RESOLUCIÓN 172 DE 2009
(febrero 18)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por la cual se establecen unas dependencias.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO,
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el parágrafo del artículo 18 de la Ley 24 de 1992 y
CONSIDERANDO:
Que la Defensoría del Pueblo cuenta actualmente con trece (13) Defensorías Seccionales, así: Arauca, Amazonas, Caquetá, Casanare, Cesar, Guainía, Guajira, Guaviare, Sucre, Urabá, Vichada, Vaupés, San Andrés y Providencia.
Que el Decreto 0384 del 9 de febrero de 2009, modificó el régimen de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos de la Defensoría del Pueblo, modificando entre otros el cargo de Defensor Seccional, Grado 20, perteneciente al Nivel Asesor, por el de Defensor Regional, Código 0040, Grado 20, perteneciente al Nivel Directivo, cargo éste de libre nombramiento y remoción.
Que el parágrafo del Artículo 18 de la Ley 24 de 1992, establece: “El Defensor del Pueblo desarrollará la Estructura de la Defensoría del Pueblo en lo no previsto en la Ley, sin establecer a cargo del Tesoro Obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones".
Que teniendo en cuenta lo anterior, este Despacho considera procedente establecer las Defensorías Regionales, Código 0040, Grado 20, en las Oficinas relacionadas en el primer considerando.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Establécese las Defensorías Regionales, Código 0040, Grado 20, en las siguientes oficinas: Arauca, Amazonas, Caquetá, Casanare, Cesar, Guainía, Guajira, Guaviare, Urabá, Sucre, Vichada, Vaupés y San Andrés y Providencia, de conformidad con la parte motiva del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO. Las Defensorías Regionales de que trata el Artículo Primero de la presente resolución, continuarán ejerciendo presencia en las jurisdicciones territoriales establecidas.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. el 18 de febrero de 2009
VOLMAR PÉREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo.