CIRCULAR 12 DE 2021
(abril 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| DE: | DEFENSOR DEL PUEBLO |
| PARA: | SERVIDORES PÚBLICOS A NIVEL NACIONAL |
| ASUNTO: | Adopción de nuevas medidas para las Sedes a nivel nacional |
De conformidad con lo definido por el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución No. 222 del 25 de febrero de 2021, prorrogó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, hasta el 31 de mayo de 2021.
Así mismo, el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 206 del 26 de febrero de 2021, a través del cual decretó el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura, medida con vigencia a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de marzo de 2021, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de junio de 2021.
Sin embargo, ante el incremento de nuevos casos de contagios del Covid-19, el día de hoy 4 de abril de 2021, el Gobierno Nacional anunció la adopción de nuevas medidas para disminuir el riesgo de nuevos contagios de Covid-19 de acuerdo con la ocupación UCI, entre las que se encuentran “pico y cédula” y restricción de la movilidad, las cuales tendrán una vigencia a partir de las 00:00 horas del lunes 5 de abril y hasta las 00:00 horas del lunes 19 de abril de 2021.
Así las cosas, en procura de garantizar el cuidado y la protección de la salud e integridad física de todos los funcionarios y ciudadanos, desde el lunes 5 de abril de 2021 y hasta nueva orden, se laborará únicamente en forma virtual a través de la modalidad de trabajo en casa, por lo que se restringirá el ingreso a todas las sedes a nivel nacional de la Defensoría del Pueblo, con limitadas y puntuales excepciones las cuales serán definidas y comunicadas por los superiores jerárquicos de conformidad con las necesidades del servicio de cada dependencia y validadas por el Despacho del Defensor del Pueblo.
Al respecto se precisa que, para el caso de las Comisiones de Servicios a nivel nacional, solo serán autorizadas aquellas en las que se evidencie una necesidad urgente e improrrogable de atención por parte del equipo de la Defensoría del Pueblo y, a su vez, estén validadas por el Despacho del Defensor del Pueblo.
Finalmente, se hace necesario insistir en la adopción de medidas de autocuidado, distancia social, aseo permanente de manos, y responsabilidad individual, colectiva y social para disminuir o mitigar los efectos de la pandemia generada por el Coronavirus que exige el máximo nivel de responsabilidad de todos y cada uno de los ciudadanos.
Cordialmente,
CARLOS CAMARGO ASSIS
Defensor del Pueblo