RESOLUCIÓN 1921 DE 2010
(diciembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por medio de la cual se suprime la Defensoría Delegada para la comunicación, información y apoyo de los asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 12 y 18 del artículo 9 de la Ley 24 de 1992 y las contenidas en el parágrafo del artículo 18 de la misma Ley y
CONSIDERANDO
Que para el cumplimiento de las funciones que la Constitución y la Ley le asignan al Defensor del Pueblo, en coherencia con el ejercicio de la Magistratura Moral, y para desarrollar las actividades mencionadas, es necesario reorganizar el grupo profesional de comunicadores sociales y periodistas que coordine las tareas del posicionamiento institucional en el ámbito nacional e internacional, mediante actividades propias de la comunicación social y el periodismo institucional a través de las cuales rinde cuentas a la sociedad, informa sobre lo que hace, sobre los resultados de su gestión misional y socializa la información y el saber institucional.
Que para el logro de los fines antes propuestos, se debe previo a reorganizar la estructura de funcionamiento de la oficina de prensa de la Entidad, suprimir la Defensoría Delegada para la comunicación, información y apoyo de los asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Suprimir la Defensoría Delegada para la comunicación, información y apoyo de los asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo primero de la Resolución No. 631 de fecha 28 de septiembre de 2004.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los
VOLMAR PEREZ ORTIZ
DEFENSOR DEL PUEBLO