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RESOLUCIÓN 460 DE 2008

(abril 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por medio de la cual se adoptan medidas para desarrollar el Sistema de Información “VISION WEB - ATO”.

LA SECRETARIA GENERAL ( E ), CON ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE DEFENSOR DEL PUEBLO,

En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 31 de la Ley 24 de 1992 y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Que la Defensoría del Pueblo solicitó a la Asociación Colombiana de Ingenieros de Sistemas -ACIS- el envío de hojas de vida de ingeniero(a)s de Sistemas para seleccionar el (la) que ofreciera las mejores condiciones técnicas y la mayor experiencia en peritajes sobre desarrollo de sistemas de información, a fin de realizar un estudio sobre el nivel de desarrollo del Sistema de Información VISION WEB - ATQ y su compatibilidad o duplicidad con el sistema de Información solicitado por la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, que arroje información histórica y actual sobre la atención y trámite de quejas de personas que hayan sido objeto de acciones de los actores armados desde el año 2004.

SEGUNDO. Que se seleccionó a la Ingeniera de Sistemas María Esther Ordoñez Ordoñez para llevar a cabo el estudio en mención, para lo cual se celebró el contrato de prestación de servicios 254 de 2007 entre la Defensoría del Pueblo y Ordoñez Ordoñez y Asociados Ltda.

TERCERO. Que la firma Ordoñez Ordoñez y Asociados Ltda. entregó el Informe “Peritaje Sobre el Sistema Visión Web” el 20 de diciembre de 2007, el cual contiene tres capítulos: 1- Introducción 2- Diagnóstico y 3- Conclusiones y Recomendaciones.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar algunas de las recomendaciones formuladas por la firma Ordoñez Ordoñez y Asociados Ltda. para concluir el desarrollo del Sistema de Información VISION WEB - ATQ, las cuales comprenden el desarrollo de las siguientes actividades:

1. Continuar con el desarrollo del componente ATQ de VISION WEB, realizando ajustes técnicos y de control del proyecto, adecuados para lograr el cumplimiento de los cronogramas, y teniendo como meta de corto plazo el montaje y puesta en marcha de los módulos de recepción, verificación y reparto de peticiones. El montaje de estos módulos debe hacerse cuanto antes en la base de datos Informix y teniendo en cuenta las recomendaciones técnicas formuladas en el documento.

2. Crear un Comité de Proyecto conformado por los siguientes funcionarios: el (la) Director (a) Nacional de Atención y Trámite de Quejas, el de la Oficina de Sistemas y Estadística y el Jefe de la Oficina de Planeación; el cual realizará un seguimiento mensual al desarrollo del proyecto.

3. Crear un Grupo Técnico de Proyecto conformado por un representante de la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, un representante del área de sistemas, la gerente del proyecto y el interventor. Ei grupo se reunirá una vez por semana para verificar el avance del cronograma, definir actividades de cada área a favor del proyecto y realizar labores de coordinación o extraordinariamente cuando se requiera para hacer ajustes técnicos.

4. El interventor realizará un seguimiento semanal detallado sobre el cumplimiento de las responsabilidades, tanto del área usuaria como del área de sistemas, y llevará a cabo la revisión técnica de los productos en desarrollo, los productos finales del proyecto y control del avance del cronograma. Los informes de interventora deben presentarse mensualmente al Comité de Proyecto,

5. El equipo de desarrollo deberá estar integrado por dos (2) programadores de dedicación exclusiva, un ingeniero de sistemas de tiempo parcial (Said Lozano), para el aseguramiento de la calidad y la realización de pruebas del sistema, y la gerente del proyecto y diseñadora del sistema.

6. El grupo técnico del proyecto deberá elaborar y aprobar un cronograma detallado de actividades, en las cuales deben participar la Oficina de Sistemas y la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, con el fin de realizar la migración de los datos históricos al nuevo sistema.

7. Además, en el diseño del sistema se deberá incluir el desarrollo del Observatorio de Seguimiento del Derecho a la Vida y el observatorio de seguimiento a víctimas de violaciones a los DD HH e infracciones al DIH.

8. Los pagos a los miembros que se contraten para integrar el equipo, deberán establecerse contra la ejecución del cronograma de actividades, el cual hará parte del contrato. Se deberá solicitar a los contratistas la documentación técnica completa de la metodología, así como los estándares y frameworks utilizados en la programación.

Dada en Bogotá D.C. el 15 de abril de 2008

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GLORIA ELSA RAMIREZ VANEGAS.

Secretaria General (É), con asignación de funciones

de Defensor del Pueblo

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