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RESOLUCIÓN 3125 DE 2022

(noviembre 17)

Diario Oficial No. 52.232 de 28 de noviembre de 2022

COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

Por medio de la cual se asigna la apropiación distribuida a los Pueblos y Comunidades Indígenas de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y la evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación de Sistema General de Regalías para el Bienio 2021-2022 a la Secretaría Técnica de la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS,

en uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 5o de la Ley 2056 de 2020 y el numeral 3 del artículo 2o del Reglamento Interno de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías (Acuerdo número 01 de 2020), y

CONSIDERANDO:

Que el inciso octavo del artículo 361 de la Constitución Política destinó el 2% de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) para el funcionamiento, la operatividad y administración del sistema, para la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos y conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, la evaluación y el monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, para el incentivo a la exploración y a la producción;

Que el numeral 1 del artículo 12 de la Ley 2056 de 2020 definió el concepto de gasto para el funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, señalando que esta distribución está a cargo de la Comisión Rectora;

Que en el numeral 3 del artículo 5o de la Ley 2056 de 2020 establece que le corresponde a la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, administrar y distribuir mediante acto administrativo, los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías y establecer las condiciones para su uso, de acuerdo con la apropiación realizada en la ley bienal de presupuesto;

Que de conformidad con el artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, los órganos y demás entidades designadas como ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías deberán hacer uso del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del Sistema General de Regalías a las cuentas bancarias de los destinatarios finales;

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.1.1.3.2. del Decreto Único Reglamentario del SGR (Decreto número 1821 de 2020), los órganos del sistema y las entidades a las que se les asigne recursos de administración del Sistema son responsables por la incorporación y ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías en un capítulo presupuestal independiente en sus presupuestos, en los términos de los artículos 160 y 161 de la Ley 2056 de 2020, así como de la oportunidad de los registros de la información en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) para la ejecución de los mismos;

Que así mismo señala el artículo 2.1.1.3.2. del DUR del SGR que dichas entidades son responsables frente a contratistas y terceros, de las asignaciones a su cargo;

Que de conformidad con el detalle de gastos contenido en el artículo 3o de la Ley 2072 de 2020, la apropiación para el “funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación” del SGR para el bienio comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, corresponde a la suma de ciento cincuenta y cuatro mil doscientos setenta y cinco millones novecientos setenta y cinco mil setecientos dos pesos ($154.275.975.702) moneda corriente;

Que de conformidad con el artículo 6o del Decreto número 317 de 2021 “Por el cual se cierra el presupuesto de la vigencia 2019-2020 y se adiciona el presupuesto del bienio 2021-2022 del Sistema General de Regalías incorporando la Disponibilidad Inicial 2021-2022 y el saldo del mayor recaudo 2017-2018”, se adicionó al presupuesto de gastos de funcionamiento del SGR para el bienio 2021-2022, la suma de ciento setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y un millones doscientos noventa y seis mil cincuenta y dos pesos ($175.451.296.052) moneda corriente correspondiente a saldos disponibles del bienio 2019-2020 y dos mil ciento treinta y un millones novecientos noventa mil doscientos sesenta y nueve pesos ($2.131.990.269) moneda corriente por concepto de mayor recaudo del bienio 2017-2018, para un total de ciento setenta y siete mil quinientos ochenta y tres millones doscientos ochenta y seis mil trescientos veintiún pesos ($177.583.286.321) moneda corriente, de los cuales, la suma de veintiocho mil treinta y un millones quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos veintidós pesos ($28.031.558.622) moneda corriente conforman los recursos disponibles para el funcionamiento, operatividad y administración del SGR para el bienio 2021-2022;

Que la apropiación ajustada de los recursos disponibles para el funcionamiento del SGR para el bienio 2021-2022, una vez expedido el Decreto número 317 de 2021, asciende a la suma de ciento ochenta y dos mil trescientos siete millones quinientos treinta y cuatro mil trescientos veinticuatro pesos ($182.307.534.324) moneda corriente;

Que la Comisión Rectora del SGR mediante las Resoluciones números 599 y 1717 de 2021 distribuyó y asignó parcialmente recursos por la suma de ciento setenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cuatro millones ochocientos doce mil cincuenta y siete pesos ($179.434.812.057) moneda corriente, de la apropiación disponible para el funcionamiento del SGR del bienio 2021-2022 contenida en el artículo 3o de la Ley 2072 de 2020 y el Decreto número 317 de 2021;

