Buscar search
Índice format_list_bulleted

DECRETO 3475 DE 2010

(septiembre 21)

Diario Oficial No. 47.839 de 21 de septiembre de 2010

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

<Decreto INEXEQUIBLE por consecuencia, al haber sido declarada INEXEQUIBLE la Ley 1288 de 2009 que mediante el presente decreto se reglamenta>

Por el cual se modifica el artículo 10 del Decreto 3600 de 2009.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 10 del Decreto 3600 de 2009, señaló que cada uno de los organismos de inteligencia y contrainteligencia, pondrán en funcionamiento su Centro de Protección de Datos de Inteligencia y Contrainteligencia (CPD) conforme a lo dispuesto en los artículos 18, 19 y 20 de la Ley 1288 del 5 de marzo de 2009 y a los parámetros que para el efecto determine la Junta de Inteligencia Conjunta.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Decreto INEXEQUIBLE por consecuencia> El artículo 10 del Decreto 3600 de 2009 quedará así:

Artículo 10. Centros de Protección de Datos de Inteligencia y Contrainteligencia (CPD). Cada uno de los organismos de inteligencia y contrainteligencia pondrá en funcionamiento, en un término no superior a 27 meses, contados a partir de la expedición del presente decreto, su Centro de Protección de Datos de Inteligencia y Contrainteligencia (CPD) conforme a lo dispuesto en los artículos 18, 19 y 20 de la Ley 1288 del 5 de marzo de 2009 y a los parámetros que para el efecto determine la Junta de Inteligencia Conjunta”.

ARTÍCULO 2o. <Decreto INEXEQUIBLE por consecuencia> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 10 del Decreto 3600 de 2009.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2010.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior y de Justicia,

GERMÁN VARGAS LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN CARLOS ECHEVERRI GARZÓN.

El Ministro de Defensa Nacional,

RODRIGO RIVERA SALAZAR.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,

FELIPE MUÑOZ GÓMEZ.

×