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MEMORANDO 5010 DE 2017

(febrero 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Bogotá D.C,

Para:Todas las dependencias del nivel central y regional que utilizan equipos celulares de la entidad
De:Juan Manuel Quiñones Pinzón - Secretario General
Asunto:Servicio y Equipos celulares

La Defensoría del Pueblo a través de este despacho realizó gestiones necesarias para continuar con la prestación del servicio de telefonía celular, no obstante la reducción presupuestal para los gastos de la vigencia 2017 distribuidos por el Ministerio de Hacienda.

Por las razones anteriores informo que, la utilización de los datos y minutos incluidos dentro de los planes contratados debe ser oportuna, ágil y concreta para provechar al máximo esta herramienta de trabajo tanto en las ciudades como en terreno, además es necesario recordar que en el evento que la factura del servicio de telefonía celular registre valores excedentes a los contratos (voz, datos e internet en movimiento), estos deben ser cancelados por el funcionario responsable de la línea celular.

En cuanto a los equipos celulares informo que, los valores que se deriven por perdida, hurto, daño, servicio técnico y/o cambio de tecnología, estos deben ser asumidos en su totalidad por el funcionario a quien se asignó el equipo y línea celular, en ningún caso se puede realizar reclamación por reposición ante la Compañía de Seguros contratada por la Defensoría del Pueblo.

Cordialmente,

JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN

Secretario General

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