374 m2 200001000100011489000 190-15858
16 Se Verá 85 ha + 0721 m2 20001000100010202000 190-43334
17 El Oriente 59 ha + 9100 m2 20001000100010614000 190-39837
18 Vera Cruz 44 ha + 7157 m2 20001000100010938000 190-50259

Los siguientes predios del presente procedimiento también hacen parte del globo 2, sin embargo, su área ya se encuentra contenida en el polígono constituido mediante Resolución número 012 del 10/04/03:

Orden14 Nombre predio Área Cédula catastral FMI
4 La Rutina 199 ha + 0129 m2 200001000100011405000 190-68584
5 Finca Bello Horizonte 152 ha + 9.292 m2 20001000100010335000 190-88449
7 El Encanto 158 ha + 7.442 m2 20001000100010374000 190-20188
8 Finca “Selva María y Juan de Dios” 93 ha + 6.690 m2 20001000100010543000 190-126443
13 Palo Alto 83 ha + 5.310 m2 20001000100030263000 190-884
15 Monte Rico 360 ha + 1.545 m2 20001000100030298000 190-21504

FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD

1. Que el artículo 58 de la Constitución Política de 1991 le da a la propiedad un carácter especial a partir de una doble función subyacente, esto es, una función social y una función ecológica. Dicha función representa una visión integral a la función de interés general que puede tener la propiedad en el derecho colombiano. Así mismo, la Ley 160 de 1994 establece esta función social garantizando la pervivencia de la comunidad y contribuyendo al mejoramiento de sus condiciones de vida colectiva y social.

2. Que el inciso 5° del artículo 2.14.7.3.13 del Decreto Único número 1071 de 2015, señala que “(…) la función social de la propiedad de los resguardos está relacionada con la defensa de la identidad de los pueblos o comunidades que los habitan, como garantía de la diversidad étnica y cultural de la Nación y con la obligación de utilizarlas en beneficio de los intereses y fines sociales, conforme a los usos, costumbres y cultura, para satisfacer las necesidades y conveniencias colectivas, el mejoramiento armónico e integral de la comunidad y el ejercicio del derecho de propiedad en forma tal que no perjudique a la sociedad a la comunidad”.

3. Que debido a la función social ejercida por la Comunidad Indígena Kankuamo dentro de los predios pretendidos para el saneamiento y la ampliación del resguardo indígena, basada en su cosmovisión, conocimientos ancestrales, culturales y las prácticas tradicionales, se infiere que este procedimiento de formalización contribuye a la consolidación del territorio como parte estratégica de la protección de los bosques y demás componentes del ambiente.

Que en consonancia con lo anterior, el numeral 5.3.2 y la línea de acción 4 del Conpes 4021 de 2020 indica que: “(…) A partir del 2021 la ANT, apoyada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la Superintendencia de Notariado y Registro, y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, adelantará la formalización de territorios étnicos incluyendo áreas que se encuentran en los NAD, contribuyendo a su consolidación territorial lo cual es estratégico para la protección de los bosques en el marco de la cosmovisión de los pueblos tradicionales. (…)”. Así las cosas, al formalizar este territorio se aporta al control de la deforestación y se reduce de manera directa la concentración de las emisiones de contaminantes que contribuyen al aumento del efecto invernadero.

4. Que mediante Resolución número 0230 del 17 de febrero de 2014 el Director General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental del MADS, certificó el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad para la ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo, teniendo en cuenta el concepto técnico donde se concluyó que “… una vez analizada la relación entre las prácticas tradicionales de la Comunidad Indígena Kankuamo y la conservación de recursos naturales de la zona, así como la necesidad de consolidación del territorio Kankuamo que asegure la pervivencia física y cultural de este pueblo en concordancia con lo ordenado por el Auto número 004 de 2009 de la Corte Constitucional, se recomienda a la Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Coordinación del Sistema Nacional Ambiental DGOAT - SINA del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, certificar el cumplimiento de la Función Ecológica de la Propiedad para la ampliación del Resguardo Indígena Kankuamo, pueblo Kankuamo, localizado en el municipio de Valledupar, en el departamento del Cesar”.; el mencionado acto administrativo que no pierde vigencia, según lo informado por el MADS mediante oficio 3103-2-00145 del 28 de julio de 2021. (Folios 45-58, 7918, 7930)

5. Que la constatación de la función social de la propiedad se realizó en coordinación con las autoridades indígenas del resguardo y en este caso se cumple garantizando la pervivencia de la comunidad, posibilitándole la seguridad alimentaria y contribuyendo al mejoramiento de sus condiciones de vida como sujeto colectivo, al tiempo que ha permitido la protección y conservación de los recursos naturales del entorno.

6. Que la formalización del territorio en beneficio de esta comunidad indígena es un reconocimiento del derecho al acceso a la tierra que tienen los sujetos colectivos, contribuyendo a la salvaguarda de sus usos y costumbres y garantizando la pervivencia cultural como pueblo indígena, de conformidad con la Constitución Política de 1991, la Ley 160 de 1994 y el Auto número 004 de 2009 emitido por la Corte Constitucional. Así, la ampliación y el saneamiento del resguardo indígena contribuyen al mejoramiento integral de las condiciones de vida de la comunidad del Resguardo Indígena Kankuamo y al derecho a la propiedad colectiva.

7. El ordenamiento y administración se ha encaminado para que la mayor parte de las familias que componen la comunidad tengan acceso a un territorio para la siembra y el uso personal, además del cuidado de las áreas de protección. De esta manera, el manejo del territorio es integral e incluyente con todos los integrantes de la comunidad, privilegiando la vida colectiva sobre los intereses particulares, al tiempo que protege y conserva el territorio para la pervivencia sostenible del grupo étnico, así como el cuidado y la defensa de los diferentes ecosistemas presentes en el territorio.

8. Que actualmente el Resguardo Indígena Kankuamo tiene una estructura organizativa consolidada y funcional que permite y potencia la vida en comunidad, siguiendo los usos y costumbres acordes con su tradición cultural. La lucha por el buen vivir, que se sustenta en la protección y cuidado del territorio, promueve el cumplimiento de la función social de la propiedad, tanto en el territorio constituido y saneado, como en el destinado a la ampliación.

9. Que la ampliación y el saneamiento del Resguardo Indígena Kankuamo contribuye al desarrollo integral de la comunidad y es coherente con su cosmovisión, su relación con el territorio, los usos sacralizados que hacen de este y las costumbres cotidianas de subsistencia particulares de la comunidad, tal como se evidencia en el ESEJTT. (Folios 8411-8572)

10. Que la tierra requerida para la promoción de los derechos tanto colectivos como individuales de los pueblos indígenas, en observancia a sus usos y costumbres, obedece a las particularidades de cada pueblo y comunidad, de manera tal que no es aplicable el parámetro de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), toda vez que los criterios técnicos de la misma sólo son aplicables para la población campesina, en concordancia con la normatividad vigente.

Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT):

ACUERDA:

Artículo 1°. Actualizar la cabida y linderos establecidos en la Resolución número 012 de 10 de abril de 2003 del Incora que constituyó el Resguardo Indígena Kankuamo, en la cual se indicó como área del resguardo veinticuatro mil doscientas doce hectáreas y dos mil sesenta dos metros cuadrados (24.212 ha + 2.062 m2) por lo cual el área actualizada es de veinticuatro mil trescientas seis hectáreas y dos mil doscientos setenta y un metros cuadrados (24.306 ha + 2.271 m2), según el plano ACCTI 200011318 de marzo de 2022, menos el área de la faja paralela a la línea de cauce permanente de los ríos y/o arroyos, hasta de (30) metros de ancho, discriminados en la siguiente tabla:

Área Resguardo anterior Área del resguardo resultante del proceso de actualización de área y linderos con efectos registrales
24.212 ha + 2.062 m2 24.306 ha + 2.271 m2

La redacción técnica de linderos corresponde a:

LINDEROS TÉCNICOS DEL RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO CONSTITUIDO

(RESOLUCIÓN 012 DE 10/04/2003)

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: NO REPORTA
PREDIO: RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO (RESOLUCIÓN NÚMERO 012 DE 10 /04/2003)
MATRÍCULA INMOBILIARIA: NO REPORTA
NÚMERO CATASTRAL: NO REPORTA
CÓDIGO NUPRE: N/R
GRUPO ÉTNICO: N/R
PUEBLO / RESGUARDO / COMUNIDAD: RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO
CÓDIGO PROYECTO: N/R
CÓDIGO DEL PREDIO: N/R
ÁREA TOTAL: 24.306 ha + 2.271 m2
DATUM REFERENCIA: MAGNA-SIRGAS
PROYECCIÓN: CONFORME DE GAUSS KRÜGER
ORIGEN: BOGOTÁ
LATITUD: 4°35'46.3215” N
LONGITUD: 74°04'39.0285'' W
FALSO Norte: 1000000.000 m
FALSO Este: 1000000.000 m

Norte: Del punto de Partida número 1, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 913.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 2, de coordenadas planas N= 1677988.81 m, E= 1072241.00 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio Presunta propiedad privada.

Del Punto número 2, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 944.76 m, colindando con el predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 3, de coordenadas planas N= 1677327.25 m, E= 1072773.76 m.

Del Punto número 3, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1417.75 m, colindando con el predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 3A, de coordenadas planas N= 1678492.53 m, E= 1073305.08 m, donde concurren las colindancias entre el predio presunta propiedad privada y el predio denominado “Tierras Nuevas” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 3A, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 328.90 m, colindando con el predio denominado “Tierras Nuevas” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 3B, de coordenadas planas N= 1678787.81 m, E= 1073449.88 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Tierras Nuevas” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio presunta propiedad privada.

Del Punto número 3B, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 653.20 m, colindando con el predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 4, de coordenadas planas N= 1679298.72 m, E= 1073801.86 m, donde concurren las colindancias entre el predio presunta propiedad privada y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 4, se sigue en dirección general Este, en línea quebrada y en una distancia de 809.21 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 5, de coordenadas planas N= 1679303.57 m, E= 1074560.93 m.

Del Punto número 5, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1230.08 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 6, de coordenadas planas N= 1680461.11 m, E= 1074819.44 m.

Del Punto número 6, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1319.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 7, de coordenadas planas N= 1681390.95 m, E= 1074026.69 m.

Del Punto número 7, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1225.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 8, de coordenadas planas N= 1682452.86 m, E= 1074411.60 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 8, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 526.30 m, colindando con el Predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 9, de coordenadas planas N= 1682822.25 m, E= 1074785.57 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 9, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1515.53 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 10, de coordenadas planas N= 1682527.74 m, E= 1076102.54 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio presunta propiedad privada.

Del Punto número 10, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1297.16 m, colindando con el predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 11, de coordenadas planas N= 1681685.10 m, E= 1076882.72 m, donde concurren las colindancias entre el predio presunta propiedad privada y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 11, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 148.87 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 12, de coordenadas planas N= 1681791.36 m, E= 1076986.98 m.

Del Punto número 12, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 563.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 13, de coordenadas planas N= 1681322.21 m, E= 1077195.48 m.

Del Punto número 13, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 564.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 14, de coordenadas planas N= 1681729.21 m, E= 1077311.76 m, hasta encontrar el Punto número 15, de coordenadas planas N= 1681735.22 m, E= 1077452.11 m.

Del Punto número 15, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2039.41 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 16, de coordenadas planas N= 1681059.57 m, E= 1077580.42 m, hasta encontrar el Punto número 17, de coordenadas planas N= 1680022.71 m, E= 1078429.26 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio del señor Ernesto Carrillo.

Del Punto número 17, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 480.39 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 18, de coordenadas planas N= 1679604.90 m, E= 1078193.52 m.

Del Punto número 18, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 698.99 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 19, de coordenadas planas N= 1679021.50 m, E= 1078320.44 m.

Del Punto número 19, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 464.35 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 20, de coordenadas planas N= 1679155.64 m, E= 1078756.01 m.

Del Punto número 20, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 467.25 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 21, de coordenadas planas N= 1678731.05 m, E= 1078950.67 m.

Del Punto número 21, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1107.80 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 22, de coordenadas planas N= 1679759.91 m, E= 1079358.57 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Ernesto Carrillo y el predio de la Comunidad Indígena Wiwa.

Del Punto número 22, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2626.94 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, pasando por el Punto número 23, de coordenadas planas N= 1679293.50 m, E= 1080172.86 m, hasta encontrar el Punto número 24, de coordenadas planas N= 1678774.57 m, E= 1081020.77 m.

Del Punto número 24, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1628.26 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, hasta encontrar el Punto número 25, de coordenadas planas N= 1680151.91 m, E= 1081679.13 m.

Del Punto número 25, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1951.12 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, pasando por el Punto número 26, de coordenadas planas N= 1681232.28 m, E= 1081619.58 m, hasta encontrar el Punto número 27, de coordenadas planas N= 1681306.43 m, E= 1081102.80 m.

Del Punto número 27, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1480.63 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, hasta encontrar el Punto número 28, de coordenadas planas N= 1680564.47 m, E= 1079982.90 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Wiwa y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 28, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 708.36 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 29, de coordenadas planas N= 1681158.16 m, E= 1080251.26 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 29, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 586.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco., hasta encontrar el Punto número 30, de coordenadas planas N= 1681452.55 m, E= 1080729.76 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Kogui Malayo Arhuaco y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 30, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1361.71 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 31, de coordenadas planas N= 1682562.41 m, E= 1080046.76 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el predio denominado “La Providencia” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 31, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 719.62 m, colindando con el predio denominado “La Providencia” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 32, de coordenadas planas N= 1683011.41 m, E= 1080483.16 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Providencia” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio del señor Alfredo Estrada.

Del Punto número 32, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1894.74 m, colindando con el predio del señor Alfredo Estrada, hasta encontrar el Punto número 33, de coordenadas planas N= 1681980.13 m, E= 1081683.42 m.

Del Punto número 33, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1968.66 m, colindando con el predio del señor Alfredo Estrada, pasando por el Punto número 34, de coordenadas planas N= 1683093.31 m, E= 1081565.86 m, hasta encontrar el Punto número 35, de coordenadas planas N= 1683349.23 m, E= 1080866.27 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Alfredo Estrada y el predio del señor Orlando Estrada.

Del Punto número 35, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 439.17 m, colindando con el predio del señor Orlando Estrada, hasta encontrar el Punto número 36, de coordenadas planas N= 1683748.49 m, E= 1081039.02 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Orlando Estrada y el predio de la señora Lucía Arias.

Del Punto número 36, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1138.42 m, colindando con el predio de la señora Lucia Arias, hasta encontrar el Punto número 37, de coordenadas planas N= 1683647.36 m, E= 1081693.88 m.

Del Punto número 37, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 937.03 m, colindando con el predio de la señora Lucía Arias, hasta encontrar el Punto número 38, de coordenadas planas N= 1684026.59 m, E= 1081176.04 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la señora Lucía Arias y el predio del señor Cristóbal Estrada.

Del Punto número 38, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 505.33 m, colindando con el predio del señor Cristóbal Estrada, hasta encontrar el Punto número 39, de coordenadas planas N= 1684500.52 m, E= 1081083.25 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Cristóbal Estrada y el predio denominado “La Providencia” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 39, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 108.91 m, colindando con el predio denominado “La Providencia” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 40, de coordenadas planas N= 1684568.16 m, E= 1081057.90 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Providencia” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 40, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 408.20 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 41, de coordenadas planas N= 1684963.38 m, E= 1081008.62 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Este: Del Punto número 41, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 3808.80 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 42, de coordenadas planas N= 1682128.96 m, E= 1083167.25 m.

Del Punto número 42, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 654.95 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 43, de coordenadas planas N= 1682574.91 m, E= 1083548.67 m.

Del Punto número 43, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 7015.79 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 44, de coordenadas planas N= 1682020.81 m, E= 1085786.17 m y el Punto número 45, de coordenadas planas N= 1679915.87 m, E= 1086813.68 m, hasta encontrar el Punto número 46, de coordenadas planas N= 1678574.39 m, E= 1087653.99 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el Departamento de La Guajira.

Del Punto número 46, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 530.23 m, colindando con el Departamento de La Guajira, hasta encontrar el Punto número 47, de coordenadas planas N= 1678086.32 m, E= 1087477.63 m.

Del Punto número 47, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 361.10 m, colindando con el Departamento de La Guajira, hasta encontrar el Punto número 48, de coordenadas planas N= 1678119.54 m, E= 1087811.86 m, donde concurren las colindancias entre el Departamento de la Guajira y el predio denominado “La Porfía”.

Del Punto número 48, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 1144.16 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 49, de coordenadas planas N= 1676992.93 m, E= 1087989.99 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Porfía” y el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 49, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1013.94 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 50, de coordenadas planas N= 1676192.76 m, E= 1087567.64 m.

Del Punto número 50, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 335.57 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 51, de coordenadas planas N= 1675974.34 m, E= 1087809.15 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio del señor Orlando Daza.

Del Punto número 51, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 838.41 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, hasta encontrar el Punto número 52, de coordenadas planas N= 1675589.87 m, E= 1087076.05 m.

Del Punto número 52, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 934.30 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, hasta encontrar el Punto número 53, de coordenadas planas N= 1674947.74 m, E= 1087693.24 m.

Del Punto número 53, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 776.97 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, hasta encontrar el Punto número 54, de coordenadas planas N= 1675399.61 m, E= 1088297.71 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Orlando Daza y el predio del señor José Alfonso Martínez.

Del Punto número 54, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 662.28 m, colindando con el predio del señor José Alfonso Martínez, hasta encontrar el Punto número 55, de coordenadas planas N= 1675003.77 m, E= 1088680.64 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor José Alfonso Martínez y el predio del señor Joaquín Peralta.

Del Punto número 55, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 645.72 m, colindando con el predio del señor Joaquín Peralta, hasta encontrar el Punto número 56, de coordenadas planas N= 1674373.56 m, E= 1088571.87 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Joaquín Peralta y la Vía que conduce de Valledupar a Patillal.

Del Punto número 56, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 21.20 m, colindando con la Vía que conduce de Valledupar a Patillal, hasta encontrar el Punto número 56A, de coordenadas planas N= 1674354.91 m, E= 1088561.78 m.

Del Punto número 56A, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia 488.14 m, colindando con la Vía que conduce de Valledupar a Patillal, hasta encontrar el Punto número 57, de coordenadas planas N= 1674193.58 m, E= 1089022.47 m, donde concurren las colindancias entre la Vía que conduce de Valledupar a Patillal y el predio del señor Robinson Arias.

Del Punto número 57, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 540.18 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, pasando por el Punto número 58, de coordenadas planas N= 1673938.30 m, E= 1088892.74 m, hasta encontrar el Punto número 59, de coordenadas planas N= 1673721.93 m, E= 1088849.97 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Robinson Arias y el río Badillo.

Del Punto número 59, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 721.48 m, colindando con el margen derecho aguas abajo de Río Badillo, hasta encontrar el Punto número 60, de coordenadas planas N= 1673362.73 m, E= 1089415.13 m, donde concurren las colindancias entre el Río Badillo y el predio del señor Luis Martín Daza.

Del Punto número 60, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1200.24 m, colindando con el predio del señor Luis Martín Daza, hasta encontrar el Punto número 61, de coordenadas planas N= 1672759.46 m, E= 1088436.98 m,

Del Punto número 61, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 495.74 m, colindando con el predio del señor Luis Martín Daza, hasta encontrar el Punto número 62, de coordenadas planas N= 1672296.33 m, E= 1088456.94 m,

Del Punto número 62, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 481.77 m, colindando con el predio del señor Luis Martin Daza, hasta encontrar el Punto número 63, de coordenadas planas N= 1672517.29 m, E= 1088870.34 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Luis Martí n Daza y el predio del señor Francisco Montero.

Del Punto número 63, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1756.43 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, hasta encontrar el Punto número 64, de coordenadas planas N= 1670877.35 m, E= 1088423.40 m.

Del Punto número 64, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 389.28 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, hasta encontrar el Punto número 65, de coordenadas planas N= 1670698.70 m, E= 1088767.71 m.

Del Punto número 65, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2731.34 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, pasando por el Punto número 66, de coordenadas planas N= 1671800.21 m, E= 1089195.49 m, hasta encontrar el Punto número 67, de coordenadas planas N= 1672413.50 m, E= 1090593.37 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Francisco Montero y el Arroyo El Limonar.

Del Punto número 67, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3864.94 m, colindando con el margen derecho aguas abajo del Arroyo El Limonar, pasando por el Punto número 68, de coordenadas planas N= 1671239.39 m, E= 1092244.57 m, hasta encontrar el Punto número 69, de coordenadas planas N= 1669917.10 m, E= 1092919.94 m, donde concurren las colindancias entre el Arroyo El Limonar y el predio denominado” Nuevo Horizonte”.

Del Punto número 69, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3963.34 m, colindando con el predio denominado” Nuevo Horizonte”, pasando por el Punto número 70, de coordenadas planas N= 1669782.89 m, E= 1090629.76 m, hasta encontrar el Punto número 71, de coordenadas planas N= 1669006.33 m, E= 1089471.94 m.

Del Punto número 71, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1084.02 m, colindando con el predio denominado” Nuevo Horizonte”, hasta encontrar el Punto número 72, de coordenadas planas N= 1668590.17 m, E= 1090424.74 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado” Nuevo Horizonte” y el Predio denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 72, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 608.92 m, colindando con el Predio Denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 73, de coordenadas planas N= 1667986.94 m, E= 1090341.66 m.

Del Punto número 73, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 894.26 m, colindando con el Predio Denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 74, de coordenadas planas N= 1667613.00 m, E= 1091082.59 m, donde concurren las colindancias entre el Predio Denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio del señor Alfredo Fuente.

Del Punto número 74, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 855.36 m, colindando con el Predio del señor Alfredo Fuente, hasta encontrar el Punto número 75, de coordenadas planas N= 1666796.08 m, E= 1091325.20 m, donde concurren las colindancias entre el Predio del señor Alfredo fuente y el predio del señor Argemiro Gutierres.

Del Punto número 75, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 2212.45 m, colindando con el Predio del señor Argemiro Gutierres, hasta encontrar el Punto número 76, de coordenadas planas N= 1665238.12 m, E= 1089998.63 m.

Del Punto número 76, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 2551.60 m, colindando con el Predio del señor Argemiro Gutierres, hasta encontrar el Punto número 77, de coordenadas planas N= 1665006.47 m, E= 1092461.44 m, donde concurren las colindancias entre el Predio del señor Argemiro Gutierres y el predio de la señora Selfida Gutiérrez.

Del Punto número 77, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 621.41 m, colindando con el Predio de la señora Selfida Gutiérrez, hasta encontrar el Punto número 78, de coordenadas planas N= 1664749.35 m, E= 1092933.41 m.

Del Punto número 78, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1768.43 m, colindando con el Predio de la señora Selfida Gutiérrez, hasta encontrar el Punto número 79, de coordenadas planas N= 1666253.50 m, E= 1092463.60 m, donde concurren las colindancias entre el Predio de la señora Selfida Gutiérrez y el predio de la señora Amelia Díaz.

Del Punto número 79, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 897.21 m, colindando con el Predio de la señora Amelia Díaz, hasta encontrar el Punto número 80, de coordenadas planas N= 1666753.86 m, E= 1091801.30 m, donde concurren las colindancias entre el Predio de la señora Amelia Díaz y el predio del señor Alfredo Fuente.

Del Punto número 80, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 955.52 m, colindando con el Predio del señor Alfredo Fuente, hasta encontrar el Punto número 81, de coordenadas planas N= 1667572.27 m, E= 1091318.79 m, donde concurren las colindancias entre el Predio del señor Alfredo fuente y el predio denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 81, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1146.60 m, colindando con el predio denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 82, de coordenadas planas N= 1667838.22 m, E= 1092416.93 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Ceibita” de la Comunidad Indígena Kankuamo y la Cuchilla de Cancabarrúa.

Del Punto número 82, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2280.85 m, colindando con la Cuchilla de Cancabarrúa, pasando por el Punto número 83, de coordenadas planas N= 1666547.75 m, E= 1092860.03 m, hasta encontrar el Punto número 84, de coordenadas planas N= 1666341.82 m, E= 1093710.19 m, donde concurren las colindancias entre la Cuchilla de Cancabarrúa y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 84, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1868.98 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 85, de coordenadas planas N= 1664495.77 m, E= 1093598.61 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y la Vía Morillo.

Sur: Del Punto número 85, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 3931.40 m, colindando con la Vía Morillo, hasta encontrar el Punto número 86, de coordenadas planas N= 1665165.43 m, E= 1090008.06 m, donde concurren las colindancias entre la Vía Morillo y el Arroyo Sin Nombre.

Del Punto número 86, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2051.67 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del Arroyo Sin Nombre, pasando por el Punto número 87, de coordenadas planas N= 1665214.83 m, E= 1088706.59 m, hasta encontrar el Punto número 88, de coordenadas planas N= 1665655.53 m, E= 1088317.26 m, donde concurren las colindancias entre el Arroyo Sin Nombre y el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 88, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 2344.56 m, colindando con el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 89, de coordenadas planas N= 1667801.06 m, E= 1087788.73 m.

Del Punto número 89, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2553.52 m, colindando con el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 90, de coordenadas planas N= 1667730.58 m, E= 1087409.11 m, hasta encontrar el Punto número 91, de coordenadas planas N= 1665849.83 m, E= 1086749.54 m.

Del Punto número 91, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 860.64 m, colindando con el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 92, de coordenadas planas N= 1666399.72 m, E= 1086193.67 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 92, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1666.70 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 93, de coordenadas planas N= 1667343.52 m, E= 1084964.45 m.

Del Punto número 93, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 1041.99 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 94, de coordenadas planas N= 1666574.70 m, E= 1084261.18 m.

Del Punto número 94, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 788.89 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 95, de coordenadas planas N= 1665871.87 m, E= 1084464.98 m.

Del Punto número 95, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 469.34 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 96, de coordenadas planas N= 1666117.82 m, E= 1084862.43 m.

Del Punto número 96, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1082.55 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 97, de coordenadas planas N= 1665446.81 m, E= 1085710.48 m.

Del Punto número 97, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 409.05 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 98, de coordenadas planas N= 1665155.99 m, E= 1085456.34 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y la Quebrada Caña Fina.

Del Punto número 98, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 682.84 m, colindando con el margen derecho aguas abajo de la quebrada Caña Fina, hasta encontrar el Punto número 99, de coordenadas planas N= 1664791.48 m, E= 1085121.67 m, donde concurren las colindancias entre la Quebrada Caña Fina y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 99, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3614.93 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, pasando por el Punto número 100, de coordenadas planas N= 1663379.77 m, E= 1085124.06 m, hasta encontrar el Punto número 101, de coordenadas planas N= 1661527.96 m, E= 1085859.46 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y el Cerro Boquinete.

Del Punto número 101, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1878.21 m, colindando con el Cerro Boquinete, hasta encontrar el Punto número 102, de coordenadas planas N= 1660840.17 m, E= 1084146.31 m.

Del Punto número 102, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 401.64 m, colindando con el Cerro Boquinete, hasta encontrar el Punto número 103, de coordenadas planas N= 1661108.35 m, E= 1083876.43 m, donde concurren las colindancias entre el Cerro Boquinete y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 103, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 669.60 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 104, de coordenadas planas N= 1661643.87 m, E= 1083519.77 m.

Del Punto número 104, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1642.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 105, de coordenadas planas N= 1661461.29 m, E= 1081974.65 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Del Punto número 105, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1575.99 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 106, de coordenadas planas N= 1662974.45 m, E= 1082141.60 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 106, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1314.52 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 107, de coordenadas planas N= 1664045.37 m, E= 1082476.47 m.

Del Punto número 107, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1445.96 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 108, de coordenadas planas N= 1664723.61 m, E= 1081395.46 m.

Del Punto número 108, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 557.45 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 109, de coordenadas planas N= 1664220.70 m, E= 1081621.94 m.

Del Punto número 109, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1887.20 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 110, de coordenadas planas N= 1662752.66 m, E= 1081131.61 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Del Punto número 110, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1540.88 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 111, de coordenadas planas N= 1662321.12 m, E= 1079965.54 m.

Del Punto número 111, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1546.78 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 112, de coordenadas planas N= 1663714.85 m, E= 1080134.48 m.

Del Punto número 112, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2543.61 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 113, de coordenadas planas N= 1663299.91 m, E= 1078920.70 m, hasta encontrar el Punto número 114, de coordenadas planas N= 1662393.13 m, E= 1078479.23 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Oeste: Del Punto número 114, se sigue en dirección general Norte, en línea quebrada y en una distancia de 259.86 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 115, de coordenadas planas N= 1662566.99 m, E= 1078489.09 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y la Cuchilla Piedra de Afilar.

Del Punto número 115, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 3518.46 m, colindando con la Cuchilla Piedra de Afilar, hasta encontrar el Punto número 116, de coordenadas planas N= 1665176.90 m, E= 1077222.13 m, donde concurren las colindancias entre la Cuchilla Piedra de Afilar y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 116, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1114.59 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 117, de coordenadas planas N= 1666139.83 m, E= 1077525.53 m.

Del Punto número 117, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 407.12 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 118, de coordenadas planas N= 1666273.77 m, E= 1077151.81 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y el predio del señor Adulfo Montero.

