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RESOLUCIÓN 424 DE 2010

(marzo 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se delega en la Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales, la presidencia de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales que consagra el artículo 282 de la Constitución Política y especialmente de las contenidas en el numeral 2, 18 y 24 del artículo 9o de la Ley 24 de 1992 y en los artículos 3o y 4o del Decreto 929 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 10 de la Ley 24 de 1992, dispone que el Defensor del Pueblo podrá delegar sus funciones, salvo la de presentar informes anuales al Congreso de la República, en el Secretario General, en los Directores Nacionales, en los Defensores Regionales, en los Personeros Municipales y en. los demás funcionarios de su dependencia.

Que el artículo 8o de la Ley 589 de 2000, creó una Comisión Nacional y Permanente de Búsqueda de Personas Desaparecidas con el fin de apoyar y promover la investigación del delito de desaparición forzada, con pleno respeto de las competencias institucionales y de las facultades de los sujetos procesales.

Que el artículo 8o de la Ley 589 de 2000 establece que hace parte de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas el Defensor del Pueblo o su delegado permanente.

Que el artículo 3o del Decreto 929 de 2007, por el cual se reglamenta la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, dispone: “Presidencia. La Presidencia de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas será ejercida por el Defensor del Pueblo ''

Que para garantizar y fortalecer la participación de la Defensoría del 'Pueblo en la presidencia de la Comisión de Búsqueda dé Personas Desaparecidas y coadyuvar en el diseño, evaluación y apoyo de la ejecución de los planes de búsqueda de personas desaparecidas, se hace necesario, dado el volumen de asuntos que se deben atender, que en ausencia del Defensor del Pueblo, un funcionario de la Defensoría del Pueblo, lleve su representación y coordine las actividades propias de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Designar al Director (a) Nacional de Recursos y Acciones Judiciales, para que en ausencia del Defensor del Pueblo, lleve su representación y coordine las actividades propias de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas,

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su comunicación

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 23 MAR. 2010

VOLMAR PEREZ ORTIZ

Defensor del Pueblo

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