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MEMORANDO 50032 DE 2016

(febrero 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Bogotá D.C,

Para:Todas las Dependencias del nivel central y regional que utilizan equipos celulares de la entidad
De:Dr. Felipe Vargas Rodríguez - Secretario General
Asunto:Servicio y equipos celular

Teniendo en cuenta que la utilización de los equipos celulares debe ser oportuna, ágil y concreta, para el aprovechamiento de los minutos incluidos en los planes. Debo informar que en el evento que la factura del servicio de telefonía celular registre cualquier excedente superior al del plan contratado, (voz y/o datos) este debe ser cancelado por el responsable de la línea celular.

En cuanto a los equipos celulares me permito recordar que los valores que se deriven por pérdida, hurto, daño o servicio técnico, estos deben ser asumidos en su totalidad por el funcionario a quien se le asigno el respectivo equipo y línea celular.

Cordialmente.

FELIPE VARGAS RODRÍGUEZ

Secretario General

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