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RESOLUCIÓN 1921 DE 2010

(diciembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por medio de la cual se suprime la Defensoría Delegada para la comunicación, información y apoyo de los asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 12 y 18 del artículo 9 de la Ley 24 de 1992 y las contenidas en el parágrafo del artículo 18 de la misma Ley y

CONSIDERANDO

Que para el cumplimiento de las funciones que la Constitución y la Ley le asignan al Defensor del Pueblo, en coherencia con el ejercicio de la Magistratura Moral, y para desarrollar las actividades mencionadas, es necesario reorganizar el grupo profesional de comunicadores sociales y periodistas que coordine las tareas del posicionamiento institucional en el ámbito nacional e internacional, mediante actividades propias de la comunicación social y el periodismo institucional a través de las cuales rinde cuentas a la sociedad, informa sobre lo que hace, sobre los resultados de su gestión misional y socializa la información y el saber institucional.

Que para el logro de los fines antes propuestos, se debe previo a reorganizar la estructura de funcionamiento de la oficina de prensa de la Entidad, suprimir la Defensoría Delegada para la comunicación, información y apoyo de los asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Suprimir la Defensoría Delegada para la comunicación, información y apoyo de los asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo primero de la Resolución No. 631 de fecha 28 de septiembre de 2004.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

VOLMAR PEREZ ORTIZ
DEFENSOR DEL PUEBLO

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