Del Punto número 118, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1338.36 m, colindando con el predio del señor Adulfo Montero, hasta encontrar el Punto número 119, de coordenadas planas N= 1667461.75 m, E= 1077732.08 m.

Del Punto número 119, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 910.13 m, colindando con el predio del señor Adulfo Montero, hasta encontrar el Punto número 120, de coordenadas planas N= 1666933.20 m, E= 1077112.17 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Adulfo Montero y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 120, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 964.57 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 121, de coordenadas planas N= 1667838.76 m, E= 1076883.77 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el predio denominado “Ucrania”.

Del Punto número 121, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1116.58 m, colindando con el predio denominado “Ucrania”, hasta encontrar el Punto número 122, de coordenadas planas N= 1668619.53 m, E= 1077379.83 m.

Del Punto número 122, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1144.75 m, colindando con el predio denominado “Ucrania”, hasta encontrar el Punto número 123, de coordenadas planas N= 1668738.13 m, E= 1076332.81 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Ucrania” y el Pedio Baldío Nacional.

Del Punto número 123, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 598.07 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 124, de coordenadas planas N= 1669304.01 m, E= 1076139.38 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el predio de la señora Nubia Villazón.

Del Punto número 124, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1216.45 m, colindando con el predio de la señora Nubia Villazón, hasta encontrar el Punto número 125, de coordenadas planas N= 1670243.33 m, E= 1076572.64 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la señora Nubia Villazón y el predio denominado “La Esperanza” de la comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 125, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 448.92 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 126, de coordenadas planas N= 1670315.96 m, E= 1077014.42 m.

Del Punto número 126, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 800.89 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 127, de coordenadas planas N= 1671031.31 m, E= 1076757.14 m.

Del Punto número 127, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1553.63 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la comunidad Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 128, de coordenadas planas N= 1670991.98 m, E= 1076227.52 m, hasta encontrar el Punto número 129, de coordenadas planas N= 1670205.07 m, E= 1075799.82 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Esperanza” de la comunidad Indígena Kankuamo y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 129, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1583.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 130A, de coordenadas planas N= 1670666.93 m, E= 1074351.90 m.

Del Punto número 130A, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 64.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 130, de coordenadas planas N= 1670710.90 m, E= 1074397.03 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el predio denominado “La Gloria”.

Del Punto número 130, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 288.84 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 131, de coordenadas planas N= 1670959.67 m, E= 1074537.92 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Gloria” y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Del Punto número 131, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1256.13 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 132, de coordenadas planas N= 1670481.58 m, E= 1075580.03 m.

Del Punto número 132, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1147.29 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 133, de coordenadas planas N= 1671614.74 m, E= 1075448.50 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el predio denominado “El Peligro” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 133, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 561.15 m, colindando con el predio denominado “El Peligro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 134, de coordenadas planas N= 1671528.94 m, E= 1075777.97 m.

Del Punto número 134, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 662.89 m, colindando con el predio denominado “El Peligro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 135, de coordenadas planas N= 1671959.49 m, E= 1075474.57 m. donde concurren las colindancias entre el predio denominado “El Peligro” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio denominado “El Oriente” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 135, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 432.36 m, colindando con el predio denominado “El Oriente” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 136, de coordenadas planas N= 1672171.11 m, E= 1075830.14 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “El Oriente” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio del señor José Oñate.

Del Punto número 136, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 116.99 m, colindando con el predio del señor José Oñate, hasta encontrar el Punto número 136A, de coordenadas planas N= 1672257.73 m, E= 1075908.78 m.

Del Punto número 136A, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1198.43 m, colindando con el predio del señor José Oñate, hasta encontrar el Punto número 137, de coordenadas planas N= 1673071.46 m, E= 1075101.36 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor José Oñate y el predio del señor Rafael Arias.

Del Punto número 137, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 918.44 m, colindando con el predio del señor Rafael Arias, hasta encontrar el Punto número 138, de coordenadas planas N= 1672414.53 m, E= 1074847.53 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Rafael Arias y el predio denominado “El Oriente” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 138, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 383.56 m, colindando con el predio denominado “El Oriente” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 139, de coordenadas planas N= 1672263.56 m, E= 1074565.32 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “El Oriente” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio denominado “La Gloria”.

Del Punto número 139, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1095.96 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 140, de coordenadas planas N= 1671779.94 m, E= 1073629.32 m.

Del Punto número 140, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 427.05 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 141, de coordenadas planas N= 1672080.46 m, E= 1073342.30 m.

Del Punto número 141, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 409.98 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 142, de coordenadas planas N= 1671823.32 m, E= 1073022.98 m.

Del Punto número 142, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1156.67 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 143, de coordenadas planas N= 1670861.37 m, E= 1073616.83 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Gloria” y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 143, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 87.92 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 143A, de coordenadas planas N= 1670790.93 m, E= 1073624.29 m.

Del Punto número 143A, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 2515.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 144, de coordenadas planas N= 1670942.31 m, E= 1071359.11 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el Río Guatapurí.

Del Punto número 144, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1624.62 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del Río Guatapurí, hasta encontrar el Punto número 145, de coordenadas planas N= 1672000.03 m, E= 1072068.70 m, donde concurren las colindancias entre el Río Guatapurí y el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui.

Del Punto número 145, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 632.97 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 146, de coordenadas planas N= 1671567.65 m, E= 1072515.77 m.

Del Punto número 146, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1199.06 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 147, de coordenadas planas N= 1672330.88 m, E= 1073199.44 m.

Del Punto número 147, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 952.64 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 148, de coordenadas planas N= 1673221.35 m, E= 1073234.80 m.

Del Punto número 148, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 377.85 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 149, de coordenadas planas N= 1673193.97 m, E= 1072930.03 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 149, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 5362.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, pasando por el Punto número 150, de coordenadas planas N= 1674295.76 m, E= 1071773.04 m, hasta encontrar el Punto número 1, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

PARÁGRAFO. Teniendo en cuenta la actualización de las exclusiones indicadas en la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 y los ejercicios de identificación dentro del procedimiento de saneamiento y ampliación que se adelantó, la cantidad total de predios y mejoras excluidas del Resguardo Indígena Kankuamo será de 65 (agrupadas en 48 globos), así:

Predios con antecedentes registrales excluidos

EXCL. FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E1 190-13859 Comunidad Kogui Tierra Grata
2 E2 190-49865 Resguardo indígena Kankuamo Monte De Oro
3 E4 190-49881 Gutiérrez Carrillo Luis Carlos La Cecilia
4 E5 190-43269 Alonso Mendoza Luis Manuel Santa Elena
5 E6 190-52584 Munive José Vicente La Batalla
6 E7 190-57707 Arias Luis Gregorio Medellín
7 E8 190- 58916 Aponte Celedón Nadia Lucinda y otros Villa Luque
8 E8 190- 42452 Amaya Trespalacios Oscar Joaquín y otros Campaura
9 E9 190-60072 Ibarra Casadiego Jairo La Sonrisa
10 E10 190-60086 Maestre Arias Rafael Enrique El Displante
11 E11 190-39450 Arregoces Martínez Gabriel Bienvenido Iv El Corazón
12 E13 190-46460 Pacheco Corzo Lucina María La Montaña
13 E13 190-34368 Rodríguez Villazón Juan Manuel Las Nieves
14 E13 190-47230 Resguardo indígena Kankuamo El Descanso
15 E13 190-52578 ANT El Engañoso
16 E14 190-48868 Carrillo Maestre Zaida Rosa El Monte de Cristo
17 E16 190-49233 Maestre Arias José del Carmen Los Ángeles
18 E18 190-49955 Mindiola Carrillo Adel Francisco El Espíritu Santo
19 E19 190-53205 Hernández de Carrillo Gladis Beatriz Loperena
20 E20 190-48861 Martínez Villazón Elba Rosa La Florida
21 E21 190-43968 Resguardo indígena Kankuamo La Culpable
22 E22 190-41236 Carrillo Rodríguez Alcides Enrique El Olvido
23 E23 190-49954 Mindiola Carrillo Adel Francisco Tardes Bellas
24 E24 190-50876 Arias Martínez Arelis Inés Francia 1
25 E25 190-39200 Martínez Arias Rigail Antonio Antioquia
26 E26 190-50875 Arias Martínez Arelis Inés Francia 2
27 E27 190-24209 Pumarejo Carrillo Ramón Enrique Sevilla
28 E27 190-46922 Arias Maestre Alcides Alejandro Debinguito
29 E27 190-48845 Blanchar Celso Rafael Chingaca
30 E27 190-53775 Martínez Saúl Enrique Beliza
31 E27 190-24087 Blanchar Celso Rafael El Encanto
32 E29 190-40767 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar El Encanto
33 E31 190-46626 Arias Pacheco Roberto de Jesús y otro La Corua
34 E32 190-50877 Cuello Mieles Liliana Esther El Rincón
35 E33 190-40182 Valdeblanquez Ariza julio Enrique y otros Berlín
36 E34 190-54376 Asociación Provivienda De Atanquez “Aprovita” Villa Unión
37 E35 190-44281 Carrillo Bolaño José Gabriel Candela
38 E37 190-24086 Daza Mendoza Pedro Ángel La Necedad
39 E37 190-42517 Gutiérrez Pacheco Rafael Fernando Barranquilla
40 E38 190-46081 Gutiérrez Oñate Juvenal Antonio El Tequendama
41 E39 190-32172 Mejía Arias Arismedys Alejandra y otro Miren Bien
42 E40 190-47947 Arias de Montero Feligna El Poder
EXCL. FMI NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
43 E41 190-38046 Arias Rincones Magolina Rosario Las Mercedes
44 E42 190-47577 Arias Martínez José María El Descansito
45 E43 190-49686 Montero Hinojosa Emelina Mercedes Villa Amelia
46 E45 190-48736 Arias de Estrada Lucila La Esmeralda
47 E45 190-50230 Cristóbal Estrada Arias Las Margaritas
48 E45 190-50562 Estrada Arias Orlando El Cielito
49 E46 190-29499 Sociedad Gutiérrez Hinojosa & Cía. Ltda. Campomara
50 E46 190-38730 Celfida Gutiérrez Villa Mery
51 E47 190-39492 Resguardo Indígena Kankuamo El Peligro

Mejoras excluidas

EXCL. CÉDULA CATASTRAL NOMBRE DE PROPIETARIO PREDIO
1 E1 20001000100011029000 Pacheco Ramón Terreno
2 E3 20001000100011093000 Luis Carlos Mejía Pumarejo Barro Blanco
3 E15 20001000100010723000 Víctor Paulino Alvarado Gil Perija
4 E27 20001000100010561000 José Francisco Díaz Carrillo Estados Unidos
5 E28 20001000100010795000 Carmen Manuel Mendoza Martínez El Charco del Monte
6 E30 20001000100010873001 Martínez Rodríguez Saúl Villa Leonor
7 E36 20001000100010003000 Carmen Eloisa Viuda de Mindiola El Mango
8 E44 20001000100010519000 Arias Martínez José María El Jolon
9 E45 20001000100011396000 Alfredo Estrada Lote de Terreno
10 E46 20001000100011354000 Alfredo Fuentes El Rancho de las Mujeres
11 E46 20001000100011353000 Amelia Díaz Lote de Terreno
12 E48 20001000100010585000 Desconocido Lote de Terreno
13 E48 20001000100010621000 José Oñate Terreno
14 E48 20001000100010622000 Rafael Arias Las Virginias

La redacción técnica de linderos corresponde a:

LINDEROS TÉCNICOS DE LOS PREDIOS DE PROPIEDAD PRIVADA Y MEJORAS EXCLUIDAS DEL ÁREA DEL RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO CONSTITUIDO

(RESOLUCIÓN 012 DE 10 /04/2003), SANEAMIENTO Y AMPLIACIÓN

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E1 GLOBO DE TERRENO QUE CONFORMAN LOS PREDIOS TIERRA GRATA CON FMI 190-13859 CÉDULA CATASTRAL 20001000100010435000 - TERRENO CON CÉDULA CATASTRAL 20001000100011029000.
ÁREA TOTAL: 54 ha + 9.074 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 151, de coordenadas planas N= 1681717.49 m, E= 1074998.97 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 151, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 510.41 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 152, de coordenadas planas N= 1681463.54 m, E= 1075411.59 m.

Del Punto número 152, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 212.62 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 153, de coordenadas planas N= 1681614.86 m, E= 1075560.94 m.

Del Punto número 153, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 223.11 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 154, de coordenadas planas N= 1681556.57 m, E= 1075761.14 m.

Este: Del Punto número 154, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 317.35 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 155, de coordenadas planas N= 1681289.63 m, E= 1075612.87 m.

Del Punto número 155, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 410.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 156, de coordenadas planas N= 1681073.67 m, E= 1075952.94 m.

Sur: Del Punto número 156, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 662.68 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 157, de coordenadas planas N= 1680422.13 m, E= 1075848.80 m.

Del Punto número 157, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 927.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 158, de coordenadas planas N= 1681145.68 m, E= 1075341.54 m.

Oeste: Del Punto número 158, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 385.73 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 159, de coordenadas planas N= 1681251.78 m, E= 1074998.98 m.

Del Punto número 159, se sigue en dirección general Norte, en línea recta y en una distancia de 465.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 151, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E2 MONTE DE ORO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-49865
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011038000
ÁREA TOTAL: 15 ha + 4.548 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 160, de coordenadas planas N= 1679861.78 m, E= 1076461.90 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 160, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 269.45 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 161, de coordenadas planas N= 1679996.62 m, E= 1076638.93 m.

Del Punto número 161, se sigue en dirección general Este, en línea recta y en una distancia de 355.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 162, de coordenadas planas N= 1679998.37 m, E= 1076994.35 m.

Este: Del Punto número 162, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 246.10 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 163, de coordenadas planas N= 1679798.47 m, E= 1077099.37 m.

Sur: Del Punto número 163, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 714.60 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 164 de coordenadas planas N= 1679770.10 m, E= 1076838.29 m, hasta encontrar el Punto número 165, de coordenadas planas N= 1679666.72 m, E= 1076436.28 m.

Oeste: Del Punto número 165, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 206.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 160, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E3 BARRO BLANCO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: N/R
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011093000
ÁREA TOTAL: 222 ha + 6.064 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 166, de coordenadas planas N= 1678405.59 m, E= 1081468.57 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 166, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1726.66 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 167, de coordenadas planas N= 1678669.26 m, E= 1082070.22 m, y por el Punto número 168, de coordenadas planas N= 1679046.72 m, E= 1082274.56 m, hasta encontrar el Punto número 169, de coordenadas planas N= 1679421.18 m, E= 1082770.07 m.

Del Punto número 169, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 876.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 170, de coordenadas planas N= 1678551.49 m, E= 1082721.94 m.

Este: Del Punto número 170, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1488.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 171, de coordenadas planas N= 1677679.95 m, E= 1082533.68 m, hasta encontrar el Punto número 172, de coordenadas planas N= 1677407.06 m, E= 1082257.71 m.

Sur: Del Punto número 172, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1392.68 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 173 de coordenadas planas N= 1677069.02 m, E= 1082050.64 m, y por el Punto número 174, de coordenadas planas N= 1676771.00 m, E= 1081590.13 m, hasta encontrar el Punto número 175, de coordenadas planas N= 1676754.47 m, E= 1081198.12 m.

Del Punto número 175, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 473.08 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 176, de coordenadas planas N= 1677185.46 m, E= 1081300.97 m.

Oeste: Del Punto número 176, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 682.30 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 177, de coordenadas planas N= 1677814.15 m, E= 1081162.90 m.

Del Punto número 177, se sigue en dirección general Este, en línea quebrada y en una distancia de 276.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 178, de coordenadas planas N= 1677808.46 m, E= 1081439.36 m.

Del Punto número 178, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 660.68 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 166, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E4 LA CECILIA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-49881
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011388000
ÁREA TOTAL: 7 ha + 7.188 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 179, de coordenadas planas N= 1680932.75 m, E= 1082466.85 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Este: Del Punto de partida número 179, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 498.14 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 180, de coordenadas planas N= 1680517.31 m, E= 1082630.73 m.

Sur: Del Punto número 180, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 179.14 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 181, de coordenadas planas N= 1680593.77 m, E= 1082472.88 m.

Del Punto número 181, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 274.39 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 182, de coordenadas planas N= 1680453.77 m, E= 1082242.89 m.

Oeste: Del Punto número 182, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 553.02 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 179, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E5 SANTA ELENA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-43269
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010579000
ÁREA TOTAL: 84 ha + 6.813 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 183, de coordenadas planas N= 1681157.21 m, E= 1084875.04 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 183, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 826.00 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 184, de coordenadas planas N= 1681335.82 m, E= 1085664.82 m.

Del Punto número 184, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 532.45 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 185, de coordenadas planas N= 1681125.83 m, E= 1086144.82 m.

Este: Del Punto número 185, se sigue en dirección general Sur, en línea quebrada y en una distancia de 405.06 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 186, de coordenadas planas N= 1680721.84 m, E= 1086160.83 m.

Sur: Del Punto número 186, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1213.27 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 187, de coordenadas planas N= 1680599.83 m, E= 1085760.84 m, hasta encontrar el Punto número 188, de coordenadas planas N= 1680140.66 m, E= 1085146.06 m.

Oeste: Del Punto número 188, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 352.31 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 189, de coordenadas planas N= 1680479.82 m, E= 1085058.85 m.

Del Punto número 189, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 333.97 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 190, de coordenadas planas N= 1680633.82 m, E= 1085352.84 m.

Del Punto número 190, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 781.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 183, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E6 LA BATALLA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-52584
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011125000
ÁREA TOTAL: 51 ha + 0053 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 191, de coordenadas planas N= 1676535.71 m, E= 1083681.16 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 191, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 371.06 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 192, de coordenadas planas N= 1676466.90 m, E= 1084022.26 m.

Este: Del Punto número 192, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1466.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 193, de coordenadas planas N= 1676145.53 m, E= 1084070.01 m, y por el Punto número 194, de coordenadas planas N= 1675991.26 m, E= 1084477.76 m hasta encontrar el Punto número 195, de coordenadas planas N= 1675691.79 m, E= 1085064.23 m.

Sur: Del Punto número 195, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 243.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 196, de coordenadas planas N= 1675461.78 m, E= 1085008.38 m.

Del Punto número 196, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 508.08 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 197, de coordenadas planas N= 1675735.20 m, E= 1084626.64 m.

Del Punto número 197, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 639.00 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 198, de coordenadas planas N= 1675295.70 m, E= 1084280.77 m.

Oeste: Del Punto número 198, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1403.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 199, de coordenadas planas N= 1675947.37 m, E= 1083997.04 m, hasta encontrar el Punto número 191, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E7 MEDELLÍN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-57707
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010319000
ÁREA TOTAL: 124 ha + 0008 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 200, de coordenadas planas N= 1674982.28 m, E= 1084460.68 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 200, se sigue en dirección general Este, en línea quebrada y en una distancia de 953.30 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 201, de coordenadas planas N= 1674990.36 m, E= 1085384.21 m.

Del Punto número 201, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 737.34 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 202, de coordenadas planas N= 1674815.93 m, E= 1086063.81 m.

Este: Del Punto número 202, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 747.15 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 203, de coordenadas planas N= 1674271.34 m, E= 1085558.01 m.

Del Punto número 203, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 198.20 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 204, de coordenadas planas N= 1674328.38 m, E= 1085373.16 m.

Del Punto número 204, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 620.57 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 205, de coordenadas planas N= 1673823.98 m, E= 1085025.74 m.

Del Punto número 205, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 531.45 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 206, de coordenadas planas N= 1673759.73 m, E= 1085545.68 m.

Sur: Del Punto número 206, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 192.27 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 207, de coordenadas planas N= 1673588.87 m, E= 1085457.52 m.

Del Punto número 207, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 781.54 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 208, de coordenadas planas N= 1673693.35 m, E= 1084700.28 m.

Oeste: Del Punto número 208, se sigue en dirección general Norte, en línea quebrada y en una distancia de 431.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 209, de coordenadas planas N= 1674121.71 m, E= 1084729.55 m.

Del Punto número 209, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 361.81 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 210, de coordenadas planas N= 1674249.32 m, E= 1084428.82 m.

Del Punto número 210, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 524.27 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 211, de coordenadas planas N= 1674676.72 m, E= 1084698.72 m.

Del Punto número 211, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 417.78 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 200, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E8 GLOBO DE TERRENO QUE CONFORMAN LOS PREDIOS VILLA LUQUE CON FMI 190-58916 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100010313000 - CAMPAURA CON FMI 190-42452 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100010314000
ÁREA TOTAL: 57 ha + 9.417 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 212, de coordenadas planas N= 1675279.39 m, E= 1086614.39 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 212, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 660.77 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 213, de coordenadas planas N= 1675369.64 m, E= 1087208.23 m.

Del Punto número 213, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 252.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 214, de coordenadas planas N= 1675202.29 m, E= 1087391.92 m.

Este: Del Punto número 214, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 760.81 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 215, de coordenadas planas N= 1674485.49 m, E= 1087618.39 m.

Del Punto número 215, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 282.77 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 216, de coordenadas planas N= 1674226.36 m, E= 1087513.38 m.

Sur: Del Punto número 216, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 546.63 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 217, de coordenadas planas N= 1674656.10 m, E= 1087244.32 m.

Del Punto número 217, se sigue en dirección general Oeste, en línea quebrada y en una distancia de 496.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 218, de coordenadas planas N= 1674657.89 m, E= 1086779.55 m.

Oeste: Del Punto número 218, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 720.60 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 212, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: | EXCLUSIÓN E9 LA SONRISA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-60072
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010366000
ÁREA TOTAL: 3 ha + 8.325 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 219, de coordenadas planas N= 1673845.74 m, E= 1087730.78 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 219, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 265.95 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 220, de coordenadas planas N= 1673782.34 m, E= 1087989.07 m.

Este: Del Punto número 220, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 219.62 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 221, de coordenadas planas N= 1673659.07 m, E= 1088170.77 m.

Del Punto número 221, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 71.82 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 222, de coordenadas planas N= 1673632.41 m, E= 1088105.98 m.

Sur: Del Punto número 222, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 450.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 223, de coordenadas planas N= 1673697.75 m, E= 1087954.14 m. hasta encontrar el Punto número 224, de coordenadas planas N= 1673786.17 m, E= 1087683.93 m.

Oeste: Del Punto número 224, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 75.79 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 219, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E10 EL DISPLANTE
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-60086
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011322000
ÁREA TOTAL: 10 ha + 7.078 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 225, de coordenadas planas N= 1673107.08 m, E= 1086022.40 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 225, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 184.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 226, de coordenadas planas N= 1672975.91 m, E= 1086150.70 m.

Este: Del Punto número 226, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 584.05 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 227, de coordenadas planas N= 1672553.64 m, E= 1085752.70 m.

Sur: Del Punto número 227, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 181.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 228, de coordenadas planas N= 1672523.79 m, E= 1085578.63 m.

Oeste: Del Punto número 228, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 736.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 225, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E11 EL CORAZÓN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-39450
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010578000
ÁREA TOTAL: 50 ha + 5.064 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 229, de coordenadas planas N= 1673297.17 m, E= 1083374.51 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 229, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 743.44 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 230, de coordenadas planas N= 1673673.91 m, E= 1083984.53 m.

Este: Del Punto número 230, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 323.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 231, de coordenadas planas N= 1673470.06 m, E= 1084217.86 m.

Sur: Del Punto número 231, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1079.59 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 232, de coordenadas planas N= 1672626.11 m, E= 1083589.30 m.

Oeste: Del Punto número 232, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 506.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 233, de coordenadas planas N= 1673044.23 m, E= 1083351.17 m.

Del Punto número 233, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 260.74 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 229, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E13 GLOBO DE TERRENO FORMADO POR LOS PREDIOS LA MONTAÑA CON FMI 190-46460 - LAS NIEVES CON FMI 190-34368 - EL DESCANSO CON FMI 190- 47230 - EL ENGAÑOSO CON FMI 190-52578
ÁREA TOTAL: 117 ha + 3.300 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 239, de coordenadas planas N= 1670547.54 m, E= 1083761.26 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 239, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 160.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 240, de coordenadas planas N= 1670627.65 m, E= 1083891.75 m.

Del Punto número 240, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 809.03 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 241, de coordenadas planas N= 1670228.63 m, E= 1084198.87 m, hasta encontrar el Punto número 242, de coordenadas planas N= 1670214.62 m, E= 1084483.12 m.

Del Punto número 242, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 753.23 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 243, de coordenadas planas N= 1670942.66 m, E= 1084521.67 m.

Del Punto número 243, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 253.01 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 244, de coordenadas planas N= 1670894.91 m, E= 1084768.62 m.

Del Punto número 244, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 713.02 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 245, de coordenadas planas N= 1671500.43 m, E= 1085102.15 m.

Del Punto número 245, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 101.06 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 246, de coordenadas planas N= 1671431.36 m, E= 1085175.92 m.

Del Punto número 246, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1401.13 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 247, de coordenadas planas N= 1671034.69 m, E= 1085115.51 m, y por el Punto número 248, de coordenadas planas N= 1670807.14 m, E= 1084786.03 m, hasta encontrar el Punto número 249, de coordenadas planas N= 1670220.14 m, E= 1084726.68 m.

Del Punto número 249, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 487.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 250, de coordenadas planas N= 1669925.42 m, E= 1085040.02 m.

Del Punto número 250, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 176.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 251, de coordenadas planas N= 1670006.85 m, E= 1085194.05 m.

Del Punto número 251, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 151.30 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 252, de coordenadas planas N= 1669939.84 m, E= 1085329.22 m.

Del Punto número 252, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 525.25 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 253, de coordenadas planas N= 1670223.04 m, E= 1085765.49 m.

Este: Del Punto número 253, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 273.50 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 254, de coordenadas planas N= 1669978.90 m, E= 1085887.09 m.

Sur: Del Punto número 254, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 599.50 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 255, de coordenadas planas N= 1669506.86 m, E= 1085540.88 m.

Del Punto número 255, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 625.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 256, de coordenadas planas N= 1669850.67 m, E= 1085033.05 m.

Del Punto número 256, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 749.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 257, de coordenadas planas N= 1669569.38 m, E= 1084375.33 m.

Del Punto número 257, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 538.35 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 258, de coordenadas planas N= 1670075.52 m, E= 1084305.53 m.

Del Punto número 258, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 561.44 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 259, de coordenadas planas N= 1670050.60 m, E= 1083760.88 m.

Oeste: Del Punto número 259, se sigue en dirección general Norte, en línea quebrada y en una distancia de 561.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 239, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E14 EL MONTE DE CRISTO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-48868
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010209000
ÁREA TOTAL: 30 ha + 4.189 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 260, de coordenadas planas N= 1667033.34 m, E= 1083252.12 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo

Colinda así:

Noreste: Del Punto de partida número 260, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1156.32 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 261, de coordenadas planas N= 1666770.06 m, E= 1083629.76 m. hasta encontrar el Punto número 262, de coordenadas planas N= 1666217.73 m, E= 1084031.82 m.

Sur: Del Punto número 262, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 494.90 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 263, de coordenadas planas N= 1666132.43 m, E= 1083653.23 m.

Oeste: Del Punto número 263, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 998.64 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 260, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E15 PERIJÁ
MATRÍCULA INMOBILIARIA: N/R
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010723000
ÁREA TOTAL: 24 ha + 6.217 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 264, de coordenadas planas N= 1669439.02 m, E= 1080959.27 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 264, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 680.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 265, de coordenadas planas N= 1669708.64 m, E= 1081574.79 m.

Del Punto número 265, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 78.27 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 266, de coordenadas planas N= 1669659.00 m, E= 1081635.31 m.

Sureste: Del Punto número 266, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1226.18 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 267, de coordenadas planas N= 1668946.94 m, E= 1080945.78 m, hasta encontrar el Punto número 268, de coordenadas planas N= 1668875.51 m, E= 1080725.56 m.

Oeste: Del Punto número 268, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 610.80 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 264, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E16 LOS ÁNGELES
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-49233
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010288000
ÁREA TOTAL: 20 ha + 7.561 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 269, de coordenadas planas N= 1670046.22 m, E= 1080545.20 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 269, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 379.17 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 270, de coordenadas planas N= 1670076.10 m, E= 1080917.49 m.

Este: Del Punto número 270, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 404.65 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 271, de coordenadas planas N= 1669681.58 m, E= 1080953.67 m.

Sur: Del Punto número 271, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 533.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 272, de coordenadas planas N= 1669573.29 m, E= 1080439.52 m.

Oeste: Del Punto número 272, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 497.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 269, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E18 EL ESPÍRITU SANTO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-49955
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010734000
ÁREA TOTAL: 9 ha + 4.039 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 281, de coordenadas planas N= 1669638.86 m, E= 1077000.49 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 281, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 368.05 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 282, de coordenadas planas N= 1669785.94 m, E= 1077332.62 m.

Este: Del Punto número 282, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 289.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 283, de coordenadas planas N= 1669531.78 m, E= 1077212.48 m.

Sur: Del Punto número 283, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 358.93 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 284, de coordenadas planas N= 1669417.62 m, E= 1076877.64 m.

