RESOLUCIÓN 738 DE 2019
(mayo 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por medio de la cual se adopta el Código de Integridad creado por el Departamento Administrativo de la Función Pública como Código de Integridad de la Defensoría del Pueblo.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1° del artículo 5 del Decreto 025 de 2014 y
CONSIDERANDO:
Que en la Constitución Política de Colombia en su artículo 209 establece, que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad; además de los principios de buena fe, eficiencia, participación, responsabilidad y transparencia, señalados en el artículo 3o de la Ley 489 de 1998.
Que el artículo 2.2.22.2.1. del Decreto 1499 de 2017, por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015 en lo relacionado con la integración de los Sistemas de Gestión, como política de Buen Gobierno según lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 - Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un Nuevo País”; señala entre las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, la integridad.
Que el numeral 1° del artículo 2.2.22.3.3. del citado Decreto, establece como uno de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, “Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas”; razón por la cual es importante fortalecer dentro de la entidad actitudes y comportamientos íntegros de los servidores públicos, en el desarrollo de sus funciones y actividades.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, soportado en las normas y conceptos del Decreto 1499 de 2017, en un esfuerzo de unificación de los criterios y valores que guían la administración pública, creo un Código de Integridad, como Código Tipo, aplicable a todo Servidor Público, y recomendó la adopción de sus contenidos, haciéndolos compatibles con los actuales Códigos de Ética de las entidades.
Que el Código Tipo o Código de Integridad creado por el Departamento Administrativo de la Función Pública cuenta con las características de ser general y conciso, y establece además, parámetros mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país.
Que en el Código de Integridad creado por el Departamento Administrativo de la Función Pública se proponen los valores: Honestidad, Respeto, Compromiso, Diligencia y Justicia, como valores guía en la administración pública.
Que los valores del servicio público consignados en el Código de Integridad propuesto por Departamento Administrativo de la Función Pública fortalecen las políticas de talento humano que desarrolla la Defensoría del Pueblo.
Que los asuntos relacionados con la promoción y cualificación del Talento Humano hacen parte de la gestión del desempeño institucional de la Defensoría del pueblo.
Que a través de la Resolución 914 del 2 de junio de 2016, se adoptó el Código de Ética vigente en la Defensoría del Pueblo.
Que en acta 001 del 30 de enero de 2019, el Comité de Gestión Institucional de la Defensoría del Pueblo, propone al Defensor del Pueblo la adopción de un Código de Integridad, en reemplazo del actual código de ética.
Que las reglamentaciones especiales que regulan las funciones y competencias del Defensor del Pueblo le permiten adoptar normas y directrices obligatorias para otras ramas o dependencias del poder público, siempre y cuando fortalezcan la capacidad institucional de la Defensoría del Pueblo.
Que, en aras de procurar parámetros mínimos de integridad para los servidores de la Defensoría del Pueblo, concordantes con los exigidos a los demás servidores públicos del país, se hace conveniente la adopción del Código de Integridad creado por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el Código de Integridad creado por el Departamento Administrativo de la Función Pública como Código de Integridad de la Defensoría del Pueblo. Los valores que se incluyen en el Código de integridad, los cuales determinan una línea de acción cotidiana, son:
Honestidad: Actúo siempre con fundamento en la verdad, cumpliendo mis deberes con transparencia, rectitud, y siempre favoreciendo el interés general.
Respeto: Reconozco, valoro y trato de manera digna a todas las personas, con sus virtudes y defectos, sin importar su labor, su procedencia, títulos o cualquier otra condición.
Compromiso: Soy consciente de la importancia de mi rol como servidor público y estoy en disposición permanente para comprender y resolver las necesidades de las personas con las que me relaciono en mis labores cotidianas, buscando siempre mejorar su bienestar.
Diligencia: Cumplo con los deberes, funciones y responsabilidades asignadas a mi cargo de la mejor manera posible, con atención, prontitud y eficiencia, para así optimizar el uso de los recursos del Estado.
Justicia: Actúo con imparcialidad garantizando los derechos de las personas, con equidad, igualdad y sin discriminación.
ARTÍCULO SEGUNDO. Los Valores del código de integridad serán asumidos y cumplidos por todos los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo de todos los niveles y jerarquías.
ARTÍCULO TERCERO. En el plan institucional de capacitación y formación institucional, en sus líneas de inducción y reinducción institucional, se garantizará la debida socialización del Código de Integridad que se adopta en la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. El Comité de Gestión Institucional de la Defensoría del Pueblo, adoptará los mecanismos adecuados para la difusión, apropiación y seguimiento del Código de Integridad al interior de la Entidad.
ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 914 de 2016 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el 30 de mayo de 2019
CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA
Defensor del Pueblo