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RESOLUCION 1839 DE 2003

(septiembre 23)

Diario Oficial No. 45.380, de 23 de noviembre de 2003

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008>

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia completo>

Por medio de la cual se aprueba y expide el manual de procedimientos de las Divisiones Criminalística e Investigaciones de la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de las facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 0-0646 de mayo 31 de 2001, se fijaron las direct rices para la ejecución de programas de mejoramiento institucional, oficialización de manuales de procedimientos administrativos, operativos y de funciones y en general sobre todo lo relacionado con el desarrollo organizacional de la Fiscalía General de la Nación;

Que se hace necesario establecer los procedimientos que le permitan desarrollar la función de manera organizada y eficiente a las Divisiones de Criminalística y de Investigaciones de la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación;

Que el manual de procedimientos permite estandarizar o unificar el método de trabajo y por lo tanto definir las actividades en forma organizada y secuencial, para cumplir las funciones y establecer responsabilidades de cada uno de los servidores involucrados en los procedimientos desarrollados en las Divisiones adscritas a la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación y que forman parte de esta resolución; teniendo en cuenta la calidad, racionalización de los recursos, eficiencia y fortalecimiento de la gestión operativa, administrativa y judicial y el mejoramiento del servicio;

Que en la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación se hace necesario identificar, organizar y administrar los procesos y procedimientos e interrelacionarlos, proporcionando de esta manera calidad, base fundamental para el mejoramiento continuo;

Que con las Resoluciones 0-1028 de junio 29 de 2001 y 0-1060 de junio 12 de 2002 se adoptaron los manuales de procedimientos de las áreas de identificación especializada y documentología y grafología forense respectivamente, los cuales requieren algunas modificaciones para hacerlos más funcionales y operativos, además de estandarizarlos con la nueva metodología que la Oficina de Planeación ha adoptado para este fin;

Que por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> Aprobar y expedir los procedimientos para ejecutar las actividades que corresponden a las Divisiones de Criminalística y de Investigaciones de la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación, los cuales hacen parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> Adoptar en todas sus partes el manual de procedimientos cuyo texto forma parte integral de este acto administrativo.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> La coordinación del mejoramiento continuo al presente manual estará a cargo de la Oficina de Planeación, de la División Criminalística y de la División de Investigaciones de la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> El jefe de cada dependencia tendrá a su cargo la responsabilidad de velar por la implementación y aplicabilidad de los procedimientos descritos en los manuales contenidos en la presente resolución.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> Corresponde al Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación presentar y solicitar por escrito a la Oficina de Planeación los ajustes, actualizaciones y propuestas de mejoramiento continuo a los manuales de procedimientos que se aprueban con esta resolución.

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> El manual de funciones que por este acto se aprueba y expide es de obligatorio cumplimiento y ningún servidor de la Fiscalía General está facultado para modificar los procedimientos en él contenidos.

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2745 de 2008> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de septiembre de 2003.

El Fiscal General de la Nación,

LUIS CAMILO OSORIO ISAZA.

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