ACUERDO 62 DE 2018
(mayo 9)
Diario Oficial No. 50.679 de 8 de agosto de 2018
AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS
<Esta norma no incorpora las modificaciones>
Por el cual se amplía por segunda vez el Resguardo Indígena de Kizgo con cuarenta y cuatro (44) predios propiedad del Cabildo y dos (2) predios del Fondo Nacional Agrario, localizado en jurisdicción del municipio de Silvia, departamento del Cauca.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS (ANT),
en uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 85 de la Ley 160 de 1994, el artículo 2.14.7.3.7, del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, numerales 1 y 16 del artículo 9o del Decreto 2363 de 2015, y
CONSIDERANDO:
A) FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1. Que los artículos 7 y 8 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de reconocer y proteger la diversidad étnica, cultural y natural de la nación colombiana.
2. Que los Resguardos Indígenas son una institución legal y sociopolítica especial que en virtud de su constitución le confieren al territorio el carácter de propiedad colectiva inalienable, imprescriptible e inembargable conforme a lo establecido en los artículos 63 y 329 de la Constitución Política de 1991.
3. Que la Ley 21 del 14 de marzo de 1991 ratificó el Convenio 169 del 27 de junio de 1989 de la OIT, obligando al Estado colombiano a reconocer la propiedad a los pueblos indígenas sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberá tomar medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia.
4. Que conforme al artículo 85 de la Ley 160 de 1994, el Instituto Colombiano de Reforma Agraria (Incora), hoy Agencia Nacional de Tierras, tiene la obligación de estudiar las necesidades de tierras de las comunidades indígenas, a efecto de dotarlas de las superficies indispensables que faciliten su adecuado asentamiento y desarrollo con miras a la constitución de Resguardos Indígenas.
5. Que los procedimientos de compra de tierras a comunidades étnicas y constitución de resguardos indígenas estuvieron a cargo del Instituto Colombiano de Reforma Agraria (Incora) hasta la expedición del Decreto 1292 de 2003 que ordenó su supresión y liquidación. Posteriormente estuvo a cargo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) hasta la expedición del Decreto 2365 de 2015, y actualmente a cargo de la Agencia Nacional de Tierras de conformidad a lo dispuesto en el Decreto 2363 de 2015.
6. Que la Corte Constitucional profirió la Sentencia T-025 del 22 de enero de 2004 y posteriormente el Auto de seguimiento 004 del 26 de enero de 2009, mediante el cual exhortó al Gobierno nacional a que aplique una política que incorpore el enfoque diferencial reconociendo la diversidad étnica y cultural del país, y así evitar el exterminio de algunos Pueblos Indígenas que han sido desplazados, confinados o puestos en peligro de desplazamiento forzado.
7. Que la Corte Constitucional en el Auto 004 de 2009 profirió dos (2) tipos de órdenes: la orden general referida al diseño e implementación de un Programa de Garantías de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento y la orden especial referida al diseño e implementación de Planes de Salvaguarda para 34 pueblos indígenas en situación de inminente exterminio.
El pueblo indígena kizgueño en estado de confinamiento, en riesgo de desplazamiento en el departamento del Cauca, quedó incluido en la orden general del Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional, el cual ha sido concertado en la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas desde el año 2010.
8. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.14.7.3.7. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, culminado el trámite pertinente, al Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) le corresponde la competencia para expedir la Resolución (Acuerdo) que constituya, reestructure o amplíe el resguardo indígena en favor de la comunidad respectiva.
B) FUNDAMENTOS FÁCTICOS
1. Que históricamente el origen de la comunidad está relacionado por la condición del territorio kizgueño como una zona de refugio para indígenas guambianos y originarios de las provincias paeces, que habían sido movilizados por los encomenderos, todos ellos integrados por las instituciones coloniales desde finales del siglo XVIII.
En la memoria histórica de la comunidad kizgueña se reivindica su origen a las asignaciones territoriales realizadas en 1701 por Juan Tama y que dieron origen al Título de los Cinco Pueblos de Jambaló, Quichaya, Pueblo Nuevo, Caldono y Pitayó, dándose que el territorio ancestral de Kizgó se encuentra adscrito a las delimitaciones establecidas allí.
2. Que ante las reiteradas reclamaciones al Gobierno nacional por parte de las autoridades indígenas de Kizgó respecto a la devolución del territorio, el Resguardo Indígena fue constituido mediante Resolución del Incora número 078 del 18 de diciembre de 1992 con área de 356 hectáreas 8.860 m2 y posteriormente ampliado con la Resolución del Incora número 039 del 3 de octubre de 2000 con área de 3.207 hectáreas y 9.034 m2. El área total del resguardo en la actualidad es de 3.564 hectáreas y 7.894 m2.
3. Que en razón a la problemática de tierras y a la violencia generalizada a lo largo del siglo XX, la segunda ampliación del resguardo de Kizgó fue pactada entre el Gobierno nacional y el Consejo Regional Indígena de Cauca (CRIC) en el marco del Decreto 982 de 1999, el cual creó una Comisión para el desarrollo integral de la política indígena. El Decreto 982 de 1999 fue actualizado por el Decreto 1811 de 2017, por el cual se crean mecanismos especiales para el cumplimiento, desarrollo y seguimiento de los compromisos adquiridos del Gobierno nacional con el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), se actualiza la Comisión Mixta para el Desarrollo Integral de la Política Pública Indígena para el CRIC creada por el Decreto 982 de 1999 y se adoptan medidas para obtener los recursos necesarios.
4. Que no obstante, que en las resoluciones de constitución y primera ampliación del resguardo se registra su nombre como Quizgó, en ejercicio de la Jurisdicción Especial Indígena, las autoridades de Kizgó solicitaron la segunda ampliación del resguardo desde el año 2004, registrándose los oficios calendados el 11 de septiembre de 2012, el 16 de abril de 2013 y el 26 de marzo de 2015 con el nombre de Kizgó (folios 2, 3 y 4 del expediente).
5. Que una vez realizada la solicitud de la segunda ampliación en el año 2004, el extinto Incoder inició el Estudio Socioeconómico, Jurídico y de Tenencia de Tierras el cual culminó en el año 2015. La segunda ampliación se solicita con 44 predios propiedad de la comunidad y 2 predios del Fondo Nacional Agrario, cuya área es de 717 hectáreas y 9.956 m2.
6. Que los levantamientos topográficos realizados en diciembre de 2013, fueron revisados en el año 2015, producto de este trabajo, en los casos pertinentes, se adelantó la actualización de las áreas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y la realización de 55 estudios jurídicos de títulos de los predios radicados para la ampliación, estableciéndose por parte del extinto Incoder la viabilidad jurídica de 46 de estos.
C) SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE AMPLIACIÓN DEL RESGUARDO KIZGÓ
1. Que en desarrollo del procedimiento regulado por el artículo 2.14.7.3.1. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, la solicitud de la segunda ampliación del resguardo de Kizgo fue presentada por la comunidad al extinto Incoder en los años 2004 y 2010. El Gobernador del Cabildo reiteró la solicitud de ampliación del resguardo el 26 de marzo de 2015, en la cual expresa que el Cabildo elevó solicitudes en el mismo sentido en los años 2004 y 2010, así como la entrega de documentos de legalización de predios en los años 2011, 2012 y 2013 (folios 1 al 7 del expediente).
2. Que en desarrollo del artículo 2.14.7.3.4. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Étnicos del extinto Incoder, emitió el Auto del 4 de noviembre de 2011, ordenando adelantar la visita técnica a la comunidad, para la recolección de la información para la elaboración de los Estudios Socioeconómicos, Jurídicos y de Tenencia de Tierras, del 29 de noviembre al 2 de diciembre de 2011, siendo debidamente comunicado al Gobernador indígena, al Procurador Judicial, Ambiental y Agrario del Cauca y al Alcalde del municipio de Silvia (folios 8 al 15 del expediente). Dicha visita se realizó de manera extemporánea entre el 6 y 8 de diciembre de 2011 (folios 16 al 18 del expediente).
3. Que para la subsanación del proceso, la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Étnicos del extinto Incoder emitió el Auto del 10 de noviembre de 2014, el cual avocó conocimiento del proceso, ordenando realizar la visita a la comunidad del 30 de noviembre al 1o de diciembre de 2014, siendo debidamente comunicado al Gobernador Indígena, al Procurador Judicial, Ambiental y Agrario del Cauca y al Alcalde del municipio de Silvia (folios 19 al 26 del expediente). El Edicto se publicó entre el 14 y el 28 de noviembre de 2014 (folio 27 del expediente). Obra en el expediente el acta de visita a la comunidad realizada por los profesionales del Incoder (folios 28 al 45 del expediente).
4. Que durante el año 2015 se realizaron los levantamientos topográficos y la redacción técnica de linderos, quedando medidos y georreferenciados cuarenta y seis (46) predios individuales, que junto con los doce (12) predios de la constitución y la primera ampliación del resguardo, se consolidó en veintitrés (23) globos de terrenos, según Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto de 2017, levantado por el Topógrafo Diego Fernando Collo Ferro, LIC 01-13391 CPNT y el Topógrafo kizgueño Ernesto Paja Vidal, con la revisión de las Ingenieras Topográficas Ángela Moreno y Laura Erazo y Silvia Jimena Ruiz Muelas Gobernadora del resguardo de Kizgo.
5. Que una vez culminados los Cincuenta y Cinco (55) Estudios Jurídicos de Títulos, se determinó que cuarenta y seis (46) resultaron positivos y nueve (9) negativos, estableciéndose en el Estudio Socioeconómico Jurídico y de Tenencia de Tierras, que la ubicación de los predios de la segunda ampliación corresponde al municipio de Silvia, departamento del Cauca, en las veredas Camojo, La Tadea, Chuluambo, Vallenuevo, La Chulica y La Estrella.
6. Que el estudio socioeconómico Jurídico y de Tenencia de Tierras concerniente al procedimiento de la segunda ampliación del resguardo indígena de Kizgo, se culminó en el mes de diciembre de 2015, agregándose al expediente con la redacción técnica de linderos y el Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto de 2017 (folios 46 al 234 del expediente).
7. Que previa solicitud del Incoder en liquidación, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Director General de Ordenamiento Ambiental Territorial y SINA de este Ministerio, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo del artículo 2.14.7.3.4. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, emitió la Resolución número 0337 del 5 de marzo de 2014, por la cual Certifica el Cumplimiento de la Función Ecológica de la Propiedad para la ampliación del resguardo indígena de Kizgo, del municipio de Silvia, departamento del Cauca (Folios 235 al 252 del expediente).
8. Que como consecuencia de la Liquidación del Incoder, mediante oficio remisorio del 14 de junio de 2016 y Auto de julio de 2016 el Liquidador del Incoder transfirió a la Agencia Nacional de Tierras el expediente del proceso de ampliación del resguardo de Kizgó, localizado en el municipio de Silvia, departamento del Cauca, para que avocara conocimiento y continuara con las actuaciones administrativas correspondientes (folios 253 al 257 del expediente).
9. Que mediante Acta número 0001 de julio 11 de 2016, el Incoder en Liquidación transfirió a la Agencia Nacional de Tierras los predios del Fondo Nacional Agrario, Lote de Terreno Chiguaco 1 identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 134-13611 (folios 604 y 605 del expediente) y el Lote de Terreno Chiguaco 2 identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 134-13612 (folios 628 y 629 del expediente).
10. Que por lo anterior, la Dirección de Asuntos Étnicos de la Agencia Nacional de Tierras, mediante Auto de julio de 2016, avocó conocimiento del expediente del proceso de la segunda ampliación del resguardo de Kizgo (folios 258 y 259 del expediente).
11. Que la comunidad indígena del Resguardo de Kizgó se encuentra localizada en la zona occidental del municipio de Silvia, en las veredas Manzanal, Tengo, Salado, Chuluambo, Valle Nuevo, Camojó, Las Cruces, Las Tres Cruces, Roblar, Manchay, Penebío y La Palma.
12. Que la naturaleza jurídica de las tierras con los cuales se ampliará el resguardo de Kizgo corresponden a cuarenta y cuatro (44) predios propiedad del Cabildo y dos (2) predios del Fondo Nacional Agrario; estos predios se encuentran en posesión de los indígenas, siendo viable su titulación colectiva.
13. Que conforme a la necesidad de verificar la información catastral de los inmuebles, se realizó el cruce de información geográfica (folios 260 al 343 del expediente). Se presenta traslape cartográfico de algunos predios con la base catastral, pero se determinó que los mismos pueden estar asociados con la precisión cartográfica o escala de representación predial catastral. El IGAC o quien administre el inventario catastral no define ni otorga propiedad, de tal suerte que los cruces generados son catastrales no prediales, cabe denotar que el catastro obedece a un inventario inmobiliario con fines tributarios o fiscales, mas no precisa la relación espacial del inmueble en territorio.
14. Que de conformidad con la legislación ambiental, se realizó la consulta al Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC), en relación a los Ecosistemas y Áreas Ambientales, dando como resultado que el resguardo de Kizgo que se amplía por segunda vez no se traslapa con ninguna de estas. Este cruce se realiza sin perjuicio de lo preceptuado en el Decreto 1076 de 2015, Título 2, Capítulo 1, Sección 9, artículo 2.2.2.1.9.2., el cual determina que no es incompatible el traslape del Sistema de Parques Nacionales Naturales con territorios indígenas. En los casos en que se presente este traslape, la constitución o ampliación se podrá instrumentalizar a través de una delimitación con régimen especial en beneficio de la población indígena, respetándose la permanencia de la comunidad y su derecho al aprovechamiento económico de los recursos naturales renovables, observando las tecnologías compatibles con los objetivos del sistema señalado al área respectiva.
15. Que mediante Memorando número 20181030058243 de abril 19 de 2018, la Oficina Jurídica de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) emitió la viabilidad jurídica para la segunda ampliación del resguardo indígena de Kizgó, localizado en el municipio de Silvia, departamento del Cauca.
16. Que mediante Memorando número 20185100048993 de abril 3 de 2018, de conformidad con el artículo 18 del Decreto 2363 de 2015, la Subdirección de Sistemas de Información de Tierras, con base en la información suministrada por la Dirección de Asuntos Étnicos, realizó la verificación con la información cartográfica correspondiente, dando el visto bueno al proyecto de Acuerdo en relación a los estándares establecidos.
D) CONSIDERACIONES SOBRE EL ESTUDIO SOCIOECONÓMICO, JURÍDICO Y DE TENENCIA DE TIERRAS
Que del estudio socioeconómico jurídico y de tenencia de tierras culminado en diciembre de 2015, se destacan los siguientes aspectos sobre ubicación, descripción demográfica y tenencia de la Tierra.
DESCRIPCIÓN DEMOGRÁFICA
Que el censo realizado por el extinto Incoder determinó que la población adscrita al Cabildo Indígena de Kizgó asciende a un total de 5.705 personas, que conforman 1.634 familias con un promedio de 3,8 personas por familia, en donde el 50,2% de la población es masculina con 2.868 hombres y el 49,8% femenina con 2.837 mujeres (folio 94 del expediente).
En composición demográfica de la comunidad de Kizgó, la población infantil comprende 1.564 niños y niñas entre los 0 y los 14 años, rango que corresponde al 27% del total de la población, lo que permite vislumbrar una buena base para garantizar el relevo generacional y pervivencia de la cultura propia; sin embargo, esta situación también demanda un esfuerzo organizativo e institucional para garantizar el pleno goce de derechos (educación, salud, vivienda, entre otros). Los adultos mayores de 65 años son 352 personas. Por otra parte el índice de envejecimiento es del 22,5%, es decir que por cada 100 jóvenes hay 22 mayores que para el caso se trata de las personas que garantizan la pervivencia cultural del pueblo kisgueño al ser los depositarios del conocimiento histórico que contribuye a la pervivencia y reafirmación cultural.
SITUACIÓN DE TENENCIA DE LA TIERRA Y ÁREA DEL RESGUARDO (folios 119 al 184 del expediente)
1. Tierra en posesión de los indígenas
1.1. Área de constitución del Resguardo Kizgo
Que el Resguardo Indígena de Kizgo se constituyó por la Resolución 078 del 18 de diciembre de 1992, expedida por la Junta Directiva del Incora, con 5 predios del Fondo Nacional Agrario, ubicados en el municipio de Silvia, departamento del Cauca, con una extensión de trescientas cincuenta y seis (356) hectáreas, ocho mil ochocientos sesenta (8.860) metros cuadrados (folio 119 del expediente).

