Solicitan aclaración o adición de la sentencia T-002 DE 2017, en cuanto al término " dejar sin efecto el Acta 001 de 2016", que en su efecto se adicione la orden para corregir el acta 001 de 2016 - [Resumen automatizado: Segundo.- DECRETAR como prueba, que en el término de diez (10) días, contado a partir de la recepción del presente auto, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Ministerio del Interior, la Fiduciaria Alianza S.A., el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA- la Alcaldía Distrital de Buenaventura, Valle del Cauca, el Comité de Seguimiento y el Comité Fiduciario, informen detalladamente, con fechas precisas, el estado actual del cumplimiento a lo acordado en el proceso de consulta previa con las Comunidades Negras de Zacarías, Guadualitos y Campo Hermoso del Río Dagua, en relación con la obra de infraestructura denominada "Macroproyecto de Vivienda de Interés Social Nacional Ciudadela San Antonio", en jurisdicción de Buenaventura, Valle del Cauca. || SÉPTIMO.- ORDENAR a la Procuraduría Provincial de Buenaventura, a la Personería Distrital de Buenaventura, a la Defensoría del Pueblo y a la Contraloría General de la República, que en el marco de sus competencias vigilen, intervengan y verifiquen el cumplimiento de las órdenes impartidas en esta providencia judicial para culminar el proceso de consulta previa surtido con las Comunidades Negras de Zacarías, Campo Hermoso y Guadualito (Río Dagua), en relación con la obra de infraestructura denominada "Macroproyecto de Vivienda de Interés Social Nacional Ciudadela San Antonio", en jurisdicción de Buenaventura, Valle del Cauca.]