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CIRCULAR 27 2008

(julio 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Para: SERVIDORES PÚBLICOS, DEFENSORES PÚBLICOS, CONTRATISTAS, PRACTICANTES y JUDICANTES
De: Secretaría General (E)
Asunto: CARNÉ INSTITUCIONAL
FECHA: 16 JUL 2008

La Defensoría del Pueblo, con el fin de garantizar la seguridad de los servidores en las instalaciones de la Entidad, así como de contar con un documento que permita acreditar su vinculación e identificarse como tal ante las autoridades que así lo exijan y demás instancias autorizadas para hacerlo, hará entrega del nuevo carné institucional, el cual deberá portarse de manera obligatoria durante la jornada laboral. Teniendo en cuenta las siguientes observaciones:

1. El carné institucional que será entregado por la Dependencia de Personal o la Dirección Nacional de Defensoría Pública, según a quien corresponda, es el único medio válido de identificación como servidor de la Defensoría del Pueblo. Los Jefes de cada dependencia deberán verificar que no existan o se realicen otros diseños diferentes al aprobado y entregado por la Administración.

2. Los funcionarios de la Defensoría del Pueblo, Defensores Públicos, contratistas, practicantes y judicantes, recibirán el carné institucional y el respectivo porta carné, los cuales serán de su exclusiva responsabilidad.

3. Es obligación de todos los servidores de la Defensoría del Pueblo, hacer uso del carné institucional, el cual deberá ser utilizado en el porta carne correspondiente, en lugar visible mientras permanezcan dentro de las instalaciones de la Entidad, para lo cual los jefes de las dependencias deben prestar su colaboración en su cumplimiento.

4. Cuando se produzca el retiro definitivo o suspensión del cargo, en el caso de un servidor público, deberá hacerse la entrega del carné, en la Dependencia de Personal o Dirección Nacional de Defensoría Pública -nivel central-, o ante el Defensor Regional o profesional responsable de la seccional.

Es responsabilidad de los jefes inmediatos solicitar los carnés y portacarnés de las personas que se desvinculan de la Entidad o sean terminados sus contratos, así como su remisión, a la Dependencia de Personal o a la Dirección Nacional de Defensoría Pública.

5. La Dependencia de Personal y la Dirección Nacional de Defensoría Pública (nivel central), los Defensores Regionales y los profesionales responsables de las Defensorías Seccionales serán los encargados de hacer la entrega de los nuevos carnés y portacarnés, así como también de recepcionar los anteriores carnés, en caso de poseerlo, de lo contrario se dejará la constancia correspondiente, la cual será anexada en la hoja de vida del respectivo funcionario.

6. El carné será de uso exclusivo para el cumplimiento de las actividades propias de la Entidad, su uso indebido originará las acciones penales y/o disciplinarías a que haya lugar.

7. En caso de pérdida del carné institucional, se deberá formular la respectiva denuncia, y se hará entrega de la misma mediante comunicación escrita, a la Dependencia de Personal o la Dirección Nacional de Defensoría Pública, dependencias éstas que expedirán el nuevo carné, previa consignación en la cuenta corriente de la Defensoría del Pueblo No.009-00008-4 del Banco Popular, por la suma de un (1) día de salario mínimo legal mensual vigente. En caso de pérdida del porta carné, se deberá consignar la suma de diez mil pesos ($10,000).

A las personas a quienes por razones eminentemente técnicas se les entregue la Tarjeta Especial Biométrica, o de seguridad, en caso de pérdida, deberán consignar la suma de dos (2) días de salario mínimo legal mensual vigente, para la entrega de la nueva tarjeta.

Una vez consignado el valor correspondiente, el nuevo carné o la tarjeta biométrica, será expedido en un término de diez (10) días hábiles, teniendo en cuenta la disponibilidad de los elementos requeridos para su impresión.

8. Los Jefes de las dependencias, así como el personal encargado de la vigilancia en las Instalaciones de la Defensoría del Pueblo, están plenamente autorizados para solicitar el uso del carné de identificación institucional y porta carne correspondiente.

Cordialmente,

GLORIA ELSA RAMIREZ VANEGAS

Secretario General (E)

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