1.2. Área de la Primera Ampliación del Resguardo Kizgo
Que el Resguardo fue ampliado por primera vez mediante Resolución 039 del 3 de octubre del 2000, expedida por la Junta Directiva del Incora, con un globo de terreno baldío y seis (6) predios del Fondo Nacional Agrario, con una extensión de tres mil doscientas siete (3.207) hectáreas, nueve mil treinta y cuatro (9.034) metros cuadrados (Folio 119 del expediente).

1.3. Área actual del resguardo de Kizgo
Que el área actual del resguardo, es de tres mil quinientas sesenta y cuatro (3.564) hectáreas y siete mil ochocientos noventa y cuatro (7.894) metros cuadrados, sumatoria resultante de la constitución de trescientas cincuenta y seis (356) hectáreas, ocho mil ochocientos sesenta (8.860) metros cuadrados, más la primera ampliación de tres mil doscientas siete (3.207) hectáreas, nueve mil treinta y cuatro (9.034) metros cuadrados (folio 119 del expediente).

1.4. Área solicitada para la segunda ampliación del Resguardo (folios 154 al 184 del expediente)
Que el área solicitada para la segunda ampliación del resguardo de Kizgo es de setecientas diecisiete (717) hectáreas, nueve mil novecientos cincuenta y seis (9.956) metros cuadrados. La solicitud de la segunda ampliación del resguardo de Kizgo se realiza con cuarenta y cuatro (44) predios de propiedad del Cabildo y dos (2) predios del Fondo Nacional Agrario, cuyos Estudios Jurídicos de Títulos resultaron positivos, presentando los siguientes registros:



Las distancias, colindancias y demás especificaciones técnicas de la segunda ampliación del resguardo de Kizgo se encuentran en el Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto de 2017.
1.5. Área Total del resguardo incluida segunda ampliación
El área actual del resguardo es de tres mil quinientas sesenta y cuatro (3.564) hectáreas, siete mil ochocientos noventa y cuatro (7.894) metros cuadrados, que sumadas a las setecientas diecisiete (717) hectáreas, nueve mil novecientos cincuenta y seis (9.956) metros cuadrados, solicitadas para la segunda ampliación, define un área total superficiaria de cuatro mil doscientas ochenta y dos (4.282) hectáreas, con siete mil ochocientos cincuenta (7.850) metros cuadrados, según el plano de la agencia nacional de tierras número ACCTI 1974340 de agosto de 2017 (Folio 119 del expediente).

Que la tierra que requieren los indígenas debe ser coherente con su cosmovisión, su relación mítica con la territorialidad, los usos sacralizados que hacen de esta y las costumbres cotidianas de subsistencia particulares de cada etnia. En razón de lo anterior, para la población indígena no aplica el parámetro de referencia de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), debido a que su vigencia legal está concebida y proyectada para población campesina en procesos de desarrollo agropecuario.
Que para identificar la tierra necesaria que requieren las comunidades indígenas, para cualquier procedimiento administrativo, se debe considerar la proyección del crecimiento demográfico que les garantice su adecuado asentamiento y desarrollo, el reconocimiento de la propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan o que constituyen su hábitat, la preservación del grupo étnico y el mejoramiento de la calidad de vida de sus integrantes.
2. Delimitación del área y plano del resguardo de Kizgo
Que la comunidad indígena de Kizgó tiene la posesión de los 46 predios con los cuales solicitan la segunda ampliación del resguardo, siendo 44 de su propiedad y 2 del Fondo Nacional Agrario, con un área total superficiaria de cuatro mil doscientas ochenta y dos (4.282) hectáreas con siete mil ochocientos cincuenta (7.850) metros cuadrados, producto de la sumatoria del área actual del resguardo de tres mil quinientas sesenta y cuatro (3.564) hectáreas, siete mil ochocientos noventa y cuatro (7.894) metros cuadrados y el área solicitada para la ampliación de setecientas diecisiete (717) hectáreas nueve mil novecientos cincuenta y seis (9.956) metros cuadrados.
Que el Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto de 2017, fue levantado por el Topógrafo Diego Fernando Collo Ferro, LIC 01-13391 CPNT y el Topógrafo kizgueño Ernesto Paja Vidal, con la revisión de las Ingenieras Topográficas Ángela Moreno, Laura Erazo y la Gobernadora del resguardo de Kizgo, Silvia Jimena Ruiz Muelas.
Área y globos para la Segunda Ampliación del resguardo de Kizgo
Que para la elaboración del plano de la segunda ampliación del Resguardo de Kizgó, se consolidaron veintitrés (23) globos de terreno de la siguiente manera:


Que los linderos de cada uno de los predios y globos se encuentran debidamente delimitados en la redacción técnica de linderos y el Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto de 2017. La constitución o ampliación de resguardos indígenas está prescrito en el Convenio 169 de 1989 de OIT, artículos 13, 14 y 19; la Ley 160 de 1994, artículos 85 al 87; y el Decreto 1071 de 2015.
Que la redacción técnica de linderos quedará contenida en el artículo 1o de este Acuerdo.
Que dentro del territorio a legalizar no quedaron títulos de propiedad privada, mejoras, colonos, personas ajenas a la parcialidad, ni comunidades negras.
Que cotejado el Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto 2017 con el sistema de información geográfica, se establece que no se cruza o traslapa con otros resguardos indígenas o títulos colectivos de comunidades negras.
FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD
1. Que la subsistencia biofísica y la reproducción cultural de las 1.634 familias correspondientes a 5.705 indígenas han sustentado su seguridad alimentaria lo que ha permitido la preservación de su patrimonio ancestral como comunidades indígenas, así como su memoria histórica para reconstruir y fortalecer, en el presente, su legado cultural.
2. Que en la visita a la comunidad por parte del extinto Incoder, como es reseñado en el Estudio Socioeconómico, Jurídico y de Tenencia de Tierras, se verificó que los 46 predios solicitados en titulación colectiva para la segunda ampliación de Kizgo, cumplen con la Función Social de la Propiedad. La constatación de la función social de la propiedad se realiza en coordinación con las autoridades indígenas, quienes ejercen la autonomía desde la Jurisdicción Especial Indígena dentro de sus territorios. En este caso se cumple la Función Social de la Propiedad garantizando la pervivencia de las comunidades, posibilitándoles la seguridad alimentaria y contribuyendo al mejoramiento de sus condiciones de vida colectiva y social.
3. Que en concordancia con lo establecido en el Decreto 2811 de 1974, Ley 99 de 1993 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, número 1076 de 2015, se determina que el resguardo indígena Kizgo al ampliarse por segunda vez, en el municipio de Silvia, departamento del Cauca no afectará los recursos naturales renovables y se encuentra dentro de las actividades permitidas.
4. Que con la segunda ampliación del Resguardo de Kizgo se garantiza la protección y conservación del medio ambiente natural por parte de las comunidades indígenas, quienes han demostrado poseer un conocimiento singular y efectivo en ese sentido.
5. Que la legalización de las tierras en beneficio de esta comunidad indígena es conveniente, necesaria y se justifica, a fin de lograr la protección de su territorio, su estabilización socioeconómica, reivindicación de sus derechos, así como propender por la conservación de sus usos, costumbres y tradiciones como pueblo indígena, de conformidad con la Constitución Política, la ley, la Sentencia T-025 de 2014 de la Honorable Corte Constitucional y el Auto de Seguimiento 004 de 2009.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT),
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Ampliar por segunda vez el Resguardo Indígena de Kizgo, con cuarenta y cuatro (44) predios propiedad del Cabildo y dos (2) predios del Fondo Nacional Agrario (FNA), ubicados en jurisdicción del municipio de Silvia, cuya área es de setecientas diecisiete (717) hectáreas nueve mil novecientos cincuenta y seis (9.956) metros cuadrados, que sumadas a las tres mil quinientas sesenta y cuatro (3.564) hectáreas, siete mil ochocientos noventa y cuatro (7.894) metros cuadrados, constituye un área actual superficiaria de cuatro mil doscientas ochenta y dos (4.282) hectáreas con siete mil ochocientos cincuenta (7.850) metros cuadrados, según el Plano número ACCTI 1974340 de agosto 2017 de la Agencia Nacional de Tierras.
El territorio del Resguardo de Kizgo que se amplía por segunda vez, se consolidó en Veintitrés (23) Globos de terreno, con los siguientes linderos técnicos:
REDACCIÓN TÉCNICA DE LINDEROS SEGUNDA AMPLIACIÓN RESGUARDO DE KIZGO
GLOBO 1
Predios: Valle Nuevo o El Guaico 134-1148; Lote 134-3113; La Laguna 134-3110
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 14 ha+ 5.760 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste.
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (1) de coordenadas planas X= 1068405 m.E - Y= 788204 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Rosalino Muelas y el río Chuluambo y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (1) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo en una línea quebrada con una distancia de 161 m, hasta llegar al punto número (2) de coordenadas planas X= 1068557 m.E - Y= 788157 m.N.
Del punto número (2) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo en una línea quebrada con una distancia de 81 m, hasta llegar al punto número (3) de coordenadas planas X= 1068593 m.E - Y= 788227 m.N.
Del punto número (3) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo en una línea quebrada con una distancia de 91 m, hasta llegar al punto número (4) de coordenadas planas X= 1068683 m.E - Y= 788220 m.N.
Del punto número (4) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo en una línea recta con una distancia de 36 m, hasta llegar al punto número (5) de coordenadas planas X= 1068701 m.E -Y= 788251 m.N.
Del punto número (5) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el río Chuluambo en una línea quebrada con una distancia de 88 m, hasta llegar al punto número (6) de coordenadas planas X= 1068680 m.E - Y= 788335 m.N.
Del punto número (6) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo en una línea recta con una distancia de 71 m, hasta llegar al punto número (7) de coordenadas planas X= 1068750 m.E - Y= 788350 m.N.
Del punto número (7) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo en una línea quebrada con una distancia de 88 m, hasta llegar al punto número (8) de coordenadas planas X = 1068831 m.E - Y = 788321 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del río Chuluambo y el predio de los Herederos de Benjamín Vidal.
ESTE: Del punto número (8) se continúa en sentido general Sureste, colindando con el predio de los Herederos de Benjamín Vidal, en línea recta con una distancia de 214 m, hasta llegar al punto número (9) de coordenadas planas X= 1068932 m.E - Y= 788134 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de los Herederos de Benjamín Vidal y el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández.
Del punto número (9) se continúa en sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández, en línea quebrada y en una distancia de 137 m, hasta llegar al punto número (10) de coordenadas planas X= 1069019 m.E - Y= 788029 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Adelmo Fernández y la quebrada la Laguna.
Del punto número (10) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con la quebrada la Laguna, en línea quebrada y en una distancia de 136 m, hasta llegar al punto número (11) de coordenadas planas X= 1068958 m.E - Y= 787908 m.N.
Del punto número (11) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con la quebrada la Laguna, en línea recta y en una distancia de 26 m, hasta llegar al punto número (12) de coordenadas planas X= 1068934 m.E - Y= 787917 m.N.
Del punto número (12) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con la quebrada la Laguna, en línea recta y en una distancia de 51 m, hasta llegar al punto número (13) de coordenadas planas X= 1068890 m.E - Y= 787891 m.N, ubicado donde concurre la colindancia de la quebrada la Laguna y el predio de propiedad de los Herederos de Polo Muelas.
SUR: Del punto número (13) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Polo Muelas, con una línea recta y en una distancia de 101 m, hasta llegar al punto número (14) de coordenadas planas X= 1068852 m.E - Y= 787985 m.N.
Del punto número (14) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Polo Muelas, con una línea quebrada y en una distancia de 126 m, hasta llegar al punto número (15) de coordenadas planas X= 1068728 m.E - Y= 787964 m.N.
Del punto número (15) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Polo Muelas, con una línea quebrada y en una distancia acumulada de 385 m, pasando por el punto número (16) de coordenadas planas X = 1068610 m.E - Y = 787989 m.N, punto número (17) de coordenadas planas X = 1068486 m.E - Y = 788054 m.N, punto número (18) de coordenadas planas X = 1068406 m.E - Y = 788074 m.N, hasta llegar al punto número (19) de coordenadas planas X = 1068378 m.E - Y = 788105 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad de los herederos de Polo Muelas y el predio de propiedad del señor Juan Muelas.
OESTE: Del punto número (19) se continúa en sentido general Norte, colindando con el predio de propiedad del señor Juan Muelas, en una línea recta y en una distancia de 24 m, hasta llegar al punto número (20) de coordenadas planas X = 1068376 m.E - Y = 788128 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Juan Muelas y el predio de propiedad del señor Rosaiino Muelas.
Del punto número (20) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rosalino Muelas, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 82 m, pasando por el punto número (21) de coordenadas planas X = 1068384 m.E - Y = 788163 m.N, hasta llegar al punto número (1) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 2
Predio: El Porvenir 134-16630
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: junio/2017
Área: 38 ha + 2222 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (22) de coordenadas planas X = 1069268 m.E - Y = 788026 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández y el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (22) se continua en un sentido general Este, colindando con el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas en una línea recta con una distancia de 87 m, hasta llegar al punto número (23) de coordenadas planas X = 1069355 m.E - Y = 788023 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Belarmino Muelas y el predio de los herederos de Romualdo Vidal.
Del punto número (23) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de los herederos de Romualdo Vidal, en una línea quebrada con una distancia de 134 m, hasta llegar al punto número (24) de coordenadas planas X = 1069476 m.E - Y = 787975 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad de los herederos de Romualdo Vidal y el predio de propiedad de la señora María Saur Vidal.
Del punto número (24) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Saur Vidal en una línea recta con una distancia de 92 m, hasta llegar al punto número (25) de coordenadas planas X = 1069562 m.E - Y = 787944 m.N.
Del punto número (25) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Saur Vidal en una línea quebrada con una distancia de 84 m, hasta llegar al punto número (26) de coordenadas planas X = 1069643 m.E - Y = 787961 m.N,
Del punto número (26) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Saur Vidal en una línea quebrada con una distancia de 141 m, hasta llegar al punto número (27) de coordenadas planas X = 1069764 m.E - Y = 787892 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad de la señora María Saur Vidal y el predio de propiedad del señor Mario Vidal.
Del punto número (27) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Mario Vidal, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 593 m, pasando por el punto número (28) de coordenadas planas X = 1069965 m.E - Y = 787719 m.N, punto número (29) de coordenadas planas X = 1069972 m.E - Y = 787645 m.N, punto número (30) de coordenadas planas X = 1070050 m.E - Y = 787578 m.N, hasta llegar al punto número (31) de coordenadas planas X = 1070185 m.E - Y = 787515 m.N.
ESTE: Del punto número (31) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Mario Vidal, en línea recta con una distancia de 74 m, hasta llegar al punto número (32) de coordenadas planasX= 1070183 m.E-Y = 787442 m.N.
Del punto número (32) se continua en sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Mario Vidal, en línea recta y en una distancia de 68 m, hasta llegar al punto número (33) de coordenadas planas X = 1070206 m.E - Y = 787378 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Mario Vidal y la carretera.
Del punto número (33) se continua en sentido general Suroeste, colindando con la carretera, en línea quebrada y en una distancia de 90 m, hasta llegar al punto número (34) de coordenadas planas X = 1070181 m.E - Y = 787296 m.N.
Del punto número (34) se continua en sentido general Sureste, colindando con la carretera, en línea quebrada y en una distancia de 80 m, hasta llegar al punto número (35) de coordenadas planas X = 1070193 m.E - Y = 787217 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera y el predio de propiedad del señor Rogelio Chate.
SUR: Del punto número (35) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rogelio Chate, con una línea quebrada y en una distancia acumulada de 225 m, pasando por el punto número (36) de coordenadas planas X = 1070148 m.E - Y = 787262 m.N, hasta llegar al punto número (37) de coordenadas planas X = 1070013 m.E - Y = 787352 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Rogelio Chate y el predio de propiedad de la señora Derily Yisela Vidal León.
Del punto número (37) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Derily Yisela Vidal León, con una línea quebrada y en una distancia acumulada de 250 m, hasta llegar al punto número (38) de coordenadas planas X = 1069780 m.E - Y = 787443 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Derily Yisela Vidal León y el predio de propiedad del señor Luis Fernández.
Del punto número (38) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Luis Fernández, con una línea recta y en una distancia de 45 m, hasta llegar al punto número (39) de coordenadas planas X = 1069764 m.E - Y = 787485 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad dei señor Luis Fernández y el predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal.