Del Punto número 284, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 320.05 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 285, de coordenadas planas N= 1669452.48 m, E= 1076561.20 m.

Oeste: Del Punto número 285, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 494.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 281, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E19 LA LOPERENA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-53205
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010743000
ÁREA TOTAL: 13 ha + 5.303 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 286, de coordenadas planas N= 1670866.82 m, E= 1078654.50 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 286, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada en una distancia de 387.80 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 287, de coordenadas planas N= 1670736.84 m, E= 1079015.37 m.

Este: Del Punto número 287, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada en una distancia de 320.86 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 288, de coordenadas planas N= 1670460.23 m, E= 1079144.95 m.

Sur: Del Punto número 288, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada en una distancia acumulada de 584.14 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 289, de coordenadas planas N= 1670476.41 m, E= 1078895.29 m, hasta encontrar el Punto número 290, de coordenadas planas N= 1670607.88 m, E= 1078602.11 m.

Oeste: Del Punto número 290, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada en una distancia de 265.48 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 286, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E20 LA FLORIDA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-48861
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010757000
ÁREA TOTAL: 6 ha + 2.135 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 291, de coordenadas planas N= 1671212.88 m, E= 1079488.63 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 291, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 299.20 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 292, de coordenadas planas N= 1671088.00 m, E= 1079747.53 m.

Este: Del Punto número 292, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 321.91 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 293, de coordenadas planas N= 1670810.52 m, E= 1079586.50 m.

Sur: Del Punto número 293, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 149.50 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 294, de coordenadas planas N= 1670718.28 m, E= 1079470.02 m.

Oeste: Del Punto número 294, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 497.95 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 291, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E21 LA CULPABLE
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-43968
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010580000
ÁREA TOTAL: 19 ha + 0845 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 295, de coordenadas planas N= 1671530.70 m, E= 1080652.94 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 295, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 279.15 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 296, de coordenadas planas N= 1671665.76 m, E= 1080897.12 m.

Del Punto número 296, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 248.44 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 297, de coordenadas planas N= 1671488.23 m, E= 1081056.37 m.

Este: Del Punto número 297, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 617.05 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 298, de coordenadas planas N= 1671289.85 m, E= 1081010.78 m, hasta encontrar el Punto número 299, de coordenadas planas N= 1670995.52 m, E= 1080720.36 m.

Sur: Del Punto número 299, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 88.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 300, de coordenadas planas N= 1671049.83 m, E= 1080653.34 m.

Oeste: Del Punto número 300, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 486.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 295, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E22 EL OLVIDO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-41236
NÚMERO CATASTRAL: N/R
ÁREA TOTAL: 15 ha + 6.613 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 301, de coordenadas planas N= 1671417.92 m, E= 1078389.01 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 301, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 390.35 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 302, de coordenadas planas N= 1671511.66 m, E= 1078549.53 m, hasta encontrar el Punto número 303, de coordenadas planas N= 1671537.25 m, E= 1078682.51 m.

Este: Del Punto número 303, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 393.58 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 304, de coordenadas planas N= 1671150.97 m, E= 1078678.68 m.

Del Punto número 304, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada en una distancia de 56.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 305, de coordenadas planas N= 1671163.06 m, E= 1078625.82 m.

Del Punto número 305, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 217.18 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 306, de coordenadas planas N= 1670949.75 m, E= 1078588.56 m.

Sur: Del Punto número 306, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 235.20 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 307, de coordenadas planas N= 1670945.09 m, E= 1078356.74 m.

Oeste: Del Punto número 307, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 511.92 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 308 de coordenadas planas N= 1671103.29 m, E= 1078387.50 m hasta encontrar el Punto número 301, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: EXCLUSIÓN E23 TARDES BELLAS
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-49954
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010726000
ÁREA TOTAL: 6 ha + 3.887 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 309, de coordenadas planas N= 1671366.73 m, E= 1077673.38 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 309, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 208.56 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 310, de coordenadas planas N= 1671491.77 m, E= 1077788.99 m.

Este: Del Punto número 310, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 367.52 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 311, de coordenadas planas N= 1671204.48 m, E= 1078007.89 m.

Sur: Del Punto número 311, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 245.25 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 312, de coordenadas planas N= 1671105.45 m, E= 1077790.22 m.

Oeste: Del Punto número 312, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 298.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 309, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E24 FRANCIA 1
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-50876
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011389000
ÁREA TOTAL: 4 ha + 4.189 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 313, de coordenadas planas N= 1672407.15 m, E= 1077173.58 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 313, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 481.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 314, de coordenadas planas N= 1672377.93 m, E= 1077375.85 m hasta encontrar el Punto número 315, de coordenadas planas N= 1672266.99 m, E= 1077619.21 m.

Este: Del Punto número 315, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada en una distancia de 130.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 316, de coordenadas planas N= 1672202.33 m, E= 1077515.33 m.

Sur: Del Punto número 316, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 383.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 317, de coordenadas planas N= 1672268.16 m, E= 1077377.38 m hasta encontrar el Punto número 318, de coordenadas planas N= 1672311.61 m, E= 1077153.86 m.

Oeste: Del Punto número 318, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 97.55 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 313, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E25 ANTIOQUIA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-39200
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010584000
ÁREA TOTAL: 5 ha + 8.574 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 319, de coordenadas planas N= 1672999.65 m, E= 1076121.51 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 319, se sigue en dirección Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 290.47 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 320, de coordenadas planas N= 1672819.73 m, E= 1076338.05 m.

Este: Del Punto número 320, se sigue en dirección Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 297.15 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 321, de coordenadas planas N= 1672555.08 m, E= 1076230.04 m.

Sur: Del Punto número 321, se sigue en dirección Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 185.14 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 322, de coordenadas planas N= 1672714.82 m, E= 1076139.08 m.

Oeste: Del Punto número 322, se sigue en dirección Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 287.49 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 319, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E26 FRANCIA 2
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-50875
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010711000
ÁREA TOTAL: 6 ha + 2.983 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 323, de coordenadas planas N= 1672774.59 m, E= 1077459.38 m, ubicado en el sitio donde concurre la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 323, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada en una distancia de 154.52 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 324, de coordenadas planas N= 1672771.88 m, E= 1077604.93 m.

Este: Del Punto número 324, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada en una distancia acumulada de 426.01 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 325, de coordenadas planas N= 1672539.90 m, E= 1077649.83 m, hasta encontrar el Punto número 326, de coordenadas planas N= 1672375.69 m, E= 1077742.66 m.

Sur: Del Punto número 326, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada en una distancia de 156.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 327, de coordenadas planas N= 1672335.19 m, E= 1077604.98 m.

Oeste: Del Punto número 327, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada en una distancia acumulada de 468.35 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 328, de coordenadas planas N= 1672509.46 m, E= 1077517.99 m, hasta encontrar el Punto número 323, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E27 GLOBO DE TERRENO CONFORMADO POR LOS PREDIOS SEVILLA CON FMI 190-24209 - DEBINGUITO CON FMI 190-46922 -CHINGACA CON FMI 190-48845 - BELIZA CON FMI 190-53775 - EL ENCANTO CON FMI 190- 24087 - ESTADOS UNIDOS CON CÉDULA CATASTRAL 20001000100010561000
ÁREA TOTAL: 439 ha + 2.453 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 329, de coordenadas planas N= 1673673.15 m, E= 1078274.06 m, ubicado en el sitio donde concurre la colindancia con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 329, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 385.25 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 330, de coordenadas planas N= 1673949.62 m, E= 1078525.06 m.

Del Punto número 330, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2135.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 331, de coordenadas planas N= 1673254.32 m, E= 1078885.88 m, Punto número 332, de coordenadas planas N= 1673234.44 m, E= 1079418.76 m, hasta encontrar el Punto número 333, de coordenadas planas N= 1673417.01 m, E= 1079905.86 m.

Del Punto número 333, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 495.87 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 334, de coordenadas planas N= 1673866.90 m, E= 1079850.44 m.

Del Punto número 334, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 499.77 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 335, de coordenadas planas N= 1673725.05 m, E= 1079396.84 m.

Del Punto número 335, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 452.41 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 336, de coordenadas planas N= 1674132.67 m, E= 1079262.43 m.

Del Punto número 336, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 187.63 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 337, de coordenadas planas N= 1674037.87 m, E= 1079420.48 m.

Del Punto número 337, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 420.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 338, de coordenadas planas N= 1674354.99 m, E= 1079499.72 m.

Del Punto número 338, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 663.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 339, de coordenadas planas N= 1674658.16 m, E= 1080070.59 m.

Este: Del Punto número 339, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 684.03 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 340, de coordenadas planas N= 1674011.40 m, E= 1080240.24 m.

Del Punto número 340, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 148.12 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 341, de coordenadas planas N= 1674020.04 m, E= 1080387.48 m.

Del Punto número 341, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 515.32 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 342, de coordenadas planas N= 1673548.30 m, E= 1080319.67 m.

Del Punto número 342, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 993.79 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 343, de coordenadas planas N= 1673366.49 m, E= 1081220.89 m.

Del Punto número 343, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 590.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 344, de coordenadas planas N= 1672811.17 m, E= 1081145.77 m.

Del Punto número 344, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 308.91 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 345, de coordenadas planas N= 1672803.69 m, E= 1081453.36 m.

Del Punto número 345, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1083.55 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 346, de coordenadas planas N= 1671923.07 m, E= 1080929.27 m.

Sur: Del Punto número 346, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 410.63 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 347, de coordenadas planas N= 1672100.18 m, E= 1080624.02 m.

Del Punto número 347, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 497.78 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 348, de coordenadas planas N= 1671609.38 m, E= 1080575.39 m.

Del Punto número 348, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 928.40 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 349, de coordenadas planas N= 1672386.63 m, E= 1080163.56 m.

Del Punto número 349, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 894.72 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 350, de coordenadas planas N= 1672630.24 m, E= 1079423.35 m.

Del Punto número 350, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 365.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 351, de coordenadas planas N= 1672367.35 m, E= 1079478.72 m.

Del Punto número 351, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 331.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 352, de coordenadas planas N= 1672415.96 m, E= 1079185.99 m.

Del Punto número 352, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 959.54 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 353, de coordenadas planas N= 1671604.13 m, E= 1078812.37 m.

Oeste: Del Punto número 353, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 967.62 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 354, de coordenadas planas N= 1672360.48 m, E= 1078302.81 m.

Del Punto número 354, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 525.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 355, de coordenadas planas N= 1672496.11 m, E= 1078785.23 m.

Del Punto número 355, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 122.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 356, de coordenadas planas N= 1672374.34 m, E= 1078792.96 m.

Del Punto número 356, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 681.10 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 357, de coordenadas planas N= 1672755.04 m, E= 1079292.42 m.

Del Punto número 357, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 471.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 358, de coordenadas planas N= 1672571.20 m, E= 1078868.32 m.

Del Punto número 358, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 325.93 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 359, de coordenadas planas N= 1672815.17 m, E= 1078700.46 m.

Del Punto número 359, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 322.03 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 360, de coordenadas planas N= 1672764.32 m, E= 1078382.96 m.

Del Punto número 360, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 198.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 361, de coordenadas planas N= 1672614.63 m, E= 1078441.86 m.

Del Punto número 361, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 266.07 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 362, de coordenadas planas N= 1672489.15 m, E= 1078207.46 m.

Del Punto número 362, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 744.05 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 363, de coordenadas planas N= 1673121.91 m, E= 1078364.51 m.

Del Punto número 363, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 630.24 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 329, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E28 EL CHARCO DEL MONTE
MATRÍCULA INMOBILIARIA: NO REGISTRA
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010795000
ÁREA TOTAL: 8 ha + 8.601 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 364, de coordenadas planas N= 1675057.02 m, E= 1080111.28 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 364, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 167.30 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 365, de coordenadas planas N= 1675174.33 m, E= 1080225.33 m.

Este: Del Punto número 365, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 567.74 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 366 de coordenadas planas N= 1674946.58 m, E= 1080374.66 m, hasta encontrar el Punto número 367, de coordenadas planas N= 1674660.98 m, E= 1080431.58 m.

Sur: Del Punto número 367, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 63.26 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 368, de coordenadas planas N= 1674642.03 m, E= 1080372.33 m.

Oeste: Del Punto número 368, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 534.90 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 369 de coordenadas planas N= 1674882.38 m, E= 1080125.37 m, hasta encontrar el Punto número 364, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E29 EL ENCANTO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-40767
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010689000
ÁREA TOTAL: 1 ha + 9.919 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 370, de coordenadas planas N= 1674680.91 m, E= 1079361.28 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 370, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 205.93 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 371, de coordenadas planas N= 1674695.32 m, E= 1079552.38 m.

Este: Del Punto número 371, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 131.03 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 372, de coordenadas planas N= 1674623.64 m, E= 1079644.25 m.

Sur: Del Punto número 372, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 269.10 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 373, de coordenadas planas N= 1674571.48 m, E= 1079388.26 m.

Oeste: Del Punto número 373, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 125.12 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 370, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E30 VILLA LEONOR
MATRÍCULA INMOBILIARIA: NO REGISTRA
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010873001
ÁREA TOTAL: 0 ha + 5.105 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 374, de coordenadas planas N= 1674579.00 m, E= 1078642.09 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 374, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 82.25 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 375, de coordenadas planas N= 1674615.78 m, E= 1078715.53 m.

Este: Del Punto número 375, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 83.25 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 376 de coordenadas planas N= 1674573.99 m, E= 1078724.81 m, hasta encontrar el Punto número 377, de coordenadas planas N= 1674559.68 m, E= 1078757.01 m.

Sur: Del Punto número 377, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 117.37 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 378, de coordenadas planas N= 1674531.99 m, E= 1078643.51 m.

Oeste: Del Punto número 378, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 48.16 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 374, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E31 LA CORÚA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-46626
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010884000
ÁREA TOTAL: 4 ha + 9.348 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 379, de coordenadas planas N= 1674458.52 m, E= 1078017.87 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 379, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 252.83 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 380, de coordenadas planas N= 1674538.27 m, E= 1078253.57 m.

Del Punto número 380, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 89.82 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 381, de coordenadas planas N= 1674486.87 m, E= 1078316.93 m.

Este: Del Punto número 381, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 299.80 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 382, de coordenadas planas N= 1674266.82 m, E= 1078115.47 m.

Sur: Del Punto número 382, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 169.99 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 383, de coordenadas planas N= 1674325.19 m, E= 1077955.93 m.

Oeste: Del Punto número 383, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 147.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 379, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN 32 EL RINCÓN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-50877
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010893000
ÁREA TOTAL: 0 ha + 7.111 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 384, de coordenadas planas N= 1674288.57 m, E= 1077714.55 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 384, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 132.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 385, de coordenadas planas N= 1674398.25 m, E= 1077786.94 m.

Este: Del Punto número 385, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 95.20 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 386, de coordenadas planas N= 1674311.15 m, E= 1077814.61 m.

Sur: Del Punto número 386, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 81.74 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 387, de coordenadas planas N= 1674251.61 m, E= 1077758.62 m.

Oeste: Del Punto número 387, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 57.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 384, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E33 BERLÍN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-40182
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010050000
ÁREA TOTAL: 1 ha + 6.739 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 388, de coordenadas planas N= 1674675.08 m, E= 1077806.86 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 388, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 146.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 389, de coordenadas planas N= 1674776.95 m, E= 1077910.07 m.

Este: Del Punto número 389, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 75.81 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 390, de coordenadas planas N= 1674749.32 m, E= 1077980.67 m.

Del Punto número 390, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 84.97 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 391, de coordenadas planas N= 1674667.22 m, E= 1077958.76 m.

Sur: Del Punto número 391, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 127.31 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 392, de coordenadas planas N= 1674617.50 m, E= 1077843.95 m.

Oeste: Del Punto número 392, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 88.00 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 388, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E34 VILLA UNIÓN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-54376
NÚMERO CATASTRAL: N/R
ÁREA TOTAL: 0 ha + 0148 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 393, de coordenadas planas N= 1674881.48 m, E= 1078710.09 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 393, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 9.88 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 394, de coordenadas planas N= 1674889.57 m, E= 1078715.76 m.

Este: Del Punto número 394, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 15.14 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 395, de coordenadas planas N= 1674880.41 m, E= 1078727.81 m.

Sur: Del Punto número 395, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 10.18 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 396, de coordenadas planas N= 1674872.43 m, E= 1078721.49 m.

Oeste: Del Punto número 396, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 14.55 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 393, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E35 CANDELA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-44281
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010045000
ÁREA TOTAL: 6 ha + 3.787 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 397, de coordenadas planas N= 1675012.43 m, E= 1078420.12 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 397, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 328.58 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 398, de coordenadas planas N= 1675207.38 m, E= 1078676.48 m.

Este: Del Punto número 398, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 293.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 399, de coordenadas planas N= 1675077.93 m, E= 1078922.05 m.

Sur: Del Punto número 399, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 467.78 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 400 de coordenadas planas N= 1675035.64 m, E= 1078743.14 m, hasta encontrar el Punto número 401, de coordenadas planas N= 1674952.32 m, E= 1078482.69 m.

Oeste: Del Punto número 401, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 91.07 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 397, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E36 EL MANGO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: N/R
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010003000
ÁREA TOTAL: 3 ha + 2.749 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 402, de coordenadas planas N= 1675129.51 m, E= 1079592.01 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 402, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 99.55 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 403, de coordenadas planas N= 1675173.45 m, E= 1079678.54 m.

Este: Del Punto número 403, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 158.16 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 404, de coordenadas planas N= 1675041.70 m, E= 1079762.47 m.

Sur: Del Punto número 404, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 233.90 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 405, de coordenadas planas N= 1674900.66 m, E= 1079579.78 m.

Oeste: Del Punto número 405, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 28.01 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 406, de coordenadas planas N= 1674916.78 m, E= 1079559.18 m.

Del Punto número 406, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 229.01 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 402 de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E37 GLOBO DE TERRENO QUE CONFORMAN LOS PREDIOS: LA NECEDAD CON FMI 190-24086 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100010018000 - BARRANQUILLA CON FMI 190-42517 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100010017000
ÁREA TOTAL: 18 ha + 5.265 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 407, de coordenadas planas N= 1675826.53 m, E= 1079603.60 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 407, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 337.83 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 408, de coordenadas planas N= 1675867.39 m, E= 1079932.57 m.

Este: Del Punto número 408, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 420.39 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 409, de coordenadas planas N= 1675677.49 m, E= 1080298.53 m.

Del Punto número 409, se sigue en dirección general Sur, en línea quebrada y en una distancia de 96.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 410, de coordenadas planas N= 1675582.42 m, E= 1080292.07 m.

Sur: Del Punto número 410, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 378.23 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 411, de coordenadas planas N= 1675394.15 m, E= 1079982.39 m.

Oeste: Del Punto número 411, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 598.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 407, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E38 EL TEQUENDAMA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-46081
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010103000
ÁREA TOTAL: 75 ha + 9.026 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 412 de coordenadas planas N = 1675900.98 m, E = 1076356.11 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto número 412, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 394.22 m, hasta encontrar el Punto número 413, de coordenadas planas N = 1675838.05 m, E = 1076701.74 m.

Del Punto número 413, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 827.80 m, pasando por el Punto número 414, de coordenadas planas N = 1676335.78 m, E = 1076822.48 m, hasta encontrar el Punto número 415, de coordenadas planas N = 1676504.46 m, E = 1077057.31 m.

Del Punto número 415, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 432.24 m, hasta encontrar el Punto número 416, de coordenadas planas N = 1676348.93 m, E = 1077444.95 m.

Este: Del Punto número 416, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1350.07 m pasando por el Punto número 417, de coordenadas planas N = 1675760.21 m, E = 1077061.31 m, hasta encontrar el Punto número 418, de coordenadas planas N = 1675236.08 m, E = 1077008.46 m.

Sur: Del Punto número 418, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 322.04 m, hasta encontrar el Punto número 419, de coordenadas planas N = 1675030.10 m, E = 1076765.06 m.

Del Punto número 419, se sigue en dirección general Oeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 225.85 m, hasta encontrar el Punto número 420, de coordenadas planas N = 1675036.56 m, E = 1076539.68 m.

Del Punto número 420, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 738.90 m, hasta encontrar el Punto número 421, de coordenadas planas N = 1675672.78 m, E = 1076212.32 m.

Del Punto número 421, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 273.94 m, hasta encontrar el Punto número 412, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E39 MIREN BIEN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-32172
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010924000
CÓDIGO DEL PREDIO: N/R
ÁREA TOTAL: 18 ha + 0327 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 422 de coordenadas planas N = 1674631.99 m, E = 1074999.06 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto número 422, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 997.62 m, pasando por el Punto número 423, de coordenadas planas N = 1674816.70 m, E = 1075283.87 m, hasta encontrar el Punto número 424, de coordenadas planas N = 1674894.02 m, E = 1075876.02 m.

Este: Del Punto número 424, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 241.36 m, hasta encontrar el Punto número 425, de coordenadas planas N = 1674667.22 m, E = 1075812.85 m.

Sur: Del Punto número 425, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada 934.42 m, pasando por el Punto número 426, de coordenadas planas N = 1674417.51 m, E = 1075153.03 m, hasta encontrar el Punto número 427, de coordenadas planas N = 1674408.76 m, E = 1074946.49 m.

Oeste: Del Punto número 427, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 247.67 m, hasta encontrar el Punto número 422, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E40 EL PODER
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-47947
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010516000
ÁREA TOTAL: 33 ha + 3.069 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 428, de coordenadas planas N = 1674315.62 m, E = 1073506.95 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto número 428 se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 658.35 m, hasta encontrar el Punto número 429, de coordenadas planas N = 1674189.67 m, E = 1074146.93 m.

Este: Del Punto número 429, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 814.05 m, hasta encontrar el Punto número 430, de coordenadas planas N = 1673577.55 m, E = 1073612.52 m.

Sur: Del Punto número 430, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 372.80 m, hasta encontrar el Punto número 431, de coordenadas planas N = 1673730.45 m, E = 1073301.19 m.

Oeste: Del Punto número 431, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 666.06 m, pasando por el Punto número 432 de coordenadas planas N = 1674106.06 m, E = 1073376.32 m, hasta encontrar el Punto número 428 de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E41 LAS MERCEDES
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-38046
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010522000
ÁREA TOTAL: 16 ha + 2.086 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 433, de coordenadas planas N = 1676265.76 m, E = 1074672.38 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Noreste: Del Punto número 433, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 455.32 m, hasta encontrar el Punto número 434, de coordenadas planas N = 1675887.64 m, E = 1074877.14 m.

Este: Del Punto número 434, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 328.20 m, hasta encontrar el Punto número 435, de coordenadas planas N = 1675597.98 m, E = 1075020.09 m.

Sur: Del Punto número 435, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 279.56 m, hasta encontrar el Punto número 436, de coordenadas planas N = 1675500.08 m, E = 1074769.83 m.

Oeste: Del Punto número 436, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 309.20 m, hasta encontrar el Punto número 437, de coordenadas planas N = 1675788.15 m, E = 1074662.47 m.

Del Punto número 437, se sigue en dirección general Norte, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 509.98 m, hasta encontrar el Punto número 433, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E42 EL DESCANSITO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-47577
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010939000
ÁREA TOTAL: 1 ha + 7.005 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 1054, de coordenadas planas N= 1676952.16 m, E= 1075744.21 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 1054, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 84.92 m, pasando por el Punto número 1053, de coordenadas planas N= 1676940.02 m, E= 1075790.32 m, hasta encontrar el Punto número 1052, de coordenadas planas N= 1676910.89 m, E= 1075812.11 m.

Del Punto número 1052, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 68.12 m, pasando por el Punto número 1051, de coordenadas planas N= 1676915.61 m, E= 1075845.94 m, y Punto número 1050, de coordenadas planas N= 1676928.12 m, E= 1075854.43 m, hasta encontrar el Punto número 1049, de coordenadas planas N= 1676934.61 m, E= 1075871.64 m.

Este: Del Punto número 1049, se sigue en dirección general Sur, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 112.44 m, hasta encontrar el Punto número 442, de coordenadas planas N= 1676822.20 m, E= 1075870.88 m.

Sur: Del Punto número 442, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea recta y en una distancia de 52.95 m, hasta encontrar el Punto número 443, de coordenadas planas N= 1676836.35 m, E= 1075819.85 m.

Del Punto número 443, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 75.86 m, pasando por el Punto número 1064, de coordenadas planas N= 1676834.21 m, E= 1075809.05 m, y el Punto número 1063, de coordenadas planas N= 1676817.62 m, E= 1075781.42 m, hasta encontrar el Punto número 1062, de coordenadas planas N= 1676795.80 m, E= 1075757.70 m.

Del Punto número 1062, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea recta y en una distancia de 16.06 m, hasta encontrar el Punto número 1061, de coordenadas planas N= 1676796.17 m, E= 1075741.83 m.

Del Punto número 1061, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea recta y en una distancia de 26.86 m, hasta encontrar el Punto número 1060, de coordenadas planas N= 1676787.35 m, E= 1075716.69 m.

Oeste: Del Punto número 1060, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 37.06 m, pasando por el Punto número 1059, de coordenadas planas N= 1676798.26 m, E= 1075706.79 m, hasta encontrar el Punto número 1058, de coordenadas planas N= 1676818.97 m, E= 1075706.86 m.

Del Punto número 1058, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 48.30 m, pasando por el Punto número 1057, de coordenadas planas N= 1676850.73 m, E= 1075727.07 m, hasta encontrar el Punto número 1056, de coordenadas planas N= 1676860.85 m, E= 1075729.99 m.

Del Punto número 1056, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 15.68 m, hasta encontrar el Punto número 1055, de coordenadas planas N= 1676875.86 m, E= 1075726.24 m.

Del Punto número 1055, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 78.55 m, hasta encontrar el Punto número 1054, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E43 VILLA AMELIA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-49686
ÁREA TOTAL: 0 ha + 2.475 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 449, de coordenadas planas N = 1676753.00 m, E = 1074185.12 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto número 449, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 32.02 m, hasta encontrar el Punto número 450, de coordenadas planas N = 1676768.77 m, E = 1074212.98 m.

Este: Del Punto número 450, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 80.13 m, hasta encontrar el Punto número 451, de coordenadas planas N = 1676700.17 m, E = 1074254.38 m.

Sur: Del Punto número 451, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 29.50 m, hasta encontrar el Punto número 452, de coordenadas planas N = 1676685.07 m, E = 1074229.03 m.

Oeste: Del Punto número 452, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 80.89 m, hasta encontrar el Punto número 449, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E44 MEJORA EL JOLON
MATRÍCULA INMOBILIARIA: N/R
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010519000
ÁREA TOTAL: 3 ha + 6.957 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 453, de coordenadas planas N = 1677060.03 m, E = 1073577.55 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Noreste: Del Punto número 453, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 237.01 m, hasta encontrar el Punto número 454, de coordenadas planas N = 1676871.63 m, E = 1073716.03 m.

Este: Del Punto número 454, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 233.16 m, hasta encontrar el Punto número 455, de coordenadas planas N = 1676685.74 m, E = 1073825.27 m.

Sur: Del Punto número 455, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 414.34 m, pasando por el Punto número 456, de coordenadas planas N = 1676793.50 m, E = 1073674.32 m, hasta encontrar el Punto número 457, de coordenadas planas N = 1676941.88 m, E = 1073504.83 m.

Noroeste: Del Punto número 457, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 140.89 m, hasta encontrar el Punto número 453, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EXCLUSIÓN E45 GLOBO DE TERRENO CONFORMADO POR LOS PREDIOS LA ESMERALDA CON FMI 190-48736 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100011386000 - LAS MARGARITAS CON FMI 190-50230 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100011387000 - EL CIELITO CON FMI 190-50562 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100011390000 – LOTE DE TERRENO CÉDULA CATASTRAL 20001000100011396000.
ÁREA TOTAL: 181 ha + 8.816 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 502, de coordenadas planas N= 1683891.20 m, E= 1080468.57 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 502, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 875.13 m, pasando por el Punto número 501, de coordenadas planas N= 1684200.47 m, E= 1080751.78 m, hasta encontrar el Punto número 39, de coordenadas planas N= 1684500.52 m, E= 1081083.25 m.

Del Punto número 39, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1442.36 m, pasando por el Punto número 38, de coordenadas planas N= 1684026.59 m, E= 1081176.04 m, hasta encontrar el Punto número 37, de coordenadas planas N= 1683647.36 m, E= 1081693.88 m.

Este: Del Punto número 37, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 1138.42 m, hasta encontrar el Punto número 36, de coordenadas planas N= 1683748.49 m, E= 1081039.02 m.

Del Punto número 36, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 439.17 m, hasta encontrar el Punto número 35, de coordenadas planas N= 1683349.23 m, E= 1080866.27 m.

Del Punto número 35, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1968.66 m, pasando por el Punto número 34, de coordenadas planas N= 1683093.31 m, E= 1081565.86 m, hasta encontrar el Punto número 33, de coordenadas planas N= 1681980.13 m, E= 1081683.42 m.

Sur: Del Punto número 33, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2077.17 m, pasando por el Punto número 32, de coordenadas planas N= 1683011.41 m, E= 1080483.16 m, hasta encontrar el Punto número 508, de coordenadas planas N= 1683151.05 m, E= 1080365.82 m.

