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ACUERDO AOG 7 DE 2022

(marzo 29)

Diario Oficial No. 51.998 de 5 de abril de 2022

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por el cual se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto de la JEP para la vigencia fiscal 2023.

EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ (JEP),

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo número 01 de 2017, y el numeral 5 del artículo 110 de la Ley 1957 de 2019

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5o transitorio del Acto Legislativo número 01 del 2017, que creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, señaló que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones;

Que el parágrafo 2 del artículo transitorio 5o del artículo 1 del Acto Legislativo número 01 de 2017, establece que el Órgano de Gobierno ejerce las funciones asignadas a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura respecto al gobierno y administración de esta Jurisdicción y por consiguiente tiene a cargo la función de aprobar el anteproyecto de presupuesto;

Que el numeral 5 del artículo 110 de la Ley 1957 de 2019 señala que es función del Órgano de Gobierno “Aprobar el Anteproyecto de Presupuesto de la JEP que le presente la Secretaría Ejecutiva, para ser remitido al Gobierno nacional”, y el numeral 16 del artículo 112 de la misma ley establece como función del Secretario Ejecutivo “Elaborar el anteproyecto de presupuesto que deberá remitirse al Órgano de Gobierno de la JEP”;

Que el Secretario Ejecutivo (E) presentó al Órgano de Gobierno el Anteproyecto de presupuesto 2023, en cuya elaboración siguió lo establecido por la Circular Externa número 07 de 2022 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual estuvo acompañado de la debida justificación técnico-económica;

Que es necesario que la JEP presente el Anteproyecto de Presupuesto 2023 ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la circular citada;

Que el Órgano de Gobierno, aprueba la Suscripción del presente Acuerdo por parte del Presidente y el Secretario Ejecutivo.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Aprobar el Anteproyecto de Presupuesto de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal 2023.

ARTÍCULO 2o. Ordenar a la Secretaría Ejecutiva su remisión al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los términos establecidos en la Circular número 07 de 2022 expedida por dicha Cartera.

ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de publicación

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de marzo de 2022.

El Presidente,

Eduardo Cifuentes Muñoz.

El Secretario Ejecutivo (E),

Harvey Danilo Suárez Morales

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