RESOLUCIÓN 931 DE 2002
(diciembre 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por medio de la cual se adopta el Código de Ética de la Defensoría del Pueblo.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO,
en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales en especial las contenidas en el artículo 9o de la Ley 24 de 1992.
CONSIDERANDO:
lúe según establece el numeral 12o del Artículo 9o de la Ley 24 de 1992, es función del Defensor del Pueblo "expedir los actos administrativos que se Quieran para el funcionamiento de la Entidad",
Que para el logro de la misión institucional atribuida por la Constitución Nacional y la ley a la Defensoría del Pueblo, se hace necesario consagrar los referentes éticos que los integrantes de la Defensoría del Pueblo deben conocer, asumir, divulgar e interiorizar y la delimitación de unos criterios unívocos de acción que permitan derrotar, prevenir, controlar, de manera eficiente y efectiva todas las prácticas ilícitas y erradicar la corrupción.
Que con fundamento en lo antes expuesto, la presente administración dio inicio a un proceso participativo encaminado a la construcción de un Modelo de Gestión Ética para la Defensoría del Pueblo, contando al efecto con la activa Intervención de un grupo de directivos del nivel central y regional, jefes de tena, funcionarios y contratistas de las diferentes dependencias de la entidad y el valioso respaldo del Convenio de Cooperación Internacional para el Fortalecimiento del Sistema de Control Interno, suscrito con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional -USAID- a través de su ejecutor en Colombia para este programa, Casals & Associates Inc., y de su aliado para asuntos de Ética Pública, el Centro Colombiano de Responsabilidad Empresarial.
Que por lo anteriormente expuesto se hace necesaria la adopción del Código de Ética de la Defensoría del Pueblo.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el siguiente "Código de Ética de la Defensoría del pueblo", el cual habrá de orientar de manera permanente tanto el desarrollo de las misiones institucionales asignadas a la Entidad, como el cumplimiento de las funciones a cargo de sus servidores:
PRESENTACIÓN
El Código de Ética de la Defensoría del Pueblo es una de las herramientas más importantes para las labores que ejerce la Institución. Es el conjunto de parámetros éticos por los cuales se rige la institución para actuar en salvaguarda de quienes lo necesitan y brindar el apoyo necesario para promover la legitimidad de los Derechos Humanos que procuramos sean respetados y defendidos.
Este Código busca consolidar y hacer explícita una serie de valores institucionales que desde siempre han conformado la identidad de las personas que trabajan en la Defensoría del Pueblo. La ética, de este modo, no es solamente el conjunto de normas que deben ser aplicadas en la labor diaria. Se trata de conceptos interiorizados como orientadores de la acción, que se asumen como actitudes y comportamientos.
La labor que desarrollamos debe estar enmarcada en referentes morales comunes que garanticen la convivencia entre las personas integrantes de la institución, la identidad de ellas con su trabajo y la actitud de la Defensoría frente a la sociedad, que es, finalmente, lo que legitima nuestra misión.
La dignidad, la solidaridad, la responsabilidad, el respeto y otros rasgos propios de la acción defensorial se concretan y desarrollan en el Código de Ética que presentamos en esta oportunidad, como resultado de la reflexión y la proyección de los valores personales y profesionales de aquellos que conforman la Defensoría del Pueblo.
INTRODUCCIÓN
La Defensoría del Pueblo se compromete con la institucionalización de su propio Modelo de Gestión Ética en respuesta a la creciente demanda de la sociedad civil sobre la implantación de acciones de responsabilidad social y el ejercicio de prácticas éticas, expresada en diferentes escenarios y medios de comunicación y en la toma de conciencia estatal que ha consagrado para ello normas constitucionales, legales y directivas presidenciales.
La Defensoría del Pueblo a través de la construcción e implantación de este modelo, pretende promover la legitimidad mediante la consulta permanente a los interesados, para asegurar un liderazgo en el ejercicio y divulgación de los Derechos Humanos. Se trata entonces de un Modelo de Gestión basado en una visión responsable y analítica de sus relaciones con la sociedad, en el marco de sus propios principios y en los términos de sus realizaciones.
De igual forma, se constata este interés institucional y nacional en las Directivas Presidenciales 10 de 2002 y 009 de 1999, donde se hace referencia a la línea de acción para prevenir la corrupción en todas sus manifestaciones y se resalta la importancia que tiene el fortalecimiento de los valores éticos en el servidor público. Se destaca, además, la necesidad de "desarrollar valores y conductas éticas deseables dentro del servicio público por medio de los procesos pedagógicos que estimulen él conocimiento, reflexión e interiorización de tales valores y conductas, con lo cual se pretende también estimular el desarrollo de habilidades y aptitudes favorables para el cumplimiento de los principios que orientan el servicio público, y de este modo promover la autorregulación individual y colectiva...".
