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RESOLUCIÓN 220 DE 2014

(febrero 7)

Diario Oficial No. 49.061 de 11 de febrero de 2014

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se aclara y modifica la Resolución número 0-4529 del 27 de diciembre de 2013.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial las que le confiere los numerales 5, 14 y 17 del artículo 11 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0-4529 del 27 de diciembre de 2013 se eliminaron unos procedimientos del “Proceso de Atención al usuario, relacionados con las actividades de los “Centros de Servicios Jurídico, Cavif, Caivas, Cisad y el Programa Futuro Colombia en el marco del Sistema de Gestión Integral aplicables a nivel nacional”.

Que en la parte motiva de la Resolución número 0-4529 del 27 de diciembre de 2013 se indicó que de acuerdo a los planes de mejoramiento continuo del Proceso Penal, y lo establecido en el numeral 4.2.3 literal b) de la Norma Técnica NTC GP1000:2009, se hace necesario la eliminación de los procedimientos FGN-50000-CAV-P02 denominado Procedimiento General para la Atención e Investigación Integral a Víctimas de Violencia Intrafamiliar, por cuanto los lineamientos generales de investigación se establecen en el procedimiento FGN-50000-P-04 Procedimiento de Investigaciones Sistema Penal Acusatorio y los lineamientos para al abordaje del delito se establece mediante guía, teniendo en cuenta los lineamientos señalados en la guía para la elaboración de documentos FGN-14100-G-01.

Que en el considerando número tres se menciona que: El procedimiento FGN-50000-SAU-P-01- denominado Procedimiento General para las Salas de Atención a Usuarios, se hace necesario su eliminación, por cuaAnto los lineamientos generales de investigación se establecen en el procedimiento FGN-50000-P-04 Procedimiento Investigaciones Sistema Penal Acusatorio y los lineamientos para agotar el requisito de procedibilidad de la conciliación, se establece mediante guía, teniendo en cuenta los lineamientos señalados en la guía para la elaboración de documentos FGN-14100-G-01.

Que en el considerando número cuatro se menciona que: En los procedimientos FGN-50000-URI-P-07 denominado Procedimiento Atención en Centros de Servicios Judiciales y FGN50000-CAI-P-05 denominado Procedimiento General para la Atención e Investigación Integral para Víctimas de Abuso Sexual, se solicita la eliminación teniendo en cuenta que los lineamientos generales de investigación se establecen en el procedimiento FGN-50000-P-04 Procedimiento Investigaciones Sistema Penal Acusatorio y los lineamientos para la atención del acto urgente, se establece mediante guía, teniendo en cuenta los lineamientos señalados en la guía para la elaboración de documentos FGN-14100-G-01.

Que de acuerdo a lo anterior, se hace necesario aclarar la Resolución número 0-4529 del 27 de diciembre de 2013, en el sentido de corregir los errores formales cometidos en la misma, lo anterior en concordancia con el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

En mérito de lo expuesto, este despacho.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aclarar la Resolución número 0-4529 del 27 de diciembre de 2013, en el sentido de indicar que las versiones de los documentos eliminados son los siguientes:

CódigoVersiónDenominación
FGN-50000-CAV-P-02 02Procedimiento General para la Atención e Investigación Integral a Víctimas de Violencia Intrafamiliar.
FGN-50000-SAU-P-0103Procedimiento General Sala de Atención a Usuarios SAU.
FGN-50000-URI-P-0701Procedimiento Atención en Centros de Servicios

Judiciales.
FGN -50000-CAI-P-0502Procedimiento General para la Atención e Investigación Integral para Víctimas de Abuso Sexual.

PARÁGRAFO. Es responsabilidad del líder del Proceso, garantizar que las modificaciones y eliminaciones de los documentos del Proceso Penal de los Procedimientos del Proceso de Atención al Usuario, relacionados con las actividades de los “Centros de Servicios Judiciales, CAVIF, CAIVAS, CISAD y el Programa Futuro Colombia” en el marco del Sistema de Gestión Integral, aplicable a nivel nacional sean conocidas e implementadas tanto en el Nivel Central como en las Direcciones Seccionales.

ARTÍCULO 2o. Modificar en lo pertinente la Resolución número 0-04529 del 27 de diciembre de 2013.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2014.

El Fiscal General de la Nación,

EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT.

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