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CIRCULAR 4 DE 2007

(enero 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

PARA:DIRECCIÓN NACIONAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA
Funcionarios y contratistas
DE:SECRETARIO GENERAL
ASUNTO:Reglas de Comportamiento

Una vez superada la etapa de traslado de las oficinas de la Dirección Nacional de Defensoría Pública y del Proyecto Piloto, hemos considerado necesario establecer algunas reglas que han de observarse para evitar que se presenten situaciones que van en detrimento de la imagen de la entidad y de la importante gestión que se nos ha encomendado.

1. HORARIO DE TRABAJO (Funcionarios)

Se recuerda que los horarios de trabajo son los mismos que rigen en la sede central de la Defensoría del Pueblo: 8:00 a.m. - 5:00 p.m., con una hora de almuerzo que debe tomarse entre las 12:00 m. y las 2:00 p.m. procurando que se establezcan tumos, de manera que en cada oficina se garantice la atención de los teléfonos v de los usuarios de los servicios en dicho lapso.

2. MEDIDAS DE SEGURIDAD

Teniendo en cuenta las experiencias que ha tenido la entidad en materia de toma de sus instalaciones es importante adoptar estrictas medidas de control de ingreso al inmueble, consistentes en la identificación previa de quienes ingresan y su seguimiento y acompañamiento dentro de las instalaciones. En este aspecto es importante la colaboración de todos para evitar contratiempos o la pérdida de elementos por la circulación incontrolada de visitantes.

3. OBSERVANCIA DE NORMAS DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO

De acuerdo con la normatividad vigente del Distrito, la zona de antejardín de la casa hace parte del espacio público y, por lo tanto, no podrá ser utilizada para estacionamiento de vehículos ni de quienes prestan servicios de defensoría pública ni de los visitantes. En este sentido, a partir de la fecha se han impartido instrucciones a los vigilantes.

4. RECEPCIÓN DE CORRESPONDENCIA

Teniendo en cuenta que la Dirección de Defensoría Pública es una dependencia de la Defensoría del Pueblo que tiene establecidos procedimientos y reglamentaciones para la radicación de peticiones y correspondencia en general, se considera inconveniente adoptar cualquier medida de descentralización que llevaría a perder el necesario control, que responde a la normatividad adoptada, la cual deben seguirse observando en su integridad.

5. RACIONALIZACIÓN DEL USO DE TELÉFONOS E INTERNET

Por razones de racionalización del gasto y las normas de austeridad vigentes, están terminantemente prohibidas las llamadas personales a celulares, los juegos de computador y el acceso a páginas pomo por Internet. El uso de estos recursos para fines estrictamente oficiales debe ser racional y controlado. De detectarse un uso desmedido, se adoptará la medida de supresión de líneas y restricciones de servicios, limitándolos a los jefes de área.

6. FOTOCOPIAS

Como en el punto anterior, su uso está restringido al uso oficial y a lo estrictamente necesario para el cumplimiento de la función asignada.

7. UTILIZACIÓN DE LA RED DE SISTEMAS

Debido a que la red interna instalada tiene una capacidad de carga limitada y a que este tipo de instalación es muy sensible a las sobrecargas, está totalmente prohibido conectar a la canaleta de corriente regulada ningún tipo de aparato o implemento eléctrico, distinto a los que ha dejado conectados la Oficina de Sistemas.

NO CONECTAR impresoras, fax, teléfonos de conexión eléctrica, radios, relojes, celulares, aspiradoras, brilladoras, cafeteras, calentadores de agua, ni ninguno otro elemento.

La inobservancia de esta instrucción hará que se queme o afecte el servicio de red.

8. NORMAS DE CONDUCTA

Como miembros que somos de la familia de la Defensoría del Pueblo, es importante recordar que tenemos obligaciones recíprocas de observar una conducta decorosa en todo momento en protección de la imagen institucional.

La temporal separación de la sede central conlleva mayores responsabilidades individuales y colectivas de autocontrol, las cuales se deben asumir con todo el compromiso.

Sin embargo, no sobra recordar algunas normas de conducta que han de observarse al respecto:

a. Las instalaciones no pueden ser utilizadas para actividades distintas a las propias del trabajo.

b. El consumo de bebidas alcohólicas está terminantemente prohibido.

c. El ingreso a las instalaciones en días y horas no hábiles no está permitido sin autorización previa y escrita de la Directora Nacional de Defensoría Pública.

d. Ningún elemento puede ser retirado del inmueble sin autorización previa y escrita de la Dirección Nacional de Defensoría Pública.

e. La permanencia en la casa al concluir la jomada laboral sólo está permitida para realizar actividades de trabajo y para los funcionarlos o contratistas.

9. NORMAS DE CONVIVENCIA

Considerando las limitaciones de espacio que han hecho necesario el compartir reducidos espacios entre varios funcionarios y/o contratistas, es importante establecer unas normas mínimas de respecto y convivencia:

-Para escuchar música (radio o computador) deben utilizarse audífonos de manera que no se perturbe a los demás. Los gustos musicales sueles ser personales e intransferibles.

-Sólo se debe fumar al aire libre, es decir en el patio interior o en la calle.

-Quienes almuercen dentro de la sede deben hacerlo en la zona abierta o en la cocina para evitar olor a comida en las oficinas.

-El compartir una oficina implica respetar los espacios de los demás y el respeto de los implementos de trabajo de otros.

- Las visitas personales o telefónicas perturban el trabajo de los otros. Cualquier espacio de distensión debe llevarse a cabo fuera de la oficina si hay otro trabajando.

“NUESTROS DERECHOS TERMINAN DONDE EMPIEZAN LOS DE LOS DEMÁS”

DARÍO MEJIA VILLEGAS

Secretario General

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