El Modelo de Gestión Ética para la Defensoría del Pueblo es el resultado de un proceso participativo. Se desarrolló a partir de un diagnóstico ético de la institución, con una encuesta aplicada para el efecto. Con base en los resultados del diagnóstico, un grupo de directivos del nivel central y regional, jefes de oficina, funcionarios y contratistas de las diferentes dependencias de la entidad procedió a la configuración del Código de Ética. El trabajo se desarrolló en talleres realizados con el apoyo del Convenio de Cooperación Internacional para el Fortalecimiento del Sistema de Control Interno, suscrito con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional - USAID- a través de su ejecutor en Colombia para este programa, Casals & Associates Inc., y de su aliado para asuntos de Ética Pública, el Centro Colombiano de Responsabilidad Empresarial. La coordinación de este proceso correspondió a la Oficina de Control Interno, con la colaboración de la Delegada para la Comunicación, Información y Apoyo al Despacho.
Este Código consta de tres secciones. La primera incluye los aspectos generales: Misión, Visión Ética, objetivo y ámbito de aplicación; la segunda contiene los Principios Éticos. La tercera parte desarrolla las Políticas Éticas de la Defensoría del Pueblo respecto a los grupos de interés con los que se relaciona.
El Código de Ética es, sin duda alguna, una herramienta teórico práctica que va contribuir en un mayor impacto y utilidad sociales. Por ello, todos los integrantes de la Defensoría del Pueblo están invitados a la lectura, conocimiento, interiorización, divulgación y aplicación de los principios que aquí se desarrollan.
GENERALIDADES
MISIÓN
La Defensoría del Pueblo es una institución de! Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los Derechos Humanos en el marco de un Estado social de derecho, democrático, participativo y pluralista.
VISIÓN
La Defensoría del Pueblo busca que sus actuaciones se distingan por llevar impreso un espíritu de modelo y formación para el posicionamiento y cumplimiento efectivo de los Derechos Humanos en el país, y el empoderamiento de las personas como titulares activas de los mismos, en especial de los grupos y personas más vulnerables.
OBJETIVO
El presente Código tiene como objetivo consagrar los referentes éticos que los integrantes de la Defensoría del Pueblo deben conocer, asumir, divulgar e interiorizar. Su observancia debe ser consecuente con los actos de cada uno de los integrantes de la institución, dentro y fuera de ésta.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Los valores y las políticas éticas consignados en este Código son aplicables a todos los integrantes de la Defensoría del Pueblo, directivos y subalternos, sin perjuicio de las normas consagradas en el ámbito jurídico.
Este Código debe asumirse como directriz básica en los diferentes actos administrativos emitidos por la Defensoría.
EI Comité de Ética diseñará y regulará los procedimientos adecuados para asegurar el cumplimiento del Código.
PRINCIPIOS ETICOS
Las acciones y el desarrollo de las funciones de cada uno de los colaboradores de la Defensoría del Pueblo se enmarcará dentro de los siguientes VALORES:
-TRANSPARENCIA
-PROBIDAD
-PLURALISMO
-INDEPENDENCIA
-PARTICIPACIÓN
TRANSPARENCIA:
Consiste en ser claro, visible y abierto.
Las acciones de la Defensoría del Pueblo deben ser comunicadas de manera abierta. Las comunicaciones internas y externas deben ser la expresión del compromiso de todos sus integrantes. La Defensoría del Pueblo debe manejar su información de forma ágil, completa y veraz para sus integrantes, así como para los interesados y la comunidad en general, de manera que se asegure una constante retroalimentación y se garantice el derecho al control ciudadano sobre su gestión.
La Defensoría es una institución confiable, dispuesta a ser observada por las demás entidades, la comunidad y los individuos en particular, en el cumplimiento de su misión constitucional. El comportamiento y las expresiones de todos los integrantes de la Defensoría del Pueblo corresponden al carácter de transparencia que caracteriza todas las acciones de la institución.
PROBIDAD:
Se entiende por probidad la rectitud e integridad en las actuaciones de los individuos.
Significa que las acciones de todos los integrantes de la Defensoría del Pueblo deben distinguirse por su honestidad, integridad y rectitud:
La honestidad, entendida como la coherencia de la acción con los fines constitucionales y valores de la Institución.
La integridad es la lealtad con los fines legítimos.
La rectitud es anteponer el interés misional a los intereses particulares.
Por lo anterior, los integrantes de la Defensoría del Pueblo viven un compromiso decidido, firme, diligente y coherente con la institución.
PLURALISMO:
Es el reconocimiento del otro, y el respeto y valoración de la diferencia.
