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CIRCULAR 15 DE 2022

(mayo 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

PARA:Vicedefensor del Pueblo, Secretario General, Defensores/as Delegados/as, Directores/as Nacionales, Defensores/as Regionales y Funcionarios/as en general
DE:Defensor del Pueblo
ASUNTO:Procedimiento y responsabilidades en el registro y sistematización de los pronunciamientos en ejercicio de la magistratura moral

El suscrito, Defensor del Pueblo, en ejercicio de sus funciones Constitucionales y legales, y con el propósito de impulsar la aplicación de la Resolución No 1455 de 2021, por la cual se reglamenta el ejercicio de la Magistratura Moral, por medio de la presente Circular, establece las pautas, procedimiento y responsables para el registro y sistematización relacionada con los pronunciamientos del Defensor del Pueblo en ejercicio de la Magistratura Moral. Para el efecto se deberán tener en cuenta los siguientes puntos:

1. PAUTAS PARA EL REGISTRO Y LA SISTEMATIZACIÓN DE LOS PRONUNCIAMIENTOS DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EN EJERCICIO DE LA MAGISTRATURA MORAL

De acuerdo a lo establecido en el artículo cuarto de la Resolución 1455 de 2021, el Despacho del Defensor del Pueblo, con apoyo de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, reseñará y recopilará la información relacionada con aquellos pronunciamientos del Defensor del Pueblo que se considere se realizan en ejercicio de la Magistratura Moral y hará entrega de esta al despacho del Vicedefensor del Pueblo para su respectivo registro y clasificación.

El Despacho del Vicedefensor del Pueblo, llevará a cabo la clasificación y archivo de la información suministrada por el Despacho del Defensor y por la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, tomando en cuenta los siguientes criterios:

- Lugar, contexto y fecha del pronunciamiento (Ej. Bogotá, D.C., Séptimo Foro sobre mujer y género, xx de noviembre de 2023)

- Tipo de pronunciamiento (concepto, comunicado, informe, otro)

- Derechos cobijados y conductas vulneratorias

- Problemáticas sociales relacionadas

- Población y/o grupos sociales en riesgo y sujetos de especial protección constitucional

- Dirección y/o Defensoría Delegada responsable Objeto del pronunciamiento

- Recomendaciones destacadas e instituciones concernidas

2. PAUTAS PARA LA COMPILACIÓN, EDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS PRONUNCIAMIENTOS DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EN EJERCICIO DE LA MAGISTRATURA MORAL

El Despacho del Vicedefensor del Pueblo, con la información clasificada de acuerdo a lo establecido en el punto anterior, realizará la edición de la misma en un documento donde se pongan de relieve los principales pronunciamientos del Defensor del Pueblo en ejercicio de la Magistratura Moral, desarrollados durante el año. Este documento se pondrá a disposición del Defensor del Pueblo, quien considerará y aprobará su publicación a través de los medios que considere más adecuados.

CARLOS CAMARGO ASSIS

Defensor del Pueblo.

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