Del punto número (39) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal, con una línea quebrada y en una distancia acumulada de 106 m, pasando por el punto número (40) de coordenadas planas X = 1069729 m.E - Y = 787548 m.N, Hasta llegar al punto número (41) de coordenadas planas X = 1069728 m.E - Y = 787581 m.N.
Del punto número (41) se continua en sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal, con una línea quebrada y en una distancia acumulada de 227 m, pasando por el punto número (42) de coordenadas planas X = 1069865 m.E - Y = 787541 m.N, Hasta llegar al punto número (43) de coordenadas planas X = 1069939 m.E - Y = 787501 m.N.
Del punto número (43) se continua en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal, con una línea recta y en una distancia de 69 m, hasta llegar al punto número (44) de coordenadas planas X = 1069962 m.E - Y = 787567 m.N.
Del punto número (44) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal, con una línea recta y en una distancia de 165 m, hasta llegar al punto número (45) de coordenadas planas X = 1069861 m.E - Y = 787697 m.N.
Del punto número (45) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal, con una línea recta y en una distancia de 127 m, hasta llegar al punto número (46) de coordenadas planas X = 1069736 m.E - Y = 787670 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad de los herederos de Victoriano Vidal y el predio de propiedad del señor Bolívar Vidal.
Del punto número (46) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Bolívar Vidal, con una línea quebrada y en una distancia acumulada de 183 m, pasando por el punto número (47) de coordenadas planas X = 1069687 m.E - Y = 787720 m.N, Hasta llegar al punto número (48) de coordenadas planas X = 1069606 m.E - Y = 787789 m.N.
Del punto número (48) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Bolívar Vidal, con una línea quebrada y en una distancia de 255 m, hasta llegar al punto número (49) de coordenadas planas X = 1069450 m.E - Y = 787588 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Bolívar Vidal y el predio de propiedad de la señora Concepción Vidal.
Del punto número (49) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la Concepción Vidal, en una línea recta y en una distancia de 269 m, hasta llegar al punto número (50) de coordenadas planas X = 1069268 m.E - Y = 787390 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad de la Concepción Vidal y el predio de propiedad del señor Román Vidal.
OESTE: Del punto número (50) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la Román Vidal, en una línea recta y en una distancia de 107 m, hasta llegar al punto número (51) de coordenadas planas X = 1069185 m.E - Y = 787457 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Román Vidal y el predio de propiedad del señor Henry Otero,
Del punto número (51) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Otero, en una línea recta y en una distancia de 126 m, hasta llegar al punto número (52) de coordenadas planas X = 1069088 m.E - Y = 787536 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Henry Otero y el predio de propiedad de la señora Irma Otero.
Del punto número (52) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Irma Otero, en una línea recta y en una distancia de 111 m, hasta llegar al punto número (53) de coordenadas planas X = 1069001 m.E - Y = 787606 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad de la señora Irma Otero y el predio de propiedad del señor Marco Tulio Zúñiga.
Del punto número (53) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Marco Tulio Zúñiga, en una línea recta y en una distancia de 243 m, hasta llegar al punto número (54) de coordenadas planas X = 1069096 m.E - Y = 787829 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Marco Tulio Zúñiga y el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal.
Del punto número (54) se continúa en sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en una línea recta y en una distancia de 26 m, hasta llegar al punto número (55) de coordenadas planas X = 1069115 m.E - Y = 787812 m.N.
Del punto número (55) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en una línea recta y en una distancia de 255 m, hasta llegar al punto número (56) de coordenadas planas X = 1069262 m.E - Y = 788021 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal y el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández.
Del punto número (56) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández, en una línea recta y en una distancia de 8 m, hasta llegar al punto número (22) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 3
Predios: La María 134-14076; El Arbolíto 134-1238
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: junio/2017
Área: 20 ha + 3389
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (57) de coordenadas planas X = 1070325 m.E - Y = 787517 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre la carretera y el predio de propiedad de la señora Alba Cecilia Vidal y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (57) se continua en un sentido general Sureste, colindando con ei predio de propiedad de la señora Alba Cecilia Vidal en una línea quebrada con una distancia acumulada de 906 m, hasta llegar al punto número (58) de coordenadas planas X = 1070470 m.E - Y = 787448 m.N, punto número (59) de coordenadas planas X = 1070588 m.E - Y = 787404 m.N, punto número (60) de coordenadas planas X = 1070630 m.E - Y = 787227 m.N, hasta llegar al punto número (61) de coordenadas planas X = 1070966 m.E - Y = 786955 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Alba Cecilia Vidal y el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal.
ESTE: Del punto número (61) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en línea quebrada con una distancia acumulada de 203 m, pasando por el punto número (62) de coordenadas planas X = 1070945 m.E - Y = 786859 m.N, Hasta llegar al punto número (63) de coordenadas planas X = 1070898 m.E - Y = 786781 m.N.
SUR: Del punto número (63) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en línea recta y en una distancia de 385 m, hasta llegar al punto número (64) de coordenadas planas X = 1070546 m.E - Y = 786936 m.N.
Del punto número (64) se continua en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, con una línea recta y en una distancia de 135 m, hasta llegar al punto número (65) de coordenadas planas X= 1070569 m.E - Y = 787069 m.N.
Del punto número (65) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, con una línea recta y en una distancia de 429 m, hasta llegar al punto número (66) de coordenadas planas X = 1070221 m.E - Y = 787319 m.N.
Del punto número (66) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, con una línea recta y en una distancia de 74 m, hasta llegar al punto número (67) de coordenadas planas X = 1070206 m.E - Y = 787247 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal y la carretera.
OESTE: Del punto número (67) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con la carretera, en una línea recta y en una distancia de 51 m, hasta llegar al punto número (68) de coordenadas planas X = 1070193 m.E - Y = 787296 m.N.
Del punto número (68) se continúa en sentido general Noreste, colindando con la carretera, en una línea quebrada y en una distancia de 86 m, hasta llegar al punto número (69) de coordenadas planas X = 1070215 m.E - Y = 787375 m.N.
Del punto número (69) se continúa en sentido general Este, colindando con la carretera, en una línea quebrada y en una distancia de 60 m, hasta llegar al punto número (70) de coordenadas planas X = 1070274 m.E-Y = 787372 m.N.
Del punto número (70) se continúa en sentido general Noreste, colindando con la carretera, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 185 m, pasando por el punto número (71) de coordenadas planas X = 1070277 m.E - Y = 787465 m.N, hasta llegar al punto número (57) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 4
Predio: El Cementerio 134-5099
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 11 ha + 4577 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (72) de coordenadas planas X = 1070130 m.E - Y = 787074 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Ventura Fernández, y la carretera y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (72) se continua en un sentido general Noreste, colindando con la carretera en una línea quebrada con una distancia de 47 m, hasta llegar al punto número (73) de coordenadas planas X = 1070171 m.E - Y = 787105 m.N, ubicado donde concurre la colindancia de la carretera y el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal.
Del punto número (73) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal en una línea quebrada con una distancia de 41 m, hasta llegar al punto número (74) de coordenadas planas X = 1070209 m.E - Y = 787119 m.N.
Del punto número (74) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal en una línea quebrada con una distancia acumulada de 443 m, pasando por el punto número (75) de coordenadas planas X = 1070254 m.E - Y = 787110 m.N, punto número (76) de coordenadas planas X = 1070313 m.E -Y= 787033 m.N, hasta llegar al punto número (77) de coordenadas planas X = 1070527 m.E - Y = 786902 m.N.
ESTE: Del punto número (77) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en línea recta con una distancia de 11 m, hasta llegar al punto número (78) de coordenadas planas X = 1070521 m.E - Y = 786893 m.N.
Del punto número (78) se continúa en sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en línea recta con una distancia de 17 m, hasta llegar al punto número (79) de coordenadas planas X = 1070535 m.E - Y = 786885 m.N.
Del punto número (79) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal, en línea recta con una distancia de 120 m, pasando por el punto número (80) de coordenadas planas X = 1070512 m.E - Y = 786835 m.N, hasta llegar al punto número (81) de coordenadas planas X = 1070506 m.E - Y = 786771 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Juan Antonio Vidal y el predio de propiedad del señor José Vidal.
SUR: Del punto número (81) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Vidal, en línea recta y en una distancia de 51 m, hasta llegar al punto número (82) de coordenadas planas X = 1070456 m.E - Y = 786758 m.N.
Del punto número (82) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Vidal, con una línea quebrada y en una distancia de 68 m, hasta llegar al punto número (83) de coordenadas planas X = 1070397 m.E - Y = 786789 m.N.
Del punto número (83) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Vidal, con una línea quebrada y en una distancia de 53 m, hasta llegar al punto número (84) de coordenadas planas X = 1070352 m.E - Y = 786766 m.N.
Del punto número (84) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Vidal, con una línea recta y en una distancia de 83 m, hasta llegar al punto número (85) de coordenadas planas X = 1070287 m.E - Y = 786817 m.N.
Del punto número (85) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Vidal, con una línea recta y en una distancia de 233 m, pasando por el punto número (86) de coordenadas planas X = 1070195 m.E - Y = 786737 m.N, hasta llegar al punto número (87) de coordenadas planas X = 1070103 m.E - Y = 786675 m.N. ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor José Vidal y el predio de propiedad de la señora Edilma Campo.
OESTE: Del punto número (87) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Edilma Campo, en una línea recta y en una distancia de 45 m, hasta llegar al punto número (88) de coordenadas planas X = 1070083 m.E - Y = 786715 m.N.
Del punto número (88) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Edilma Campo, en una línea quebrada y en una distancia de 33 m, hasta llegar al punto número (89) de coordenadas planas X = 1070086 m.E - Y = 786747 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Edilma Campo y la carretera.
Del punto número (89) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con la carretera, en una línea quebrada y en una distancia de 37 m, hasta llegar al punto número (90) de coordenadas planasX= 1070053 m.E-Y = 786736 m.N.
Del punto número (90) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con la carretera, en una línea recta y en una distancia de 23 m, hasta llegar al punto número (91) de coordenadas planas X = 1070039 m.E - Y = 786754 m.N.
Del punto número (91) se continúa en sentido general Noreste, colindando con la carretera, en una línea quebrada y en una distancia de 51 m, hasta llegar al punto número (92) de coordenadas planas X = 1070055 m.E - Y = 786800 m.N.
Del punto número (92) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con la carretera, en una línea quebrada y en una distancia de 47 m, hasta llegar al punto número (93) de coordenadas planas X = 1070025 m.E - Y = 786832 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera y el predio de propiedad del señor Ventura Fernández.
Del punto número (93) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Ventura Fernández, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 140 m, pasando por el punto número (94) de coordenadas planas X = 1070057 m.E - Y = 786917 m.N, hasta llegar al punto número (95) de coordenadas planas X = 1070085 m.E - Y = 786958 m.N, Ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Ventura Fernández y el Cementerio.
Del punto número (95) se continúa en sentido general Sureste, colindando con el cementerio, en una línea recta y en una distancia de 81 m, hasta llegar al punto número (96) de coordenadas planas X = 1070157 m.E-Y = 786919 m.N.
Del punto número (96) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el cementerio, en una línea recta y en una distancia de 76 m, hasta llegar al punto número (97) de coordenadas planas X= 1070194 m.E- Y = 786985 m.N.
Del punto número (97) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el cementerio, en una línea recta y en una distancia de 92 m, hasta llegar al punto número (98) de coordenadas planas X = 1070118 m.E - Y = 787037 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Cementerio y el predio de propiedad del señor Ventura Fernández.
Del punto número (98) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Ventura Fernández, en una línea recta y en una distancia de 39 m, hasta llegar al punto número (72) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 5
Predios: Chilgo 134-6913; Belén 134-3881
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 12 ha + 5631
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (99) de coordenadas planas X = 1071846 m.E - Y = 787797 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad de la señora Alba Cecilia Vidal, y el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (99) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 160 m, pasando por el punto número (100) de coordenadas planas X = 1071926 m.E - Y =787788 m.N, Hasta llegar al punto número (101) de coordenadas planas X = 1072001 m.E - Y = 787763 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga y el predio de propiedad del señor ya nombrado.
ESTE: Del punto número (101) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga en una línea quebrada con una distancia acumulada de 305 m, pasando por el punto número (102) de coordenadas planas X = 1071984 m.E - Y = 787738 m.N, hasta llegar al punto número (103) de coordenadas planas X = 1071954 m.E - Y = 787465 m.N.
Del punto número (103) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga en una línea quebrada con una distancia de 75 m, hasta llegar al punto número (104) de coordenadas planas X = 1072025 m.E - Y = 787440 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga y el predio de propiedad del señor Ignacio Velasco.
Del punto número (104) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Ignacio Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 302 m, pasando por e! punto número (105) de coordenadas planas X = 1072010 m.E - Y = 787406 m.N, punto número (106) de coordenadas planas X = 1071987 m.E - Y = 787188 m.N, hasta llegar al punto número (107) de coordenadas planas X = 1071998 m.E - Y = 787145 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Ignacio Velasco y el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga.
SUR: Del punto número (107) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 66 m, pasando por el punto número (108) de coordenadas planas X = 1071989 m.E - Y = 787138 m.N, hasta llegar al punto número (109) de coordenadas planas X = 1071938 m.E - Y = 787127 m.N.
Del punto número (109) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, con una línea recta y en una distancia de 131 m, hasta llegar al punto número (110) de coordenadas planas X = 1071824 m.E - Y = 787191 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga y el mismo propietario ya nombrado.
OESTE: Del punto número (110) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea recta y en una distancia de 28 m, hasta llegar al punto número (111) de coordenadas planas X = 1071815 m.E - Y = 787218 m.N.
Del punto número (111) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea recta y en una distancia de 42 m, hasta llegar al punto número (112) de coordenadas planas X = 1071816 m.E - Y = 787260 m.N.
Del punto número (112) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 182 m, pasando por el punto número (113) de coordenadas planas X= 1071783 m.E - Y = 787287 m.N, punto número (114) de coordenadas planas X = 1071773 m.E - Y = 787379 m.N, hasta llegar al punto número (115) de coordenadas planas X = 1071754 m.E - Y = 787423 m.N.
Del punto número (115) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 119 m, pasando por el punto número (116) de coordenadas planas X = 1071775 m.E - Y = 787506 m.N, Hasta llegar al punto número (117) de coordenadas planas X = 1071790 m.E - Y = 787536 m.N.
Del punto número (117) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 75 m, pasando por el punto número (118) de coordenadas planas X = 1071760 m.E - Y = 787546 m.N, hasta llegar al punto número (119) de coordenadas planas X= 1071748 m.E - Y = 787576 m.N.
Del punto número (119) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea recta y en una distancia de 23 m, hasta llegar al punto número (120) de coordenadas planas X = 1071763 m.E - Y = 787590 m.N.
Del punto número (120) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea recta y en una distancia a de 37 m, hasta llegar al punto número (121) de coordenadas planas X = 1071757 m.E - Y = 787627 m.N.
Del punto número (121) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea recta y en una distancia de 15 m, hasta llegar al punto número (122) de coordenadas planas X = 1071767 m.E - Y = 787638 m.N.
Del punto número (122) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea quebrada y en una distancia de 21 m, hasta llegar al punto número (123) de coordenadas planas X = 1071753 m.E - Y = 787654 m.N.
Del punto número (123) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga, en una línea quebrada y en una distancia de 35 m, hasta llegar al punto número (124) de coordenadas planas X = 1071764 m.E - Y = 787674 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Rómulo Zúñiga y el predio de propiedad de la señora Alba Cecilia Vidal.
Del punto número (124) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Alba Cecilia Vidal, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 156 m, pasando por el punto número (125) de coordenadas planas X = 1071828 m.E - Y = 787732 m.N, hasta llegar al punto número (99) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 6
Predios: Lote 134-10906; Lote 134-10904
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 14 ha + 0308
Sistema se Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (126) de coordenadas planas X = 1072351 m.E - Y = 787749 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Henry Velasco, y el predio de propiedad del señor ya nombrado y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (126) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea recta con una distancia acumulada de 256 m, pasando por el punto número (127) de coordenadas planas X = 1072537 m.E - Y = 787794 m.N, hasta llegar al punto número (128) de coordenadas planas X = 1072599 m.E - Y = 787809 m.N, ubicado donde concurre la colindancia del predio de propiedad del señor Henry Velasco y el predio de propiedad del señor ya nombrado.