Las acciones y decisiones de la Defensoría están orientadas hacía el reconocimiento y promoción del pluralismo étnico, cultural, religioso, político y de pensamiento. Como resultado de lo anterior, los integrantes de la Defensoría del Pueblo construyen relaciones respetuosas, libres, solidarias y suficientemente informadas.
INDEPENDENCIA:
Es actuar de manera autónoma e imparcial
Las acciones de los colaboradores de la Defensoría del Pueblo se basan en un conocimiento plural, interdisciplinario y objetivo sobre los asuntos que competen a la actividad de la institución.
Los integrantes de la Defensoría del Pueblo son autónomos en la medida en que sus acciones son producto de la autodeterminación. A su vez, estas acciones se autorregulan con principios de justicia y equidad.
PARTICIPACIÓN:
Es la actitud de colaboración para construir.
Las acciones de la Defensoría del Pueblo buscan promover procesos participativos en Derechos Humanos, con el propósito de lograr la realización efectiva de los fines de la institución. Los integrantes de la Defensoría del Pueblo se caracterizan por su capacidad de intervención y de trabajo en equipo, que garantizan el reconocimiento de su participación en diversos escenarios dentro y fuera de la institución.
POLÍTICAS ÉTICAS CON LOS GRUPOS DE INTERÉS
La Defensoría del Pueblo y sus integrantes están comprometidos con la aplicación de las normas éticas y con el ejercicio de sus funciones en torno al posicionamiento y cumplimiento efectivo de los Derechos Humanos en el país. Este compromiso abarca tanto sus relaciones en el ámbito interno, como las que se desarrollan en el ámbito externo.
De esta manera, se establecen con cada uno de estos grupos de interacción los siguientes compromisos:
DIRECTIVOS
El Defensor del Pueblo y los directivos de la Defensoría se comprometen a:
Fundamentar el direccionamiento de todas las actuaciones de la Entidad en la observancia estricta de las conductas éticas definidas en este Código de manera participativa.
Implantar el plan estratégico de la Defensoría del Pueblo con base en los principios éticos, las políticas y los procesos administrativos para garantizar el ejercicio de la misión defensorial.
Hacer efectivo y visible el liderazgo ético en la dirección y posicionamiento de la Defensoría en los ámbitos nacional e internacional.
-implantar políticas de manejo participativo y transparente de la ¡ comunicación e información sobre las acciones de la Defensoría del Pueblo, con todas las instituciones, comunidades y personas interesadas, así como en todas las dependencias de la entidad, para el fortalecimiento continuo de sus procesos.
Reconocer los espacios y mecanismos de participación creados autónomamente por los integrantes de la Defensoría del Pueblo.
Respetar los derechos, garantías y medidas de protección de todos los integrantes de la Defensoría.
Desarrollar mecanismos que promuevan la aplicación de incentivos y estímulos en forma equitativa y meritoria a los integrantes de la Institución.
INTEGRANTES
Los integrantes de la Defensoría del Pueblo nos comprometemos a:
Participar en la implantación de un modelo de Gestión Ética en nuestra institución.
Desarrollar de manera transparente, independiente, imparcial y objetiva los procesos defensoriales, en procura de garantizar a todas las personas la realización progresiva de sus derechos humanos.
Ejecutar estrategias de colaboración y apoyo para el desarrollo de la misión institucional, dentro de la Defensoría y con otras instituciones, con el fin de lograr la efectividad de los derechos humanos.
-Implantar procesos de autorregulación y análisis que permitan una retroalimentación constante para la mejora y perfeccionamiento de las prácticas y procesos internos de la entidad.
Crear espacios y mecanismos de participación y comunicación para el desarrollo de la misión defensorial.
Fortalecer los espacios de comunicación formal e informal a nivel interno y externo.
Implantar programas que permitan la solución de conflictos mediante el diálogo, y lograr así la unidad de todos los integrantes de la Defensoría.
Respetar la diferencia mediante acciones que propendan por la formación y fortalecimiento del principio del pluralismo.
GOBIERNO CENTRAL
Las relaciones con el gobierno central serán orientadas por las siguientes í políticas:
La Defensoría del Pueblo orientará sus relaciones con el gobierno a través de la Magistratura Moral, enmarcada por los valores, principios, normas y retos de una sociedad convocada por el Estado Social de Derecho.
El Defensor del Pueblo es el vocero legítimo de la Defensoría ante la sociedad, respaldado por la potencia moral de sus pronunciamientos y el trabajo profundo, serio y responsable de toda una institución.
Los integrantes que asuman la representación de la Defensoría del Pueblo en los diferentes espacios gubernamentales nacionales o extranjeros deben ser de reconocida probidad, contar con experto manejo de los temas y de comportamiento consecuente con el tema de los derechos humanos.