Oeste: Del Punto número 508, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 590.60 m, pasando por el Punto número 507, de coordenadas planas N= 1683227.12 m, E= 1080361.17 m, el Punto número 506, de coordenadas planas N= 1683360.59 m, E= 1080422.51 m, y el Punto número 505, de coordenadas planas N= 1683552.19 m, E= 1080420.01 m, hasta encontrar el Punto número 504, de coordenadas planas N= 1683713.59 m, E= 1080485.06 m.

Del Punto número 504, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 181.45 m, pasando por el Punto número 503, de coordenadas planas N= 1683844.45 m, E= 1080479.33 m hasta encontrar el Punto número 502, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ -RÍO SECO
PREDIO: EXCLUSIÓN E46 GLOBO DE TERRENO CONFORMADO POR LOS PREDIOS CAMPOMARA CON FMI 190-29499 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100010483000 - VILLA MERY CON FMI 190-38730 Y CÉDULA CATASTRAL 20001000100011347000 - EL RANCHO DE LAS MUJERES CON CÉDULA CATASTRAL 20001000100011354000 – LOTE DE TERRENO CÉDULA CATASTRAL 20001000100011353000.
ÁREA TOTAL: 344 ha + 7.603 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 74, de coordenadas planas N= 1667613 m, E= 1091082.59 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 74, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea recta y en una distancia de 242.82 m, hasta encontrar el Punto número 81, de coordenadas planas N= 1667572.27 m, E= 1091318.79 m.

Este: Del Punto número 81, se sigue en dirección general Sureste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3621.16 m, pasando por el Punto número 80, de coordenadas planas N= 1666753.86 m, E= 1091801.30 m, y Punto número 79, de coordenadas planas N= 1666253.50 m, E= 1092463.60 m, hasta encontrar el Punto número 78, de coordenadas planas N= 1664749.35 m, E= 1092933.41 m.

Sur: Del Punto número 78, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3173.01 m, pasando por el Punto número 77, de coordenadas planas N= 1665006.47 m, E= 1092461.44 m, hasta encontrar el Punto número 76, de coordenadas planas N= 1665238.12 m, E= 1089998.63 m.

Oeste: Del Punto número 76, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 2212.45 m, hasta encontrar el Punto número 75, de coordenadas planas N= 1666796.08 m, E= 1091325.20 m.

Del Punto número 75, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 855.36 m, hasta encontrar el Punto número 74, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E47 EL PELIGRO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-39492
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010575000
ÁREA TOTAL: 10 ha + 4.620 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 135, de coordenadas planas N= 1671959.49 m, E= 1075474.57 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Noreste: Del punto de Partida número 135, se sigue en dirección general Suroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 662.89 m, hasta encontrar el Punto número 134, de coordenadas planas N= 1671528.94 m, E= 1075777.97 m.

Suroeste: Del Punto número 134, se sigue en dirección general Noroeste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea quebrada y en una distancia de 561.15 m, hasta encontrar el Punto número 133, de coordenadas planas N= 1671614.74 m, E= 1075448.50 m.

Oeste: Del Punto número 133, se sigue en dirección general Noreste, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, en línea recta y en una distancia de 345.74 m, hasta encontrar el Punto número 135, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: EXCLUSIÓN E48 MEJORAS LOTE DE TERRENO CÉDULA CATASTRAL 20001000100010585000 - TERRENO CÉDULA CATASTRAL 20001000100010621000 – LAS VIRGINIAS CÉDULA CATASTRAL 20001000100010622000.
ÁREA TOTAL: 49 ha + 1.439 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 137, de coordenadas planas N= 1673071.46 m, E= 1075101.36 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Noreste: Del punto de Partida número 137, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1198.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 136A, de coordenadas planas N= 1672257.73 m, E= 1075908.78 m.

Del punto de Partida número 136A, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 116.99 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 136, de coordenadas planas N= 1672171.11 m, E= 1075830.14 m.

Sur: Del Punto número 136, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1071.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1009, de coordenadas planas N= 1672256.13 m, E= 1075388 m, y Punto número 1006, de coordenadas planas N= 1672398.33 m, E= 1075139.30 m, hasta encontrar el Punto número 138, de coordenadas planas N= 1672414.53 m, E= 1074847.53 m.

Oeste: Del Punto número 138, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 918.44 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 137, de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.

Artículo 2°. Sanear el Resguardo Indígena Kankuamo con tres (3) mejoras, ubicadas en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, adquiridas por el Incoder, transferidas a la ANT, que corresponden a doscientos cuarenta y nueve hectáreas y tres mil doscientos noventa y cuatro metros cuadrados (249 ha + 3.294 m2), identificadas de la siguiente manera:

Nombre de la mejora N° de FMI Área Titular de derecho EP de compra por parte de Incoder Tiempo aproximado - Ocupación
01 Puerto Estrella 190-69642 116 ha + 9.055 m2 ANT 721 del 14/12/2005 de la Notaría Única de Ciénaga 16 años
02 San Martín 190-40273 76 ha + 0972 m2 ANT 722 del 14/12/2005 de la Notaría Única de Ciénaga 16 años
03 Vida Nueva 190-44840 56 ha + 3.267 m2 ANT 728 del 15/12/2005 de la Notaría Única de Valledupar 16 años
Área total 249 ha + 3.294 m21515

La redacción técnica de linderos corresponde a:

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO PUERTO ESTRELLA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: MORILLO
PREDIO: PUERTO ESTRELLA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-69642
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010396000
ÁREA TOTAL: 116 HA + 9.055 M2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 747, de coordenadas planas N= 1665676.97 m, E= 1083658.37 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 747, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 122.81 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 748, de coordenadas planas N= 1665769.70 m, E= 1083738.86 m.

Del Punto número 748, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 140.87 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 749, de coordenadas planas N= 1665629.07 m, E= 1083736.96 m.

Del Punto número 749, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 66.31 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 750, de coordenadas planas N= 1665599.27 m, E= 1083796.20 m.

Del Punto número 750, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 765.78 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 751, de coordenadas planas N= 1665621.66 m, E= 1083963.2 m, y el Punto número 752, de coordenadas planas N= 1665682.41 m, E= 1084402.39 m, hasta encontrar el Punto número 753, de coordenadas planas N= 1665701.91 m, E= 1084555.04 m.

Del Punto número 753, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 285.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 754, de coordenadas planas N= 1665614.28 m, E= 1084607.56 m, y por el Punto número 755, de coordenadas planas N= 1665549.46 m, E= 1084714.05 m, hasta encontrar el Punto número 756, de coordenadas planas N= 1665494.44 m, E= 1084724.54 m.

Del Punto número 756, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 322.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 757, de coordenadas planas N= 1665657.94 m, E= 1085002.04 m.

Del Punto número 757, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 84.24 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 758, de coordenadas planas N= 1665575.22 m, E= 1085017.94 m.

Del Punto número 758, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 102.93 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 759, de coordenadas planas N= 1665494.80 m, E= 1084953.70 m.

Del Punto número 759, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 236.26 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 760, de coordenadas planas N= 1665284.74 m, E= 1085061.84 m.

Del Punto número 760, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 48.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 761, de coordenadas planas N= 1665295.86 m, E= 1085109.24 m.

Del Punto número 761, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 376.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 762, de coordenadas planas N= 1665250.81 m, E= 1085210.36 m, y por el Punto número 763, de coordenadas planas N= 1665191.48 m, E= 1085337.16 m, hasta encontrar el Punto número 764, de coordenadas planas N= 1665155.99 m, E= 1085456.34 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y la quebrada Caña Fina.

Este: Del Punto número 764, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 29.65 m, colindando con el margen derecho aguas arriba de la quebrada Caña Fina, hasta encontrar el Punto número 765, de coordenadas planas N= 1665143.34 m, E= 1085483.15 m.

Del Punto número 765, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 333.58 m, colindando con el margen derecho aguas arriba de la quebrada Caña Fina, pasando por el Punto número 766, de coordenadas planas N= 1664943.59 m, E= 1085476.63 m, hasta encontrar el Punto número 767, de coordenadas planas N= 1664820.59 m, E= 1085424.16 m.

Sur: Del Punto número 767, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 183.17 m, colindando con el margen derecho aguas arriba de la quebrada Caña Fina, pasando por el Punto número 768, de coordenadas planas N= 1664780.61 m, E= 1085377.19 m, hasta encontrar el Punto número 769, de coordenadas planas N= 1664769.07 m, E= 1085256.25 m.

Del Punto número 769, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 136.44 m, colindando con el margen derecho aguas arriba de la quebrada Caña Fina, hasta encontrar el Punto número 770, de coordenadas planas N= 1664791.49 m, E= 1085121.67 m, donde concurren las colindancias entre la quebrada Caña Fina y el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 770, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 63.51 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 771, de coordenadas planas N= 1664742.68 m, E= 1085081.02 m.

Del Punto número 771, se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 775.18 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 772, de coordenadas planas N= 1664742.02 m, E= 1085019.72 m, el Punto número 773, de coordenadas planas N= 1664835.78 m, E= 1084886.67 m y por el Punto número 774, de coordenadas planas N= 1664889.78 m, E= 1084428.16 m, hasta encontrar el Punto número 775, de coordenadas planas N= 1664894.62 m, E= 1084345.19 m.

Del Punto número 775, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 261.33 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 776, de coordenadas planas N= 1664892.89 m, E= 1084297.37 m, el Punto número 777, de coordenadas planas N= 1664872.96 m, E= 1084254.49 m, y por el Punto número 778, de coordenadas planas N= 1664821.83 m, E= 1084220.16 m, hasta encontrar el Punto número 779, de coordenadas planas N= 1664805.95 m, E= 1084119.09 m.

Del Punto número 779, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 82.70 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 780, de coordenadas planas N= 1664853.05 m, E= 1084052.94 m.

Del Punto número 780, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 92.51 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 781, de coordenadas planas N= 1664830.41 m, E= 1083966.27 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Oeste: Del Punto número 781, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 899.94 m, colindando con el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 782, de coordenadas planas N= 1664910.17 m, E= 1083883.17 m, el Punto número 783, de coordenadas planas N= 1664994.92 m, E= 1083848.89 m, el Punto número 784, de coordenadas planas N= 1665134.41 m, E= 1083801.87 m, el Punto número 785, de coordenadas planas N= 1665359.16 m, E= 1083778.59 m, el Punto número 786, de coordenadas planas N= 1665415.07 m, E= 1083769.00 m y por el Punto número 787, de coordenadas planas N= 1665462.72 m, E= 1083701.80 m, hasta encontrar el Punto número 788, de coordenadas planas N= 1665622.00 m, E= 1083621.38 m.

Del Punto número 788, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 66.26, colindando con el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 747, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS MEJORA SAN MARTÍN

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: MORILLO
PREDIO: SAN MARTÍN
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-40273
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011209000
ÁREA TOTAL: 76 ha + 0972 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 789, de coordenadas planas N= 1665442.92 m, E= 1082975.36 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 789, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 85.62 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 790, de coordenadas planas N= 1665517.17 m, E= 1083017.04 m.

Del Punto número 790, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 51.51 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 791, de coordenadas planas N= 1665564.29 m, E= 1082999.93 m.

Del Punto número 791, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 338.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 792, de coordenadas planas N= 1665679.92 m, E= 1083107.12 m y por el Punto número 793, de coordenadas planas N= 1665713.53 m, E= 1083208.36 m, hasta encontrar el Punto número 794, de coordenadas planas N= 1665759.25 m, E= 1083266.46 m.

Del Punto número 794, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 54.29 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 795, de coordenadas planas N= 1665749.77 m, E= 1083319.92 m.

Del Punto número 795, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 44.95 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 796, de coordenadas planas N= 1665772.73 m, E= 1083358.41 m.

Del Punto número 796, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 324.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 797, de coordenadas planas N= 1665740.81 m, E= 1083504.22 m y por el Punto número 798, de coordenadas planas N= 1665723.40 m, E= 1083606.37 m, hasta encontrar el Punto número 799, de coordenadas planas N= 1665676.97 m, E= 1083658.37 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y predio denominado “Puerto Estrella” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Este: Del Punto número 799, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 66.26 m, colindando con el predio denominado “Puerto Estrella” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 800, de coordenadas planas N= 1665622.00 m, E= 1083621.38 m.

Del Punto número 800, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 899.94 m, colindando con el predio denominado “Puerto Estrella” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 801, de coordenadas planas N= 1665462.72 m, E= 1083701.80 m, el Punto número 802, de coordenadas planas N= 1665415.07 m, E= 1083769.00 m, el Punto número 803, de coordenadas planas N= 1665187.25 m, E= 1083787.47 m, el Punto número 804, de coordenadas planas N= 1665069.70 m, E= 1083833.30 m y por el Punto número 805, de coordenadas planas N= 1664910.17 m, E= 1083883.17 m, hasta encontrar el Punto número 806, de coordenadas planas N= 1664830.41 m, E= 1083966.27 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Puerto Estrella” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Sur: Del Punto número 806, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 47.21 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 807, de coordenadas planas N= 1664794.27 m, E= 1083935.89 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Palo Alto” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 807, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 449.60 m, colindando con el predio denominado “Palo Alto” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 808, de coordenadas planas N= 1664792.78 m, E= 1083880.00 m, el Punto número 809, de coordenadas planas N= 1664748.99 m, E= 1083821.43 m, el Punto número 810, de coordenadas planas N= 1664696.83 m, E= 1083763.36 m, el Punto número 811, de coordenadas planas N= 1664681.37 m, E= 1083693.35 m, y por el Punto número 812, de coordenadas planas N= 1664651.24 m, E= 1083627.70 m, hasta encontrar el Punto número 813, de coordenadas planas N= 1664608.36 m, E= 1083543.56 m.

Del Punto número 813, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 26.67 m, colindando con el predio denominado “Palo Alto” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 814, de coordenadas planas N= 1664609.82 m, E= 1083517.45 m.

Del Punto número 814, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 254.96 m, colindando con el predio denominado “Palo Alto” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 815, de coordenadas planas N= 1664578.69 m, E= 1083498.40 m, el Punto número 816, de coordenadas planas N= 1664556.93 m, E= 1083415.85 m, y el Punto número 817, de coordenadas planas N= 1664551.22 m, E= 1083365.64 m, hasta encontrar el Punto número 818, de coordenadas planas N= 1664514.63 m, E= 1083296.74 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Palo Alto” del Resguardo Indígena Kankuamo y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Oeste: Del Punto número 818, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 246.62 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 819, de coordenadas planas N= 1664557.31 m, E= 1083252.00 m, hasta encontrar el Punto número 820, de coordenadas planas N= 1664716.98 m, E= 1083158.98 m.

Del Punto número 820, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 259.59 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 821, de coordenadas planas N= 1664866.58 m, E= 1083179.95 m, hasta encontrar el Punto número 822, de coordenadas planas N= 1664971.01 m, E= 1083209.47 m.

Del Punto número 822, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 561.54 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 823, de coordenadas planas N= 1665094.67 m, E= 1083152.69 m, el Punto número 824, de coordenadas planas N= 1665102.63 m, E= 1083157.02 m, el Punto número 825, de coordenadas planas N= 1665205.30 m, E= 1083094.34 m, el Punto número 826, de coordenadas planas N= 1665233.88 m, E= 1083037.49 m y por el Punto número 827, de coordenadas planas N= 1665411.15 m, E= 1083011.27 m hasta encontrar el Punto número 789, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS MEJORA VIDA NUEVA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: RÍO SECO
PREDIO: VIDA NUEVA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-44840
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010586000
ÁREA TOTAL: 56 ha + 3267 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 861, de coordenadas planas N= 1665890.64 m, E= 1080671.48 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el predio denominado “Monte Rico” del Resguardo Indígena Kankuamo y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 861, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 261.44 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 862, de coordenadas planas N= 1665818.61 m, E= 1080922.79 m.

Del Punto número 862, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 284.14 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 863, de coordenadas planas N= 1665834.09 m, E= 1081206.51 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Este: Del Punto número 863, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 123.84 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 864, de coordenadas planas N= 1665715.57 m, E= 1081241.97 m.

Del Punto número 864, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 188.38 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 865, de coordenadas planas N= 1665528.19 m, E= 1081239.61 m.

Del Punto número 865, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 291.37 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 866, de coordenadas planas N= 1665294.43 m, E= 1081413.53 m.

Del Punto número 866, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 364.38 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 867, de coordenadas planas N= 1665154.00 m, E= 1081404.25 m, y el Punto número 868, de coordenadas planas N= 1665059.93 m, E= 1081360.40 m, hasta encontrar el Punto número 869, de coordenadas planas N= 1665038.78 m, E= 1081242.43 m.

Del Punto número 869, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 129.83 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 870, de coordenadas planas N= 1664924.59 m, E= 1081304.22 m.

Del Punto número 870, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 120.00 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 871, de coordenadas planas N= 1664882.26 m, E= 1081250.64 m, hasta encontrar el Punto número 872, de coordenadas planas N= 1664831.84 m, E= 1081241.25 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Monte Rico” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Sur: Del Punto número 872, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 205.57 m, colindando con el predio denominado “Monte Rico” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 873 de coordenadas planas N= 1664836.48 m, E= 1081172.49 m, y el Punto número 874, de coordenadas planas N= 1664851.90 m, E= 1081113.18 m, hasta encontrar el Punto número 875, de coordenadas planas N= 1664873.99 m, E= 1081042.77 m.

Del Punto número 875, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 85.63 m, colindando con el predio denominado “Monte Rico” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 876, de coordenadas planas N= 1664843.45 m, E= 1081020.08 m, hasta encontrar el Punto número 877, de coordenadas planas N= 1664831.35 m, E= 1080974.39 m.

Oeste: Del Punto número 877, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 945.14 m, colindando con el predio denominado “Monte Rico” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 878, de coordenadas planas N= 1664874.74 m, E= 1080958.32 m, el Punto número 879, de coordenadas planas N= 1664935.51 m, E= 1080908.40 m, el Punto número 880, de coordenadas planas N= 1664969.71 m, E= 1080842.06 m, el Punto número 881, de coordenadas planas N= 1665030.15 m, E= 1080767.30 m, el Punto número 882, de coordenadas planas N= 1665342.93 m, E= 1080713.61 m, y el Punto número 883, de coordenadas planas N= 1665511.97 m, E= 1080687.97 m, hasta encontrar el Punto número 884, de coordenadas planas N= 1665663.96 m, E= 1080642.99 m.

Del Punto número 884, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta en una distancia de 228.47 m, colindando con el predio denominado “Monte Rico” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 861, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

Artículo 3°. Ampliar el Resguardo Indígena Kankuamo con una (1) mejora adquirida por el resguardo indígena sobre predio baldío, cuatro (4) predios de propiedad de la Agencia Nacional de Tierras que hacen parte del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral y diez (10) predios propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, que sumada con el área de constitución cuya extensión es de veinticuatro mil trescientas seis hectáreas y dos mil doscientos setenta y un metros cuadrados (24.306 Ha + 2.271 m2), comprende un área total superficiaria de veinticinco mil ocho hectáreas y mil treinta y un metros cuadrados (25.008 Ha + 1.031 m2), según el plano ACCTI 200011320:

Que el área objeto de la ampliación se discrimina de la siguiente manera:

Área de ampliación del resguardo 701 ha + 8760 m2

Se encuentra compuesto por una (1) mejora adquirida por el resguardo indígena sobre predio baldío, tres predios (3) predios de propiedad de la Agencia Nacional de Tierras que hacen parte del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral y cinco (5) predios propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, que se identifican de la siguiente manera:

Nombre del predio o mejora FMI Área EP de compra (Entidad o Resguardo) Titular de derecho (VUR) Naturaleza jurídica
01 Tierras Nuevas 190-41337 16 ha + 0598 m2 260 del 19/02/1996 de la Notaría Segunda de Valledupar ANT Fiscal
02 Monterrey 190-50263 31 ha + 5648 m2 652 del 12/03/2009 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
03 La Providencia 190-52700 89 ha + 4507 m2 2203 del 04/12/1996 de la Notaría Segunda de Valledupar ANT Fiscal
04 La Esperanza 190-33029 66 ha + 6250 m2 2511 del 24/11/2017 de la Notaría Segunda de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
05 La Esperanza 190-52577 8 ha + 3405 m2 746 del 05/03/2014 de la Notaría Primera de Valledupar ANT Fiscal
06 La Ceibita 190-15858 300 ha + 1374 m2 1351 del 26/04/2013 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Baldío (mejora)
07 Se Verá 190-43334 85 ha + 0721 m2 157 del 26/01/2018 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
08 El Oriente 190-39837 59 ha + 9100 m2 691 del 05/05/2009 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
09 Vera Cruz 190-50259 44 ha + 7157 m2 222 del 29/01/2009 de la Notaría Segunda de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada

Área de predios contenidos en el polígono del resguardo constituido:

Área contenida en el resguardo constituido 1.048 ha + 0408 m2

Se encuentra compuesto por un (1) predio de propiedad de la Agencia Nacional de Tierras que hace parte del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral y cinco (5) predios propiedad del resguardo indígena, localizados en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, que se identifican de la siguiente manera:

Nombre del predio FMI Área EP de compra (Entidad o Resguardo) Titular de derecho (VUR) Naturaleza jurídica
01 La Rutina 190-68584 199 ha + 0129 m2 0107 del 29/01/2009 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
02 Finca Bello Horizonte 190-88449 152 ha + 9292 m2 155 del 21/01/2009 de la Notaría Segunda de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
03 El Encanto 190-20188 158 ha + 7442 m2 291 del 06/02/2009 de la Notaría Primera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
04 Finca “Selva María y Juan de Dios” 190-126443 93 ha + 6690 m2 0874 del 15/06/2012 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
05 Palo Alto 190-884 83 ha + 5310 m2 2047 del 10/11/20 de la Notaría Tercera de Valledupar Resguardo Indígena Kankuamo Propiedad privada
06 Monte Rico 190-21504 360 ha + 1545 m2 724 del 15/12/2005 de la Notaría Única de Ciénaga ANT Fiscal

El área referida en este ítem, corresponde a una transferencia de derechos reales en registro al resguardo indígena, toda vez, que su área ya se encuentra sumada en la Resolución número 012 del 10/04/2003.

La redacción técnica de linderos corresponde a:

LINDEROS TÉCNICOS - ÁREAS DE AMPLIACIÓN PREDIOS DE LA COMUNIDAD INDÍGENA

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO TIERRAS NUEVAS

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: PARAJE TIERRAS NUEVAS CORREG. GUATAPURÍ
PREDIO: TIERRAS NUEVAS
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-41337
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010576000
ÁREA TOTAL: 16 ha + 0598 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el punto número 458, de coordenadas planas N= 1678897.82 m, E= 1072933.03 m, ubicado en el sitio donde concurre la colindancia con el predio de Roberto Bolaño.

Colinda así:

Norte: Del Punto de Partida número 458, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 139.09 m, colindando con el predio del señor Roberto Bolaño, hasta encontrar el Punto número 459, de coordenadas planas N= 1678883.35 m, E= 1073071.37 m.

Del Punto número 459, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 78.87 m, colindando con el predio del señor Roberto Bolaño, hasta encontrar el Punto número 460, de coordenadas planas N= 1678905.53 m, E= 1073147.06 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Roberto Bolaño y el predio del señor Carlos Clemente.

Del Punto número 460, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 182.18 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, hasta encontrar el Punto número 461, de coordenadas planas N= 1678765.42 m, E= 1073263.50 m.

Del Punto número 461, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 101.42 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, hasta encontrar el Punto número 462, de coordenadas planas N= 1678830.61 m, E= 1073341.20 m.

Del Punto número 462, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 85.13 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, pasando por el Punto número 463, de coordenadas planas N= 1678818.28 m, E= 1073392.71 m, hasta encontrar el Punto número 464, de coordenadas planas N= 1678787.17 m, E= 1073400.90 m.

Del Punto número 464, se sigue en dirección general Este, en línea recta y en una distancia de 48.98 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, hasta encontrar el Punto número 465, de coordenadas planas N= 1678787.81 m, E= 1073449.88 m. donde concurren las colindancias entre el predio de Carlos Clemente y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Este: Del Punto número 465, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 328.90 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 466, de coordenadas planas N= 1678492.53 m, E= 1073305.08 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio del señor Javier Montero.

Sur: Del Punto número 466, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 285.54 m, colindando con el predio de Javier Montero, hasta encontrar el Punto número 467, de coordenadas planas N= 1678569.40 m, E= 1073030.09 m. donde concurren las colindancias entre el predio de Javier Montero y el predio de Rafael Enrique Montero.

Del Punto número 467, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 251.85 m, colindando con el predio del señor Rafael Enrique Montero, pasando por el Punto número 468, de coordenadas planas N= 1678646.34 m, E= 1072900.59 m, hasta encontrar el Punto número 469, de coordenadas planas N= 1678707.09 m, E= 1072819.62 m. donde concurren las colindancias entre el predio del señor Rafael Enrique Montero y el predio del señor Francisco Montero.

Oeste: Del Punto número 469, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 91.60 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, hasta encontrar el Punto número 470, de coordenadas planas N= 1678795.59 m, E= 1072843.25 m donde concurren las colindancias entre el predio del señor Francisco Montero y el predio del señor Roberto Bolaño.

Del Punto número 470, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 139.92 m, colindando con el predio del señor Roberto Bolaño, hasta encontrar el Punto número 458 de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO MONTERREY, QUE CONFORMA EL PREDIO GLOBO 1 “MONTERREY”, AMPLIACIÓN DEL RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO.

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: ATANQUEZ
PREDIO: GLOBO 1 “MONTERREY”
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-50263
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010194000
ÁREA TOTAL: 31 ha + 5.648 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 471, de coordenadas planas N= 1682795.96 m, E= 1078461.54 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de Jacobine Maestre y el predio de Matilde Corso.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 471, sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 189.03 m, colindando con el predio de la señora Matilde Corso, hasta encontrar el Punto número 472, de coordenadas planas N= 1682844.84 m, E= 1078644.14 m.

Este: Del Punto número 472, sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 434.95 m, colindando con el predio de la señora Matilde Corso, pasando por el Punto número 473, de coordenadas planas N= 1682623.26 m, E= 1078846.46 m, y el Punto número 474, de coordenadas planas N= 1682591.73 m, E= 1078851.00 m, hasta encontrar el Punto número 475, de coordenadas planas N= 1682535.81 m, E= 1078937.29 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la señora Matilde Corso y el predio del señor Abelardo Pérez.

Del Punto número 475, sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 291.11 m, colindando con el predio del señor Abelardo Pérez, pasando por el Punto número 476, de coordenadas planas N= 1682338.60 m, E= 1078905.24 m hasta encontrar el Punto número 477, de coordenadas planas N= 1682256.92 m, E= 1078864.43 m.

Del Punto número 477, sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 87.05 m, colindando con el predio del señor Abelardo Pérez, hasta encontrar el Punto número 478, de coordenadas planas N= 1682210.20 m, E= 1078937.88 m.

Del Punto número 478, sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 80.55 m, colindando con el predio del señor Abelardo Pérez, hasta encontrar el Punto número 479, de coordenadas planas N= 1682129.90 m, E= 1078931.58 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Abelardo Pérez y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 479, sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 281.79 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 480, de coordenadas planas N= 1681997.25 m, E= 1078882.15 m, y el Punto número 481, de coordenadas planas N= 1681920.70 m, E= 1078841.22 m, hasta encontrar el Punto número 482, de coordenadas planas N= 1681912.83 m, E= 1078788.69 m.

Sur: Del Punto número 482, sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 138.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 483, de coordenadas planas N= 1681991.83 m, E= 1078681.41 m.

Del Punto número 483, sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 103.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 484, de coordenadas planas N= 1681953.12 m, E= 1078586.85 m.

Del Punto número 484, sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 75.87 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 485, de coordenadas planas N= 1681962.68 m, E= 1078514.40 m.

Oeste: Del Punto número 485, sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 186.91 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 486, de coordenadas planas N= 1682083.07 m, E= 1078504.12 m, hasta encontrar el Punto número 487, de coordenadas planas N= 1682132.34 m, E= 1078460.07 m.

Del Punto número 487, sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 79.42 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 488, de coordenadas planas N= 1682201.79 m, E= 1078498.58 m.

Del Punto número 488, sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 36.97 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 489, de coordenadas planas N= 1682230.63 m, E= 1078475.45 m.

Del Punto número 489, sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 9.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 490, de coordenadas planas N= 1682223.84 m, E= 1078469.13 m.

Del Punto número 490, sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 111.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 491, de coordenadas planas N= 1682334.73 m, E= 1078471.25 m. donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio del señor Jacobine Maestre.

Del Punto número 491, sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 221.67 m, colindando con el predio del señor Jacobine Maestre, hasta encontrar el Punto número 492, de coordenadas planas N= 1682522.59 m, E= 1078588.32 m.

