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CIRCULAR 16 DEL 2019

(julio 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

PARA:DESPACHO VICEDEFENSOR, SECRETARÍA GENERAL, DIRECCIONES NACIONALES, DEFENSORIAS DELEGADAS, SUBDIRECCIONES, OFICINAS Y RESPONSABLES DE GRUPOS.
DE:DESPACHO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
ASUNTO:CUMPLIMIENTO DIRECTRICES GENERALES DE TÉCNICA NORMATIVA PARA LA ELABORACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

Con el objetivo de estandarizar y racionalizar la expedición de actos administrativos, el 03 de agosto de 2018 se creó en el proceso de Gestión Jurídica, un procedimiento que contiene las directrices generales de técnica normativa, a través del cual, se busca establecer una correcta expedición de los actos administrativos, evitando una proliferación normativa y garantizando su idoneidad para regular la realidad en ellos descrita y producir los efectos jurídicos que con su emisión fueron proyectados.

Además de ello, la Defensoría del Pueblo debe tener una reglamentación jurídica eficaz, coherente y estructurada a partir de preceptos normativos correctamente formulados, y determinar lineamientos en cuanto a las reglas y tipologías documentales para garantizar la uniformidad, continuidad y adecuada presentación de los actos administrativos, así como para dejar constancia de los antecedentes que justifican su expedición, asegurando la conservación, archivo y consulta de los mismos.

La verificación de las directrices de técnica normativa está a cargo de la oficina jurídica, por lo tanto se exhorta al cumplimiento del procedimiento antes mencionado, haciendo énfasis en los actos administrativos que sean proyectados para la firma del Despacho, los cuales deben tener previamente el visto bueno de la Oficina Jurídica, sin excepción alguna.

Cordialmente,

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

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