CIRCULAR 6 DE 2007
(febrero 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| PARA: | Funcionarios, contratistas Dirección Nacional de Defensoría Pública Unidad Operativa de Investigación Criminal |
| DE: | Secretario General |
| ASUNTO: | Normas de seguridad, manejo y custodia de bienes |
| FECHA: | 9 de febrero de 2007 |
A raíz de la pérdida de bienes en el inmueble sede de la Unidad Operativa de Investigadores, resulta indispensable recordar las normas que regulan el manejo de bienes asignados para la prestación del servicio y establecer normas complementarias de seguridad y control.
1. RESPONSABILIDAD DE LOS BIENES ASIGNADOS
De acuerdo con las normas legales y fiscales vigentes, los bienes entregados para la prestación de los servicios a cargo de las dependencias de la entidad generan responsabilidad Fiscal, penal y disciplinaria. Estas responsabilidades son Independientes, en la medida en que analizan diferentes aspectos de la conducta que deben observar los funcionarios frente a los bienes asignados para el cumplimiento de sus funciones.
En consecuencia, en el evento de pérdida de bienes se abrirán investigaciones penales, fiscales y disciplinarias en forma paralela.
2. MEDIDAS DE SEGURIDAD
Los funcionarios son responsables de la custodia y de la adopción de medidas de control y protección de los bienes que les han sido asignados.
En desarrollo de esta responsabilidad les corresponde vigilar en todo momento durante la jomada laboral los implementos de trabajo y muebles a su cargo. Terminada la jomada deberán guardar los elementos bajo llave y adoptar todas las medidas de protección que estén a su alcance.
Les corresponde igualmente, solicitar al Área Administrativa el suministro de medidas complementarias que sean requeridas para prevenir nuevas pérdidas.
3. CONTROL DE ENTRADA Y SALIDA DE BIENES
Corresponde al Coordinador de la Unidad adoptar controles que consten por escrito para la entrada y salida de bienes requeridos para la prestación del servicio, tales como kits de investigación, cámaras, portátiles, entre otros.
Igualmente le corresponde llevar un estricto control del uso del vehículo y de las instalaciones después del horario de prestación del servicio para asuntos estrictamente oficiales.
Por ningún motivo se podrá autorizar que los elementos de uso oficial se guarden en lugar distinto de las oficinas de la entidad.
4. DISTRIBUCIÓN DE BIENES A UNIDADES DE INVESTIGACIÓN REGIONAL O SECCIONAL
La distribución de elementos con destino a las Unidades de Investigación de las Regionales y Seccionales se hará directamente por la Subdirección Administrativa, con base en el requerimiento de la Dirección Nacional de Defensoría Pública.
DARÍO MEJÍA VILLEGAS
Secretario General