Del Punto número 492, sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 303.00 m, colindando con el predio de Jacobine Maestre, pasando por el Punto número 493, de coordenadas planas N= 1682594.66 m, E= 1078539.06 m, hasta encontrar el Punto número 471, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO LA PROVIDENCIA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: VALLEDUPAR
PREDIO: LA PROVIDENCIA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-52700
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010199000
ÁREA TOTAL: 89 ha + 4.507 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 494, de coordenadas planas N= 1684054.55 m, E= 1080174.54 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de Teresa Oñate y el predio del señor Elías Oñate.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 494, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 138.24 m, colindando con el predio del señor Elías Oñate, pasando por el Punto número 495, de coordenadas planas N= 1684020.29 m, E= 1080179.45 m, hasta encontrar el Punto número 496, de coordenadas planas N= 1684013.38 m, E= 1080282.85 m.

Del Punto número 496, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 953.14 m, colindando con el predio del señor Elías Oñate, hasta encontrar el Punto número 497, de coordenadas planas N= 1684568.16 m, E= 1081057.90 m. donde concurren las colindancias entre el predio del señor Elías Oñate y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 497, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 23.06 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 498, de coordenadas planas N= 1684581.58 m, E= 1081076.65 m.

Del Punto número 498, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 63.86 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 499, de coordenadas planas N= 1684519.99 m, E= 1081093.48 m.

Del Punto número 499, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 21.99 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 500, de coordenadas planas N= 1684500.52 m, E= 1081083.25 m. donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio del señor Orlando Estrada.

Del Punto número 500, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 875.13 m, colindando con el predio del señor Orlando Estrada, pasando por el Punto número 501, de coordenadas planas N= 1684200.47 m, E= 1080751.78 m, hasta encontrar el Punto número 502, de coordenadas planas N= 1683891.20 m, E= 1080468.57 m.

Este: Del Punto número 502, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 181.45 m, colindando con el predio del señor Orlando Estrada, pasando por el Punto número 503, de coordenadas planas N= 1683844.45 m, E= 1080479.33 m, hasta encontrar el Punto número 504, de coordenadas planas N= 1683713.59 m, E= 1080485.06 m.

Del Punto número 504, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 514.39 m, colindando con el predio del señor Orlando Estrada, pasando por el Punto número 505, de coordenadas planas N= 1683552.19 m, E= 1080420.01 m, y el Punto número 506, de coordenadas planas N= 1683360.59 m, E= 1080422.51 m hasta encontrar el Punto número 507, de coordenadas planas N= 1683227.12 m, E= 1080361.17 m.

Del Punto número 507, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 258.64 m, colindando con el predio del señor Orlando Estrada, pasando por el Punto número 508, de coordenadas planas N= 1683151.05 m, E= 1080365.82 m, hasta encontrar el Punto número 509, de coordenadas planas N= 1683011.41 m, E= 1080483.16 m. donde concurren las colindancias entre el predio del señor Orlando Estrada y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Sur: Del Punto número 509, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 534.73 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 510, de coordenadas planas N= 1682802.06 m, E= 1080332.66 m y el Punto número 511, de coordenadas planas N= 1682787.65 m, E= 1080263.37 m, hasta encontrar el Punto número 512, de coordenadas planas N= 1682636.97 m, E= 1080129.45 m.

Del Punto número 512, se sigue en dirección general Sur, en línea recta y en una distancia de 95.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 513, de coordenadas planas N= 1682541.04 m, E= 1080130.99 m.

Del Punto número 513, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 88.95 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 514, de coordenadas planas N= 1682562.41 m, E= 1080046.76 m. donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio de la señora Petronila Araújo.

Del Punto número 514, se sigue en dirección general Oeste, en línea recta y en una distancia de 73.59 m, colindando con el predio de la señora Petronila Araújo, hasta encontrar el Punto número 515, de coordenadas planas N= 1682563.88 m, E= 1079973.19 m.

Del Punto número 515, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 265.98 m, colindando con el predio de la señora Petronila Araújo, hasta encontrar el Punto número 516, de coordenadas planas N= 1682350.21 m, E= 1079816.74 m. donde concurren las colindancias entre el predio de la señora Petronila Araújo y el predio de la señora Teresa Oñate.

Oeste: Del Punto número 516, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 337.63 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, hasta encontrar el Punto número 517, de coordenadas planas N= 1682686.74 m, E= 1079801.33 m.

Del Punto número 517, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 34.98 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, hasta encontrar el Punto número 518, de coordenadas planas N= 1682708.96 m, E= 1079828.35 m.

Del Punto número 518, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 422.40 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, pasando por el Punto número 519, de coordenadas planas N= 1682969.43 m, E= 1079808.79 m, hasta encontrar el Punto número 520, de coordenadas planas N= 1683115.01 m, E= 1079741.99 m.

Del Punto número 520, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1050.40 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, pasando por el Punto número 521, de coordenadas planas N= 1683550.19 m, E= 1079870.57 m, hasta encontrar el Punto número 494, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO LA ESPERANZA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: LA MINA
PREDIO: LA ESPERANZA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-33029
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011143000
ÁREA TOTAL: 66 ha + 6.250 m²

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 593, de coordenadas planas N= 1676907.99 m, E= 1087740.27 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 593, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 270,32 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 594, de coordenadas planas N= 1676912.94 m, E= 1087789.66 m, y el Punto número 595, de coordenadas planas N= 1676980.66 m, E= 1087909.55 m, hasta encontrar el Punto número 596, de coordenadas planas N= 1676992.93 m, E= 1087989.99 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “La Porfía”.

Del Punto número 596, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 321.49 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 597, de coordenadas planas N= 1677042.95 m, E= 1088307.22 m.

Este: Del Punto número 597, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 621.31 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, pasando por el Punto número 598, de coordenadas planas N= 1676913.74 m, E= 1088367.35 m, el Punto número 599, de coordenadas planas N= 1676795.21 m, E= 1088367.36 m, el Punto número 600, de coordenadas planas N= 1676664.44 m, E= 1088379.77 m, y el Punto número 601, de coordenadas planas N= 1676556.60 m, E= 1088368.25 m, hasta encontrar el Punto número 602, de coordenadas planas N= 1676439.59 m, E= 1088382.48 m.

Del Punto número 602, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 97.01 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 603, de coordenadas planas N= 1676348.82 m, E= 1088349.71 m.

Del Punto número 603, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 58.34 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 604, de coordenadas planas N= 1676293.69 m, E= 1088367.17 m.

Del Punto número 604, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 234.84 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, pasando por el Punto número 605, de coordenadas planas N= 1676151.02 m, E= 1088311.25 m, hasta encontrar el Punto número 606, de coordenadas planas N= 1676091.52 m, E= 1088257.67 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Porfía” y el predio del señor Orlando Daza.

Sur: Del Punto número 606, se sigue en dirección general Suroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 429.91 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 607, de coordenadas planas N= 1676065.38 m, E= 1088136.04 m, el Punto número 608, de coordenadas planas N= 1676019.65 m, E= 1088047.27 m, y el Punto número 609, de coordenadas planas N= 1675983.91 m, E= 1087987.19 m, hasta encontrar el Punto número 610, de coordenadas planas N= 1675920.07 m, E= 1087874.53 m.

Del Punto número 610, se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 86.79 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 611, de coordenadas planas N= 1675926.35 m, E= 1087856.29 m, hasta encontrar el Punto número 612, de coordenadas planas N= 1675974.34 m, E= 1087809.15 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Orlando Daza y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 612, se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 335.57 m, colindando con el predio del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 613, de coordenadas planas N= 1676080.52 m, E= 1087641.29 m, hasta encontrar el Punto número 614, de coordenadas planas N= 1676192.76 m, E= 1087567.64 m.

Oeste: Del Punto número 614, se sigue en dirección general Noreste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 743.62 m, colindando con el predio del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 615, de coordenadas planas N= 1676336.06 m, E= 1087595.88 m, el Punto número 616, de coordenadas planas N= 1676497.35 m, E= 1087647.87 m, y el Punto número 617, de coordenadas planas N= 1676691.82 m, E= 1087706.06 m, hasta encontrar el Punto número 593, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO LA ESPERANZA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: LA MINA
PREDIO: LA ESPERANZA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-52577
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010299000
ÁREA TOTAL: 8 ha + 3.405 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 710, de coordenadas planas N= 1670681.80 m, E= 1085769.34 m. ubicado en el sitio donde concurren las colindancias del Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto número 710, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 393.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 711, de coordenadas planas N= 1670752.78 m, E= 1085793.74 m, el Punto número 712, de coordenadas planas N= 1670769.30 m, E= 1085812.55 m, el Punto número 713, de coordenadas planas N= 1670791.98 m, E= 1085845.92 m, el Punto número 714, de coordenadas planas N= 1670888.62 m, E= 1085913.43 m, el Punto número 715, de coordenadas planas N= 1670952.68 m, E= 1085929.72 m, y el Punto número 716, de coordenadas planas N= 1670991.93 m, E= 1085952.94 m, hasta encontrar el Punto número 688, de coordenadas planas N= 1671006.06 m, E= 1085971.13 m.

Este: Del punto de Partida número 688, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 66.57 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 689, de coordenadas planas N= 1670946.24 m, E= 1085998.53 m.

Del Punto número 689, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta en una, distancia de 55.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 690, de coordenadas planas N= 1670890.62 m, E= 1085998.44 m.

Del Punto número 690, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 176.10 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 691, de coordenadas planas N= 1670786.20 m, E= 1086015.37 m, hasta encontrar el Punto número 692, de coordenadas planas N= 1670716.13 m, E= 1086019.42 m.

Del Punto número 692, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 310.58 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 693, de coordenadas planas N= 1670632.91 m, E= 1086012.69 m, el Punto número 694, de coordenadas planas N= 1670531.44 m, E= 1085962.67 m, el Punto número 695, de coordenadas planas N= 1670448.23 m, E= 1085900.53 m, y el Punto número 696, de coordenadas planas N= 1670447.29 m, E= 1085896.02 m, hasta encontrar el Punto número 697, de coordenadas planas N= 1670443.81 m, E= 1085892.06 m.

Sur: Del Punto número 697, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 52.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 698, de coordenadas planas N= 1670447.65 m, E= 1085839.93 m.

Del Punto número 698, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 15.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 699, de coordenadas planas N= 1670436.78 m, E= 1085828.59 m.

Del Punto número 699, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 28.06 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 700, de coordenadas planas N= 1670443.25 m, E= 1085801.47 m.

Oeste: Del Punto número 700, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 65.35 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 701, de coordenadas planas N= 1670495.03 m, E= 1085841.33 m.

Del Punto número 701, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 61.17 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 702, de coordenadas planas N= 1670553.65 m, E= 1085823.88 m.

Del Punto número 702, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 8.49 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 703, de coordenadas planas N= 1670561.66 m, E= 1085826.67 m.

Del Punto número 703, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 79.83 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 704, de coordenadas planas N= 1670572.66 m, E= 1085825.02 m, el Punto número 705, de coordenadas planas N= 1670586.73 m, E= 1085797.20 m y el Punto número 706, de coordenadas planas N= 1670592.63 m, E= 1085794.88 m, hasta encontrar el Punto número 707, de coordenadas planas N= 1670607.23 m, E= 1085767.31 m.

Del Punto número 707, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 62.25 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 708, de coordenadas planas N= 1670654.59 m, E= 1085783.00 m, hasta encontrar el Punto número 709, de coordenadas planas N= 1670666.94 m, E= 1085783.56 m.

Del Punto número 709, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 20.57 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 710, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO LA CEIBITA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: RÍO SECO
PREDIO: LA CEIBITA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-15858
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011489000
ÁREA TOTAL: 300 ha + 1.374 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 717, de coordenadas planas N= 1669102.16 m, E= 1090786.16 m, ubicado en el sitio donde concurren la colindancia entre el predio Baldío Nacional y el predio del señor Efraín Aponte.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 717, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2268.07 m, colindando con el predio del señor Efraín Aponte, pasando por el Punto número 718, de coordenadas planas N= 1669079.18 m, E= 1091203.29 m, el Punto número 719, de coordenadas planas N= 1668956.98 m, E= 1091619.13 m, el Punto número 720, de coordenadas planas N= 1668757.87 m, E= 1092003.01 m, el Punto número 721, de coordenadas planas N= 1668676.33 m, E= 1092430.68 m y por el Punto número 722, de coordenadas planas N= 1668624.23 m, E= 1092682.38 m, hasta encontrar el Punto número 723, de coordenadas planas N= 1668535.42 m, E= 1092958.31 m.

Del Punto número 723, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 252.78 m, colindando con el predio del señor Efraín Aponte, hasta encontrar el Punto número 724, de coordenadas planas N= 1668545.54 m, E= 1093210.03 m.

Del Punto número 724, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 20.74 m, colindando con el predio del señor Efraín Aponte, hasta encontrar el Punto número 725, de coordenadas planas N= 1668524.89 m, E= 1093211.97 m.

Del Punto número 725, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 59.36 m, colindando con el predio del señor Efraín Aponte, hasta encontrar el Punto número 726, de coordenadas planas N= 1668530.31 m, E= 1093271.09 m.

Del Punto número 726, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 193.69 m, colindando con el predio del señor Efraín Aponte, hasta encontrar el Punto número 727, de coordenadas planas N= 1668468.99 m, E= 1093454.66 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Efraín Aponte y la Vía Patillal a Río Seco.

Este: Del Punto número 727, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 284.85 m, colindando con la vía que conduce de Patillal a Río Seco, pasando por el Punto número 728, de coordenadas planas N= 1668397.66 m, E= 1093447.54 m, hasta encontrar el Punto número 729, de coordenadas planas N= 1668195.72 m, E= 1093407.28 m, donde concurren las colindancias entre la Vía Patillal a Río Seco y el predio del señor Catalino Daza.

Sur: Del Punto número 729, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 146.70 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, hasta encontrar el Punto número 730, de coordenadas planas N= 1668223.38 m, E= 1093263.83 m.

Del Punto número 730, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 512.13 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, pasando por el Punto número 731, de coordenadas planas N= 1668176.86 m, E= 1092989.78 m, y el Punto número 732, de coordenadas planas N= 1668109.01 m, E= 1092878.01 m, hasta encontrar el Punto número 733, de coordenadas planas N= 1668081.56 m, E= 1092779.31 m.

Del Punto número 733, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 82.49 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, hasta encontrar el Punto número 734, de coordenadas planas N= 1668004.62 m, E= 1092809.05 m.

Del Punto número 734, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 426.04 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, hasta encontrar el Punto número 735, de coordenadas planas N= 1667838.22 m, E= 1092416.93 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Catalino Daza y Resguardo Indígena de Kankuamo.

Del Punto número 735, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 796.59 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 736, de coordenadas planas N= 1667692.17 m, E= 1091992.84 m, hasta encontrar el Punto número 737, de coordenadas planas N= 1667612.40 m, E= 1091654.05 m.

Del Punto número 737, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 165.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 738, de coordenadas planas N= 1667639.21 m, E= 1091490.86 m.

Del Punto número 738, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 184.63 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 739, de coordenadas planas N= 1667572.27 m, E= 1091318.79 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena de Kankuamo y el predio del señor Alfredo Fuentes.

Del Punto número 739, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 242.82 m, colindando con el predio del señor Alfredo Fuentes, hasta encontrar el Punto número 740, de coordenadas planas N= 1667613.00 m, E= 1091082.59 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Alfredo Fuentes y el Resguardo Indígena de Kankuamo.

Del Punto número 740, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 158.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 741, de coordenadas planas N= 1667655.78 m, E= 1090930.28 m.

Del Punto número 741, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 187.22 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 742, de coordenadas planas N= 1667627.23 m, E= 1090745.25 m.

Del Punto número 742, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 548.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 743, de coordenadas planas N= 1667684.25 m, E= 1090619.94 m, hasta encontrar el Punto número 744, de coordenadas planas N= 1667986.94 m, E= 1090341.66 m.

Oeste: Del Punto número 744, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 608.92 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 745, de coordenadas planas N= 1668590.17 m, E= 1090424.74 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena de Kankuamo y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 745, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 634.11 m, colindando con el predio Baldío Nacional, pasando por el Punto número 746, de coordenadas planas N= 1668649.72 m, E= 1090432.94 m, hasta encontrar el Punto número 717, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO SE VERÁ

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: LA MINA
PREDIO: SE VERÁ
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-43334
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010202000
ÁREA TOTAL: 85 ha + 0721 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 966, de coordenadas planas N= 1669115.00 m, E= 1077880.00 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 966, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 179.15 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 967, de coordenadas planas N= 1669051.00 m, E= 1078047.00 m.

Del Punto número 967, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 594.24 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 968, de coordenadas planas N= 1669126.40 m, E= 1078308.48 m, hasta encontrar el Punto número 969, de coordenadas planas N= 1669198.00 m, E= 1078619.00 m.

Del Punto número 969, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 238.56 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 970, de coordenadas planas N= 1669431.62 m, E= 1078571.28 m.

Del Punto número 970, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 474.86 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 971, de coordenadas planas N= 1669593.00 m, E= 1078582.00 m, hasta encontrar el Punto número 972, de coordenadas planas N= 1669905.00 m, E= 1078593.00 m.

Este: Del Punto número 972, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1135.12 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 973, de coordenadas planas N= 1669651.71 m, E= 1078816.24 m, por el Punto número 974, de coordenadas planas N= 1669486.89 m, E= 1078901.19 m, el Punto número 975, de coordenadas planas N= 1669363.00 m, E= 1078989.00 m, y el Punto número 976, de coordenadas planas N= 1669213.17 m, E= 1079070.51 m, hasta encontrar el Punto número 977, de coordenadas planas N= 1668931.00 m, E= 1079132.00 m.

Sur: Del Punto número 977, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 470.89 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 978, de coordenadas planas N= 1669078.00 m, E= 1078687.00 m.

Del Punto número 978, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 180.73 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 979, de coordenadas planas N= 1668904.00 m, E= 1078734.00 m.

Del Punto número 979, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 783.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 980 de coordenadas planas N= 1668894.00 m, E= 1078715.00 m, el Punto número 981, de coordenadas planas N= 1668632.07 m, E= 1078695.22 m, el Punto número 982, de coordenadas planas N= 1668424.28 m, E= 1078696.51 m, y el Punto número 983, de coordenadas planas N= 1668231.63 m, E= 1078675.58 m, hasta encontrar el Punto número 984, de coordenadas planas N= 1668144.00 m, E= 1078633.00 m.

Oeste: Del Punto número 984, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 78.89 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 985, de coordenadas planas N= 1668195.16 m, E= 1078573.75 m.

Del Punto número 985, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 31.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 986, de coordenadas planas N= 1668186.23 m, E= 1078543.99 m.

Del Punto número 986, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 319.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 987, de coordenadas planas N= 1668201.00 m, E= 1078516.00 m, el Punto número 988, de coordenadas planas N= 1668270.06 m, E= 1078482.38 m, el Punto número 989, de coordenadas planas N= 1668298.00 m, E= 1078426.00 m, y el Punto número 990, de coordenadas planas N= 1668337.78 m, E= 1078378.44 m, hasta encontrar el Punto número 991, de coordenadas planas N= 1668374.81 m, E= 1078305.47 m.

Del Punto número 991, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 63.15 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 992, de coordenadas planas N= 1668433.00 m, E= 1078314.00 m.

Del Punto número 992, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 911.64 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 993, de coordenadas planas N= 1668463.00 m, E= 1078224.00 m, el Punto número 994, de coordenadas planas N= 1668506.00 m, E= 1078197.00 m, el Punto número 995, de coordenadas planas N= 1668518.92 m, E= 1078122.06 m, el Punto número 996, de coordenadas planas N= 1668577.00 m, E= 1078040.00 m, el Punto número 997, de coordenadas planas N= 1668623.00 m, E= 1078001.00 m, el Punto número 998, de coordenadas planas N= 1668670.42 m, E= 1077957.73 m, el Punto número 999, de coordenadas planas N= 1668840.00 m, E= 1077916.00 m, y el Punto número 1000, de coordenadas planas N= 1668961.29 m, E= 1077894.82 m, hasta encontrar el Punto número 966, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO EL ORIENTE

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CHEMESQUEMENA
PREDIO: EL ORIENTE
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-39837
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010614000
ÁREA TOTAL: 59 ha + 9.100 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 1001, de coordenadas planas N= 1672321.64 m, E= 1074546.20 m, ubicado en colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 1001, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 319.73 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1002, de coordenadas planas N= 1672398.73 m, E= 1074722.78 m, hasta encontrar el Punto número 1003, de coordenadas planas N= 1672414.53 m, E= 1074847.53 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio del señor Rafael Ramón Arias.

Del Punto número 1003, se sigue en dirección general Este, en línea recta y en una distancia de 89.76 m, colindando con el predio del señor Rafael Ramón Arias, hasta encontrar el Punto número 1004, de coordenadas planas N= 1672414.11 m, E= 1074937.29 m.

Del Punto número 1004, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 45.30 m, colindando con el predio del señor Rafael Ramón Arias, hasta encontrar el Punto número 1005, de coordenadas planas N= 1672430.22 m, E= 1074979.62 m.

Del Punto número 1005, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 467.98 m, colindando con el predio del señor Rafael Ramon Arias, pasando por el Punto número 1006, de coordenadas planas N= 1672398.33 m, E= 1075139.30 m, el Punto número 1007, de coordenadas planas N= 1672330.18 m, E= 1075193.45 m, y por el Punto número 1008, de coordenadas planas N= 1672272.49 m, E= 1075265.71 m, hasta encontrar el Punto número 1009, de coordenadas planas N= 1672256.13 m, E= 1075388.00 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Rafael Ramon Arias y el predio del señor José Oñate.

Del Punto número 1009, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 105.94 m, colindando con el predio del señor José Oñate, hasta encontrar el Punto número 1010, de coordenadas planas N= 1672259.82 m, E= 1075493.71 m.

Del Punto número 1010, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 57.76 m, colindando con el predio del señor José Oñate, hasta encontrar el Punto número 1011, de coordenadas planas N= 1672246.60 m, E= 1075549.93 m.

Del Punto número 1011, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 128.39 m, colindando con el predio del señor José Oñate, hasta encontrar el Punto número 1012, de coordenadas planas N= 1672250.56 m, E= 1075678.26 m.

Del Punto número 1012, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 176.24 m, colindando con el predio del señor José Oñate, pasando por el Punto número 1013, de coordenadas planas N= 1672209.88 m, E= 1075791.70 m, hasta encontrar el Punto número 1014, de coordenadas planas N= 1672171.11 m, E= 1075830.14 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor José Oñate y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Este: Del Punto número 1014, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 432.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1015, de coordenadas planas N= 1672075.43 m, E= 1075617.86 m, y por el Punto número 1016, de coordenadas planas N= 1672033.07 m, E= 1075510.24 m, hasta encontrar el Punto número 1017, de coordenadas planas N= 1671959.49 m, E= 1075474.57 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “El Peligro” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 1017, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 345.74 m, colindando con el predio denominado “El Peligro” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1018, de coordenadas planas N= 1671614.74 m, E= 1075448.50 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “El Peligro” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Sur: Del Punto número 1018, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 349.40 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 1019, de coordenadas planas N= 1671612.01 m, E= 1075391.36 m, hasta encontrar el Punto número 1020, de coordenadas planas N= 1671438.69 m, E= 1075156.18 m.

Del Punto número 1020, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 67.30 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 1021, de coordenadas planas N= 1671389.26 m, E= 1075201.85 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el predio denominado “La Gloria”.

Del Punto número 1021, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 126.04 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1022, de coordenadas planas N= 1671354.03 m, E= 1075080.83 m.

Oeste: Del Punto número 1022, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 902.61 m, colindando el predio denominado “La Gloria”, pasando por el Punto número 1023, de coordenadas planas N= 1671539.56 m, E= 1075016.23 m, el Punto número 1024, de coordenadas planas N= 1671962.06 m, E= 1074865.88 m, el Punto número 1025, de coordenadas planas N= 1672016.55 m, E= 1074858.94 m, el Punto número 1026, de coordenadas planas N= 1672069.47 m, E= 1074824.54 m, y el Punto número 1027, de coordenadas planas N= 1672101.22 m, E= 1074751.78 m, hasta encontrar el Punto número 1028, de coordenadas planas N= 1672155.82 m, E= 1074726.28 m.

Del Punto número 1028, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 61.29 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1029, de coordenadas planas N= 1672147.49 m, E= 1074665.56 m.

Del Punto número 1029, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 11.67 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1030, de coordenadas planas N= 1672157.01 m, E= 1074658.81 m.

Del Punto número 1030, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 25.42 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1031, de coordenadas planas N= 1672176.13 m, E= 1074675.56 m.

Del Punto número 1031, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 150.71 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, pasando por el Punto número 1032, de coordenadas planas N= 1672231.23 m, E= 1074634.21 m, y por el Punto número 1033, de coordenadas planas N= 1672239.70 m, E= 1074589.10 m, hasta encontrar el Punto número 1034, de coordenadas planas N= 1672263.56 m, E= 1074565.32 m, donde concurren las colindancias entre predios el predio denominado “La Gloria” y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 1034, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 63.83 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar al Punto número 1001, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO VERA CRUZ

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: GUATAPURÍ
PREDIO: VERA CRUZ
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-50259
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010938000
ÁREA TOTAL: 44 ha + 7.157 m²

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 1035, de coordenadas planas N= 1676876.06 m, E= 1075287.26 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 1035, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 437.16 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1036, de coordenadas planas N= 1676917.00 m, E= 1075349,26 m, el Punto número 1037, de coordenadas planas N= 1676942.00 m, E= 1075406.80 m, el Punto número 1038, de coordenadas planas N= 1676959.59 m, E= 1075521.19 m, el Punto número 1039, de coordenadas planas N= 1676984.47 m, E= 1075535.39 m, el Punto número 1040, de coordenadas planas N= 1676993.44 m, E= 1075564.24 m, el Punto número 1041, de coordenadas planas N= 1677035.53 m, E= 1075587.29 m, hasta encontrar el Punto número 1042, de coordenadas planas N= 1677066.39 m, E= 1075653.10 m.

Del Punto número 1042, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 40.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1043, de coordenadas planas N= 1677048.35 m, E= 1075689.58 m.

Del Punto número 1043, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 21.37 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1044, de coordenadas planas N= 1677068.08 m, E= 1075697.77 m.

Del Punto número 1044, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 37.37 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1045, de coordenadas planas N= 1677054.74 m, E= 1075732.67 m.

Del Punto número 1045, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 125.04 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1046, de coordenadas planas N= 1677121.76 m, E= 1075838.23 m.

Este: Del Punto número 1046, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 117.71 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1047, de coordenadas planas N= 1677085.75 m, E= 1075846.57 m, hasta encontrar el Punto número 1048, de coordenadas planas N= 1677013.79 m, E= 1075883.09 m.

Del Punto número 1048, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 80.68 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1049, de coordenadas planas N= 1676934.61 m, E= 1075871.64 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “El Descansito”.

Del Punto número 1049, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 68.12 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, pasando por, el Punto número 1050, de coordenadas planas N= 1676928.12 m, E= 1075854.43 m, el Punto número 1051, de coordenadas planas N= 1676915.61 m, E= 1075845.94 m, hasta encontrar el Punto número 1052, de coordenadas planas N= 1676910.89 m, E= 1075812.11 m.

Del Punto número 1052, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 84.92 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, pasando por el Punto número 1053, de coordenadas planas N= 1676940.02 m, E= 1075790.32 m, hasta encontrar el Punto número 1054, de coordenadas planas N= 1676952.16 m, E= 1075744.21 m.

Del Punto número 1054, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 78.55 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, hasta encontrar el Punto número 1055, de coordenadas planas N= 1676875.86 m, E= 1075726.24 m.

Del Punto número 1055, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 15.68 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, hasta encontrar el Punto número 1056, de coordenadas planas N= 1676860.85 m, E= 1075729.99 m.

Del Punto número 1056, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 48.30 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, pasando por el Punto número 1057, de coordenadas planas N= 1676850.73 m, E= 1075727.07 m, hasta encontrar el Punto número 1058, de coordenadas planas N= 1676818.97 m, E= 1075706.86 m.

Del Punto número 1058, se sigue en dirección general Sur, en línea quebrada y en una distancia de 21.07 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, hasta encontrar el Punto número 1059, de coordenadas planas N= 1676798.26 m, E= 1075706.79 m.

Del Punto número 1059, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 15.99 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, hasta encontrar el Punto número 1060, de coordenadas planas N= 1676787.35 m, E= 1075716.69 m.

Del Punto número 1060, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 118.78 m, colindando con el predio denominado “El Descansito”, pasando por el Punto número 1061, de coordenadas planas N= 1676796.17 m, E= 1075741.83 m, el Punto número 1062, de coordenadas planas N= 1676795.80 m, E= 1075757.70 m, el Punto número 1063, de coordenadas planas N= 1676817.62 m, E= 1075781.42 m, el Punto número 1064, de coordenadas planas N= 1676834.21 m, E= 1075809.05 m, hasta encontrar el Punto número 1065, de coordenadas planas N= 1676836.35 m, E= 1075819.85 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “El Descansito” y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 1065, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 692.64 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1066, de coordenadas planas N= 1676679.78 m, E= 1075806.64 m, el Punto número 1067, de coordenadas planas N= 1676570.58 m, E= 1075743.21 m, el Punto número 1068, de coordenadas planas N= 1676470.53 m, E= 1075649.56 m, el Punto número 1069, de coordenadas planas N= 1676414.42 m, E= 1075563.01 m, hasta encontrar el Punto número 1070, de coordenadas planas N= 1676330.18 m, E= 1075417.57 m.