ESTE: Del punto número (128) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 490 m, pasando por el punto número (129) de coordenadas planas X = 1072629 m.E - Y = 787708 m.N, punto número (130) de coordenadas planas X = 1072721 m.E - Y = 787542 m.N, hasta llegar al punto número (131) de coordenadas planas X = 1072733 m.E - Y = 787348 m.N.
Del punto número (131) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea recta con una distancia de 32 m, hasta llegar al punto número (132) de coordenadas planas X = 1072703 m.E - Y = 787336 m.N
Del punto número (132) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea recta con una distancia de 57 m, hasta llegar al punto número (133) de coordenadas planas X = 1072717 m.E - Y = 787281 m.N.
Del punto número (133) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea recta con una distancia de 20 m, hasta llegar al punto número (134) de coordenadas planas X = 1072703 m.E - Y = 787267 m.N.
Del punto número (134) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea recta con una distancia de 53 m, hasta llegar al punto número (135) de coordenadas planas X = 1072735 m.E - Y = 787225 m.N. ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Henry Velasco y el predio de propiedad de la señora Julia Zúñiga.
SUR: Del punto número (135) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Julia Zúñiga, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 132 m, pasando por el punto número (136) de coordenadas planas X = 1072649 m.E - Y = 787156 m.N, hasta llegar al punto número (137) de coordenadas planas X = 1072632 m.E - Y = 787143 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Julia Zúñiga y el predio de propiedad del señor Efraín Vidal.
OESTE: Del punto número (137) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Efraín Vidal, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 520 m, pasando por el punto número (138) de coordenadas planas X = 1072525 m.E - Y = 787265 m.N, hasta llegar al punto número (139) de coordenadas planas X = 1072457 m.E - Y = 787616 m.N.
Del punto número (139) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Efraín Vidal, en una línea recta y en una distancia de 81 m, hasta llegar al punto número (140) de coordenadas planas X = 1072377 m.E - Y = 787604 m.N.
Del punto número (140) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Efraín Vidal, en una línea recta y en una distancia de 53 m, hasta llegar al punto número (141) de coordenadas planas X = 1072368 m.E - Y = 787656 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Efraín Vidal y el predio de propiedad del señor Henry Velasco.
Del punto número (141) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Henry Velasco, en una línea recta y en una distancia de 94 m, hasta llegar al punto número (126) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 7
Predio: Lote 5 134-7649
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 22 ha + 8541 m2
Sistema de coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (143) de coordenadas planas X = 1073764 m.E - Y = 787443 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor José María Campo, y el río Chuluambo y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (143) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 28 m, hasta llegar al punto número (144) de coordenadas planas X = 1073783 m.E - Y = 787422 m.N. Del punto número (144) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 127 m, pasando por el punto número (145) de coordenadas planas X = 1073821 m.E - Y = 787503 m.N, hasta llegar al punto número (146) de coordenadas planas X = 1073855 m.E - Y = 787514 m.N.
Del punto número (146) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 42 m, hasta llegar al punto número (147) de coordenadas planas X = 1073880 m.E - Y = 787481 m.N.
Del punto número (147) se continua en un sentido general Este, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 90 m, hasta llegar al punto número (148) de coordenadas planas X = 1073970 m.E - Y = 787482 m.N.
Del punto número (148) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 70 m, pasando por el punto número (149) de coordenadas planas X = 1073978 m.E - Y = 787455 m.N, hasta llegar al punto número (150) de coordenadas planas X = 1074020 m.E - Y = 787452 m.N.
Del punto número (150) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 196 m, punto número (151) de coordenadas planas X = 1074096 m.E - Y = 787403 m.N, hasta llegar al punto número (152) de coordenadas planas X = 1074200 m.E - Y = 787388 m.N.
Del punto número (152) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 16 m, hasta llegar al punto número (153) de coordenadas planas X = 1074212 m.E - Y = 787378 m.N.
Del punto número (153) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 29 m, hasta llegar al punto número (154) de coordenadas planas X- 1074234 m.E - Y = 787397 m.N.
ESTE: Del punto número (154) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 33 m, hasta llegar al punto número (155) de coordenadas planas X = 1074254 m.E - Y = 787371 m.N.
Del punto número (155) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 15 m, hasta llegar al punto número (156) de coordenadas planas X = 1074251 m.E - Y = 787357 m.N.
Del punto número (156) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 31 m, hasta llegar al punto número (157) de coordenadas planas X = 1074221 m.E - Y = 787360 m.N.
Del punto número (157) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 45 m, hasta llegar al punto número (158) de coordenadas planas X = 1074177 m.E - Y = 787353 m.N.
Del punto número (158) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 161 m, pasando por el punto número (159) de coordenadas planas X = 1074196 m.E - Y = 787333 m.N, punto número (160) de coordenadas planas X = 1074196 m.E - Y = 787300 m.N, punto número (161) de coordenadas planas X = 1074219 m.E - Y = 787298 m.N. hasta llegar al punto número (162) de coordenadas planas X = 1074225 m.E - Y = 787220 m.N.
Del punto número (162) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el río Chuluambo, en una línea recta con una distancia de 14 m, hasta llegar al punto número (163) de coordenadas planas X = 1074216 m.E - Y = 787209 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre río Chuluambo y el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado.
Del punto número (163) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 386 m, pasando por el punto número (164) de coordenadas planas X = 1074220 m.E - Y = 787191 m.N, punto número (165) de coordenadas planas X = 1074145 m.E - Y = 787089 m.N, punto número (166) de coordenadas planas X = 1074070 m.E - Y = 787065 m.N, hasta llegar al punto número (167) de coordenadas planas X = 1073955 m.E - Y = 786952 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de señor Jorge Hurtado y el predio de propiedad del señor Darío Campo.
SUR: Del punto número (167) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Darío Campo, en línea recta y en una distancia de 44 m, hasta llegar al punto número (168) de coordenadas planas X = 1073916 m.E - Y = 786973 m.N.
Del punto número (168) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Darío Campo, en línea recta y en una distancia de 59 m, hasta llegar al punto número (169) de coordenadas planas X = 1073864 m.E - Y = 786946 m.N.
Del punto número (169) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Darío Campo, en línea recta y en una distancia de 104 m, hasta llegar al punto número (170) de coordenadas planas X = 1073784 m.E - Y = 787013 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Darío Campo y el predio de propiedad del señor Graceliano Campo.
Del punto número (170) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Graceliano Campo, en línea recta y en una distancia de 54 m, hasta llegar al punto número (171) de coordenadas planas X = 1073730 m.E-Y=787011 m.N. Del punto número (171) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Graceliano Campo, en línea recta y en una distancia de 59 m, hasta llegar al punto número (172) de coordenadas planas X = 1073672 m.E - Y = 787025 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Graceliano Campo y el predio de propiedad del señor José María Campo.
OESTE: Del punto número (172) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José María Campo, en una línea recta y en una distancia de 48 m, hasta llegar al punto número (173) de coordenadas planas X = 1073640 m.E - Y = 787061 m.N.
Del punto número (173) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor José María Campo, en una línea recta y en una distancia de 432 m, pasando por el punto número (142) de coordenadas planas X = 1073705 m.E - Y = 787426 m.N, hasta llegar al punto número (143) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 8
Predios: Lote 134-10909; El Campanario 134-1527; La Esperanza 134-10907
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 24 Ha + 7725
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (174) de coordenadas planas X = 1069838 m.E - Y = 786311 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el Camino Real y el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (174) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 266 m, pasando por el punto número (175) de coordenadas planas X = 1070020 m.E - Y = 786253 m.N, hasta llegar al punto número (176) de coordenadas planas X = 1070078 m.E - Y = 786209 m.N.
Del punto número (176) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas, en una línea quebrada con una distancia de 133 m, hasta llegar al punto número (177) de coordenadas planas X = 1070206 m.E - Y = 786231 m.N.
Del punto número (177) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas, en una línea recta con una distancia de 126 m, hasta llegar al punto número (178) de coordenadas planas X = 1070332 m.E - Y = 786216 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas y el predio de propiedad del señor Hernando Zúñiga.
Del punto número (178) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Hernando Zúñiga, en una línea quebrada con una distancia de 69 m, hasta llegar al punto número (179) de coordenadas planas X = 1070398 m.E - Y = 786212 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Hernando Zúñiga y el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández.
ESTE: Del punto número (179) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández, en una línea quebrada con una distancia de 368 m, hasta llegar al punto número (180) de coordenadas planas X = 1070470 m.E - Y = 785854 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Adelmo Fernández y el predio de propiedad de la Familia Hurtado.
Del punto número (180) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la Familia Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 356 m, hasta llegar al punto número (181) de coordenadas planas X = 1070364 m.E - Y = 785528 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la Familia Hurtado y el predio de propiedad del señor Lisimaco Muela.
SUR: Del punto número (181) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Lisimaco Muela, en línea quebrada y en una distancia de 182 m, hasta llegar al punto número (182) de coordenadas planas X = 1070239 m.E - Y = 785656 m.N.
Del punto número (182) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Lisímaco Muela, en línea recta y en una distancia de 241 m, hasta llegar al punto número (183) de coordenadas planas X = 1070011 m.E - Y = 785579 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Lisimaco Muela y el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández.
OESTE: Del punto número (183) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 377 m, pasando por el punto número (184) de coordenadas planas X = 1070061 m.E - Y = 785663 m.N, hasta llegar al punto número (185) de coordenadas planas X = 1070128 m.E-Y = 785933 m.N.
Del punto número (185) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 186 m, pasando por el punto número (186) de coordenadas planas X = 1070073 m.E - Y = 786059 m.N, hasta llegar al punto número (187) de coordenadas planas X = 1070068 m.E - Y = 786107 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández y el predio de propiedad de los herederos de Gerardo Vidal.
Del punto número (187) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Gerardo Vidal, en línea recta y en una distancia de 253 m, hasta llegar al punto número (188) de coordenadas planas X = 1069835 m.E - Y = 786204 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de los herederos de Gerardo Vidal y el predio de propiedad de la señora Gabriela Vidal.
Del punto número (188) se continua en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Gabriela Vidal, en línea recta y en una distancia de 16 m, hasta llegar al punto número (189) de coordenadas planas X = 1069836 m.E - Y = 786220 m.N.
Del punto número (189) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Gabriela Vidal, en línea recta y en una distancia de 38 m, hasta llegar al punto número (190) de coordenadas planas X = 1069804 m.E - Y = 786243 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Gabriela Vidal y el Camino Real.
Del punto número (190) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el Camino Real, en línea recta y en una distancia de 33 m, hasta llegar al punto número (191) de coordenadas planas X = 1069780 m.E - Y = 786267 m.N.
Del punto número (191) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el Camino Real, en una línea quebrada y en una distancia de 79 m, hasta llegar al punto número (174) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 9
Predio: El Campanario 134-2053
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 3 ha + 1680 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (192) de coordenadas planas X = 1071167 m.E - Y = 786099 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Antonio Patiño y el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (192) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 147 m, pasando por el punto número (193) de coordenadas planas X = 1071184
m.E - Y = 786088 m.N, hasta llegar al punto número (194) de coordenadas planas X = 1071309 m.E - Y = 786067 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Belarmino Muelas y el predio de propiedad del señor Salustriano Hurtado.
ESTE: Del punto número (194) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Salustriano Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 195 m, pasando por el punto número (195) de coordenadas planas X = 1071299 m.E - Y = 785984 m.N, hasta llegar al punto número (196) de coordenadas planas X = 1071268 m.E - Y = 785877 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Salustriano Hurtado y el Camino.
SUR: Del punto número (196) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el Camino, en línea recta y en una distancia de 160 m, hasta llegar al punto número (197) de coordenadas planas X = 1071119 m.E - Y = 785933 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Camino y el predio de propiedad del señor Antonio Velasco.
OESTE: Del punto número (197) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Antonio Velasco, en una línea recta y en una distancia de 118 m, hasta llegar al punto número (198) de coordenadas planas X = 1071109 m.E - Y = 786051 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Antonio Velasco y el predio de propiedad del señor Antonio Patiño.
Del punto número (198) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Antonio Patiño, en una línea recta y en una distancia de 75 m, hasta llegar al punto número (192) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 10
Predios: Tercer lote Los Derrumbes 2. 134-11222; Los Derrumbes 1. 134-10611
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 14 ha + 7065
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (199) de coordenadas planas X = 1071118 m.E - Y = 785930 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Antonio Velasco y el Camino y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (199) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el Camino, en una línea recta con una distancia de 158 m, hasta llegar al punto número (200) de coordenadas planas X = 1071267 m.E - Y = 785874 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Camino y el predio de propiedad del señor Salustriano Hurtado.
ESTE: Del punto número (200) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Salustriano Hurtado, en una línea recta con una distancia de 249 m, hasta llegar al punto número (201) de coordenadas planas X = 1071427 m.E - Y = 785684 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Salustriano Hurtado y el predio de propiedad de la señora Lucia Hurtado.
Del punto número (201) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Lucia Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 453 m, pasando por el punto número (202) de coordenadas planas X = 1071337 m.E - Y = 785531 m.N, punto número (203) de coordenadas planas X = 1071307 m.E - Y = 785452 m.N, hasta llegar al punto número (204) de coordenadas planas X = 1071182 m.E - Y = 785308 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Lucia Hurtado y el predio de propiedad del señor José Antonio Muelas.
SUR: Del punto número (204) se continua en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Antonio Muelas, en línea quebrada y en una distancia de 51 m, hasta llegar al punto número (205) de coordenadas planas X = 1071140 m.E - Y = 785332 m.N.
Del punto número (205) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Antonio Muelas, en línea quebrada y en una distancia acumulada de 81 m, pasando por el punto número (206) de coordenadas planas X = 1071117 m.E - Y = 785334 m.N, hasta llegar al punto número (207) de coordenadas planas X = 1071060 m.E - Y = 785329 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor José Antonio Muelas y el predio de propiedad del señor Víctor Hurtado.
OESTE: Del punto número (207) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Hurtado, en una línea quebrada y en una distancia de 224 m, hasta llegar al punto número (208) de coordenadas planas X = 1071083 m.E - Y = 785550 m.N.
Del punto número (208) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Hurtado, en una línea recta y en una distancia de 321 m, hasta llegar al punto número (209) de coordenadas planas X = 1071067 m.E - Y = 785871 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Víctor Hurtado y el predio de propiedad del señor Antonio Velasco.
Del punto número (209) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Antonio Velasco, en una línea recta y en una distancia de 91 m, pasando por el punto número (210) de coordenadas planas X = 1071115 m.E - Y = 785890 m.N, hasta llegar al punto número (199) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre
GLOBO 11
Predio: El Corazoncito 134-10355
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 10 ha+ 4810 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (211) de coordenadas planas X = 1072916 m.E - Y = 786253 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Miguel Ángel Hurtado y el predio de propiedad del señor Leónidas Hurtado y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (211) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Leónidas Hurtado, en una línea recta con una distancia de 70 m, hasta llegar al punto número (212) de coordenadas planas X = 1072986 m.E - Y = 786260 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Leónidas Hurtado y el predio de propiedad del señor Agustín Píllimue Muela.
Del punto número (212) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Agustín Píllimue Muela, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 488 m, pasando por el punto número (213) de coordenadas planas X = 1073196 m.E - Y = 786340 m.N, punto número (214) de coordenadas planas X = 1073248 m.E - Y = 786432 m.N, hasta llegar al punto número (215) de coordenadas planas X = 1073357 m.E - Y = 786545 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio del señor Agustín Píllmue Muela y la quebrada el Salado.
ESTE: Del punto número (215) se continua en un sentido general Sureste, colindando la quebrada el Salado, en una línea recta con una distancia de 50 m, hasta llegar al punto número (216) de coordenadas planas X = 1073386 m.E - Y = 786505 m.N.
Del punto número (216) se continua en un sentido general Sureste, colindando con la quebrada el Salado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 251 m, pasando por el punto número (217) de coordenadas planas X = 1073408 m.E - Y = 786384 m.N, hasta llegar al punto número (218) de coordenadas planas X = 1073489 m.E - Y = 786285 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la quebrada el Salado y el predio de propiedad de la señora María Jesús Hurtado.
SUR: Del punto número (218) se continua en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Jesús Hurtado, en línea quebrada y en una distancia de 463 m, pasando por el punto número (219) de coordenadas planas X = 1073439 m.E - Y = 786249 m.N, punto número (220) de coordenadas planas X = 1073365 m.E - Y = 786239 m.N, punto número (221) de coordenadas planas X = 1073175 m.E - Y = 786124 m.N, hasta llegar al punto número (222) de coordenadas planas X = 1073107 m.E - Y = 786046 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora María Jesús Hurtado y el predio de propiedad del señor Miguel Ángel Hurtado.