Que mediante el artículo 1o de la Resolución número 599 de 2021, y el artículo 1o de la Resolución número 1717 de 2021, la Comisión Rectora del SGR distribuyó de los recursos de funcionamiento al componente denominado “Secretarías Técnicas de los OCAD y Pueblos y Comunidades Étnicas”, por la suma de diez mil doscientos once millones seis mil trescientos setenta y tres pesos (10.211.006.373) moneda corriente y mil seiscientos sesenta y cinco millones ciento setenta y ocho mil quinientos tres pesos (1.665.178.503) moneda corriente, respectivamente, para un total distribuido a las “Secretarías Técnicas de los OCAD y Pueblos y Comunidades Étnicas” en las referidas resoluciones la suma de once mil ochocientos setenta y seis millones ciento ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y seis pesos ($11.876.184.876) moneda corriente;

Que en consecuencia, mediante el artículo 3o de la Resolución número 599 de 2021 y el artículo 3o de la Resolución número 1717 de 2021, la Comisión Rectora del SGR asignó en la sección presupuestal CI001 - Pueblos o Comunidades Indígenas, las sumas de cuatrocientos veintinueve millones ochocientos noventa y cuatro mil doscientos dieciséis pesos ($429.894.216) moneda corriente y setenta millones ciento cinco mil setecientos ochenta y cuatro pesos ($70.105.784) moneda corriente, respectivamente, para un total de quinientos millones de pesos ($500.000.000) moneda corriente asignado a los Pueblos o Comunidades Indígenas. Así mismo, en los parágrafos únicos del artículo 3 de cada una de las referidas resoluciones se indicó que (…) “Los recursos correspondientes a los Pueblos y Comunidades Indígenas, Comunidades (NARP) y Pueblo Rrom o Gitano serán asignados al beneficiario respectivo de acuerdo con lo informado por la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR y en cumplimiento del artículo 12 de la Ley 2056 de 2020”;

Que la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, mediante el Acuerdo número 002 del 1 de junio de 2022, estableció en el artículo 2o que “(…) El delegado a la Secretaría Técnica de la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas es la Confederación Indígena Tayrona (CIT), representada para este efecto por el señor Norey Maku Quigua Izquierdo, identificado con cédula de ciudadanía número 7571681 de Valledupar. (…)”;

Que, como consecuencia de dicha decisión, la Secretaría Técnica de la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas mediante comunicación radicada bajo el número DNP número 20226630602522 del 7 de julio de 2022, remitió a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR copia del mencionado Acuerdo número 002 del 1 de junio de 2022 expedido por la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas;

Que la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora mediante Memorando Interno DNP número 20224800144643 del 13 de octubre de 2022, remitió a la Dirección de Programación de Inversión Pública - Subdirección de Distribución de Recursos Territoriales del Departamento Nacional de Planeación, los documentos requeridos para soportar la asignación de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema a la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, de conformidad con la decisión adoptada por dicha Instancia y en el marco de las funciones de apoyo técnico que brinda dicha Subdirección a la Secretaría Técnica de la CR, de acuerdo con lo previsto en el numeral 9 del artículo 62 del Decreto 1893 número de 2021;

Que, en consecuencia, de los recursos distribuidos y asignados en las Resoluciones números 599 y 1717 de 2021, se debe efectuar la asignación de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del SGR, administrados por la Comisión Rectora a la Confederación Indígena Tayrona (CIT) como secretaría técnica de la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, para su ejecución;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ASIGNACIÓN PARA PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. De los recursos asignados en el artículo 3o de la Resolución número 599 de 2021 y artículo 3o de la Resolución número 1717 de 2021 de la Sección Presupuestal CI001 “Pueblos o Comunidades Indígenas” por la suma de quinientos millones de pesos ($500.000.000 moneda corriente), asígnese a la Confederación Indígena Tayrona (CIT) como Secretaría Técnica de la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, de conformidad con el siguiente detalle:

Sección Presupuestal Entidad Beneficiaria Total, Distribución Bienio 2021-2022
06-05001 Confederación Indígena Tayrona (CIT) $500.000.000
Total $500.000.000

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de noviembre de 2022.

El Presidente Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,

Jorge Iván González Borrero,

Director del Departamento Nacional de Planeación

La Secretaria Técnica Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,

Tania Esperanza Guzmán Pardo,

Subdirectora General del Sistema General de Regalías.

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