Sur: Del Punto número 1070, se sigue en dirección general Suroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 384.74 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1071, de coordenadas planas N= 1676239.04 m, E= 1075405.70 m, el Punto número 1072, de coordenadas planas N= 1676193.61 m, E= 1075370.38 m, el Punto número 1073, de coordenadas planas N= 1676132.68 m, E= 1075290.09 m, hasta encontrar el Punto número 1074, de coordenadas planas N= 1676021.65 m, E= 1075219.14 m.

Del Punto número 1074, se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 528.75 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1075, de coordenadas planas N= 1676045.06 m, E= 1075176.55 m, el Punto número 1076, de coordenadas planas N= 1676176.34 m, E= 1075064.85 m, el Punto número 1077, de coordenadas planas N= 1676282.28 m, E= 1075035.09 m, el Punto número 1078, de coordenadas planas N= 1676380.88 m, E= 1074991.01 m, hasta encontrar el Punto número 1079, de coordenadas planas N= 1676467.83 m, E= 1074968.84 m.

Oeste: Del Punto número 1079, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 449.33 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 1080, de coordenadas planas N= 1676668.70 m, E= 1075244.08 m, hasta encontrar el Punto número 1081, de coordenadas planas N= 1676758.73 m, E= 1075303.83 m.

Del Punto número 1081, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 21.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1082, de coordenadas planas N= 1676774.10 m, E= 1075288.12 m.

Del Punto número 1082, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 51.78 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1083, de coordenadas planas N= 1676825.80 m, E= 1075290.88 m.

Del Punto número 1083, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 50.39 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 1035, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

LINDEROS TÉCNICOS - ÁREAS DE PREDIOS CONTENIDOS EN EL POLÍGONO DEL RESGUARDO CONSTITUIDO

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO LA RUTINA

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: PIEDRA LISA
PREDIO: LA RUTINA
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-68584
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100011405000
ÁREA TOTAL: 199 ha + 0129 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 522, de coordenadas planas N= 1678810.40 m, E= 1079031.15 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 522, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 645.39 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 523, de coordenadas planas N= 1679071.23 m, E= 1079425.48 m, hasta encontrar el Punto número 524, de coordenadas planas N= 1679140.35 m, E= 1079583.63 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio de la Comunidad Indígena Wiwa.

Del Punto número 524, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 19.57 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, hasta encontrar el Punto número 525, de coordenadas planas N= 1679148.19 m, E= 1079601.56 m.

Del Punto número 525, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 52.52 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, hasta encontrar el Punto número 526, de coordenadas planas N= 1679129.87 m, E= 1079647.76 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Wiwa y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 526, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 88.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 527, de coordenadas planas N= 1679094.39 m, E= 1079722.31 m.

Del Punto número 527, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 218.24 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 528, de coordenadas planas N= 1678876.94 m, E= 1079703.72 m.

Del Punto número 528, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 627.96 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 529, de coordenadas planas N= 1678689.71 m, E= 1080039.88 m, hasta encontrar el Punto número 530, de coordenadas planas N= 1678506.92 m, E= 1080174.22 m.

Del Punto número 530, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 547.75 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 531, de coordenadas planas N= 1678521.05 m, E= 1080278.31 m, el Punto número 532, de coordenadas planas N= 1678639.24 m, E= 1080354.18 m, y el Punto número 533, de coordenadas planas N= 1678683.21 m, E= 1080501.62 m, hasta encontrar el Punto número 534, de coordenadas planas N= 1678786.70 m, E= 1080580.71 m.

Del Punto número 534, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 151.10 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 535, de coordenadas planas N= 1678690.73 m, E= 1080679.37 m.

Del Punto número 535, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 206.61 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 536, de coordenadas planas N= 1678701.69 m, E= 1080885.60 m.

Del Punto número 536, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 181.02 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 537, de coordenadas planas N= 1678684.51 m, E= 1081065.60 m.

Este: Del Punto número 537, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 128.20 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 538, de coordenadas planas N= 1678596.55 m, E= 1080972.33 m.

Del Punto número 538, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 555.99 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 539, de coordenadas planas N= 1678398.67 m, E= 1081052.07 m, y el Punto número 540, de coordenadas planas N= 1678222.47 m, E= 1081046.21 m, hasta encontrar el Punto número 541, de coordenadas planas N= 1678121.85 m, E= 1081170.40 m.

Del Punto número 541, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 310.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 542, de coordenadas planas N= 1677960.69 m, E= 1081146.90 m, hasta encontrar el Punto número 543, de coordenadas planas N= 1677814.15 m, E= 1081162.90 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el Predio Denominado “Barro Blanco”.

Del Punto número 543, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 367.37 m, colindando con el Predio Denominado “Barro Blanco”, hasta encontrar el Punto número 544, de coordenadas planas N= 1677449.92 m, E= 1081136.35 m, donde concurren las colindancias entre el Predio Denominado “Barro Blanco” y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Sur: Del Punto número 544, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 415.58 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 545, de coordenadas planas N= 1677630.76 m, E= 1081063.09 m, hasta encontrar el Punto número 546, de coordenadas planas N= 1677749.51 m, E= 1080882.20 m.

Del Punto número 546, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 614.88 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 547, de coordenadas planas N= 1677420.97 m, E= 1080362.45 m.

Oeste: Del Punto número 547, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2037.96 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 548, de coordenadas planas N= 1677631.54 m, E= 1080021.17 m, el Punto número 549, de coordenadas planas N= 1677821.69 m, E= 1079926.57 m, el Punto número 550, de coordenadas planas N= 1677955.30 m, E= 1079721.52 m, el Punto número 551, de coordenadas planas N= 1678073.64 m, E= 1079518.36 m, el Punto número 552, de coordenadas planas N= 1678200.07 m, E= 1079361.40 m, el Punto número 553, de coordenadas planas N= 1678344.92 m, E= 1079233.40 m, y el Punto número 554, de coordenadas planas N= 1678513.74 m, E= 1079084.23 m, hasta encontrar el Punto número 522, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO FINCA BELLO HORIZONTE

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: CANALETE
PREDIO: FINCA BELLO HORIZONTE
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-88449
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010335000
ÁREA TOTAL: 152 ha + 9.292 m²

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 555, de coordenadas planas N= 1678093.79 m, E= 1083491.63 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del Punto de partida número 555, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 578,81 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 556, de coordenadas planas N= 1678127.94 m, E= 1083679.22 m, hasta encontrar el Punto número 557, de coordenadas planas N= 1678174.73 m, E= 1084060.30 m.

Este: Del Punto número 557, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2192.42 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 558, de coordenadas planas N= 1677942.31 m, E= 1084357.19 m, el Punto número 559, de coordenadas planas N= 1677725.23 m, E= 1084549.87 m, el Punto número 560, de coordenadas planas N= 1677637.29 m, E= 1084591.39 m, el Punto número 561, de coordenadas planas N= 1677607.46 m, E= 1084681.35 m, el Punto número 562, de coordenadas planas N= 1677310.57 m, E= 1084883.61 m, el Punto número 563, de coordenadas planas N= 1677154.03 m, E= 1084898.62 m, el Punto número 564, de coordenadas planas N= 1677109.22 m, E= 1085151.04 m, y el Punto número 565, de coordenadas planas N= 1676905.29 m, E= 1085420.61 m, hasta encontrar el Punto número 566, de coordenadas planas N= 1676727.19 m, E= 1085540.67 m.

Del Punto número 566, se sigue en dirección general Sur en línea quebrada y en una distancia de 68.57 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 567, de coordenadas planas N= 1676666.47 m, E= 1085545.92 m.

Del Punto número 567, se sigue en dirección general Sureste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 240.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 568, de coordenadas planas N= 1676659.49 m, E= 1085594.56 m, hasta encontrar el Punto número 569, de coordenadas planas N= 1676498.57 m, E= 1085695.09 m.

Sur: Del Punto número 569, se sigue en dirección general Suroeste en línea recta y en una distancia de 136.16 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrara el Punto número 570, de coordenadas planas N= 1676465.04 m, E= 1085563.12 m.

Del Punto número 570, se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 734.78 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 571, de coordenadas planas N= 1676491.58 m, E= 1085448.49 m, el Punto número 572, de coordenadas planas N= 1676544.16 m, E= 1085195.38 m, y el Punto número 573, de coordenadas planas N= 1676568.93 m, E= 1085059.42 m, hasta encontrar el Punto número 574, de coordenadas planas N= 1676664.78 m, E= 1084866.90 m.

Del Punto número 574 se sigue en dirección general Suroeste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 296.48 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 575, de coordenadas planas N= 1676608.09 m, E= 1084668.22 m, hasta encontrar el Punto número 576, de coordenadas planas N= 1676599.32 m, E= 1084579.17 m.

Del Punto número 576 se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia de 169.75 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 577, de coordenadas planas N= 1676644.87 m, E= 1084418.21 m.

Del Punto número 577 se sigue en dirección general Suroeste en línea recta y en una distancia de 91.65 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 578, de coordenadas planas N= 1676636.58 m, E= 1084326.93 m.

Oeste: Del Punto número 578, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 93.62 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 579, de coordenadas planas N= 1676683.98 m, E= 1084302.10 m, hasta encontrar el Punto número 580, de coordenadas planas N= 1676700.79 m, E= 1084270.56 m.

Del Punto número 580, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 72.44 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 581, de coordenadas planas N= 1676758.68 m, E= 1084307.05 m.

Del Punto número 581, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 122.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 582, de coordenadas planas N= 1676870.12 m, E= 1084255.43 m.

Del Punto número 582, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 88.58 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 583, de coordenadas planas N= 1676948.62 m, E= 1084296.48 m.

Del Punto número 583, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 157.58 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 584, de coordenadas planas N= 1677017.42 m, E= 1084287.26 m, hasta encontrar el Punto número 585, de coordenadas planas N= 1677093.37 m, E= 1084246.18 m.

Del Punto número 585, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 52.12 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 586, de coordenadas planas N= 1677141.81 m, E= 1084265.43 m.

Del Punto número 586, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 350.88 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 587, de coordenadas planas N= 1677325.85 m, E= 1084192.40 m, hasta encontrar el Punto número 588, de coordenadas planas N= 1677357.71 m, E= 1084042.88 m.

Del Punto número 588, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 311.37 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 589, de coordenadas planas N= 1677303.13 m, E= 1083955.46 m, hasta encontrar el Punto número 590, de coordenadas planas N= 1677268.88 m, E= 1083757.13 m.

Del Punto número 590, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 876.82 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 591, de coordenadas planas N= 1677553.78 m, E= 1083676.38 m, y el Punto número 592, de coordenadas planas N= 1677817.80 m, E= 1083532.07 m, hasta encontrar el Punto número 555, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO EL ENCANTO

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: LA MINA
PREDIO: EL ENCANTO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-20188
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010374000
ÁREA TOTAL: 158 ha + 7.442 m²

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 618, de coordenadas planas N= 1675533.98 m, E= 1087095.72 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el río Badillo y el predio del señor Orlando Daza.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 618, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 79,35 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 619, de coordenadas planas N= 1675562.08 m, E= 1087125.15 m, hasta encontrar el Punto número 620, de coordenadas planas N= 1675565.68 m, E= 1087162.49 m.

Del Punto número 620, se sigue en dirección general Sureste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 838.15 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 621, de coordenadas planas N= 1675438.47 m, E= 1087312.98 m, el Punto número 622, de coordenadas planas N= 1675328.91 m, E= 1087391.64 m, y el Punto número 623, de coordenadas planas N= 1675173.15 m, E= 1087593.41 m, hasta encontrar el Punto número 624, de coordenadas planas N= 1674947.74 m, E= 1087693.24 m.

Del Punto número 624, se sigue en dirección general Noreste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 776.97 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 625, de coordenadas planas N= 1674964.26 m, E= 1087702.98 m, el Punto número 626, de coordenadas planas N= 1675097.91 m, E= 1087786.96 m, y el Punto número 627, de coordenadas planas N= 1675326.62 m, E= 1088091.03 m, hasta encontrar el Punto número 628, de coordenadas planas N= 1675399.61 m, E= 1088297.71 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Orlando Daza y el predio del señor José Alfonso Martínez.

Este: Del Punto número 628, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 160.61 m, colindando con el predio del señor José Alfonso Martínez, hasta encontrar el Punto número 629, de coordenadas planas N= 1675242.42 m, E= 1088283.44 m.

Del Punto número 629, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 501.67 m, colindando con el predio del señor José Alfonso Martínez, pasando por el Punto número 630, de coordenadas planas N= 1675134.92 m, E= 1088333.92 m, y el Punto número 631, de coordenadas planas N= 1675096.77 m, E= 1088537.12 m, hasta encontrar el Punto número 632, de coordenadas planas N= 1675003.77 m, E= 1088680.64 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor José Alfonso Martínez y el predio del señor Joaquín Peralta.

Del Punto número 632, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 645.72 m, colindando el predio del señor Joaquín Peralta, pasando por el Punto número 633, de coordenadas planas N= 1674591.59 m, E= 1088566.79 m, hasta encontrar el Punto número 634, de coordenadas planas N= 1674373.56 m, E= 1088571.87 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Joaquín Peralta y la vía que conduce de Valledupar a Patillal.

Del Punto número 634, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 21.20 m, colindando con la vía que conduce de Valledupar a Patillal, hasta encontrar el Punto número 635, de coordenadas planas N= 1674354.91 m, E= 1088561.78 m.

Del Punto número 635, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 488.14 m, colindando con la vía que conduce de Valledupar a Patillal, hasta encontrar el Punto número 636, de coordenadas planas N= 1674193.58 m, E= 1089022.47 m, donde concurren las colindancias entre la Vía que conduce de Valledupar a Patillal y el predio del señor Robinson Arias.

Del Punto número 636, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 101.73 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, hasta encontrar el Punto número 637, de coordenadas planas N= 1674105.85 m, E= 1088976.13 m.

Del Punto número 637, se sigue en dirección general Sur, en línea quebrada y en una distancia de 109.65 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, hasta encontrar el Punto número 638, de coordenadas planas N= 1674000.55 m, E= 1088976.20 m.

Del Punto número 638, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 328.80 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, pasando por el Punto número 639, de coordenadas planas N= 1673930.98 m, E= 1088882.01 m, hasta encontrar el Punto número 640, de coordenadas planas N= 1673721.93 m, E= 1088849.97 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Robinson Arias y el río Badillo.

Sur: Del Punto número 640, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 222.47 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, hasta encontrar el Punto número 641, de coordenadas planas N= 1673755.95 m, E= 1088630.12 m.

Del Punto número 641, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 433.37 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, hasta encontrar el Punto número 642, de coordenadas planas N= 1673717.45 m, E= 1088198.46 m.

Del Punto número 642, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 317.10 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, hasta encontrar el Punto número 643, de coordenadas planas N= 1673920.99 m, E= 1087955.30 m.

Del Punto número 643, se sigue en dirección general Oeste, en línea quebrada y en una distancia de 375.95 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, hasta encontrar el Punto número 644, de coordenadas planas N= 1673919.02 m, E= 1087582.76 m.

Oeste: Del Punto número 644, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 209.17 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, hasta encontrar el Punto número 645, de coordenadas planas N= 1674123.56 m, E= 1087559.78 m.

Del Punto número 645, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 328.63 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, pasando por el Punto número 646, de coordenadas planas N= 1674365.51 m, E= 1087643.91 m, hasta encontrar el Punto número 647, de coordenadas planas N= 1674388.41 m, E= 1087712.67 m.

Del Punto número 647, se sigue en dirección general Norte, en línea quebrada y en una distancia de 101.19 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, hasta encontrar el Punto número 648, de coordenadas planas N= 1674487.92 m, E= 1087712.44 m.

Del Punto número 648, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1254.54 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del río Badillo, pasando por el Punto número 649, de coordenadas planas N= 1675003.81 m, E= 1087491.67 m, el Punto número 650, de coordenadas planas N= 1675146.86 m, E= 1087481.15 m. y el Punto número 651, de coordenadas planas N= 1675245.23 m, E= 1087419.45 m, hasta encontrar el Punto número 618, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO FINCA “SELVA MARÍA Y JUAN DE DIOS”

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: VALLEDUPAR
PREDIO: FINCA “SELVA MARÍA Y JUAN DE DIOS”
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-126443
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100010543000
ÁREA TOTAL: 93 ha + 6.690 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 652, de coordenadas planas N= 1672847.09 m, E= 1086613.62 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias del Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 652, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 597.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 653 de coordenadas planas N= 1672828.85 m, E= 1086683.58 m, el Punto número 654, de coordenadas planas N= 1672693.00 m, E= 1086678.77 m, y el Punto número 655, de coordenadas planas N= 1672651.07 m, E= 1086902.22 m, hasta encontrar el Punto número 656, de coordenadas planas N= 1672524.13 m, E= 1087000.92 m.

Del Punto número 656, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 251.10 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 657, de coordenadas planas N= 1672557.79 m, E= 1087054.44 m, el Punto número 658, de coordenadas planas N= 1672578.13 m, E= 1087142.68 m, y el Punto número 659, de coordenadas planas N= 1672625.01 m, E= 1087172.75 m, hasta encontrar el Punto número 660, de coordenadas planas N= 1672644.16 m, E= 1087209.52 m.

Este: Del Punto número 660, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 358.68 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 661, de coordenadas planas N= 1672554.19 m, E= 1087218.72 m, y el Punto número 662, de coordenadas planas N= 1672408.28 m, E= 1087312.60 m, hasta encontrar el Punto número 663, de coordenadas planas N= 1672313.63 m, E= 1087316.66 m.

Del Punto número 663, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 2.16 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 664, de coordenadas planas N= 1672314.71 m, E= 1087314.79 m.

Del Punto número 664, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 279.74 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 665, de coordenadas planas N= 1672255.17 m, E= 1087238.25 m, hasta encontrar el Punto número 666, de coordenadas planas N= 1672072.41 m, E= 1087238.16 m.

Del Punto número 666, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 401.41 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 667, de coordenadas planas N= 1672002.54 m, E= 1087337.85 m, y el Punto número 668, de coordenadas planas N= 1671868.74 m, E= 1087522.58 m, hasta encontrar el Punto número 669, de coordenadas planas N= 1671819.37 m, E= 1087529.46 m.

Del Punto número 669, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1105.60 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 670, de coordenadas planas N= 1671781.11 m, E= 1087402.04 m, el Punto número 671, de coordenadas planas N= 1671801.83 m, E= 1087222.40 m, el Punto número 672, de coordenadas planas N= 1671751.63 m, E= 1087124.64 m, el Punto número 673, de coordenadas planas N= 1671559.01 m, E= 1087085.74 m, y el Punto número 674, de coordenadas planas N= 1671451.28 m, E= 1087024.42 m, hasta encontrar el Punto número 675, de coordenadas planas N= 1671165.91 m, E= 1086821.22 m.

Sur: Del Punto número 675, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 248.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 676, de coordenadas planas N= 1671252.55 m, E= 1086700.45 m, hasta encontrar el Punto número 677, de coordenadas planas N= 1671270.74 m, E= 1086602.04 m.

Oeste: Del Punto número 677, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 529.08 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 678, de coordenadas planas N= 1671434.92 m, E= 1086594.41 m, hasta encontrar el Punto número 679, de coordenadas planas N= 1671766.48 m, E= 1086445.40 m.

Del Punto número 679, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 635.38 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 680, de coordenadas planas N= 1672068.73 m, E= 1086528.83 m, hasta encontrar el Punto número 681, de coordenadas planas N= 1672383.19 m, E= 1086575.37 m.

Del Punto número 681, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 43.82 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 682, de coordenadas planas N= 1672409.65 m, E= 1086540.43 m.

Del Punto número 682, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 101.81 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 683, de coordenadas planas N= 1672443.52 m, E= 1086540.75 m, hasta encontrar el Punto número 684, de coordenadas planas N= 1672500.66 m, E= 1086577.48 m.

Del Punto número 684, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta en una distancia de 132.04 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 685, de coordenadas planas N= 1672627.98 m, E= 1086542.49 m.

Del Punto número 685, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 233.56 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 686, de coordenadas planas N= 1672678.46 m, E= 1086549.96 m, y el Punto número 687, de coordenadas planas N= 1672764.71 m, E= 1086596.25 m, hasta encontrar el Punto número 652, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO PALO ALTO

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: MORILLO
PREDIO: PALO ALTO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-884
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100030263000
ÁREA TOTAL: 83 ha + 5.310 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 828, de coordenadas planas N= 1664263.83 m, E= 1083000.43 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 828, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 398.92 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 829, de coordenadas planas N= 1664357.25 m, E= 1083155.92 m, y el Punto número 830, de coordenadas planas N= 1664482.11 m, E= 1083249.24 m, hasta encontrar el Punto número 831, de coordenadas planas N= 1664514.63 m, E= 1083296.74 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 831, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 254.96 m, colindando con el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 832, de coordenadas planas N= 1664551.22 m, E= 1083365.64 m, el Punto número 833, de coordenadas planas N= 1664556.93 m, E= 1083415.85 m, y el Punto número 834, de coordenadas planas N= 1664578.69 m, E= 1083498.40 m, hasta encontrar el Punto número 835, de coordenadas planas N= 1664609.82 m, E= 1083517.45 m.

Del Punto número 835, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 26.67 m, colindando con el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 836, de coordenadas planas N= 1664608.36 m, E= 1083543.56 m.

Del Punto número 836, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 449.60 m, colindando con el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 837, de coordenadas planas N= 1664651.24 m, E= 1083627.70 m, el Punto número 838, de coordenadas planas N= 1664681.37 m, E= 1083693.35 m, el Punto número 839, de coordenadas planas N= 1664696.83 m, E= 1083763.36 m, el Punto número 840, de coordenadas planas N= 1664748.99 m, E= 1083821.43 m, y el Punto número 841, de coordenadas planas N= 1664792.78 m, E= 1083880.00 m, hasta encontrar el Punto número 842, de coordenadas planas N= 1664794.27 m, E= 1083935.89 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “San Martín” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Este: Del Punto número 842, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 322.53 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 843, de coordenadas planas N= 1664706.04 m, E= 1083930.69 m, hasta encontrar el Punto número 844, de coordenadas planas N= 1664493.06 m, E= 1083833.42 m.

Del Punto número 844, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 214.22 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 845, de coordenadas planas N= 1664284.97 m, E= 1083875.59 m.

Del Punto número 845, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 451.72 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 846, de coordenadas planas N= 1664111.13 m, E= 1083826.97 m, hasta encontrar el Punto número 847, de coordenadas planas N= 1663839.93 m, E= 1083825.88 m.

Del Punto número 847, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 395.16 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 848, de coordenadas planas N= 1663448.57 m, E= 1083879.76 m.

Del Punto número 848, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 563.43 m, colindando con el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 849, de coordenadas planas N= 1662888.38 m, E= 1083823.97 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Todos Pasan” del Resguardo Indígena Kankuamo y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Sur: Del Punto número 849, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 482.84 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 850, de coordenadas planas N= 1662978.57 m, E= 1083625.73 m, el Punto número 851, de coordenadas planas N= 1663006.82 m, E= 1083531.65 m, y por el Punto número 852, de coordenadas planas N= 1663107.84 m, E= 1083474.56 m, hasta encontrar el Punto número 853, de coordenadas planas N= 1663148.38 m, E= 1083444.35 m.

Oeste: Del Punto número 853, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 418.08 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 854, de coordenadas planas N= 1663341.87 m, E= 1083449.83 m, hasta encontrar el Punto número 855, de coordenadas planas N= 1663564.53 m, E= 1083463.80 m.

Del Punto número 855, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 398.34 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 856, de coordenadas planas N= 1663796.08 m, E= 1083457.45 m, hasta encontrar el Punto número 857, de coordenadas planas N= 1663962.42 m, E= 1083456.96 m.

Del Punto número 857, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 46.05 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 858, de coordenadas planas N= 1663957.87 m, E= 1083411.13 m.

Del Punto número 858, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 524.98 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 859, de coordenadas planas N= 1664098.65 m, E= 1083248.31 m, y por el Punto número 860, de coordenadas planas N= 1664148.07 m, E= 1083111.57 m, hasta encontrar el Punto número 828, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS PREDIO MONTE RICO

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: PATILLAL
PREDIO: MONTE RICO
MATRÍCULA INMOBILIARIA: 190-21504
NÚMERO CATASTRAL: 20001000100030298000
ÁREA TOTAL: 360 ha + 1.545 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 885, de coordenadas planas N= 1665980.95 m, E= 1080224.34 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias con el Resguardo Indígena Kankuamo.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 885, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 457.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 886 de coordenadas planas N= 1665942.24 m, E= 1080386.16 m, y el Punto número 887, de coordenadas planas N= 1665922.82 m, E= 1080558.06 m, hasta encontrar el Punto número 888, de coordenadas planas N= 1665890.64 m, E= 1080671.48 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Vida Nueva” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Este: Del Punto número 888, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 228.47 m, colindando con el predio denominado “Vida Nueva” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 889, de coordenadas planas N= 1665663.96 m, E= 1080642.99 m.

Del Punto número 889, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 945.14 m, colindando con el predio denominado “Vida Nueva” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 890, de coordenadas planas N= 1665511.97 m, E= 1080687.97 m, por el Punto número 891, de coordenadas planas N= 1665342.93 m, E= 1080713.61 m, el Punto número 892, de coordenadas planas N= 1665129.42 m, E= 1080753.73 m, el Punto número 893, de coordenadas planas N= 1665030.15 m, E= 1080767.30 m, y el Punto número 894, de coordenadas planas N= 1664944.15 m, E= 1080888.02 m, hasta encontrar el Punto número 895, de coordenadas planas N= 1664831.35 m, E= 1080974.39 m.

Del Punto número 895, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 85.63 m, colindando con el predio denominado “Vida Nueva” del Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 896, de coordenadas planas N= 1664873.99 m, E= 1081042.77 m.

Del Punto número 896, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 205.57 m, colindando con el predio denominado “Vida Nueva” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 897 de coordenadas planas N= 1664846.26 m, E= 1081144.03 m, hasta encontrar el Punto número 898, de coordenadas planas N= 1664831.84 m, E= 1081241.25 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Vida Nueva” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 898, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 199.48 m, colindando con el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 899, de coordenadas planas N= 1664737.14 m, E= 1081325.95 m, hasta encontrar el Punto número 900, de coordenadas planas N= 1664723.61 m, E= 1081395.46 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Convención” del Resguardo Indígena Kankuamo y el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 900, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 557.44 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 901, de coordenadas planas N= 1664613.33 m, E= 1081460.84 m, el Punto número 902, de coordenadas planas N= 1664555.82 m, E= 1081466.31 m, y el Punto número 903, de coordenadas planas N= 1664402.06 m, E= 1081556.76 m, hasta encontrar el Punto número 904, de coordenadas planas N= 1664220.70 m, E= 1081621.94 m.

Del Punto número 904, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 523.73 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 905, de coordenadas planas N= 1664133.34 m, E= 1081262.95 m, hasta encontrar el Punto número 906, de coordenadas planas N= 1664055.85 m, E= 1081130.26 m.

Del Punto número 906, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 32.71 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 907, de coordenadas planas N= 1664028.28 m, E= 1081147.86 m.

Del Punto número 907, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 116.29 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 908, de coordenadas planas N= 1663941.62 m, E= 1081070.31 m.

Del Punto número 908, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 347.09 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 909, de coordenadas planas N= 1663609.22 m, E= 1081170.24 m.

Del Punto número 909, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 369.31 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 910, de coordenadas planas N= 1663245.12 m, E= 1081108.43 m.

Del Punto número 910, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 211.12 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 911, de coordenadas planas N= 1663038.80 m, E= 1081153.15 m.

Del Punto número 911, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 286.95 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 912, de coordenadas planas N= 1662752.66 m, E= 1081131.61 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Sur: Del Punto número 912, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 107.35 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 913, de coordenadas planas N= 1662741.62 m, E= 1081026.60 m.

Del Punto número 913, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 205.72 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 914, de coordenadas planas N= 1662783.28 m, E= 1080929.27 m, hasta encontrar el Punto número 915, de coordenadas planas N= 1662787.84 m, E= 1080829.53 m.

Del Punto número 915, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 462.29 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 916, de coordenadas planas N= 1662683.73 m, E= 1080814.78 m, el Punto número 917, de coordenadas planas N= 1662558.01 m, E= 1080736.88 m, y el Punto número 918, de coordenadas planas N= 1662442.33 m, E= 1080709.72 m, hasta encontrar el Punto número 919, de coordenadas planas N= 1662377.77 m, E= 1080651.85 m.

Del Punto número 919, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 52.26 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 920, de coordenadas planas N= 1662387.65 m, E= 1080602.29 m.

Del Punto número 920, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 336.20 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 921, de coordenadas planas N= 1662371.75 m, E= 1080552.82 m, el Punto número 922, de coordenadas planas N= 1662303.21 m, E= 1080484.02 m, y el Punto número 923, de coordenadas planas N= 1662242.93 m, E= 1080385.33 m, hasta encontrar el Punto número 924, de coordenadas planas N= 1662240.10 m, E= 1080317.60 m.