OESTE: Del punto número (222) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Miguel Ángel Hurtado, en una línea recta y en una distancia de 196 m, hasta llegar al punto número (223) de coordenadas planas X = 1072987 m.E - Y= 786199 m.N.
Del punto número (223) se continúa en sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Miguel Ángel Hurtado, en una línea recta y en una distancia de 35 m, hasta llegar al punto número (224) de coordenadas planas X = 1072954 m.E-Y = 786190 m.N.
Del punto número (224) se continúa en sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Miguel Ángel Hurtado, en una línea recta y en una distancia de 74 m, hasta llegar al punto número (211) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 12
Predio: Laguneta 134-10354
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 10 Ha + 4277 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (225) de coordenadas planas X = 1073659 m.E - Y = 785350 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Eduardo Hurtado y el predio de propiedad de la señora Ismenia Pechene y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (225) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ismenia Pechene, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 339 m, pasando por el punto número (226) de coordenadas planas X = 1073729 m.E - Y = 785354 m.N, punto número (227) de coordenadas planas X = 1073768 m.E-Y = 785391 m.N, punto número (228) de coordenadas planas X = 1073838 m.E - Y = 785501 m.N, hasta llegar al punto número (229) de coordenadas planas X = 1073864 m.E-Y = 785582 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de la señora Ismenia Pechene y el predio de propiedad del señor Julio Campo.
ESTE: Del punto número (229) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Julio Campo, en una línea recta con una distancia de 264 m, hasta llegar al punto número (230) de coordenadas planas X = 1074102 m.E - Y = 785466 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Julio Campo y el predio de propiedad del señor Rafael López.
SUR: Del punto número (230) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea recta con una distancia de 136 m, hasta llegar al punto número (231) de coordenadas planas X= 1074071 m.E-Y = 785334 m.N.
Del punto número (231) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea recta con una distancia de 367 m, pasando por el punto número (232) de coordenadas planas X = 1074009 m.E - Y = 785268 m.N, punto número (233) de coordenadas planas X = 1073881 m.E - Y = 785217 m.N, hasta llegar al punto número (234) de coordenadas planas X = 1073757 m.E - Y = 785161 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Rafael López y el predio de propiedad del señor Eduardo Hurtado.
OESTE: Del punto número (234) se continúa en sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Eduardo Hurtado, en una línea quebrada y en una distancia acumulada de 233 m, pasando por el punto número (235) de coordenadas planas X = 1073671 m.E - Y = 785224 m.N, hasta llegar al punto número (225) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 13
Predio: El Potrero 134-9656
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 13 ha + 2515 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (236) de coordenadas planas X = 1075608 m.E - Y = 785456 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el Camino de Herradura y el río Chuluambo y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (236) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia de 159 m, hasta llegar al punto número (237) de coordenadas planas X = 1075749 m.E-Y = 785474 m.N.
Del punto número (237) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 307 m, pasando por el punto número (238) de coordenadas planas X = 1075800 m.E - Y = 785439 m.N, punto número (239) de coordenadas planas X = 1075910 m.E - Y = 785429 m.N, hasta llegar al punto número (240) de coordenadas planas X = 1075978 m.E - Y = 785375 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el río Chuluambo y el predio de propiedad del señor Héctor Marino Hurtado.
ESTE: Del punto número (240) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Héctor Marino Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 97 m, hasta llegar al punto número (241) de coordenadas planas X = 1075948 m.E - Y = 785286 m.N.
Del punto número (241) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Héctor Marino Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 166 m, pasando por el punto número (242) de coordenadas planas X = 1075976 m.E - Y = 785212 m.N, hasta llegar al punto número (243) de coordenadas planas X = 1075997 m.E - Y = 785131 m.N.
SUR: Del punto número (243) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Héctor Marino Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 258 m, pasando por el punto número (244) de coordenadas planas X = 1075885 m.E - Y = 785080 m.N, hasta llegar al punto número (245) de coordenadas planas X = 1075771 m.E - Y = 785011 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Héctor Marino Hurtado y el Camino de Herradura.
OESTE: Del punto número (245) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el Camino de Herradura, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 171 m, pasando por el punto número (246) de coordenadas planas X = 1075703 m.E - Y = 785057 m.N, hasta llegar al punto número (247) de coordenadas planas X = 1075650 m.E - Y = 785089 m.N.
Del punto número (247) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el Camino de Herradura, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 324 m, pasando por el punto número (248) de coordenadas planas X = 1075617 m.E - Y = 785252 m.N, punto número (249) de coordenadas planas X = 1075608 m.E - Y = 785335 m.N, hasta llegar al punto número (250) de coordenadas planas X = 1075577 m.E - Y = 785398 m.N.
Del punto número (250) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el Camino de Herradura, en una línea recta con una distancia de 66 m, hasta llegar al punto número (236) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 14
Predio: Potrero Laico (Primera Ampliación)
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 21 Ha + 9663 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (251) de coordenadas planas X = 1076243 m.E - Y = 785873 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el río Chuluambo y el predio de propiedad del señor Libardo Vidal y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (251) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Libardo Vidal, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 171 m, hasta llegar al punto número (252) de coordenadas planas X = 1076400 m.E-Y = 785836 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Libardo Vidal y el predio de propiedad de los herederos de Jorge Paz.
Del punto número (252) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Jorge Paz, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 508 m, pasando por el punto número (253) de coordenadas planas X = 1076482 m.E - Y = 785799 m.N, punto número (254) de coordenadas planas X = 1076738 m.E - Y = 785710 m.N, hasta llegar al punto número (255) de coordenadas planas X= 1076816 m.E-Y = 785609 m.N.
ESTE: Del punto número (255) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Jorge Paz, en una línea quebrada con una distancia de 173 m, hasta llegar al punto número (256) de coordenadas planas X = 1076811 m.E - Y = 785438 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de los herederos de Jorge Paz y el predio de propiedad del señor Cenón Paja.
SUR: Del punto número (256) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Cenón Paja, en una línea quebrada con una distancia de 246 m, hasta llegar al punto número (257) de coordenadas planas X = 1076569 m.E - Y = 785426 m.N.
Del punto número (257) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Cenón Paja, en una línea recta con una distancia de 142 m, punto número (258) de coordenadas planas X = 1076428 m.E - Y = 785442 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Cenón Paja y el predio de propiedad del señor Mariano Cuchillo.
De! punto número (258) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Mariano Cuchillo, en una línea quebrada con una distancia de 271 m, pasando por el hasta llegar al punto número (259) de coordenadas planas X = 1076162 m.E - Y = 785479 m.N.
OESTE: Del punto número (259) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Mariano Cuchillo, en una línea recta con una distancia de 148 m, hasta llegar al punto número (260) de coordenadas planas X = 1076090 m.E - Y = 785608 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Mariano Cuchillo y la carretera.
Del punto número (260) se continua en un sentido general Noreste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 142 m, hasta llegar al punto número (261) de coordenadas planas X = 1076166 m.E - Y = 785724 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera y el río Chuluambo.
Del punto número (261) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el río Chuluambo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 187 m, pasando por el punto número (262) de coordenadas planas X = 1076200 m.E - Y = 785747 m.N, hasta llegar al punto número (251) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 15
Predios: El Carrizal (Primera Ampliación); Alto La Palma Penebio (Primera Ampliación); La Cumbre 134-3833; La Merced 134-3832; Laguneta Chuluambo (Constitución); La Escuela 134-5925; Potrerito y El Rincón (Constitución); La Huerta (Predio Chuluambo) (Primera Ampliación); El Potrerito 134-5064; Los Pinos 134- 7913; Predio El Angucho (Primera Ampliación); El Bermejal 134-4450; Terreno Baldío (Ocupación Tradicional) (Primera Ampliación); El Pepo 134-790; El Roble134-10867; Camojo 2. 134-6164; lote de Terreno 2 Los Chiguacos 134-13612; lote de Terreno 3. 134- 13613; Laguna Seca 134-12393; Camojo 134-459; La Laguna 134-11324.
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 3532 Ha + 5593
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (263) de coordenadas planas X = 1068091 mJE - Y = 786504 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre la quebrada y el predio de propiedad del señor Daniel Muelas y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (263) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Daniel Muelas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 858 m, pasando por punto número (264) de coordenadas planas X = 1068456 m.E - Y = 786619 m.N, hasta llegar al punto número (265) de coordenadas planas X = 1068843 m.E - Y = 786707 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Daniel Muelas y el predio de propiedad de los herederos de Pedro Fernández.
Del punto número (265) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Pedro Fernández, en una línea quebrada con una distancia de 184 m, hasta llegar al punto número (266) de coordenadas planas X = 1068835 m.E - Y = 786527 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Pedro Fernández y el predio de propiedad de la señora Eva León.
Del punto número (266) se continua en un sentido general Sur, colindando con el predio de propiedad de la señora Eva León, en una línea quebrada con una distancia de 103 m, hasta llegar al punto número (267) de coordenadas planas X = 1068835 m.E - Y = 786427 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Eva León y el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández.
Del punto número (267) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández, en una línea quebrada con una distancia de 186 m, hasta llegar al punto número (268) de coordenadas planas X = 1068768 m.E - Y = 786263 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor José Antonio Fernández y el predio de propiedad del señor Reinel Fernández.
Del punto número (268) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Reinel Fernández, en una línea quebrada con una distancia de 259 m, hasta llegar al punto número (269) de coordenadas planas X = 1068756 m.E - Y = 786029 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Reinel Fernández y el predio de propiedad Privada.
Del punto número (269) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 273 m, pasando por el punto número (270) de coordenadas planas X = 1068808 m.E - Y = 785936 m.N, hasta llegar al punto número (271) de coordenadas planas X = 1068847 m.E-Y = 785784 m.N.
Del punto número (271) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 253 m, hasta llegar al punto número (272) de coordenadas planas X = 1068856 m.E - Y = 785564 m.N.
Del punto número (272) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 471 m, pasando por el punto número (273) de coordenadas planas X = 1068949 m.E - Y = 785434 m.N, punto número (274) de coordenadas planas X = 1069080 m.E - Y = 785430 m.N, hasta llegar al punto número (275) de coordenadas planas X = 1069211 m.E - Y = 785333 m.N.
Del punto número (275) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 368 m, pasando por el punto número (276) de coordenadas planas X = 1069312 m.E - Y = 785360 m.N, hasta llegar al punto número (277) de coordenadas planas X = 1069515 m.E - Y = 785493 m.N.
Del punto número (277) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 187 m, pasando por el punto número (278) de coordenadas planas X = 1069593 m.E - Y = 785453 m.N, hasta llegar al punto número (279) de coordenadas planas X = 1069600 m.E - Y = 785361 m.N.
Del punto número (279) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 680 m, pasando por el punto número (280) de coordenadas planas X = 1069719 m.E - Y = 785381 m.N, punto número (281) de coordenadas planas X = 1069827 m.E - Y = 785491 m.N, punto número (282) de coordenadas planas X = 1070036 m.E - Y = 785507 m.N, hasta llegar al punto número (283) de coordenadas planas X = 1070183 m.E - Y = 785584 m.N.
Del punto número (283) se continua en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1086 m, pasando por el punto número (284) de coordenadas planas X = 1070289 m.E - Y = 785471 m.N, punto número (285) de coordenadas planas X = 1070408 m.E - Y = 785433 m.N, punto número (286) de coordenadas planas X = 1070546 m.E - Y = 785265 m.N, punto número (287) de coordenadas planas X = 1070602 m.E - Y = 785132 m.N, hasta llegar al punto número (288) de coordenadas planas X = 1070934 m.E - Y = 784936 m.N.
Del punto número (288) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 207 m, hasta llegar al punto número (289) de coordenadas planas X = 1071095 m.E - Y = 785053 m.N.
Del punto número (289) se continua en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 193 m, hasta llegar al punto número (290) de coordenadas planas X = 1071079 m.E - Y = 784861 m.N.
Del punto número (290) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 744 m, pasando por el punto número (291) de coordenadas planas X = 1071445 m.E - Y = 784943 m.N, hasta llegar al punto número (292) de coordenadas planas X = 1071741 m.E - Y = 785127 m.N. ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad Privada y el predio de propiedad del señor Tomas Hurtado.
Del punto número (292) se continua en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Tomas Hurtado, en una línea recta con una distancia de 276 m, hasta llegar al punto número (293) de coordenadas planas X = 1071710 m.E - Y = 785401 m.N.
Del punto número (293) se continua en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Tomas Hurtado, en una línea recta con una distancia de 58 m, hasta llegar al punto número (294) de coordenadas planas X = 1071719 m.E - Y = 785458 m.N. Del punto número (294) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Tomás Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 371 m, pasando por el punto número (295) de coordenadas planas X = 1071549 m.E - Y = 785535 m.N, hasta llegar al punto número (296) de coordenadas planas X = 1071453 m.E - Y = 785674 m.N, ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Tomás Hurtado y el predio de propiedad de la señora Balbina Hurtado.
Del punto número (296) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Balbina Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 535 m, pasando por el punto número (297) de coordenadas planas X = 1071650 m.E - Y = 785696 m.N, hasta llegar al punto número (298) de coordenadas planas X = 1071962 m.E - Y = 785757 m.N.
Del punto número (298) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de la señora Balbina Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 310 m, hasta llegar al punto número (299) de coordenadas planas X = 1072109 m.E - Y = 785521 m.N.
Del punto número (299) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Balbina Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 385 m, hasta llegar al punto número (300) de coordenadas planas X = 1072121 m.E - Y = 785886 m.N., ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Balbina Hurtado y el predio de propiedad del señor Antonio Hurtado.
Del punto número (300) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Antonio Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 259 m, hasta llegar al punto número (301) de coordenadas planas X = 1072375 m.E - Y = 785841 m.N, ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Antonio Hurtado y el predio de propiedad de los herederos de Encarnación Hurtado.
Del punto número (301) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Encarnación Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 603 m, hasta llegar al punto número (302) de coordenadas planas X = 1072965 m.E - Y = 785765 m.N, ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Encarnación Hurtado y el predio de propiedad de los herederos de Isaías Hurtado.
Del punto número (302) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Isaías Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 877 m, pasando por el punto número (303) de coordenadas planas X = 1072897 m.E - Y = 785443 m.N, punto número (304) de coordenadas planas X = 1072730 m.E - Y = 785218 m.N, hasta llegar al punto número (305) de coordenadas planas X = 1072560 m.E - Y = 785051 m.N, ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Isaías Hurtado y la Vía a Silvia.
Del punto número (305) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la Vía a Silvia, en una línea quebrada con una distancia de 469 m, hasta llegar al punto número (306) de coordenadas planas X = 1072968 m.E - Y = 784880 m.N.
Del punto número (306) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con la Vía a Silvia, en una línea quebrada con una distancia de 202 m, hasta llegar al punto número (307) de coordenadas planas X = 1073157 m.E - Y = 784906 m.N.
Del punto número (307) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la vía a Silvia, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 777 m, pasando por el punto número (308) de coordenadas planas X = 1073295 m.E - Y = 784651 m.N, punto número (309) de coordenadas planas X = 1073538 m.E - Y = 784476 m.N, hasta llegar al punto número (310) de coordenadas planas X = 1073600 m.E - Y = 784360 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la Vía a Silvia y el predio de propiedad de Luciana y Manuel Velasco.
Del punto número (310) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de Luciana y Manuel Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 474 m, pasando por el punto número (311) de coordenadas planas X = 1073772 m.E - Y = 784454 m.N, hasta llegar al punto número (312) de coordenadas planas X = 1073864 m.E - Y = 784705 m.N.
Del punto número (312) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de Luciana y Manuel Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 299 m, hasta llegar al punto número (313) de coordenadas planas X = 1073837 m.E - Y = 784994 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de Luciana y Manuel Velasco y el predio de propiedad del señor Rafael López.
Del punto número (313) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 791 m, pasando por el punto número (314) de coordenadas planas X = 1074265 m.E - Y = 784741 m.N, hasta llegar al punto número (315) de coordenadas planas X = 1074461 m.E - Y = 784554 m.N.
Del punto número (315) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 234 m, pasando por el punto número (316) de coordenadas planas X = 1074447 m.E - Y = 784511 m.N, hasta llegar al punto número (317) de coordenadas planas X = 1074383 m.E - Y = 784338 m.N.
