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MEMORANDO 50094 DE 2019

(junio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Bogotá D.C.

Para:Directores Nacionales
Defensores Delegados
Defensores Regionales
Jefes de Oficina
Subdirección de Talento Humano
Profesionales Administrativos y de Gestión
De:Secretario General
Referencia:Verificación periódica de antecedentes

Respetados servidores de la Defensoría del Pueblo:

Con el fin de verificar el cumplimiento de los procesos y procedimientos internos relacionados con el ejercicio adecuado de las supervisión de los contratos de toda la Entidad, se les recuerda que es necesario realizar periódicamente la verificación de los antecedentes penales, disciplinarios, fiscales, de medidas correctivas, así como relacionados con el ejercicio de la profesión, tales como Consejo Superior de la Judicatura, COPNIA, Junta Central de Contadores, entre otros; revisión que debe realizarse con un intervalo de máximo de un mes calendario, de lo cual el supervisor deberá dejar constancia.

Adicionalmente, esta verificación también deberá realizarse a todos los servidores de la entidad, a través de la Subdirección de Talento Humano.

Cordialmente,

JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN

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