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RESOLUCIÓN 1044 DE 2014

(julio 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por medio de la cual se adopta el Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo de la Defensoría del Pueblo.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral del artículo 5 numeral 1 del Decreto-Ley 025 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Defensoría del Pueblo es un organismo con autonomía administrativa y presupuestal que forma parte del Ministerio Publico, ejerce sus funciones bajo la suprema dirección del Procurador General de la Nación y le corresponde esencialmente velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.

Que el artículo 2 de la Ley 1066 de 2006 establece las obligaciones que deberán cumplir “las entidades públicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudar rentas o caudales públicos del nivel nacional o territorial".

Que el numeral primero de dicho artículo señala que la máxima autoridad o representante legal de la entidad pública, debe establecer mediante normatividad de carácter general, el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera, el cual deberá incluir las condiciones relativas a la celebración de acuerdos de pago.

Que, en cumplimiento a este deber legal, el Reglamento Interno de Cartera de la Defensoría del Pueblo se adopta como Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo, a través del presente acto administrativo de carácter general expedido por el Defensor del Pueblo, el cual contiene las reglas que regirán el desarrollo de la función de cobro, dentro del marco de las disposiciones legales y de orden administrativo vigentes.

Que no obstante la adopción del Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo, el procedimiento del cobro persuasivo y coactivo de la Defensoría del Pueblo se regirá lo establecido en la Ley 1066 de 2006, el Decreto 4473 de 2006, el Estatuto Tributario, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. OBJETO. Adoptar el Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo como Reglamento Interno de Recaudo de Cartera de la Defensoría del Pueblo, de conformidad a lo dispuesto en las partes motiva, el cual formará parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2. ACTUALIZACIÓN, MODIFICACIÓN O ADICIÓN DEL MANUAL. Corresponde a la Oficina Jurídica, velar por la aplicación de lo establecido en el Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo, así como su divulgación, socialización y actualización, modificación o adición, de manera permanente y oportuna, de conformidad con los procedimientos que se establezcan para el efecto.

ARTÍCULO 3. VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente Manual de Cobro Persuasivo y Coactivo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, el 18 de julio de 2014

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JORGE ARMANDO OTÁLORA GÓMEZ

Defensor del Pueblo

ANEXO

 MANUAL DE COBRO PERSUASIVO Y COACTIVO DE LA DEFENSORÍA DELPUEBLO

<Consultar anexo en PDF directamente en el siguiente enlace:

https://168.61.69.177/documentospdf/PDF/R_DP_1044_2014_Anexo.pdf>

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