Del punto número (317) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea quebrada con una distancia de 324 m, hasta llegar al punto número (318) de coordenadas planas X = 1074699 m.E - Y = 784334 m.N.
Del punto número (318) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 783 m, pasando por el punto número (319) de coordenadas planas X = 1074588 m.E - Y = 784745 m.N, hasta llegar al punto número (320) de coordenadas planas X = 1074454 m.E - Y = 785042 m.N.
Del punto número (320) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rafael López, en una línea quebrada con una distancia de 279 m, hasta llegar al punto número (321) de coordenadas planas X = 1074470 m.E - Y = 785316 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Rafael López y el predio de propiedad Privada.
Del punto número (321) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 293 m, pasando por el punto número (322) de coordenadas planas X = 1074567 m.E - Y = 785410 m.N, punto número (323) de coordenadas planas X = 1074672 m.E - Y = 785485 m.N, hasta llegar al punto número (324) de coordenadas planas X = 1074694 m.E - Y = 785501 m.N.
Del punto número (324) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 174 m, hasta llegar al punto número (325) de coordenadas planas X = 1074866 m.E - Y = 785499 m.N.
Del punto número (325) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 257 m, hasta llegar al punto número (326) de coordenadas planas X = 1075058 m.E - Y = 785652 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad Privada y el predio de propiedad del señor Pablo Quiguanas.
Del punto número (326) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Pablo Quiguanas, en una línea quebrada con una distancia de 170 m, hasta llegar al punto número (327) de coordenadas planas X = 1075137 m.E - Y = 785510 m.N.
Del punto número (327) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Pablo Quiguanas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 191 m, pasando por el punto número (328) de coordenadas planas X = 1075214 m.E - Y = 785547 m.N, hasta llegar al punto número (329) de coordenadas planas X = 1075268 m.E - Y = 785635 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Pablo Quiguanas y la quebrada.
Del punto número (329) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la quebrada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 350 m, pasando por el punto número (330) de coordenadas planas X = 1075344 m.E - Y = 785628 m.N, punto número (331) de coordenadas planas X = 1075414 m.E - Y = 785614 m.N, hasta llegar al punto número (332) de coordenadas planas X = 1075582 m.E - Y = 785541 m.N.
Del punto número (332) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la quebrada, en una línea recta con una distancia de 43 m, hasta llegar al punto número (333) de coordenadas planas X = 1075558 m.E - Y = 785509 m.N.
Del punto número (333) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la quebrada, en una línea recta con una distancia de 38 m, hasta llegar al punto número (334) de coordenadas planas X = 1075586 m.E - Y = 785485 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la quebrada y la Ciénaga.
Del punto número (334) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la Ciénaga, en una línea recta con una distancia de 45 m, hasta llegar al punto número (335) de coordenadas planas X = 1075545 m.E-Y = 785466 m.N.
Del punto número (335) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la Ciénaga, en una línea recta con una distancia de 75 m, llegar hasta al punto número (336) de coordenadas planas X= 1075570 m.E-Y = 785396 m.N.
Del punto número (336) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la Ciénaga, en una línea recta con una distancia de 38 m, hasta llegar al punto número (337) de coordenadas planas X= 1075561 m.E-Y= 785359 m.N.
Del punto número (337) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la Ciénaga, en una línea recta con una distancia de 40 m, hasta llegar al punto número (338) de coordenadas planas X = 1075581 m.E - Y = 785324 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la Ciénaga y el predio de propiedad del señor Algemiro Fernández.
Del punto número (338) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Algemiro Fernández, en una línea recta con una distancia de 45 m, hasta llegar al punto número (339) de coordenadas planas X = 1075538 m.E - Y = 785336 m.N.
Del punto número (339) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Algemiro Fernández, en una línea recta con una distancia de 100 m, hasta llegar al punto número (340) de coordenadas planas X = 1075455 m.E - Y = 785280 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad señor Algemiro Fernández y el predio de propiedad Privado.
Del punto número (340) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 161 m, hasta llegar al punto número (341) de coordenadas planas X = 1075430 m.E - Y = 785123 m.N.
Del punto número (341) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 899 m, pasando por el punto número (342) de coordenadas planas X = 1075436 m.E - Y = 785005 m.N, punto número (343) de coordenadas planas X = 1075516 m.E - Y = 784832 m.N, punto número (344) de coordenadas planas X = 1075678 m.E - Y = 784644 m.N, hasta llegar al punto número (345) de coordenadas planas X = 1075924 m.E - Y = 784447 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre predio de propiedad Privada y el camino.
Del punto número (345) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 95 m, hasta llegar al punto número (346) de coordenadas planas X= 1075847 m.E - Y = 784395 m.N.
Del punto número (346) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 454 m, pasando por el punto número (347) de coordenadas planas X = 1075561 m.E - Y = 784480 m.N, hasta llegar al punto número (348) de coordenadas planas X = 1075429 m.E - Y = 784499 m.N.
Del punto número (348) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 374 m, pasando por el punto número (349) de coordenadas planas X = 1075445 m.E - Y = 784462 m.N. hasta llegar al punto número (350) de coordenadas planas X = 1075760 m.E - Y = 784401 m.N.
Del punto número (350) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 185 m, hasta llegar al punto número (351) de coordenadas planas X = 1075921 m.E - Y = 784427 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino y el predio de propiedad privada.
Del punto número (351) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia de 215 m, hasta llegar al punto número (352) de coordenadas planas X = 1075960 m.E - Y = 784219 m.N.
Del punto número (352) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia de 158 m, hasta llegar al punto número (353) de coordenadas planas X = 1075937 m.E - Y = 784074 m.N.
Del punto número (353) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1186 m, pasando por el punto número (354) de coordenadas planas X = 1076416 m.E - Y = 783747 m.N, hasta llegar al punto número (355) de coordenadas planas X = 1076963 m.E - Y = 783672 m.N.
Del punto número (355) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1302 m, pasando por el punto número (356) de coordenadas planas X = 1077517 m.E - Y = 784297 m.N, hasta llegar al punto número (357) de coordenadas planas X = 1077521 m.E - Y = 784686 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad Privada y el predio de propiedad del señor Feliciano Campo.
Del punto número (357) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Feliciano Campo, en una línea recta con una distancia de 310 m, hasta llegar al punto número (358) de coordenadas planas X = 1077219 m.E - Y = 784755 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Feliciano Campo y el predio de propiedad de la señora María Gladis Velasco Peña.
Del punto número (358) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Gladis Velasco Peña, en una línea recta con una distancia de 157 m, hasta llegar al punto número (359) de coordenadas planas X = 1077201 m.E - Y = 784911 m.N.
Del punto número (359) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Gladis Velasco Peña, en una línea quebrada con una distancia de 252 m, hasta llegar al punto número (360) de coordenadas planas X = 1076967 m.E - Y = 784839 m.N.
Del punto número (360) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Maria Gladis Velasco Peña, en una línea quebrada con una distancia de 141 m, hasta llegar al punto número (361) de coordenadas planas X = 1076846 m.E - Y = 784906 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora María Gladis Velasco Peña y el predio de propiedad del señor Laureano Pillimue.
Del punto número (361) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Laureano Pillimue, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 361 m, pasando por el punto número (362) de coordenadas planas X = 1076959 m.E - Y = 785007 m.N, hasta llegar al punto número (363) de coordenadas planas X = 1077068 m.E - Y = 785185 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Laureano Pillimue y el predio de propiedad de la señora María Hurtado.
Del punto número (363) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Hurtado, en una línea recta con una distancia de 5 m, hasta llegar al punto número (364) de coordenadas planas X = 1077072 m.E - Y = 785188 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora María Hurtado y el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado.
Del punto número (364) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 212 m, pasando por el punto número (365) de coordenadas planas X = 1077109 m.E - Y = 785115 m.N, hasta llegar al punto número (366) de coordenadas planas X = 1077228 m.E - Y = 785064 m.N.
Del punto número (366) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 169 m, pasando por el punto número (367) de coordenadas planas X = 1077253 m.E - Y = 785148 m.N, hasta llegar al punto número (368) de coordenadas planas X = 1077312 m.E - Y = 785203 m.N.
Del punto número (368) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 192 m, hasta llegar al punto número (369) de coordenadas planas X = 1077486 m.E - Y = 785126 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Jorge Hurtado y el camino.
Del punto número (369) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 184 m, pasando por el punto número (370) de coordenadas planas X = 1077427 m.E - Y = 785021 m.N, hasta llegar al punto número (371) de coordenadas planas X = 1077428 m.E - Y = 784957 m.N,
Del punto número (371) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 234 m, hasta llegar al punto número (372) de coordenadas planas X = 1077512 m.E - Y = 784740 m.N.
Del punto número (372) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 26 m, hasta llegar al punto número (373) de coordenadas planas X = 1077529 m.E - Y = 784750 m.N.
Del punto número (373) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 180 m, hasta llegar al punto número (374) de coordenadas planas X = 1077460 m.E - Y = 784908 m.N.
Del punto número (374) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 239 m, hasta llegar al punto número (375) de coordenadas planas X = 1077493 m.E - Y = 785123 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino y el predio de propiedad del señor Telmo Rivera.
Del punto número (375) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Telmo Rivera, en una línea quebrada con una distancia de 314 m, pasando por el punto número (376) de coordenadas planas X = 1077531 m.E - Y = 785287 m.N, hasta llegar al punto número (377) de coordenadas planas X = 1077629 m.E - Y = 785389 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Telmo Rivera y el predio de propiedad de los herederos de Abel Solarte.
Del punto número (377) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Abel Solarte, en una línea recta con una distancia de 85 m, hasta llegar al punto número (378) de coordenadas planas X = 1077713 m.E - Y = 785401 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Abel Solarte y el predio de propiedad del señor Jorge Paz.
Del punto número (378) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Paz, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 413 m, pasando por el punto número (379) de coordenadas planas X = 1077724 m.E - Y = 785248 m.N, punto número (380) de coordenadas planas X = 1077700 m.E - Y = 785117 m.N, hasta llegar al punto número (381) de coordenadas planas X = 1077665 m.E - Y = 785008 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Jorge Paz y el camino.
Del punto número (381) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 476 m, pasando por el punto número (382) de coordenadas planas X = 1077894 m.E - Y = 785097 m.N, hasta llegar al punto número (383) de coordenadas planas X = 1078060 m.E - Y = 785213 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino y el predio de propiedad del señor Jorge Paz.
Del punto número (383) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Paz, en una línea quebrada con una distancia de 405 m, hasta llegar al punto número (384) de coordenadas planas X = 1078210 m.E - Y = 785544 m.N.
Del punto número (384) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Jorge Paz, en una línea quebrada con una distancia de 300 m, hasta llegar al punto número (385) de coordenadas planas X = 1078163 m.E - Y = 785820 m.N. ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Jorge Paz y el predio de propiedad del señor Baudilio Solarte.
Del punto número (385) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Baudilio Solarte, en una línea recta con una distancia de 103 m, hasta llegar al punto número (386) de coordenadas planas X = 1078072 m.E - Y = 785773 m.N.
Del punto número (386) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Baudilio Solarte, en una línea recta con una distancia de 225 m, hasta llegar al punto número (387) de coordenadas planas X = 1077850 m.E - Y = 785804 m.N.
Del punto número (387) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Baudilio Solarte, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 435 m, pasando por el punto número (388) de coordenadas planas X = 1077668 m.E - Y = 785699 m.N, hasta llegar al punto número (389) de coordenadas planas X = 1077540 m.E - Y = 785547 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre predio de propiedad del señor Baudilio Solarte y el predio de propiedad de la señora María Hurtado.
Del punto número (389) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 237 m, hasta llegar al punto número (390) de coordenadas planas X = 1077317 m.E - Y = 785496 m.N.
Del punto número (390) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 166 m, hasta llegar al punto número (391) de coordenadas planas X = 1077163 m.E - Y = 785523 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora María Hurtado y el predio de propiedad de la señora Sofía Vidal.
Del punto número (391) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Sofía Vidal, en una línea quebrada con una distancia de 203 m, hasta llegar al punto número (392) de coordenadas planas X = 1077127 m.E - Y = 785714 m.N.
Del punto número (392) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Sofía Vidal, en una línea quebrada con una distancia de 150 m, hasta llegar al punto número (393) de coordenadas planas X = 1077166 m.E - Y = 785859 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Sofía Vidal y el predio de propiedad de la Empresa la Esperanza.
Del punto número (393) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de la Empresa la Esperanza, en una línea quebrada con una distancia de 206 m, hasta llegar al punto número (394) de coordenadas planas X = 1077370 m.E - Y = 785870 m.N.
Del punto número (394) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la Empresa la Esperanza, en una línea quebrada con una distancia de 60 m, hasta llegar al punto número (395) de coordenadas planas X = 1077361 m.E - Y - 785928 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la Empresa la Esperanza y el predio de propiedad del señor Libardo Vidal.
Del punto número (395) se continúa en un sentido general Oeste, colindando con el predio de propiedad del señor Libardo Vidal, en una línea recta con una distancia de 171 m, hasta llegar al punto número (396) de coordenadas planas X = 1077191 m.E - Y = 785923 m.N.
Del punto número (396) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Libardo Vidal, en una línea recta con una distancia de 418 m, hasta llegar al punto número (397) de coordenadas planas X = 1077315 m.E - Y = 786318 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Libardo Vidal y el predio de propiedad del señor Rodrigo López.
Del punto número (397) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Rodrigo López, en una línea quebrada con una distancia de 550 m, pasando por el punto número (398) de coordenadas planas X = 1077509 m.E - Y = 786661 m.N, hasta llegar al punto número (399) de coordenadas planas X = 1077562 m.E - Y = 786781 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Rodrigo López y el predio de propiedad del cabildo de Kisgo.
Del punto número (399) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del cabildo de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia de 294 m, hasta llegar al punto número (400) de coordenadas planas X = 1077845 m.E - Y = 786829 m.N.
Del punto número (400) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Francisco Fernández, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 611 m, pasando por el punto número (401) de coordenadas planas X = 1077799 m.E - Y = 787118 m.N, hasta llegar al punto número (402) de coordenadas planas X = 1077668 m.E - Y = 787375 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del cabildo de Kisgo y el Resguardo Quichaya.
Del punto número (402) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el Resguardo Quichaya, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1117 m, pasando por el punto número (403) de coordenadas planas X = 1077926 m.E - Y = 787432 m.N, punto número (404) de coordenadas planas X = 1078269 m.E - Y = 787486 m.N, hasta llegar al punto número (405) de coordenadas planas X = 1078614 m.E - Y = 787711 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Resguardo Quichaya y El río Manchay Resguardo Guambia.
ESTE: Del punto número (405) se continúa en un sentido general Sureste, colindando El río Manchay Resguardo Guambia, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 3233 m, pasando por el punto número (406) de coordenadas planas X = 1078633 m.E - Y = 786996 m.N, punto número (407) de coordenadas planas X = 1079179 m.E - Y = 786443 m.N, punto número (408) de coordenadas planas X = 1079191 m.E - Y = 785826 m.N, hasta llegar al punto número (409) de coordenadas planas X = 1079492 m.E - Y = 785078 m.N.
Del punto número (409) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando el río Manchay Resguardo Guambia, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 4477 m, pasando por el punto número (410) de coordenadas planas X = 1079368 m.E - Y = 783821 m.N, punto número (411) de coordenadas planas X = 1078792 m.E - Y = 782979 m.N, punto número (412) de coordenadas planas X = 1078481 m.E - Y = 782092 m.N, hasta llegar al punto número (413) de coordenadas planas X = 1078252 m.E - Y = 781616 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre El río Manchay Resguardo Guambia y el predio de propiedad Privada.
SUR: Del punto número (413) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad Privada., en una línea quebrada con una distancia de 316 m, hasta llegar al punto número (414) de coordenadas planas X = 1077979 m.E - Y = 781696 m.N.
Del punto número (414) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 257 m, pasando por el punto número (415) de coordenadas planas X = 1077791 m.E - Y = 781563 m.N, ubicada donde concurre la colindancia de propiedad Privada y el otro predio de propiedad Privada.
Del punto número (415) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1159 m, pasando por el punto número (416) de coordenadas planas X = 1077560 m.E - Y = 781241 m.N, punto número (417) de coordenadas planas X = 1077280 m.E - Y = 781242 m.N, punto número (418) de coordenadas planas X = 1077103 m.E - Y = 781215 m.N, hasta llegar al punto número (419) de coordenadas planas X = 1076918 m.E - Y = 781078 m.N.
