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CIRCULAR 25 2005

(diciembre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Para: Funcionarios Dirección Nacional de Defensoría Pública
De: Secretaría General
Asunto: Reglamentación para la realización de actividades y eventos en la Defensoría del Pueblo
FECHA:7 de diciembre de 2005

El reprobable comportamiento observado por algunos funcionarios en los talleres que viene adelantando la Dirección Nacional de Defensoría Pública como parte de las actividades de fortalecimiento de su nueva estructura, evidencia no sólo la falta de compromiso con la entidad y las labores encomendadas, sino la necesidad de fijar pautas y lineamientos que deben observarse en todos los eventos en los que participen los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo.

En este contexto, se imparten las siguientes instrucciones y pautas de comportamiento institucional:

1. La asistencia a los eventos convocados por la Defensoría del Pueblo es de obligatorio cumplimiento. Se exceptúan los funcionarios que de acuerdo con las instrucciones del Director Nacional deben permanecer en la entidad para garantizar la continuidad en la prestación del servicio.

2. La asistencia supone la activa participación y colaboración durante el desarrollo del respectivo evento. En consecuencia, no podrán retirarse del lugar de realización del evento ni antes de su finalización.

3. Como servidores públicos y representantes de una institución de control deberán observar un comportamiento decoroso y respetuoso sin afectar el buen nombre de la Defensoría del Pueblo.

4. La totalidad de las actividades que se programen y desarrollen en dichos eventos aunque se desarrollen fuera de la entidad o en otras ciudades, en días laborales no laborales, hacen parte de la jomada de trabajo y de las funciones asignadas por la respectiva Dirección o Delegada.

5. Como consecuencia de la regla del punto anterior, la inasistencia total o parcial, los comportamientos indecorosos y, de manera general, la inobservancia de las instrucciones contenidas en esta reglamentación de eventos será considerada como falta disciplinaria.

De nuestro compromiso institucional y de la imagen que proyectemos como entidad, depende el éxito de nuestra gestión.

DARIO MEJIA VILLEGAS

Secretario General

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