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CIRCULAR 5 DE 2015

(marzo 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

PARA:Servidores Públicos
DE:Secretario General
ASUNTO:Deberes con los Bienes Asignados

Como servidores de la Defensoría del Pueblo, además de aplicar los principios y deberes administrativos ordenados en la Constitución Nacional y los valores éticos señalados por esta Entidad, debemos:

1. Salvaguardar los bienes que nos entregan para el desempeño de nuestras funciones públicas

2. Firmar el documento legal probatorio por el cual nos hacen entrega de un bien o bienes o los devolvemos cuando ya no lo necesitamos

3. Gestionar con oportunidad y de acuerdo con los procedimientos establecidos ante el Grupo de Bienes- Inventarios, los cambios de ubicación, traslados, reintegros o pérdidas de los mismos, bajo el marco normativo que corresponda.

RECUERDE. El no informar o gestionar las novedades de los bienes, en forma oportuna a la Subdirección Administrativa, le acarreará responsabilidad de orden disciplinaria, fiscal, civil y penal.

Cualquier inquietud respecto al manejo de bienes públicos, no dude en constatar a los servidores del Grupo de Bienes Almacén - Inventarios, quienes estarán dispuestos a orientarlo.

Cordialmente,

ALFONSOCAJIAO CABRERA

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