Del punto número (419) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 58 m, hasta llegar al punto número (420) de coordenadas planas X= 1076868 m.E - Y = 781103 m.N.
Del punto número (420) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia de 165 m, hasta llegar al punto número (421) de coordenadas planas X = 1076725 m.E - Y = 781041 m.N.
Del punto número (421) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad Privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 433 m, pasando por el punto número (422) de coordenadas planas X = 1076672 m.E - Y = 781197 m.N, hasta llegar al punto número (423) de coordenadas planas X = 1076551 m.E - Y = 781424 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad Privada y el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes.
Del punto número (423) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes, en una línea recta con una distancia de 338 m, hasta llegar al punto número (424) de coordenadas planas X = 1076232 m.E - Y = 781532 m.N.
Del punto número (424) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 403 m, pasando por el punto número (425) de coordenadas planas X = 1076285 m.E - Y = 781361 m.N, hasta llegar al punto número (426) de coordenadas planas X = 1076330 m.E - Y = 781143 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes y el predio de propiedad del señor Fernández Solarte.
Del punto número (426) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Fernández Solarte, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 573 m, pasando por el punto número (427) de coordenadas planas X = 1076389 m.E - Y = 781064 m.N, punto número (428) de coordenadas planas X = 1076690 m.E - Y = 780971 m.N, hasta llegar al punto número (428A) de coordenadas planas X = 1076777 m.E - Y = 780845 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Simón Solarte y el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes.
Del punto número (428A) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes, en una línea quebrada con una distancia de 126 m, hasta llegar al punto número (429) de coordenadas planas X = 1076835 m.E - Y = 780741 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Camilo Arturo Reyes y el predio de los herederos de Rafael López.
Del punto número (429) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Rafael López, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 269 m, pasando por el punto número (430) de coordenadas planas X = 1076654 m.E - Y = 780709 m.N, hasta llegar al punto número (431) de coordenadas planas X = 1076596 m.E - Y = 780647 m.N.
Del punto número (431) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Rafael López, en una línea recta con una distancia acumulada de 90 m, hasta llegar al punto número (432) de coordenadas planas X = 1076640 m.E - Y = 780568 m.N.
Del punto número (432) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Rafael López, en una línea recta con una distancia de 76 m, hasta llegar al punto número (433) de coordenadas planas X = 1076607 m.E - Y = 780501 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Rafael López y el predio de propiedad del señor Víctor Orozco.
Del punto número (433) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 238 m, hasta llegar al punto número (434) de coordenadas planas X = 1076392 m.E - Y = 780599 m.N.
Del punto número (434) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 44 m, hasta llegar al punto número (435) de coordenadas planas X = 1076372 m.E - Y = 780561 m.N.
Del punto número (435) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 62 m, hasta llegar al punto número (436) de coordenadas planas X = 1076345 m.E - Y = 780616 m.N,
Del punto número (436) se continúa en un sentido general Oeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 136 m, hasta llegar al punto número (437) de coordenadas planas X = 1076209 m.E - Y = 780615 m.N.
Del punto número (437) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 136 m, hasta llegar al punto número (438) de coordenadas planas X = 1076161 m.E - Y = 780742 m.N.
Del punto número (438) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 28 m, hasta llegar al punto número (439) de coordenadas planas X = 1076181 m.E - Y = 780762 m.N.
Del punto número (439) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 42 m, hasta llegar al punto número (440) de coordenadas planas X = 1076166 m.E - Y = 780798 m.N.
Del punto número (440) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Orozco, en una línea recta con una distancia de 129 m, hasta llegar al punto número (441) de coordenadas planas X = 1076050 m.E - Y = 780757 m.N. ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Víctor Orozco y el predio de propiedad del señor Jesús Vidal.
Del punto número (441) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Jesús Vidal, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 340 m, pasando por el punto número (442) de coordenadas planas X = 1076001 m.E - Y = 780652 m.N, hasta llegar al punto número (443) de coordenadas planas X = 1075973 m.E - Y = 780447 m.N.
Del punto número (443) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Jesús Vidal, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 245 m, pasando por el punto número (444) de coordenadas planas X = 1076027 m.E - Y = 780300 m.N, hasta llegar al punto número (445) de coordenadas planas X = 1076068 m.E - Y = 780244 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Jesús Vidal y el camino.
Del punto número (445) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 189 m, hasta llegar al punto número (446) de coordenadas planas X = 1075908 m.E - Y = 780161 m.N.
Del punto número (446) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 303 m, hasta llegar al punto número (447) de coordenadas planas X = 1075826 m.E - Y = 780340 m.N.
Del punto número (447) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el camino, en una línea quebrada con una distancia de 148 m, hasta llegar al punto número (448) de coordenadas planas X = 1075691 m.E - Y = 780299 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino y el predio de propiedad privada.
Del punto número (448) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 574 m, pasando por el punto número (449) de coordenadas planas X = 1075684 m.E - Y = 780468 m.N, hasta llegar al punto número (450) de coordenadas planas X = 1075423 m.E - Y = 780741 m.N.
Del punto número (450) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia de 224 m, hasta llegar al punto número (451) de coordenadas planas X = 1075540 m.E - Y = 780559 m.N.
Del punto número (451) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia de 165 m, hasta llegar al punto número (452) de coordenadas planas X = 1075442 m.E - Y = 780427 m.N.
Del punto número (452) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad privada, en una línea quebrada con una distancia de 90 m, hasta llegar al punto número (453) de coordenadas planas X = 1075458 m.E - Y = 780339 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad Privada y el predio denominado los Remedios.
Del punto número (453) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio denominado los Remedios, en una línea quebrada con una distancia de 202 m, hasta llegar al punto número (454) de coordenadas planas X = 1075451 m.E - Y= 780138 m.N.
Del punto número (454) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio denominado los Remedios, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 198 m, pasando por el punto número (455) de coordenadas planas X = 1075372 m.E - Y = 780178 m.N, hasta llegar al punto número (456) de coordenadas planas X = 1075348 m.E - Y = 780284 m.N.
Del punto número (456) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio denominado los Remedios, en una línea quebrada con una distancia de 82 m, hasta llegar al punto número (457) de coordenadas planas X = 1075379 m.E - Y = 780361 m.N. Del punto número (457) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio denominado los Remedios, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 371 m, pasando por el punto número (458) de coordenadas planas X = 1075154 m.E - Y = 780525 m.N, hasta llegar al punto número (459) de coordenadas planas X = 1075097 m.E - Y = 780593 m.N.
Del punto número (459) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio denominado los Remedios, en una línea recta con una distancia de 100 m, hasta llegar al punto número (460) de coordenadas planas X = 1075118 m.E - Y = 780691 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio denominado los Remedios y el predio de propiedad del señor Marcos Ulchur.
Del punto número (460) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Marcos Ulchur, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 625 m, pasando por el punto número (461) de coordenadas planas X = 1075402 m.E - Y = 780751 m.N, hasta llegar al punto número (462) de coordenadas planas X = 1075490 m.E - Y = 781046 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad señor Marcos Ulchur y el predio de propiedad del señor Gabriel Ulchur.
Del punto número (462) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Gabriel Ulchur, en una línea recta con una distancia de 220 m, hasta llegar al punto número (463) de coordenadas planas X = 1075584 m.E - Y = 781531 m.N, ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del Gabriel Ulchur y el predio de propiedad del señor Víctor Ulchur.
Del punto número (463) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Ulchur, en una línea recta con una distancia de 266 m, hasta llegar al punto número (464) de coordenadas planas X = 1075312 m.E - Y= 781562 m.N.
Del punto número (464) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Víctor Ulchur, en una línea recta con una distancia de 336 m, hasta llegar al punto número (465) de coordenadas planas X = 1075122 m.E - Y = 781589 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Víctor Ulchur y el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal.
Del punto número (465) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal, en una línea recta con una distancia de 135 m, hasta llegar al punto número (466) de coordenadas planas X = 1075309 m.E - Y = 781995 m.N.
Del punto número (466) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal, en una línea recta con una distancia de 447 m, hasta llegar al punto número (467) de coordenadas planas X = 1075055 m.E - Y = 782057 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal y el Camino Real Del Valle.
Del punto número (467) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el camino Real Del Valle, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 2193 m, pasando por el punto número (468) de coordenadas planas X = 1074722 m.E - Y = 781862 m.N, punto número (469) de coordenadas planas X = 1074254 m.E - Y = 781792 m.N, punto número (470) de coordenadas planas X = 1073920 m.E - Y = 781937 m.N, punto número (471) de coordenadas planas X = 1073899 m.E - Y = 782136 m.N, hasta llegar al punto número (472) de coordenadas planas X = 1073478 m.E - Y = 782153 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino Real Del Valle y la carretera Silvia-Usenda.
Del punto número (472) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la carretera Silvia-Usenda, en una línea recta con una distancia de 489 m, hasta llegar al hasta llegar al punto número (473) de coordenadas planas X = 1073026 m.E - Y = 782228 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera Silvia-Usenda y el predio de propiedad de los herederos de Isauro Otero.
Del punto número (473) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Isauro Otero, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 571 m, pasando por el punto número (474) de coordenadas planas X = 1073081 m.E - Y = 782041 m.N,punto número (475) de coordenadas planas X = 1073065 m.E - Y = 781842 m.N, hasta llegar al punto número (476) de coordenadas planas X = 1072998 m.E - Y = 781689 m.N, ubicada donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Isauro Otero y la Quebrada.
Del punto número (476) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la Quebrada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 502 m, pasando por el punto número (477) de coordenadas planas X = 1072936 m.E - Y = 781738 m.N, punto número (478) de coordenadas planas X = 1072915 m.E - Y = 781729 m.N, punto número (479) de coordenadas planas X = 1072555 m.E - Y = 781828 m.N, hasta llegar al punto número (480) de coordenadas planas X = 1072714 m.E - Y = 782123 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio la quebrada y el predio de propiedad del señor Adelmo Villano.
Del punto número (480) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Adelmo Villano, en una línea quebrada con una distancia de 335 m, hasta llegar al punto número (481) de coordenadas planas X = 1072246 m.E - Y = 782215 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Adelmo Villano y la carretera Silvia-Usenda.
Del punto número (481) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera Silvia-Usenda, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 2239 m, pasando por el punto número (482) de coordenadas planas X = 1071536 m.E - Y = 782581 m.N, punto número (483) de coordenadas planas X = 1070791 m.E - Y = 782514 m.N, hasta llegar al punto número (484) de coordenadas planas X = 1070434 m.E - Y = 782366 m.N, ubicado donde concurre las colindancia entre la carretera y el río Oveja.
OESTE: Del punto número (484) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el río Oveja, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 5456 m, pasando por el punto número (485) de coordenadas planas X = 1070292 m.E - Y = 782499 m.N, hasta llegar al punto número (486) de coordenadas planas X = 1070131 m.E - Y = 782441 m.N, punto número (487) de coordenadas planas X = 1069895 m.E - Y = 782596 m.N, punto número (488) de coordenadas planas X = 1069767 m.E - Y = 782571 m.N, punto número (489) de coordenadas planas X = 1069709 m.E - Y = 782874 m.N, punto número (490) de coordenadas planas X = 1069432 m.E - Y = 783106 m.N, punto número (491) de coordenadas planas X = 1069355 m.E - Y = 783479 m.N, punto número (492) de coordenadas planas X = 1069003 m.E - Y = 783584 m.N, punto número (493) de coordenadas planas X = 1069026 m.E - Y = 784012 m.N, punto número (494) de coordenadas planas X = 1068783 m.E - Y = 784305 m.N, punto número (495) de coordenadas planas X = 1068630 m.E - Y = 784665 m.N, punto número (496) de coordenadas planas X = 1068529 m.E - Y = 784806 m.N, punto número (497) de coordenadas planas X = 1068438 m.E - Y = 785059 m.N, punto número (498) de coordenadas planas X = 1068253 m.E - Y = 785315 m.N, punto número (499) de coordenadas planas X = 1068099 m.E - Y = 785300 m.N, ubicado donde concurre las colindancia entre el río Oveja y la quebrada.
Del punto número (499) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la quebrada, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1394 m, pasando por el punto número (500) de coordenadas planas X = 1068117 m.E - Y = 785745 m.N, punto número (501) de coordenadas planas X = 1067980 m.E - Y = 785925 m.N, punto número (502) de coordenadas planas X = 1068154 m.E - Y = 786150 m.N, hasta llegar al punto número (263) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 16
Predio: El Rosal 134-8767
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 3 ha + 2739 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (503) de coordenadas planas X = 1068246 m.E - Y = 785290 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre la carretera y el río Ovejas y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (503) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el río Ovejas, en una línea quebrada con una distancia de 287 m, hasta llegar al punto número (504) de coordenadas planasX= 1068371 m.E-Y = 785073 m.N.
ESTE: Del punto número (504) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el río Ovejas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 316 m, pasando por el punto número (505) de coordenadas planas X = 1068496 m.E - Y = 784985 m.N, hasta llegar al punto número (506) de coordenadas planas X = 1068531 m.E - Y = 784862 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el río Ovejas y el predio de propiedad de la señora Rosario Velasco.
SUR: Del punto número (505) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Rosario Velasco, en una línea recta con una distancia de 65 m, hasta llegar al punto número (507) de coordenadas planas X = 1068484 m.E - Y = 784817 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Rosario Velasco y el predio de propiedad de la señora ya nombrada.
OESTE: Del punto número (507) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Rosario Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 285 m, pasando por el punto número (508) de coordenadas planas X = 1068373 m.E - Y = 784992 m.N, hasta llegar al punto número (509) de coordenadas planas X = 1068306 m.E - Y = 785031 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio propiedad de la señora Rosario Velasco y la carretera.
Del punto número (509) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 268 m, pasando por el punto número (510) de coordenadas planas X = 1068257 m.E- Y= 785166 m.N, hasta llegar al punto número (503) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 17
Predios: El Cadillal 134-16644; Camojo, Camojo y lote (Constitución).
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Área: 114 ha+ 6000 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (511) de coordenadas planas X = 1071671 m.E - Y = 782180 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Alfonso Muelas y la quebrada Cadilla o el Roblal y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (511) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la quebrada Cadilla o el Roblal, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 1375 m, pasando por el punto número (512) de coordenadas planas X = 1072235 m.E - Y = 781855 m.N, hasta llegar al punto número (513) de coordenadas planas X = 1072878 m.E - Y = 781716 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la quebrada Cadilla o el Roblal y el predio de propiedad del señor Julio Hurtado.
ESTE: Del punto número (513) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad el señor Julio Hurtado, en una línea quebrada con una distancia de 229 m, hasta llegar al punto número (514) de coordenadas planas X = 1072900 m.E - Y = 781495 m.N.
Del punto número (514) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad el señor Julio Hurtado, en una línea recta con una distancia de 77 m, hasta llegar al punto número (515) de coordenadas planas X = 1072977 m.E - Y = 781497 m.N.
Del punto número (515) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad el señor Julio Hurtado, en una línea recta con una distancia de 68 m, hasta llegar al punto número (516) de coordenadas planas X = 1073031 m.E - Y = 781457 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Julio Hurtado y el cabildo Indígena de Kizgó.
Del punto número (516) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 499 m, pasando por el punto número (517) de coordenadas planas X = 1072875 m.E - Y = 781239 m.N, hasta llegar al punto número (518) de coordenadas planas X = 1072734 m.E - Y = 781067 m.N.
Del punto número (518) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea recta con una distancia de 548 m, hasta llegar al punto número (519) de coordenadas planas X = 1073033 m.E - Y = 780611 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el cabildo Indígena de Kisgo y el camino.
SUR: Del punto número (519) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el camino en una línea quebrada con una distancia de 591 m, hasta llegar al punto número (520) de coordenadas planas X = 1072463 m.E - Y = 780532 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino y el predio de propiedad de los herederos de Gustavo Bolaños.
Del punto número (520) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Gustavo Bolaños, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 394 m, pasando por el punto número (521) de coordenadas planas X = 1072239 m.E - Y = 780681 m.N, hasta llegar al punto número (522) de coordenadas planas X = 1072216 m.E - Y = 780801 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Gustavo Bolaños y el predio de propiedad del señor Vicente Bolaños.
Del punto número (522) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Vicente Bolaños, en una línea quebrada con una distancia de 327 m, hasta llegar al punto número (523) de coordenadas planas X = 1071916 m.E - Y = 780908 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Vicente Bolaños y el predio de propiedad de los herederos de Gustavo Bolaños.
