Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-25-000-2011-00121-00(0413-11) de 2013
¿Puede exigirse que se tome por segunda vez la declaración de un menor de edad víctima de un abuso sexual por el hecho de no haber prestado juramento la primera vez? - No, cuando quiera que un niño o niña declara que ha sido víctima de un abuso sexual, la simple declaración es, para efectos probatorios, un hecho que se debe tener por demostrado y ha de ser valorado, de la misma manera que lo sería un dictamen médico-legal que constatara la presencia de una lesión física derivada del abuso sexual; no es un testimonio en el sentido técnico-jurídico de la prueba. Por lo que implica psicológica y emocionalmente para un niño declarar que ha sido victimizado por un delincuente sexual, su declaración no es susceptible de ser valorada a la luz de los criterios que ordinariamente se aplican para apreciar una prueba testimonial - ni siquiera bajo los criterios que ha establecido la jurisprudencia para examinar pruebas testimoniales rendidas por menores de edad en otras circunstancias-; el simple hecho de que un niño declare en este sentido debe ser tenido como una prueba directa suficiente para que el operador jurídico competente proceda a su valoración, en tanto hecho probado de gran fuerza evidenciaria en sí mismo para indicar la ocurrencia de un delito sexual, y no es procedente examinar su declaración en tanto testimonio para encontrar, por ejemplo, retractaciones, contradicciones, inconsistencias, etc., criterios de apreciación que resultan simplemente inaplicables para la debida evaluación de este tipo, tan específico y delicado, de denuncias - PROCESO DISCIPLINARIO