CIRCULAR 5 DE 2015
(marzo 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| PARA: | Servidores Públicos |
| DE: | Secretario General |
| ASUNTO: | Deberes con los Bienes Asignados |
Como servidores de la Defensoría del Pueblo, además de aplicar los principios y deberes administrativos ordenados en la Constitución Nacional y los valores éticos señalados por esta Entidad, debemos:
1. Salvaguardar los bienes que nos entregan para el desempeño de nuestras funciones públicas
2. Firmar el documento legal probatorio por el cual nos hacen entrega de un bien o bienes o los devolvemos cuando ya no lo necesitamos
3. Gestionar con oportunidad y de acuerdo con los procedimientos establecidos ante el Grupo de Bienes- Inventarios, los cambios de ubicación, traslados, reintegros o pérdidas de los mismos, bajo el marco normativo que corresponda.
RECUERDE. El no informar o gestionar las novedades de los bienes, en forma oportuna a la Subdirección Administrativa, le acarreará responsabilidad de orden disciplinaria, fiscal, civil y penal.
Cualquier inquietud respecto al manejo de bienes públicos, no dude en constatar a los servidores del Grupo de Bienes Almacén - Inventarios, quienes estarán dispuestos a orientarlo.
Cordialmente,
ALFONSOCAJIAO CABRERA