Las relaciones cordiales con el gobierno central se fundamentarán en una comunicación continua y transparente que permita cumplir y acatar las normas nacionales y aquellas que rigen el Derecho Internacional Humanitario.
OTRAS INSTITUCIONES
La Defensoría del Pueblo genera compromisos con otras instituciones para:
Fortalecer las relaciones con otras instituciones públicas locales, departamentales o nacionales, de acuerdo con los principios de transparencia, pluralismo, independencia y participación, con el propósito de lograr la divulgación y efectivo cumplimiento de los derechos humanos en el país.
Crear y fortalecer mecanismos y espacios que garanticen la cooperación y acción coordinada para optimizar los recursos y generar procesos de mayor impacto en el fortalecimiento de políticas de prevención y promulgación de los derechos humanos en la comunidad.
Establecer canales de comunicación transparentes a nivel interinstitucional que fomenten el trabajo en red y posibiliten el avance de los procesos defensoriales que se estén desarrollando, y que permitan la retroalimentación de la información.
COMUNIDAD
El trabajo de la Defensoría del Pueblo con la comunidad para cumplir su misión defensorial debe caracterizarse por:
Reconocer e implantar los mecanismos de participación legítimamente creados por la comunidad y las organizaciones de la sociedad civil.
Establecer canales formales de comunicación externa que hagan accesible y suficiente la información para las personas, y que permitan recoger sus sugerencias y demandas sociales.
Adoptar relaciones respetuosas y solidarias con todos los usuarios sin discriminación alguna.
Fortalecer el compromiso de los Integrantes de la Defensoría del Pueblo para lograr una atención oportuna y efectiva de las necesidades legítimas de los usuarios, capacitarlos en habilidades y destrezas para obtener la excelencia en la atención y proporcionar los recursos necesarios para lograr dicho fin.
La defensa de los derechos humanos no sólo es responsabilidad del Estado. En consecuencia, se debe empoderar al individuo y a la comunidad para que asuman la responsabilidad de la defensa de sus propios derechos y de los demás.
Generar actitudes de transparencia en las funciones y acciones que se lleven a cabo con la comunidad.
CONTRATISTAS
Frente a las interacciones de la Defensoría con los contratistas, se destaca que:
Todos los procesos de contratación se ceñirán a la plena aplicación de los principios de selección objetiva e igualdad de oportunidades, teniendo como propósito el mejor beneficio para la misión de la entidad.
Las prácticas clientelistas, sobornos y presiones políticas no tendrán cabida en la contratación de la Defensoría del Pueblo; la eventual ocurrencia será motivo de denuncia pública, social y penal.
La Defensoría del Pueblo, conforme con las necesidades de la institución y a la ley, contratará los servicios técnicos o profesionales que requiera para el cumplimiento de su misión defensorial, previa consulta y publicidad entre los integrantes de la institución.
Con el fin de garantizar la transparencia, el Comité de Ética, motu propio o a solicitud de los integrantes, hará seguimiento y verificación a los procesos contractuales.
MEDIO AMBIENTE
Para ser coherentes con la importancia de propender por un ambiente sano en el contexto de un desarrollo sostenible para el país, se cumplirán los siguientes compromisos:
Propiciar ambientes sanos y apropiados a los integrantes de la Defensoría del Pueblo para el desarrollo de sus actividades laborales.
Propender por el mejoramiento continuo de los espacios físicos para la atención de los usuarios.
Impulsar una conciencia colectiva e individual sobre la importancia del medio ambiente para el desarrollo de las personas.
Buscar eficiencia en los procesos para lograr un nivel óptimo en el uso y aprovechamiento de los recursos.
Reflejar en las actuaciones frente a la comunidad el respeto de todos los integrantes de la Defensoría hacía el medio ambiente.
Institucionalizar y dar a conocer una cultura que promulgue acciones de reciclaje.
ARTÍCULO 2o. El Código de Ética de cuya adopción trata la presente Resolución, deberá divulgarse ampliamente al interior de la Defensoría del Pueblo.
ARTÍCULO 3o. Las dependencias correspondientes entregarán un ejemplar de la presente Resolución o del Código de Ética a todas las personas que tomen posesión en alguno de los cargos pertenecientes a la planta de personal de la Defensoría del Pueblo o que en razón de una relación contractual, presten sus servicios personales en ella, las cuales deberán suscribir un acta en la cual asuman el compromiso de acatar lo que en esta Resolución se establece.
ARTÍCULO 4o. Crease un comité de Verificación y Seguimiento de lo previsto en las disposiciones precedentes, cuya integración será definida por el Defensor del Pueblo.
ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige desde la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. el 19 de diciembre de 2002
EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ
Defensor del Pueblo.