MEMORANDO 50027 DE 2016
(febrero 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Bogotá D.C,
| Para: | Todos los Servidores Públicos de la Defensoría del Pueblo |
| De: | Felipe Vargas Rodríguez, Secretario General |
| Asunto: | Instrucciones sobre correspondencia de carácter personal. |
En atención a los lineamientos establecidos en el Acuerdo 060 de 2001 del Archivo General de la Nación “Por el cual se establecen pautas para la administración de las comunicaciones oficiales en las entidades públicas y las privadas que cumplen funciones públicas", y el alto volumen correspondencia de carácter privado o personal que ingresa a la entidad, me permito informarles lo siguiente.
A partir de la fecha y hasta el 29 de febrero del 2016, las ventanillas de correspondencia del nivel central y sedes regionales podrán recibir los documentos personales de los servidores públicos (extractos bancarios, invitaciones, publicidad, etc.), pero no serán responsable de su trámite, estos documentos no se radicaran, ni se distribuirán en los recorridos de entrega de comunicaciones oficiales y serán depositados en un buzón en cada una de las ventanillas de correspondencia, para que estos sean reclamados.
De igual forma durante el periodo de tiempo establecido, se solicita a los servidores públicos realizar la actualización de la dirección de domicilio para la entrega de correspondencia personal, por lo anterior se recomienda no suministrar la dirección de la Defensoría del Pueblo para el envío de su correspondencia particular.
Cordialmente,
FELIPE VARGAS RODRÍGUEZ
Secretario General