Del Punto número 924, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 167.87 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 925, de coordenadas planas N= 1662276.04 m, E= 1080255.12 m, hasta encontrar el Punto número 926, de coordenadas planas N= 1662283.08 m, E= 1080159.58 m.

Del Punto número 926, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 90.97 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 927, de coordenadas planas N= 1662268.66 m, E= 1080069.80 m.

Del Punto número 927, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 118.21 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 928, de coordenadas planas N= 1662321.12 m, E= 1079965.54 m.

Oeste: Del Punto número 928, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 612.45 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 929, de coordenadas planas N= 1662705.11 m, E= 1080152.70 m, y el Punto número 930, de coordenadas planas N= 1662841.29 m, E= 1080162.57 m, hasta encontrar el Punto número 931, de coordenadas planas N= 1662883.62 m, E= 1080186.56 m.

Del Punto número 931, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 47.02 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 932, de coordenadas planas N= 1662925.95 m, E= 1080166.10 m.

Del Punto número 932, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 48.66 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 933, de coordenadas planas N= 1662972.52 m, E= 1080180.21 m.

Del Punto número 933, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 85.67 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 934, de coordenadas planas N= 1663056.48 m, E= 1080163.28 m.

Del Punto número 934, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 272.03 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 935, de coordenadas planas N= 1663069.43 m, E= 1080197.50 m, y el Punto número 936, de coordenadas planas N= 1663254.74 m, E= 1080214.08 m, hasta encontrar el Punto número 937, de coordenadas planas N= 1663291.43 m, E= 1080246.53 m.

Del Punto número 937, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 91.58 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 938, de coordenadas planas N= 1663373.98 m, E= 1080207.73 m.

Del Punto número 938, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 109.59 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 939, de coordenadas planas N= 1663477.70 m, E= 1080240.18 m.

Del Punto número 939, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 279.79 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 940, de coordenadas planas N= 1663554.60 m, E= 1080229.60 m, el Punto número 941, de coordenadas planas N= 1663570.13 m, E= 1080188.68 m, y el Punto número 942, de coordenadas planas N= 1663653.38 m, E= 1080173.16 m, hasta encontrar el Punto número 943, de coordenadas planas N= 1663714.85 m, E= 1080134.48 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el Resguardo Indígena Kankuamo.

Del Punto número 943, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 121.28 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 944, de coordenadas planas N= 1663754.59 m, E= 1080249.06 m.

Del Punto número 944, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 165.83 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 945, de coordenadas planas N= 1663748.40 m, E= 1080414.78 m.

Del Punto número 945, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 345.00 m colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 946, de coordenadas planas N= 1663833.94 m, E= 1080398.33 m, hasta encontrar el Punto número 947, de coordenadas planas N= 1664053.74 m, E= 1080263.44 m.

Del Punto número 947, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 128.91 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 948, de coordenadas planas N= 1664148.11 m, E= 1080351.25 m.

Del Punto número 948, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 202.42 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 949, de coordenadas planas N= 1664329.63 m, E= 1080261.69 m.

Del Punto número 949, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 35.50 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 950, de coordenadas planas N= 1664365.07 m, E= 1080263.81 m.

Del Punto número 950, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 946.22 m colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 951, de coordenadas planas N= 1664479.23 m, E= 1079510.81 m, y el Punto número 952, de coordenadas planas N= 1664521.30 m, E= 1079497.82 m, hasta encontrar el Punto número 953, de coordenadas planas N= 1664604.09 m, E= 1079384.70 m.

Del Punto número 953, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 173.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 954, de coordenadas planas N= 1664765.69 m, E= 1079448.36 m.

Del Punto número 954, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 192.89 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 955, de coordenadas planas N= 1664944.34 m, E= 1079375.62 m.

Del Punto número 955, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 354.88 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 956, de coordenadas planas N= 1665188.04 m, E= 1079629.96 m.

Del Punto número 956, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 93.91 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 957, de coordenadas planas N= 1665147.26 m, E= 1079714.56 m.

Del Punto número 957, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 128.12 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 958, de coordenadas planas N= 1665152.35 m, E= 1079842.57 m.

Del Punto número 958, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 69.90 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 959, de coordenadas planas N= 1665121.67 m, E= 1079905.38 m.

Del Punto número 959, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 177.08 m colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 960, de coordenadas planas N= 1665127.77 m, E= 1080056.97 m, hasta encontrar el Punto número 961, de coordenadas planas N= 1665146.61 m, E= 1080073.96 m.

Del Punto número 961, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 42.80 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 962, de coordenadas planas N= 1665181.82 m, E= 1080049.63 m.

Del Punto número 962, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 248.54 m colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 963, de coordenadas planas N= 1665214.45 m, E= 1080093.85 m, hasta encontrar el Punto número 964, de coordenadas planas N= 1665404.93 m, E= 1080128.34 m.

Del Punto número 964, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 150.86 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 965, de coordenadas planas N= 1665553.21 m, E= 1080100.58 m.

Del Punto número 965, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 445.29 m, colindando con el Resguardo Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 885, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS ENGLOBE DEL RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO (RESOLUCIÓN NÚMERO 012 DE 10 /04/2003) Y LOS PREDIOS: TIERRAS NUEVAS FMI: (190-41337), LA PROVIDENCIA FMI: (190- 52700), LA ESPERANZA FMI: 190-33029), LA ESPERANZA FMI: (190-52577), LA CEIBITA FMI: (190-15858), SE VERÁ FMI: (190-43334), EL ORIENTE FMI: (190-39837), VERA CRUZ FMI: (190-50259). QUE CONFORMAN EL GLOBO 2, AMPLIACIÓN DEL RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO.

DEPARTAMENTO: CESAR
MUNICIPIO: VALLEDUPAR
VEREDA: N/R
PREDIO: GLOBO 2, AMPLIACIÓN DEL RESGUARDO INDÍGENA KANKUAMO.
ÁREA TOTAL: 24.976 ha + 5.383 m2

Punto de partida. Se tomó como punto de partida el Punto número 1, de coordenadas planas N= 1677870.53 m, E= 1071354.48 m, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Colinda así:

Norte: Del punto de Partida número 1, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 913.85 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 2, de coordenadas planas N= 1677988.81 m, E= 1072241.00 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio Presunta propiedad privada.

Del Punto número 2, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 944.76 m, colindando con predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 3, de coordenadas planas N= 1677327.25 m, E= 1072773.76 m.

Del Punto número 3, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1417.75 m, colindando con predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 466, de coordenadas planas N= 1678492.53 m, E= 1073305.08 m. donde concurren las colindancias entre predio presunta propiedad privada y el predio del señor Javier Montero.

Del Punto número 466, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 285.54 m, colindando con el predio de Javier Montero, hasta encontrar el Punto número 467, de coordenadas planas N= 1678569.40 m, E= 1073030.09 m. donde concurren las colindancias entre el predio de Javier Montero y el predio de Rafael Enrique Montero.

Del Punto número 467, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 251.85 m, colindando con el predio del señor Rafael Enrique Montero, pasando por el Punto número 468, de coordenadas planas N= 1678646.34 m, E= 1072900.59 m, hasta encontrar el Punto número 469, de coordenadas planas N= 1678707.09 m, E= 1072819.62 m. donde concurren las colindancias entre el predio del señor Rafael Enrique Montero y el predio del señor Francisco Montero.

Del Punto número 469, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 91.60 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, hasta encontrar el Punto número 470, de coordenadas planas N= 1678795.59 m, E= 1072843.25 m donde concurren las colindancias entre el predio del señor Francisco Montero y el predio del señor Roberto Bolaño.

Del Punto número 470, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 139.92 m, colindando con el predio del señor Roberto Bolaño, hasta encontrar el Punto número 458, de coordenadas planas N= 1678897.82 m, E= 1072933.03 m.

Del Punto número 458, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 139.09 m, colindando con el predio del señor Roberto Bolaño, hasta encontrar el Punto número 459, de coordenadas planas N= 1678883.35 m, E= 1073071.37 m.

Del Punto número 459, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 78.87 m, colindando con el predio del señor Roberto Bolaño, hasta encontrar el Punto número 460, de coordenadas planas N= 1678905.53 m, E= 1073147.06 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Roberto Bolaño y el predio del señor Carlos Clemente.

Del Punto número 460, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 182.18 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, hasta encontrar el Punto número 461, de coordenadas planas N= 1678765.42 m, E= 1073263.50 m.

Del Punto número 461, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 101.42 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, hasta encontrar el Punto número 462, de coordenadas planas N= 1678830.61 m, E= 1073341.20 m.

Del Punto número 462, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 85.13 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente pasando por el Punto número 463, de coordenadas planas N= 1678818.28 m, E= 1073392.71 m, hasta encontrar el Punto número 464, de coordenadas planas N= 1678787.17 m, E= 1073400.90 m.

Del Punto número 464, se sigue en dirección general Este, en línea recta y en una distancia de 48.98 m, colindando con el predio del señor Carlos Clemente, hasta encontrar el Punto número 465, de coordenadas planas N= 1678787.81 m, E= 1073449.88 m. donde concurren las colindancias entre el predio de Carlos Clemente y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 465, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 653.20 m, colindando con predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 4, de coordenadas planas N= 1679298.72 m, E= 1073801.86 m, donde concurren las colindancias entre el predio presunta propiedad privada y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 4, se sigue en dirección general Este, en línea quebrada y en una distancia de 809.21 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 5, de coordenadas planas N= 1679303.57 m, E= 1074560.93 m.

Del Punto número 5, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1230.08 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 6, de coordenadas planas N= 1680461.11 m, E= 1074819.44 m.

Del Punto número 6, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1319.36 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 7, de coordenadas planas N= 1681390.95 m, E= 1074026.69 m.

Del Punto número 7, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1225.43 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 8, de coordenadas planas N= 1682452.86 m, E= 1074411.60 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 8, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 526.30 m, colindando con el Predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 9, de coordenadas planas N= 1682822.25 m, E= 1074785.57 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 9, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1515.53 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 10, de coordenadas planas N= 1682527.74 m, E= 1076102.54 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio presunta propiedad privada.

Del Punto número 10, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1297.16 m, colindando con el predio presunta propiedad privada, hasta encontrar el Punto número 11, de coordenadas planas N= 1681685.10 m, E= 1076882.72 m, donde concurren las colindancias entre el predio presunta propiedad privada y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 11, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 148.87 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 12, de coordenadas planas N= 1681791.36 m, E= 1076986.98 m.

Del Punto número 12, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 563.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 13, de coordenadas planas N= 1681322.21 m, E= 1077195.48 m.

Del Punto número 13, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 564.09 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 14, de coordenadas planas N= 1681729.21 m, E= 1077311.76 m, hasta encontrar el Punto número 15, de coordenadas planas N= 1681735.22 m, E= 1077452.11 m.

Del Punto número 15, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2039.41 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 16, de coordenadas planas N= 1681059.57 m, E= 1077580.42 m, hasta encontrar el Punto número 17, de coordenadas planas N= 1680022.71 m, E= 1078429.26 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el predio del señor Ernesto Carrillo.

Del Punto número 17, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 480.39 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 18, de coordenadas planas N= 1679604.90 m, E= 1078193.52 m.

Del Punto número 18, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 698.99 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 19, de coordenadas planas N= 1679021.50 m, E= 1078320.44 m.

Del Punto número 19, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 464.35 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 20, de coordenadas planas N= 1679155.64 m, E= 1078756.01 m.

Del Punto número 20, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 467.25 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 21, de coordenadas planas N= 1678731.05 m, E= 1078950.67 m.

Del Punto número 21, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1107.80 m, colindando con el predio del señor Ernesto Carrillo, hasta encontrar el Punto número 22, de coordenadas planas N= 1679759.91 m, E= 1079358.57 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Ernesto Carrillo y el predio de la Comunidad Indígena Wiwa.

Del Punto número 22, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2626.94 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, pasando por el Punto número 23, de coordenadas planas N= 1679293.50 m, E= 1080172.86 m, hasta encontrar el Punto número 24, de coordenadas planas N= 1678774.57 m, E= 1081020.77 m.

Del Punto número 24, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1628.26 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, hasta encontrar el Punto número 25, de coordenadas planas N= 1680151.91 m, E= 1081679.13 m.

Del Punto número 25, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1951.12 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, pasando por el Punto número 26, de coordenadas planas N= 1681232.28 m, E= 1081619.58 m, hasta encontrar el Punto número 27, de coordenadas planas N= 1681306.43 m, E= 1081102.80 m.

Del Punto número 27, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1480.63 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Wiwa, hasta encontrar el Punto número 28, de coordenadas planas N= 1680564.47 m, E= 1079982.90 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Wiwa y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 28, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 708.36 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 29, de coordenadas planas N= 1681158.16 m, E= 1080251.26 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Del Punto número 29, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 586.76 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco., hasta encontrar el Punto número 30, de coordenadas planas N= 1681452.55 m, E= 1080729.76 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Kogui Malayo Arhuaco y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 30, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1361.71 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 31, de coordenadas planas N= 1682562.41 m, E= 1080046.76 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el predio de la señora Petronila Araujo.

Del Punto número 31, se sigue en dirección general Oeste, en línea recta y en una distancia de 73.59 m, colindando con el predio de la señora Petronila Araujo, hasta encontrar el Punto número 515, de coordenadas planas N= 1682563.88 m, E= 1079973.19 m.

Del Punto número 515, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 265.98 m, colindando con el predio de la señora Petronila Araujo, hasta encontrar el Punto número 516, de coordenadas planas N= 1682350.21 m, E= 1079816.74 m. donde concurren las colindancias entre el predio de la señora Petronila Araujo y el predio de la señora Teresa Oñate.

Del Punto número 516, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 337.63 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, hasta encontrar el Punto número 517, de coordenadas planas N= 1682686.74 m, E= 1079801.33 m.

Del Punto número 517, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 34.98 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, hasta encontrar el Punto número 518, de coordenadas planas N= 1682708.96 m, E= 1079828.35 m.

Del Punto número 518, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 422.40 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, pasando por el Punto número 519, de coordenadas planas N= 1682969.43 m, E= 1079808.79 m, hasta encontrar el Punto número 520, de coordenadas planas N= 1683115.01 m, E= 1079741.99 m.

Del Punto número 520, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1050.40 m, colindando con el predio de la señora Teresa Oñate, pasando por el Punto número 521, de coordenadas planas N= 1683550.19 m, E= 1079870.57 m, hasta encontrar el Punto número 494, de coordenadas planas N= 1684054.55 m, E= 1080174.54 m, donde concurren las colindancias entre el predio de Teresa Oñate y el predio del señor Elías Oñate.

Del Punto número 494, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 138.24 m, colindando con el predio del señor Elías Oñate, pasando por el Punto número 495, de coordenadas planas N= 1684020.29 m, E= 1080179.45 m, hasta encontrar el Punto número 496, de coordenadas planas N= 1684013.38 m, E= 1080282.85 m.

Del Punto número 496, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 953.14 m, colindando con el predio del señor Elías Oñate, hasta encontrar el Punto número 40, de coordenadas planas N= 1684568.16 m, E= 1081057.90 m. donde concurren las colindancias entre el predio del señor Elías Oñate y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 40, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 408.20 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 41, de coordenadas planas N= 1684963.38 m, E= 1081008.62 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco.

Este: Del Punto número 41, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 3808.80 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 42, de coordenadas planas N= 1682128.96 m, E= 1083167.25 m.

Del Punto número 42, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 654.95 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, hasta encontrar el Punto número 43, de coordenadas planas N= 1682574.91 m, E= 1083548.67 m.

Del Punto número 43, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 7015.79 m, colindando con el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco, pasando por el Punto número 44, de coordenadas planas N= 1682020.81 m, E= 1085786.17 m y el Punto número 45, de coordenadas planas N= 1679915.87 m, E= 1086813.68 m, hasta encontrar el Punto número 46, de coordenadas planas N= 1678574.39 m, E= 1087653.99 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Kogui Malayo Arhuaco y el Departamento de la Guajira.

Del Punto número 46, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 530.23 m, colindando con el Departamento de La Guajira, hasta encontrar el Punto número 47, de coordenadas planas N= 1678086.32 m, E= 1087477.63 m.

Del Punto número 47, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 361.10 m, colindando con el Departamento de La Guajira, hasta encontrar el Punto número 48, de coordenadas planas N= 1678119.54 m, E= 1087811.86 m, donde concurren las colindancias entre el Departamento de la Guajira y el predio denominado “La Porfía”.

Del Punto número 48, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 1144.16 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 49, de coordenadas planas N= 1676992.93 m, E= 1087989.99 m.

Del Punto número 49, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 321.49 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 597, de coordenadas planas N= 1677042.95 m, E= 1088307.22 m.

Del Punto número 597, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 621.31 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, pasando por el Punto número 598, de coordenadas planas N= 1676913.74 m, E= 1088367.35 m, hasta encontrar el Punto número 602, de coordenadas planas N= 1676439.59 m, E= 1088382.48 m.

Del Punto número 602, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 97.01 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 603, de coordenadas planas N= 1676348.82 m, E= 1088349.71 m.

Del Punto número 603, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 58.34 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 604, de coordenadas planas N= 1676293.69 m, E= 1088367.17 m.

Del Punto número 604, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 234.83 m, colindando con el predio denominado “La Porfía”, hasta encontrar el Punto número 606, de coordenadas planas N= 1676091.52 m, E= 1088257.67 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Porfía” y el predio del señor Orlando Daza.

Del Punto número 606, se sigue en dirección general Suroeste en línea quebrada y en una distancia de 429.90 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, hasta encontrar el Punto número 610, de coordenadas planas N= 1675920.07 m, E= 1087874.53 m.

Del Punto número 610, se sigue en dirección general Noroeste en línea quebrada y en una distancia de 86.80 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, hasta encontrar el Punto número 51, de coordenadas planas N= 1675974.34 m, E= 1087809.15 m.

Del Punto número 51, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 838.41 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, hasta encontrar el Punto número 52, de coordenadas planas N= 1675589.87 m, E= 1087076.05 m.

Del Punto número 52, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 934.30 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 620, de coordenadas planas N= 1675565.68 m, E= 1087162.49 m, y el Punto número 623, de coordenadas planas N= 1675173.15 m, E= 1087593.41 m, hasta encontrar el Punto número 53, de coordenadas planas N= 1674947.74 m, E= 1087693.24 m.

Del Punto número 53, se sigue en dirección general Noreste en línea quebrada y en una distancia acumulada de 776.97 m, colindando con el predio del señor Orlando Daza, pasando por el Punto número 626, de coordenadas planas N= 1675097.91 m, E= 1087786.96 m, y el Punto número 627, de coordenadas planas N= 1675326.62 m, E= 1088091.03 m, hasta encontrar el Punto número 54, de coordenadas planas N= 1675399.61 m, E= 1088297.71 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Orlando Daza y el predio del señor José Alfonso Martínez.

Del Punto número 54, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 662.29 m, colindando con el predio del señor José Alfonso Martínez, pasando por el Punto número 630, de coordenadas planas N= 1675134.92 m, E= 1088333.92 m, hasta encontrar el Punto número 55, de coordenadas planas N= 1675003.77 m, E= 1088680.64 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor José Alfonso Martínez y el predio del señor Joaquín Peralta.

Del Punto número 55, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 645.72 m, colindando el predio del señor Joaquín Peralta, pasando por el Punto número 633, de coordenadas planas N= 1674591.59 m, E= 1088566.79 m, hasta encontrar el Punto número 634, de coordenadas planas N= 1674373.56 m, E= 1088571.87 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Joaquín Peralta y la Vía que conduce de Valledupar a Patillal.

Del Punto número 634, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 21.20 m, colindando con la Vía que conduce de Valledupar a Patillal, hasta encontrar el Punto número 56A, de coordenadas planas N= 1674354.91 m, E= 1088561.78 m.

Del Punto número 56A, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia 488.14 m, colindando con la Vía que conduce de Valledupar a Patillal, hasta encontrar el Punto número 57, de coordenadas planas N= 1674193.58 m, E= 1089022.47 m, donde concurren las colindancias entre la Vía que conduce de Valledupar a Patillal y el predio del señor Robinson Arias.

Del Punto número 57, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 101.73 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, hasta encontrar el Punto número 637, de coordenadas planas N= 1674105.85 m, E= 1088976.13 m.

Del Punto número 637, se sigue en dirección general Sur, en línea quebrada y en una distancia de 109.65 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, hasta encontrar el Punto número 638, de coordenadas planas N= 1674000.55 m, E= 1088976.20 m.

Del Punto número 638, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 328.80 m, colindando con el predio del señor Robinson Arias, pasando por el Punto número 639, de coordenadas planas N= 1673930.98 m, E= 1088882.01 m, hasta encontrar el Punto número 59, de coordenadas planas N= 1673721.93 m, E= 1088849.97 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Robinson Arias y el río Badillo.

Del Punto número 59, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 721.48 m, colindando con el margen derecho aguas abajo de río Badillo, hasta encontrar el Punto número 60, de coordenadas planas N= 1673362.73 m, E= 1089415.13 m, donde concurren las colindancias entre el río Badillo y el predio del señor Luis Martin Daza.

Del Punto número 60, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1200.24 m, colindando con el predio del señor Luis Martin Daza, hasta encontrar el Punto número 61, de coordenadas planas N= 1672759.46 m, E= 1088436.98 m.

Del Punto número 61, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 495.74 m, colindando con el predio del señor Luis Martin Daza, hasta encontrar el Punto número 62, de coordenadas planas N= 1672296.33 m, E= 1088456.94 m.

Del Punto número 62, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 481.77 m, colindando con el predio del señor Luis Martin Daza, hasta encontrar el Punto número 63, de coordenadas planas N= 1672517.29 m, E= 1088870.34 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Luis Martin Daza y el predio del señor Francisco Montero.

Del Punto número 63, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1756.43 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, hasta encontrar el Punto número 64, de coordenadas planas N= 1670877.35 m, E= 1088423.40 m.

Del Punto número 64, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 389.28 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, hasta encontrar el Punto número 65, de coordenadas planas N= 1670698.70 m, E= 1088767.71 m.

Del Punto número 65, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2731.34 m, colindando con el predio del señor Francisco Montero, pasando por el Punto número 66, de coordenadas planas N= 1671800.21 m, E= 1089195.49 m, hasta encontrar el Punto número 67, de coordenadas planas N= 1672413.50 m, E= 1090593.37 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Francisco Montero y el Arroyo El Limonar.

Del Punto número 67, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3864.94 m, colindando con el margen derecho aguas abajo del Arroyo El Limonar, pasando por el Punto número 68, de coordenadas planas N= 1671239.39 m, E= 1092244.57 m, hasta encontrar el Punto número 69, de coordenadas planas N= 1669917.10 m, E= 1092919.94 m, donde concurren las colindancias entre el Arroyo El Limonar y el predio denominado” Nuevo Horizonte”.

Del Punto número 69, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3963.34 m, colindando con el predio denominado” Nuevo Horizonte”, pasando por el Punto número 70, de coordenadas planas N= 1669782.89 m, E= 1090629.76 m, hasta encontrar el Punto número 71, de coordenadas planas N= 1669006.33 m, E= 1089471.94 m.

Del Punto número 71, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1084.02 m, colindando con el predio denominado” Nuevo Horizonte”, hasta encontrar el Punto número 72, de coordenadas planas N= 1668590.17 m, E= 1090424.74 m.

Del Punto número 72, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 634.11 m, colindando con el predio denominado “Nuevo Horizonte”, pasando por el Punto número 746, de coordenadas planas N= 1668649.72 m, E= 1090432.94 m, hasta encontrar el Punto número 717, de coordenadas planas N= 1669102.16 m, E= 1090786.16 m, ubicado en el sitio donde concurre la colindancia entre el predio denominado “Nuevo Horizonte” y el predio del señor Efraín Aponte.

Del Punto número 717, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2794.64 m, colindando con el predio del señor Efraín Aponte, pasando por el Punto número 720, de coordenadas planas N= 1668757.87 m, E= 1092003.01 m y el Punto número 723, de coordenadas planas N= 1668535.42 m, E= 1092958.31 m, hasta encontrar el Punto número 727, de coordenadas planas N= 1668468.99 m, E= 1093454.66 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Efraín Aponte y la Vía Patillal a río Seco.

Del Punto número 727, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 284.85 m, colindando con la vía que conduce de Patillal a río Seco, pasando por el Punto número 728, de coordenadas planas N= 1668397.66 m, E= 1093447.54 m, hasta encontrar el Punto número 729, de coordenadas planas N= 1668195.72 m, E= 1093407.28 m, donde concurren las colindancias entre la Vía Patillal a río Seco y el predio del señor Catalino Daza.

Del Punto número 729, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 658.83 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, pasando por el Punto número 731, de coordenadas planas N= 1668176.86 m, E= 1092989.78 m, hasta encontrar el Punto número 733, de coordenadas planas N= 1668081.56 m, E= 1092779.31 m.

Del Punto número 733, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 82.49 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, hasta encontrar el Punto número 734, de coordenadas planas N= 1668004.62 m, E= 1092809.05 m.

Del Punto número 734, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 426.04 m, colindando con el predio del señor Catalino Daza, hasta encontrar el Punto número 82, de coordenadas planas N= 1667838.22 m, E= 1092416.93 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Catalino Daza y la Cuchilla de Cancabarrúa.

Del Punto número 82, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2280.85 m, colindando con la Cuchilla de Cancabarrúa, pasando por el Punto número 83, de coordenadas planas N= 1666547.75 m, E= 1092860.03 m, hasta encontrar el Punto número 84, de coordenadas planas N= 1666341.82 m, E= 1093710.19 m, donde concurren las colindancias entre la Cuchilla de Cancabarrúa y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 84, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1868.98 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 85, de coordenadas planas N= 1664495.77 m, E= 1093598.61 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y la Vía Morillo.

Sur: Del Punto número 85, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 3931.40 m, colindando con la Vía Morillo, hasta encontrar el Punto número 86, de coordenadas planas N= 1665165.43 m, E= 1090008.06 m, donde concurren las colindancias entre la Vía Morillo y el Arroyo Sin Nombre.

Del Punto número 86, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2051.67 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del Arroyo Sin Nombre, pasando por el Punto número 87, de coordenadas planas N= 1665214.83 m, E= 1088706.59 m, hasta encontrar el Punto número 88, de coordenadas planas N= 1665655.53 m, E= 1088317.26 m, donde concurren las colindancias entre el Arroyo Sin Nombre y el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 88, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 2344.56 m, colindando con el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 89, de coordenadas planas N= 1667801.06 m, E= 1087788.73 m.

Del Punto número 89, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2553.52 m, colindando con el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 90, de coordenadas planas N= 1667730.58 m, E= 1087409.11 m, hasta encontrar el Punto número 91, de coordenadas planas N= 1665849.83 m, E= 1086749.54 m.

Del Punto número 91, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 860.64 m, colindando con el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 92, de coordenadas planas N= 1666399.72 m, E= 1086193.67 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “San Isidro” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 92, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1666.70 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 93, de coordenadas planas N= 1667343.52 m, E= 1084964.45 m.

Del Punto número 93, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 1041.99 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 94, de coordenadas planas N= 1666574.70 m, E= 1084261.18 m.

Del Punto número 94, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 788.89 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 95, de coordenadas planas N= 1665871.87 m, E= 1084464.98 m.

Del Punto número 95, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 469.34 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 96, de coordenadas planas N= 1666117.82 m, E= 1084862.43 m.

Del Punto número 96, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1082.55 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 97, de coordenadas planas N= 1665446.81 m, E= 1085710.48 m.

Del Punto número 97, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 409.05 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 98, de coordenadas planas N= 1665155.99 m, E= 1085456.34 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y la Quebrada Caña Fina.

Del Punto número 98, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 29.65 m, colindando con el margen derecho aguas arriba de la quebrada Caña Fina, hasta encontrar el Punto número 765, de coordenadas planas N= 1665143.34 m, E= 1085483.15 m.

Del Punto número 765, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 653.19 m, colindando con el margen derecho aguas arriba de la quebrada Caña Fina, pasando por el Punto número 767, de coordenadas planas N= 1664820.59 m, E= 1085424.16 m, hasta encontrar el Punto número 99, de coordenadas planas N= 1664791.48 m, E= 1085121.67 m, donde concurren las colindancias entre la Quebrada Caña Fina y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 99, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 3614.93 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, pasando por el Punto número 100, de coordenadas planas N= 1663379.77 m, E= 1085124.06 m, hasta encontrar el Punto número 101, de coordenadas planas N= 1661527.96 m, E= 1085859.46 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y el Cerro Boquinete.

Del Punto número 101, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1878.21 m, colindando con el Cerro Boquinete, hasta encontrar el Punto número 102, de coordenadas planas N= 1660840.17 m, E= 1084146.31 m.

Del Punto número 102, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 401.64 m, colindando con el Cerro Boquinete, hasta encontrar el Punto número 103, de coordenadas planas N= 1661108.35 m, E= 1083876.43 m, donde concurren las colindancias entre el Cerro Boquinete y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 103, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 669.60 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 104, de coordenadas planas N= 1661643.87 m, E= 1083519.77 m.

Del Punto número 104, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1642.19 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 105, de coordenadas planas N= 1661461.29 m, E= 1081974.65 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Del Punto número 105, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1575.99 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 106, de coordenadas planas N= 1662974.45 m, E= 1082141.60 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 106, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1314.52 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 107, de coordenadas planas N= 1664045.37 m, E= 1082476.47 m.

