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RESOLUCIÓN 173 DE 2009

(febrero 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se crea y organiza la Coordinación de Gestión del Talento Humano de la Defensoría del Pueblo.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Artículo 9 numeral 2 y 18 de la Ley 24 de 1992 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No, 0128 del 26 de febrero de 1993, fue organizada la Dependencia de Personal.

Que mediante Decreto 385 del 9 de febrero de 2008, se adicionó la planta de personal de la Defensoría del Pueblo, creando entre otros, el cargo de Coordinador de Gestión de Talento Humano, Código 2030, Grado 20, perteneciente al Nivel Ejecutivo.

Que el parágrafo del Artículo 18 de la Ley 24 de 1992, establece; " El Defensor del Pueblo desarrollará la Estructura de la Defensoría del Pueblo en lo no previsto en la Ley, sin establecer a cargo del Tesoro obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la Ley de Apropiaciones”.

Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario revocar la Resolución No.0128 del 26 de febrero de 1993, y en consecuencia crear la Coordinación de Gestión del Talento Humano y organizada tal como se describe en la parte resolutiva del presente Acto Administrativo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Créase la Coordinación de Gestión del Talento Humano e incorpórese dentro de la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo, bajo la supervisión de la Secretaría General de la Entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO. PROPÓSITO. La Coordinación de Gestión del Talento Humano, tendrá como propósito principal la dirección, organización, control y ejecución de las políticas, planes, procesos de administración del talento humano de la Entidad y la implementación de la Carrera Administrativa, garantizando los objetivos propuestos en la misión, visión y planeación estratégica para el desarrollo integral del talento humano de la Defensoría del Pueblo.

ARTÍCULO TERCERO. Organícese la Coordinación de Gestión del Talento Humano en las siguientes áreas:

1. Registro y Control

2. Nómina y Prestaciones Sociales

3. Carrera Administrativa

4. Bienestar Social Laboral

5. Capacitación y Formación Institucional

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y revoca en lo pertinente las resoluciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. el 18 de febrero de 2009

VOLMAR PÉREZ ORTIZ

Defensor del Pueblo.

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