RESOLUCIÓN 2067 DE 2018
(septiembre 6)
Diario Oficial No. 50.713 de 11 de septiembre de 2018
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1150 de 2019>
Por la cual modifica la Resolución número 1541 de 2018, por la cual se adopta, el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como requisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte.
EL DIRECTOR (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE (COLDEPORTES),
en uso de las facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto-ley 4183 de 2011, el Decreto-ley 1228 de 1995 y el Decreto número 1250 de 2018,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 3o del Decreto número 4183 de 2011, el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), tiene como objetivo, dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional, y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados.
Que dentro de las funciones del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) está la de formular, adoptar, coordinar la ejecución y evaluar estrategias de la promoción, el fomento, el desarrollo y la orientación del deporte, la recreación, la actividad física, y el aprovechamiento del tiempo libre, y la de ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organismos deportivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte.
Que el artículo 25 del Decreto-ley 1228 de 1995 establece: “Artículo 25. Plan Nacional de Capacitación. Coldeportes, ofrecerá cursos de administración deportiva dirigidos a los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de sus funciones”. Esta capacitación será atendida por la Escuela Nacional del Deporte, y demás organismos especializados, de conformidad con lo que sobre el particular disponga el Plan Nacional de Capacitación.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. En un término de cuatro (4) años contados a partir de la publicación del presente Decreto, los actuales directivos de los organismos deportivos deberán acreditar el cumplimiento de este requisito. Vencido este término, será indispensable para ser elegido en los órganos respectivos.
Que en cumplimiento de lo señalado en las disposiciones antes transcritas, Coldeportes expidió la Resolución número 1541 del 16 de julio de 2018, adoptando el Plan Nacional de Capacitación orientado a mejorar la calidad en la prestación de los servicios a cargo de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte, para garantizar la instalación cierta y duradera de competencias y capacidades específicas de los miembros de dirección y administración de tales organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento.
Que una vez publicada la citada resolución se recibieron algunas recomendaciones orientadas a precisar que dentro de los órganos de administración se debe entender incluidos también, los miembros de las juntas directivas de los clubes profesionales organizados como sociedades anónimas y que se amplíe el perfil del equipo capacitador para facilitar la participación de un mayor número de profesionales en eventos académicos para la ejecución del Plan Nacional de Capacitación, lo cual se considera pertinente.
En virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1150 de 2019> Agregar un parágrafo al artículo 1o de la Resolución número 1541 de 2018, quedando así:
“Artículo 1o. Adoptar el Plan Nacional de Capacitación, dirigido a los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de sus funciones, conforme lo dispone el artículo 25 del Decreto Ley 1228 de 1995.
PARÁGRAFO. Dentro de los miembros de dirección de los organismos deportivos que conforman el Sistema Nacional del Deporte se encuentran incluidos los miembros de las juntas directivas o quienes hagan sus veces, de los clubes profesionales organizados como sociedades anónimas”.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1150 de 2019> Se modifica el artículo 6o de la Resolución número 1541 de 2018, el cual queda así:
“Artículo 6o. Perfil del Equipo Capacitador. El equipo capacitador se convierte en un asesor de las áreas sustantivas encargadas del proceso formativo, por tanto debe contar con las mejores calidades profesionales y personales para apoyar a. los potenciales directivos de los organismos del Sistema Nacional del Deporte, personal técnico y de juzgamiento a informar, sistematizar, clasificar y dar forma explícita a configurar un perfil de alto desempeño, mediante procedimientos didácticos adecuados, evaluables y verificables.
El equipo capacitador debe ser multidisciplinario y cada uno de sus miembros debe contar por lo menos con los siguientes requisitos: Título Profesional en temas relacionados con el contenido programático a abordar y mínimo un (1) año de experiencia sobre el mismo, obtenida en entidades públicas o ejerciendo cargos en la estructura de los organismos deportivos, o título profesional y especialización o maestría directamente relacionada con los temas a tratar”.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1150 de 2019> La presente resolución será publicada en el Diario Oficial y en la página web de Coldeportes.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1150 de 2019> Los demás aspectos de la Resolución número 1541 de 2018 continúan vigentes.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Director (e) – Coldeportes,
Afranio Luis Restrepo Villarroel.