MEMORANDO 1030141 DE 2018
(noviembre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
MEMORANDO
Bogotá D.C.
| PARA: | DOCTOR ALFONSO NEGRET MOSQUERA - SEÑOR DEFENSOR DEL PUEBLO. |
| DE: | JULIO CESAR MORENO BERNAL - JEFE OFICINA DE CONTROL INTERNO. |
| REFERENCIA: | Política de operación proceso de Evaluación y Seguimiento. Periodo ciclo de evaluación. |
Respetado doctor Negret:
Dentro del proceso de Evaluación y Seguimiento, cuyo líder es el Jefe de la Oficina de Control Interno y considerando los diferentes roles definidos conforme a lo presentado en el decreto 648 del 2017, “Artículo 2.2.21.5.3 De las oficinas de control interno. Las Unidades u Oficinas de Control Interno o quien haga sus veces desarrollarán su labor, a través, de los siguientes roles: liderazgo estratégico; enfoque hacia la prevención, evaluación de la gestión del riesgo, evaluación y seguimiento, relación con entes externos de control.”
Se define como política de operación, planear el ciclo de evaluación sobre el periodo de administración establecidos por ley, (cuatro años). Donde se realizaran ejercicios en al menos un rol, a cada uno de los procesos del mapa de procesos definidos y vigentes, Defensorías Regionales y Defensorías Delegadas. Esto permitirá verificar y fortalecer el Sistema de Gestión y de Control Interno.
Se incluirán actividades adicionales y específicas, las definidas por los líderes de procesos y aprobadas por el Comité de Coordinación de Control Interno, o solicitadas expresamente por el Señor Defensor durante cada vigencia.
El definir este ciclo de evaluación permite organizar y planear el trabajo para lo pendiente de la vigencia 2019 y 2020.
Cordialmente,
JULIO CESAR MORENO BERNAL
JEFE OFICINA DE CONTROL INTERNO