Del Punto número 107, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1445.96 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 108, de coordenadas planas N= 1664723.61 m, E= 1081395.46 m.

Del Punto número 108, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 557.45 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 109, de coordenadas planas N= 1664220.70 m, E= 1081621.94 m.

Del Punto número 109, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 523.74 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 906, de coordenadas planas N= 1664055.85 m, E= 1081130.26 m.

Del Punto número 906, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 32.71 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 907, de coordenadas planas N= 1664028.28 m, E= 1081147.86 m.

Del Punto número 907, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 116.29 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 908, de coordenadas planas N= 1663941.62 m, E= 1081070.31 m.

Del Punto número 908, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 347.09 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 909, de coordenadas planas N= 1663609.22 m, E= 1081170.24 m.

Del Punto número 909, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 369.31 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 910, de coordenadas planas N= 1663245.12 m, E= 1081108.43 m.

Del Punto número 910, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 211.12 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 911, de coordenadas planas N= 1663038.80 m, E= 1081153.15 m.

Del Punto número 911, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 286.95 m, colindando con el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 110, de coordenadas planas N= 1662752.66 m, E= 1081131.61 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Las Mercedes” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Del Punto número 110, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 107.35 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 913, de coordenadas planas N= 1662741.62 m, E= 1081026.60 m.

Del Punto número 913, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 205.72 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 915, de coordenadas planas N= 1662787.84 m, E= 1080829.53 m.

Del Punto número 915, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 462.28 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 917, de coordenadas planas N= 1662558.01 m, E= 1080736.88 m, hasta encontrar el Punto número 919, de coordenadas planas N= 1662377.77 m, E= 1080651.85 m.

Del Punto número 919, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 52.26 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 920, de coordenadas planas N= 1662387.65 m, E= 1080602.29 m.

Del Punto número 920, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 268.13 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 923, de coordenadas planas N= 1662242.93 m, E= 1080385.33 m.

Del Punto número 923, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 140.15 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 925, de coordenadas planas N= 1662276.04 m, E= 1080255.12 m.

Del Punto número 925, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 186.76 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 927, de coordenadas planas N= 1662268.66 m, E= 1080069.80 m.

Del Punto número 927, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 118.21 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 111, de coordenadas planas N= 1662321.12 m, E= 1079965.54 m.

Del Punto número 111, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 612.45 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 929, de coordenadas planas N= 1662705.11 m, E= 1080152.70 m, hasta encontrar el Punto número 931, de coordenadas planas N= 1662883.62 m, E= 1080186.56 m.

Del Punto número 931, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 47.02 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 932, de coordenadas planas N= 1662925.95 m, E= 1080166.10 m.

Del Punto número 932, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 48.66 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 933, de coordenadas planas N= 1662972.52 m, E= 1080180.21 m.

Del Punto número 933, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 85.67 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 934, de coordenadas planas N= 1663056.48 m, E= 1080163.28 m.

Del Punto número 934, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 272.03 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 935, de coordenadas planas N= 1663069.43 m, E= 1080197.50 m, hasta encontrar el Punto número 937, de coordenadas planas N= 1663291.43 m, E= 1080246.53 m.

Del Punto número 937, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 91.58 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 938, de coordenadas planas N= 1663373.98 m, E= 1080207.73 m.

Del Punto número 938, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 109.59 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 939, de coordenadas planas N= 1663477.70 m, E= 1080240.18 m.

Del Punto número 939, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 279.79 m colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 940, de coordenadas planas N= 1663554.60 m, E= 1080229.60 m, el Punto número 941, de coordenadas planas N= 1663570.13 m, E= 1080188.68 m, hasta encontrar el Punto número 112, de coordenadas planas N= 1663714.85 m, E= 1080134.48 m.

Del Punto número 112, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 2543.61 m, colindando con el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 113, de coordenadas planas N= 1663299.91 m, E= 1078920.70 m, hasta encontrar el Punto número 114, de coordenadas planas N= 1662393.13 m, E= 1078479.23 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la Comunidad Indígena Arhuaca y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Oeste: Del Punto número 114, se sigue en dirección general Norte, en línea quebrada y en una distancia de 259.86 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 115, de coordenadas planas N= 1662566.99 m, E= 1078489.09 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y la Cuchilla Piedra de Afilar.

Del Punto número 115, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 3518.46 m, colindando con la Cuchilla Piedra de Afilar, hasta encontrar el Punto número 116, de coordenadas planas N= 1665176.90 m, E= 1077222.13 m, donde concurren las colindancias entre la Cuchilla Piedra de Afilar y el predio Presunta Propiedad Privada.

Del Punto número 116, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1114.59 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 117, de coordenadas planas N= 1666139.83 m, E= 1077525.53 m.

Del Punto número 117, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 407.12 m, colindando con el predio Presunta Propiedad Privada, hasta encontrar el Punto número 118, de coordenadas planas N= 1666273.77 m, E= 1077151.81 m, donde concurren las colindancias entre el predio Presunta Propiedad Privada y el predio del señor Adulfo Montero

Del Punto número 118, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1338.36 m, colindando con el predio del señor Adulfo Montero, hasta encontrar el Punto número 119, de coordenadas planas N= 1667461.75 m, E= 1077732.08 m.

Del Punto número 119, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 910.13 m, colindando con el predio del señor Adulfo Montero, hasta encontrar el Punto número 120, de coordenadas planas N= 1666933.20 m, E= 1077112.17 m, donde concurren las colindancias entre el predio del señor Adulfo Montero y el predio Baldío Nacional.

Del Punto número 120, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 964.57 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 121, de coordenadas planas N= 1667838.76 m, E= 1076883.77 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el predio denominado “Ucrania”.

Del Punto número 121, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1116.58 m, colindando con el predio denominado “Ucrania”, hasta encontrar el Punto número 122, de coordenadas planas N= 1668619.53 m, E= 1077379.83 m.

Del Punto número 122, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1144.75 m, colindando con el predio denominado “Ucrania”, hasta encontrar el Punto número 123, de coordenadas planas N= 1668738.13 m, E= 1076332.81 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Ucrania” y el Pedio Baldío Nacional.

Del Punto número 123, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 598.07 m, colindando con el predio Baldío Nacional, hasta encontrar el Punto número 124, de coordenadas planas N= 1669304.01 m, E= 1076139.38 m, donde concurren las colindancias entre el predio Baldío Nacional y el predio de la señora Nubia Villazón.

Del Punto número 124, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1216.45 m, colindando con el predio de la señora Nubia Villazón, hasta encontrar el Punto número 125, de coordenadas planas N= 1670243.33 m, E= 1076572.64 m, donde concurren las colindancias entre el predio de la señora Nubia Villazón y el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo.

Del Punto número 125, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 448.92 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 126, de coordenadas planas N= 1670315.96 m, E= 1077014.42 m.

Del Punto número 126, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 800.89 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo, hasta encontrar el Punto número 127, de coordenadas planas N= 1671031.31 m, E= 1076757.14 m.

Del Punto número 127, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 1553.63 m, colindando con el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo, pasando por el Punto número 128, de coordenadas planas N= 1670991.98 m, E= 1076227.52 m, hasta encontrar el Punto número 129, de coordenadas planas N= 1670205.07 m, E= 1075799.82 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Esperanza” de la Comunidad Indígena Kankuamo y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 129, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1583.69 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 130A, de coordenadas planas N= 1670666.93 m, E= 1074351.90 m.

Del Punto número 130A, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 64.70 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 130, de coordenadas planas N= 1670710.90 m, E= 1074397.03 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el predio denominado “La Gloria”.

Del Punto número 130, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 288.84 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 131, de coordenadas planas N= 1670959.67 m, E= 1074537.92 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Gloria” y colindando con el predio denominado “Finlandia” de la Comunidad Indígena Arhuaca.

Del Punto número 131, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1256.13 m, colindando con el predio denominado “Finlandia” de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 132, de coordenadas planas N= 1670481.58 m, E= 1075580.03 m.

Del Punto número 132, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1147.29 m, colindando con el predio denominado “Finlandia” de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 133, de coordenadas planas N= 1671614.74 m, E= 1075448.50 m.

Del Punto número 133, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 349.40 m, colindando con el predio denominado “Finlandia” de la Comunidad Indígena Arhuaca, pasando por el Punto número 1019, de coordenadas planas N= 1671612.01 m, E= 1075391.36 m, hasta encontrar el Punto número 1020, de coordenadas planas N= 1671438.69 m, E= 1075156.18 m.

Del Punto número 1020, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 67.30 m, colindando con el predio denominado “Finlandia” de la Comunidad Indígena Arhuaca, hasta encontrar el Punto número 1021, de coordenadas planas N= 1671389.26 m, E= 1075201.85 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Finlandia” de la Comunidad Indígena Arhuaca y el predio denominado “La Gloria”.

Del Punto número 1021, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 126.04 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1022, de coordenadas planas N= 1671354.03 m, E= 1075080.83 m.

Del Punto número 1022, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 902.61 m, colindando el predio denominado “La Gloria”, pasando por el Punto número 1023, de coordenadas planas N= 1671539.56 m, E= 1075016.23 m, el Punto número 1024, de coordenadas planas N= 1671962.06 m, E= 1074865.88 m, el Punto número 1026, de coordenadas planas N= 1672069.47 m, E= 1074824.54 m, hasta encontrar el Punto número 1028, de coordenadas planas N= 1672155.82 m, E= 1074726.28 m.

Del Punto número 1028, se sigue en dirección general Suroeste, en línea recta y en una distancia de 61.29 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1029, de coordenadas planas N= 1672147.49 m, E= 1074665.56 m.

Del Punto número 1029, se sigue en dirección general Noroeste, en línea recta y en una distancia de 11.67 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1030, de coordenadas planas N= 1672157.01 m, E= 1074658.81 m.

Del Punto número 1030, se sigue en dirección general Noreste, en línea recta y en una distancia de 25.42 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 1031, de coordenadas planas N= 1672176.13 m, E= 1074675.56 m.

Del Punto número 1031, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 150.71 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, pasando por el Punto número 1032, de coordenadas planas N= 1672231.23 m, E= 1074634.21 m, hasta encontrar el Punto número 139, de coordenadas planas N= 1672263.56 m, E= 1074565.32 m.

Del Punto número 139, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 1095.96 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 140, de coordenadas planas N= 1671779.94 m, E= 1073629.32 m.

Del Punto número 140, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 427.05 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 141, de coordenadas planas N= 1672080.46 m, E= 1073342.30 m.

Del Punto número 141, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 409.98 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 142, de coordenadas planas N= 1671823.32 m, E= 1073022.98 m.

Del Punto número 142, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 1156.67 m, colindando con el predio denominado “La Gloria”, hasta encontrar el Punto número 143, de coordenadas planas N= 1670861.37 m, E= 1073616.83 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “La Gloria” y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 143, se sigue en dirección general Sureste, en línea recta y en una distancia de 87.92 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 143A, de coordenadas planas N= 1670790.93 m, E= 1073624.29 m.

Del Punto número 143A, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 2515.94 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, hasta encontrar el Punto número 144, de coordenadas planas N= 1670942.31 m, E= 1071359.11 m, donde concurren las colindancias entre el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra y el Río Guatapurí.

Del Punto número 144, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1624.62 m, colindando con el margen derecho aguas arriba del Río Guatapurí, hasta encontrar el Punto número 145, de coordenadas planas N= 1672000.03 m, E= 1072068.70 m, donde concurren las colindancias entre el Río Guatapurí y el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui.

Del Punto número 145, se sigue en dirección general Sureste, en línea quebrada y en una distancia de 632.97 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 146, de coordenadas planas N= 1671567.65 m, E= 1072515.77 m.

Del Punto número 146, se sigue en dirección general Noreste, en línea quebrada y en una distancia de 1199.06 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 147, de coordenadas planas N= 1672330.88 m, E= 1073199.44 m.

Del Punto número 147, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia de 952.64 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 148, de coordenadas planas N= 1673221.35 m, E= 1073234.80 m.

Del Punto número 148, se sigue en dirección general Suroeste, en línea quebrada y en una distancia de 377.85 m, colindando con el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui, hasta encontrar el Punto número 149, de coordenadas planas N= 1673193.97 m, E= 1072930.03 m, donde concurren las colindancias entre el predio denominado “Ocaña” de la Comunidad Indígena Kogui y el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra.

Del Punto número 149, se sigue en dirección general Noroeste, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 5362.46 m, colindando con el Resguardo Indígena Arhuaco de la Sierra, pasando por el Punto número 150, de coordenadas planas N= 1674295.76 m, E= 1071773.04 m, hasta encontrar el Punto número 1, de coordenadas planas y colindancias conocidas, el punto de partida y cierre.

PARÁGRAFO 1°. La presente ampliación de resguardo por ningún motivo incluye predios en los cuales se acredite propiedad privada conforme a las Leyes 200 de 1936 y 160 de 1994.

PARÁGRAFO 2°. El área objeto de saneamiento y ampliación del resguardo excluye el área de la faja paralela a la línea de cauce permanente de los ríos, arroyos y lagos, hasta de treinta metros de ancho, que integra la ronda hídrica y que como ya se indicó es un bien de uso público, inalienable e imprescriptible de conformidad con el Decreto número 2811 de 1974 - Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente - que hasta el momento no ha sido delimitado por la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar).

PARÁGRAFO 3°. En ninguna circunstancia se podrá interpretar que la ampliación y el saneamiento del resguardo está otorgando la faja paralela, la cual se entiende excluida desde la expedición de la Resolución número 012 del 10 de abril de 2003 del extinto Incora.

Artículo 4°. Naturaleza jurídica del resguardo ampliado. En correspondencia con lo dispuesto en el artículo 63 de la Constitución Política de 1991, en concordancia con lo señalado en el artículo 2.14.7.5.1 del Decreto Único número 1071 de 2015, las tierras que por el presente acuerdo adquieren la calidad de resguardo indígena son inalienables, imprescriptibles e inembargables y de propiedad colectiva. En consecuencia, los miembros de la comunidad indígena beneficiaria no podrán enajenar a ningún título, ni arrendar o hipotecar el terreno que conforma el resguardo.

Las autoridades civiles y de policía deberán adoptar las medidas necesarias para impedir que personas distintas a los integrantes de la comunidad indígena beneficiaria, se establezcan dentro de los linderos del resguardo que se amplía

La ocupación y los trabajos y/o mejoras que, a partir de la vigencia del presente acuerdo, establecieren o realizaren dentro del resguardo ampliado personas ajenas a la comunidad, no dará derecho al ocupante para solicitar compensación de ninguna índole, ni para pedir a los indígenas reembolso en dinero o en especie por las inversiones que hubieren realizado.

Artículo 5°. Manejo y administración. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.14.7.5.2 del Decreto Único número 1071 de 2015, la administración y el manejo de las tierras del resguardo indígena ampliado mediante el presente Acuerdo, se ejercerá por parte del cabildo, gobernador o la autoridad tradicional de acuerdo con los usos y costumbres de la parcialidad beneficiaria.

La administración y el manejo de las tierras ampliadas como resguardo se someterán a las disposiciones consagradas en las Leyes 89 de 1890 y 160 de 1994 y a las demás disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Artículo 6°. Distribución y asignación de tierras. De acuerdo con lo previsto en el parágrafo 2° del artículo 85 de Ley 160 de 1994, el cabildo o autoridad tradicional elaborará un cuadro de asignaciones de solares del resguardo que se hayan hecho o hicieren entre las familias de la parcialidad, las cuales podrán ser objeto de revisión y reglamentación por parte de la ANT, con el fin de lograr la distribución equitativa de las tierras.

Artículo 7°. Servidumbres. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.14.7.5.3. y 2.14.7.5.4. del Decreto Único número 1071 de 2015, el resguardo ampliado mediante el presente Acuerdo queda sujeto a las disposiciones vigentes que regulan las servidumbres, entre otras, las pasivas de tránsito, acueducto, canales de riego o drenaje y las necesarias para la adecuada explotación de los predios adyacentes y las concernientes a actividades de utilidad pública o interés social.

Las tierras de la Nación y las de los demás colindantes con el resguardo ampliado, se sujetarán a las servidumbres indispensables para el beneficio y desarrollo del resguardo.

Artículo 8°. Exclusión de los bienes de uso público. Los terrenos que por este Acuerdo se amplían como resguardo indígena, no incluyen las calles, plazas, puentes y caminos; así como, la faja paralela a la línea de cauce permanente de ríos y lagos, hasta de treinta metros (30 m) de ancho, que integra la ronda hídrica, ni las aguas que corren por los cauces naturales, las cuales conforme a lo previsto por los artículo 674 y 677 del Código Civil, son bienes de uso público, propiedad de la Nación, en concordancia con el artículo 80 y 83 del Decreto ley 2811 de 1974, así como con el artículo 2.14.7.5.4. del Decreto Único número 1071 de 2015.

En aras de salvaguardar las áreas de dominio público de las que trata el artículo 83 del Decreto ley 2811 de 1974, reglamentado por el Decreto número 1541 de 1978, que establece en su artículo 11, compilado en el Decreto Único número 1076 de 2015 en el artículo 2.2.3.2.3.1, lo siguiente: “se entiende por cauce natural la faja de terreno que ocupan las aguas de una corriente al alcanzar sus niveles máximos por efecto de crecientes ordinarias; y por lecho de los depósitos naturales de agua, el suelo que ocupan hasta donde llegan los niveles ordinarios por efecto de lluvias o deshielo”; se hace necesario que la comunidad beneficiaria desarrolle sus actividades económicas, guardando el cauce natural y una franja mínima de 30 metros a ambos lados de este.

PARÁGRAFO 1°. Una vez la autoridad ambiental competente realice el proceso de acotamiento de la faja paralela de la que trata el literal d), artículo 83 del Decreto número 2811 de 1974, el Gestor Catastral competente adelantara el procedimiento catastral con fines registrales con el fin de que la realidad jurídica del predio titulado corresponda con su realidad física.

PARÁGRAFO 2°. Aunque no se cuente con la delimitación de rondas hídricas por parte de la autoridad ambiental competente, la comunidad deberá respetar, conservar y proteger las zonas aferentes a los cuerpos de agua; que son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles, y que serán excluidos una vez la Autoridad Ambiental competente realice el respectivo acotamiento por parte de conformidad con el Decreto número 2811 de 1974, Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Artículo 9°. Función social y ecológica. En armonía con lo dispuesto en el artículo 58 de la Constitución Política de 1991, las tierras ampliadas con el carácter legal de resguardo quedan sujetas al cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, conforme a los usos, costumbres y cultura de los integrantes de la respectiva comunidad.

La comunidad debe contribuir con el desarrollo sostenible que conduzca al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social sin agotar la base de los recursos naturales renovables. Además, los miembros de la comunidad quedan comprometidos con la preservación del medio ambiente y el derecho a las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades, acorde con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 99 de 1993, por lo tanto, la comunidad se compromete a dar al territorio un manejo ambiental adecuado, acorde con lo aquí descrito.

En consecuencia, el resguardo que por el presente acto administrativo se amplía, queda sujeto al cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales tal como lo determina el artículo 2.14.7.5.5. del Decreto Único número 1071 de 2015, el cual preceptúa lo siguiente: “Los resguardos indígenas quedan sujetos al cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, conforme a los usos, costumbres y cultura de la comunidad. Así mismo, con arreglo a dichos usos, costumbres y cultura, quedan sometidos a todas las disposiciones sobre protección y preservación de los recursos naturales renovables y del ambiente”.

Artículo 10. Incumplimiento de la función social y ecológica. Acorde con las disposiciones contenidas en el artículo 2.14.7.3.13. del Decreto Único número 1071 de 2015, el incumplimiento por parte de las autoridades del resguardo indígena o de cualquiera de sus miembros, contenidos en el presente acto administrativo, podrá ser objeto de las acciones legales que se puedan adelantar por parte de las autoridades competentes. En el evento en que la ANT advierta alguna causal de incumplimiento, lo pondrá en conocimiento de las entidades de control correspondientes.

Adicionalmente, se debe cumplir con lo dispuesto en el Decreto número 1076 de 2015, en especial, en los artículos 2.2.1.1.18.1 “Protección y aprovechamiento de las aguas” y 2.2.1.1.18.2. “Protección y conservación de los bosques”. Así mismo, en caso de que la comunidad realice vertimiento de aguas residuales, deberá tramitar ante la entidad ambiental los permisos a que haya lugar.

Artículo 11. Publicación, notificación y recursos. Conforme con lo establecido por el artículo 2.14.7.3.8. del Decreto Único número 1071 de 2015, el presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial y notificarse al representante legal de la comunidad interesada en la forma prevista en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y contra el mismo procede el recurso de reposición ante el Consejo Directivo de la ANT, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, conforme con lo previsto en el artículo 2.14.7.4.1 del Decreto Único Reglamentario número 1071 de 2015.

Artículo 12. Comunicar el presente Acuerdo a los titulares de derecho real de dominio inscritos en los folios de matrícula inmobiliaria de los predios excluidos mediante el presente acto administrativo conforme el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 13. Trámite ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. En firme el presente acuerdo, se ordena a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Valledupar, departamento de Cesar, proceder de la siguiente forma:

1. Para la actualización de cabida y linderos con efectos registrales de la constitución del Resguardo Indígena Kankuamo, inscribir el presente acuerdo en el folio de matrícula inmobiliaria número. 190-103944, cuya área corresponde a veinticuatro mil trescientas seis hectáreas y dos mil doscientos setenta y un metros cuadrados (24.306 ha + 2.271 m2).

Así mismo, actualizar la cabida y linderos de conformidad con la descripción técnica consignada en el artículo primero del presente acto administrativo.

2. Corregir el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 190-103944 que corresponde a la zona constituida en relación con la clasificación del suelo como rural, conforme al artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.

3. Cerrar el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 190-88696, que identifica el predio denominado “Lote de Terreno”, ubicado en el municipio de Valledupar, departamento de Cesar, teniendo en cuenta que este inmueble ya hace parte del resguardo constituido y registrado en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 190-103944 (Anotación número 1), de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1579 de 2012.

4. Inscribir el presente acuerdo en cada uno de los folios de matrícula inmobiliaria de las mejoras con las que se realiza el saneamiento, contenidas en el resguardo indígena constituido, relacionadas a continuación:

Orden16 Nombre mejora Área Cédula catastral FMI Titular del derecho (VUR) Naturaleza jurídica
11 Puerto Estrella 116 ha + 9.055 m2 20001000100010396000 190-69642 ANT Mejora
12 San Martín 76 ha + 0972 m2 20001000100011209000 190-40273 ANT Mejora
14 Vida Nueva 56 ha + 3.267 m2 20001000100010586000 190-44840 ANT Mejora

Posteriormente se deberá proceder con el CIERRE de los folios de matrícula inmobiliaria identificados, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1579 de 2012.

5. Inscribir el presente Acuerdo en cada uno de los folios de matrícula inmobiliaria de los predios contenidos en el resguardo indígena constituido, relacionados a continuación, con el código registral número 01002, quedando estos a nombre del resguardo indígena:

Orden17 Nombre predio Área Cédula catastral FMI
4 La Rutina 199 ha + 0129 m2 200001000100011405000 190-68584
5 Finca Bello Horizonte 152 ha + 9.292 m2 20001000100010335000 190-88449
7 El Encanto 158 ha + 7.442 m2 20001000100010374000 190-20188
8 Finca “Selva María y Juan de Dios” 93 ha + 6.690 m2 20001000100010543000 190-126443
13 Palo Alto 83 ha + 5.310 m2 20001000100030263000 190-884
15 Monte Rico 360 ha + 1.545 m2 20001000100030298000 190-21504

Posteriormente se deberá proceder con el cierre de los folios de matrícula inmobiliaria identificados, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1579 de 2012.

6. Inscribir el presente Acuerdo en cada uno de los folios de matrícula inmobiliaria de los predios de ampliación, relacionados a continuación, con el Código Registral número 01002, quedando estos a nombre del resguardo indígena:

Orden18 Nombre del predio o mejora Área Cédula catastral FMI
1 Tierras Nuevas 16 ha + 0598 m2 20001000100010576000 190-41337
2 Monterey 31 ha + 5648 m2 20001000100010194000 190-50263
3 La Providencia 89 ha + 4507 m2 20001000100010199000 190-52700
6 La Esperanza 66 ha 6250 m2 20001000100011143000 190-33029
9 La Esperanza 8 ha + 3405 m2 200001000100010299000 190-52577
10 La Ceibita 300 ha + 1374 m2 200001000100011489000 190-15858
16 Se Verá 85 ha + 0721 m2 20001000100010202000 190-43334
17 El Oriente 59 ha + 9100 m2 20001000100010614000 190-39837
18 Vera Cruz 44 ha + 7157 m2 20001000100010938000 190-50259

7. Englobar los predios y mejoras de la siguiente manera:

GLOBO 2

Orden19 Nombre del predio o mejora Área Cédula catastral FMI
Resguardo Indígena Kankuamo 24.306 ha + 2.271 m2 No registra 190-103944
1 Tierras Nuevas 16 ha + 0598 m2 20001000100010576000 190-41337
3 La Providencia 89 ha + 4507 m2 20001000100010199000 190-52700
6 La Esperanza 66 ha 6250 m2 20001000100011143000 190-33029
9 La Esperanza 8 ha + 3405 m2 200001000100010299000 190-52577
10 La Ceibita 300 ha + 1374 m2 200001000100011489000 190-15858
16 Se Verá 85 ha + 0721 m2 20001000100010202000 190-43334
17 El Oriente 59 ha + 9100 m2 20001000100010614000 190-39837
18 Vera Cruz 44 ha + 7157 m2 20001000100010938000 190-50259

El predio resultante del englobe deberá figurar como propiedad colectiva del Resguardo Indígena Kankuamo. Así mismo, deberá transcribirse en su totalidad, la cabida y linderos en la matrícula inmobiliaria que se aperture. De conformidad con lo contenido en los artículos segundo y tercero del presente Acuerdo, posteriormente se deberá proceder con el cierre de los folios de matrícula inmobiliaria que identifican los predios objeto del englobe, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1579 de 2012.

PARÁGRAFO. Una vez la correspondiente Oficina de Registro de Instrumentos Públicos inscriba el presente acto administrativo, suministrará los documentos respectivos al gestor catastral competente. Lo anterior, para efectos de dar cumplimiento al artículo 65 y 66 de la Ley 1579 de 2012.

Artículo 14. Título de domino. El presente acuerdo una vez publicado en el Diario Oficial, en firme e inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos competente, constituye título traslaticio de dominio y prueba de propiedad, tal como lo establece el artículo 2.14.7.3.7. del Decreto Único número 1071 de 2015.

Artículo 15. Vigencia. El presente acuerdo comenzará a regir a partir del día siguiente de su firmeza, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 y conforme con lo previsto en el artículo 2.14.7.4.1 del Decreto Único número 1071 de 2015.

Publíquese, comuníquese, notifíquese, regístrese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2022.

El Presidente del Consejo Directivo,

Ómar Franco Torres.

El Secretario Técnico del Consejo Directivo ANT,

Jacobo Nader Ceballos

NOTAS AL FINAL:

1 Sin perjuicio de los derechos privados adquiridos con arreglo a la ley, las aguas son de dominio público, inalienables e imprescriptibles.

2 Salvo derechos adquiridos por particulares, son bienes inalienables e imprescindibles del Estado:

a) El álveo o cauce natural de las corrientes;

b) El lecho de los depósitos naturales de agua;

c) Las playas marítimas, fluviales y lacustres;

d) Una faja paralela a la línea de mareas máximas o a la del cauce permanente de ríos y lagos, hasta de treinta metros de ancho;

e) Las áreas ocupadas por los nevados y los cauces de los glaciares;

f) Los estratos o depósitos de las aguas subterráneas; [...].

3 Exclusiones. El número corresponde a la enumeración de los predios acorde a los planos.

4 Exclusiones. El número corresponde a la enumeración de los predios acorde con los planos.

5. Exclusiones. El número corresponde a la enumeración de los predios acorde a los planos.

6. Predios adquiridos por el Resguardo Indigena Kankuamo o ANt

7 Exclusiones. El número corresponde a la enumeración de los predios acorde a los planos.

8.  Exclusiones. El número corresponde a la enumeración de los predios acorde a los planos.

9 Exclusiones. El número corresponde a la enumeración de los predios acorde a los planos.

10 El área correspondiente a este ítem, como se refiere a saneamiento, no amplia la cabida superficiaria del resguardo y por ello no es tenida en cuenta dentro de la sumatoria.

11. El área referida en este ítem, corresponde a  una tranferencia de derechos reales en registro al resguardo indigena, todo vez que se área ya se encuentra sumada en la Resolucion numero 012 del 10/04/2003

12 El número corresponde a la enumeración de los predios acorde a los planos.

13. Número señalado en lo planos

14. Número señalado en lo planos

15 El área correspondiente a este ítem, como se refiere a saneamiento, no amplia la cabida superficiaria del resguardo y por ello no es tenida en cuenta dentro de la sumatoria

16 Número señalado en los planos.

17. Número señalado en los planos.

18. Número señalado en los planos.

19. Número señalado en los planos.

×