Del punto número (523) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Gustavo Bolaños, en una línea quebrada con una distancia de 297 m, hasta llegar al punto número (524) de coordenadas planas X = 1071646 m.E - Y = 780965 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Gustavo Bolaños y el predio de propiedad de la señora Deyanira Bolaños.
Del punto número (524) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Deyanira Bolaños, en una línea quebrada con una distancia de 277 m, hasta llegar al punto número (525) de coordenadas planas X = 1071472 m.E - Y = 781157 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Deyanira Bolaños y el predio de propiedad del señor Pedronel Córdoba.
OESTE: Del punto número (525) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Pedronel Córdoba, en una línea recta con una distancia de 75 m, hasta llegar al punto número (526) de coordenadas planas X = 1071471 m.E - Y = 781233 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio propiedad del señor Pedronel Córdoba y el predio de propiedad del señor Gerardo Paz.
Del punto número (526) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Gerardo Paz, en una línea recta con una distancia de 103 m, hasta llegar al punto número (527) de coordenadas planas X = 1071480 m.E - Y = 781334 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio propiedad del señor Gerardo Paz y el predio de propiedad del señor Pedronel Córdoba.
Del punto número (527) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Pedronel Córdoba, en una línea recta con una distancia de 50 m, hasta llegar al punto número (528) de coordenadas planas X = 1071488 m.E - Y = 781384 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio propiedad del señor Pedronel Córdoba y el predio de propiedad de la señora Ana Polonía Muelas.
Del punto número (528) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ana Polonia Muelas, en una línea recta con una distancia de 76 m, hasta llegar al punto número (529) de coordenadas planas X = 1071482 m.E - Y = 781459 m.N,
Del punto número (529) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ana Polonía Muelas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 202 m, pasando por el punto número (530) de coordenadas planas X = 1071615 m.E - Y = 781466 m.N, hasta llegar al punto número (531) de coordenadas planas X = 1071618 m.E - Y = 781533 m.N.
Del punto número (531) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ana Polonía Muelas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 124 m, punto número (532) de coordenadas planas X = 1071496 m.E - Y = 781552 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de ia señora Ana Polonia Muelas y el predio propiedad del señor José Antonio Muelas.
Del punto número (532) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor José Antonio Muelas, en una línea recta con una distancia de 178 m, hasta llegar al punto número (533) de coordenadas planas X = 1071536 m.E - Y = 781726 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor José Antonio Muelas y el predio de propiedad de los herederos de Ezequiel Gaón.
Del punto número (533) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los herederos de Ezequiel Gaón, en una línea recta con una distancia de 329 m, hasta llegar al punto número (534) de coordenadas planas X = 1071620 m.E - Y = 782043 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los herederos de Ezequiel Gaón y el predio de propiedad del señor Alfonso Muelas.
Del punto número (534) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Alfonso Muelas, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 150 m, pasando por el punto número (535) de coordenadas planas X = 1071624 m.E - Y = 782107 m.N, hasta llegar al punto número (511) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 18
Predio: El Recuerdo y Los Alpes (Primera Ampliación)
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 47 ha + 7500 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (536) de coordenadas planas X = 1070554 m.E - Y = 780642 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad del señor Medardo Velasco y el predio de propiedad del señor Ever Otero y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (536) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Ever Otero, en una línea quebrada con una distancia de 30 m, hasta llegar al punto número (537) de coordenadas planas X = 1070581 m.E - Y = 780631 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Ever Otero y el predio de propiedad del señor Manuel Sánchez.
ESTE: Del punto número (537) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad señor Manuel Sánchez, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 167 m, pasando por el punto número (538) de coordenadas planas X = 1070515 m.E - Y = 780549 m.N, hasta llegar al punto número (539) de coordenadas planas X = 1070495 m.E - Y = 780491 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Manuel Sánchez y el Carreteable.
SUR: Del punto número (539) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el Carreteable, en una línea recta con una distancia de 32 m, hasta llegar al punto número (540) de coordenadas planas X = 1070463 m.E - Y = 780490 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Carreteable y el predio de propiedad del señor Medardo Velasco.
OESTE: Del punto número (540) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Medardo Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 180 m, pasando por el punto número (541) de coordenadas planas X = 1070512 m.E - Y = 780594 m.N, hasta llegar al punto número (536) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 19
Predios: lote 134-11299; Camojo 134-12314; La Chulica 134-2136; Remedios 134- 7621; los Remedios 314-1263; lote de Terreno 1 Los Chiguacos 134-13611.
Departamento: Cauca
Municipio: Silvia
Fecha: Junio/2017
Área: 255 ha + 7102 m2
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (542) de coordenadas planas X = 1072495 m.E - Y = 780519 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el camino Real al Valle y el camino y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (542) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el camino, en una línea recta con una distancia de 144 m, hasta llegar al punto número (543) de coordenadas planas X = 1072638 m.E - Y = 780498 m.N.
Del punto número (543) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino, en una línea recta con una distancia de 242 m, hasta legar al punto número (544) de coordenadas planas X = 1072877 m.E - Y = 780522 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el camino y el predio de propiedad del señor Diego López.
Del punto número (544) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Diego López, en una línea recta con una distancia de 123 m, hasta legar al punto número (545) de coordenadas planas X = 1072896 m.E - Y = 780401 m.N.
Del punto número (545) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Diego López, en una línea recta con una distancia de 23 m, hasta llegar al punto número (546) de coordenadas planas X = 1072875 m.E - Y = 780392 m.N.
Del punto número (546) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Diego López, en una línea recta con una distancia de 82 m, hasta llegar al punto número (547) de coordenadas planas X = 1072821 m.E - Y = 780454 m.N.
Del punto número (547) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Diego López, en una línea recta con una distancia de 48 m, hasta llegar al punto número (548) de coordenadas planas X = 1072788 m.E - Y = 780420 m.N.
Del punto número (548) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Diego López, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 139 m, pasando por el punto número (549) de coordenadas planas X = 1072827 m.E - Y = 780374 m.N, hasta llegar al punto número (550) de coordenadas planas X = 1072841 m.E - Y = 780297 m.N.
Del punto número (550) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Diego López, en una línea recta con una distancia de 73 m, hasta llegar al punto número (551) de coordenadas planas X = 1072912 m.E - Y = 780302 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Diego López y el predio de propiedad del señor Abelino Orozco.
Del punto número (551) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Abelino Orozco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 273 m, pasando por el punto número (552) de coordenadas planas X = 1073081 m.E - Y = 780215 m.N, hasta llegar al punto número (553) de coordenadas planas X = 1073152 m.E - Y = 780178 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Abelino Orozco y el cabildo Indígena de Kizgo.
Del punto número (553) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia de 244 m, hasta llegar al punto número (554) de coordenadas planas X = 1073343 m.E - Y = 780028 m.N.
Del punto número (554) se continúa en un sentido general Noreste, colindando el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea recta con una distancia de 26 m, hasta llegar al punto número (555) de coordenadas planas X = 1073354 m.E - Y = 780051 m.N.
Del punto número (555) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 148 m, pasando por el punto número (556) de coordenadas planas X = 1073384 m.E - Y = 780047 m.N, hasta llegar al punto número (557) de coordenadas planas X = 1073423 m.E - Y = 779939 m.N.
Del punto número (557) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 151 m, pasando por el punto número (558) de coordenadas planas X = 1073506 m.E - Y = 779975 m.N, hasta llegar al punto número (559) de coordenadas planas X = 1073564 m.E - Y = 779987 m.N.
Del punto número (559) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea recta con una distancia de 40 m, hasta llegar al punto número (560) de coordenadas planas X = 1073551 m.E - Y = 780025 m.N.
Del punto número (560) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia de 68 m, hasta llegar al punto número (561) de coordenadas planas X = 1073615 m.E - Y = 780016 m.N.
Del punto número (561) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el cabildo Indígena de Kisgo, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 754 m, pasando por el punto número (562) de coordenadas planas X = 1073658 m.E - Y = 780035 m.N, punto número (563) de coordenadas planas X = 1073693 m.E - Y = 780178 m.N, punto número (564) de coordenadas planas X = 1073873 m.E - Y = 780302 m.N, punto número (565) de coordenadas planas X = 1073969 m.E - Y = 780482 m.N, hasta llegar al punto número (566) de coordenadas planas X = 1073977 m.E - Y = 780610 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el cabildo Indígena de Kisgo y el Camino Real De Valle.
Del punto número (566) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino Real de Valle, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 554 m, pasando por el punto número (567) de coordenadas planas X = 1074115 m.E - Y = 780620 m.N, hasta llegar al punto número (568) de coordenadas planas X = 1074523 m.E - Y = 780693 m.N.
Del punto número (568) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el Camino Real de Valle, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 287 m, hasta llegar al punto número (569) de coordenadas planas X = 1074803 m.E-Y = 780650 m.N.
Del punto número (569) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el Camino Real de Valle, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 245 m, hasta llegar al punto número (570) de coordenadas planas X = 1075035 m.E - Y = 780709 m.N.
Del punto número (570) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el Camino Real de Valle, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 85 m, hasta llegar al punto número (460) de coordenadas planas X = 1075118 m.E - Y = 780691 m.N. ubicado donde concurre la colindancia entre el camino Real de Valle y el predio denominado lote de terreno tres.
Del punto número (460) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio denominado lote de Terreno Tres, en una línea recta con una distancia de 100 m, hasta llegar al punto número (459) de coordenadas planas X = 1075097 m.E - Y = 780593 m.N.
Del punto número (459) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio denominado lote de Terreno Tres, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 371 m, pasando por el punto número (458) de coordenadas planas X = 1075154 m.E - Y = 780525 m.N, hasta llegar al punto número (457) de coordenadas planas X = 1075379 m.E - Y = 780361 m.N.
Del punto número (457) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio denominado lote de Terreno Tres, en una línea recta con una distancia de 82 m, hasta llegar al punto número (456) de coordenadas planas X = 1075348 m.E - Y = 780284 m.N.
Del punto número (456) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio denominado lote de Terreno Tres, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 198 m, pasando por el punto número (455) de coordenadas planas X = 1075372 m.E - Y = 780178 m.N, hasta llegar al punto número (454) de coordenadas planas X= 1075451 m.E - Y = 780138 m.N.
Del punto número (454) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio denominado lote de Terreno Tres, en una línea recta con una distancia de 202 m, hasta llegar al punto número (453) de coordenadas planas X = 1075458 m.E - Y = 780339 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio denominado lote de Terreno Tres y el predio de propiedad del señor Julio Tunubala.
Del punto número (453) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Julio Tunubala, en una línea recta con una distancia de 225 m, hasta llegar al punto número (571) de coordenadas planas X = 1075674 m.E - Y = 780275 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Julio Tunubala y la carretera.
Del punto número (571) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia de 139 m, hasta llegar al punto número (572) de coordenadas planas X = 1075798 m.E - Y = 780330 m.N.
Del punto número (572) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia de 124 m, hasta llegar al punto número (573) de coordenadas planas X = 1075776 m.E - Y = 780210 m.N.
Del punto número (573) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia de 196 m, hasta llegar al punto número (574) de coordenadas planas X = 1075907 m.E - Y = 780137 m.N.
Del punto número (574) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia de 195 m, hasta llegar al punto número (575) de coordenadas planas X = 1076061 m.E - Y = 780228 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera y la quebrada los Remedios.
ESTE: Del punto número (575) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la quebrada los Remedios, en una línea quebrada con una distancia de 362 m, hasta llegar al punto número (576) de coordenadas planas X = 1075911 m.E - Y = 779946 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la quebrada los Remedios y la urbanización Los Pinos.
Del punto número (576) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la urbanización Los Pinos, en una línea quebrada con una distancia de 318 m, hasta llegar al punto número (577) de coordenadas planas X = 1076179 m.E - Y = 779781 m.N.
Del punto número (577) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la urbanización Los Pinos, en una línea quebrada con una distancia de 96 m, hasta llegar al punto número (578) de coordenadas planas X = 1076106 m.E - Y = 779736 m.N.
Del punto número (578) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con la urbanización Los Pinos, en una línea quebrada con una distancia de 54 m, hasta llegar al punto número (579) de coordenadas planas X = 1076140 m.E - Y = 779696 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la urbanización Los Pinos y la carretera.
SUR: Del punto número (579) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera, en una línea quebrada con una distancia de 299 m, hasta llegar al punto número (580) de coordenadas planas X = 1075873 m.E - Y = 779580 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera y el predio de propiedad del señor Juan Yonda.
Del punto número (580) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Juan Yonda, en una línea quebrada con una distancia de 178 m, hasta llegar al punto número (581) de coordenadas planas X = 1075751 m.E - Y = 779605 m.N.
Del punto número (581) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Juan Yonda, en una línea quebrada con una distancia de 72 m, hasta llegar al punto número (582) de coordenadas planas X = 1075737 m.E - Y = 779538 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Julián Yonda y la carretera Silvia a Piendamó.
Del punto número (582) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea recta con una distancia de 218 m, hasta llegar al punto número (583) de coordenadas planas X = 1075541 m.E - Y = 779445 m.N.
Del punto número (583) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 119 m, hasta llegar al punto número (584) de coordenadas planas X = 1075432 m.E - Y = 779476 m.N.
Del punto número (584) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 131 m, hasta llegar al punto número (585) de coordenadas planas X = 1075317 m.E - Y = 779425 m.N.
Del punto número (585) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 351 m, hasta llegar al punto número (586) de coordenadas planas X = 1074988 m.E - Y = 779520 m.N.
Del punto número (586) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 248 m, hasta llegar al punto número (587) de coordenadas planas X = 1074766 m.E - Y = 779431 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera Silvia a Piendamó y el predio de propiedad privada.
Del punto número (587) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con la propiedad privada, en una línea recta con una distancia de 31 m, hasta llegar al punto número (588) de coordenadas planas X = 1074777 m.E - Y = 779460 m.N.
Del punto número (588) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la propiedad privada, en una línea recta con una distancia de 34 m, hasta llegar al punto número (589) de coordenadas planas X = 1074745 m.E - Y = 779472 m.N.
Del punto número (589) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la propiedad privada, en una línea recta con una distancia de 27 m, hasta llegar al punto número (590) de coordenadas planas X = 1074734 m.E - Y = 779447 m.N, ubicado donde con curre la colindancia entre el predio de propiedad privada y la carretera Silvia a Piendamó.
Del punto número (590) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 502 m, pasando por le punto número (591) de coordenadas planas X = 1074502 m.E - Y = 779530 m.N, hasta llegar al punto número (592) de coordenadas planas X = 1074279 m.E - Y = 779626 m.N.
Del punto número (592) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 252 m, hasta llegar al punto número (593) de coordenadas planas X = 1074053 m.E - Y = 779555 m.N.
Del punto número (593) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 230 m, hasta llegar al punto número (594) de coordenadas planas X = 1073883 m.E - Y= 779698 m.N.
Del punto número (594) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 323 m, pasando por el punto número (595) de coordenadas planas X = 1073712 m.E - Y = 779626 m.N, hasta llegar al punto número (596) de coordenadas planas X = 1073595 m.E - Y = 779597 m.N.
Del punto número (596) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con la carretera Silvia a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 223 m, hasta llegar al punto número (597) de coordenadas planas X = 1073437 m.E - Y = 779750 m.N.
Del punto número (597) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con la carretera Silvia, a Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 243 m, hasta llegar al punto número (598) de coordenadas planas X = 1073227 m.E - Y = 779669 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre la carretera Silvia a Piendamó y el predio de propiedad del señor Epifanio Velasco.
OESTE: Del punto número (598) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Epifanio Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 831 m, pasando por el punto número (599) de coordenadas planas X = 1073068 m.E - Y = 779789 m.N, punto número (600) de coordenadas planas X = 1072862 m.E - Y = 779895 m.N, punto número (601) de coordenadas planas X = 1072814 m.E - Y = 780038 m.N, punto número (602) de coordenadas planas X = 1072808 m.E - Y = 780130 m.N, hasta llegar al punto número (603) de coordenadas planas X = 1072689 m.E - Y = 780227 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Epifanio Velasco y el predio de propiedad del señor Olmedo Velasco.
Del punto número (603) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Olmedo Velasco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 380 m, pasando por el punto número (604) de coordenadas planas X = 1072632 m.E - Y = 780250 m.N, punto número (605) de coordenadas planas X = 1072478 m.E - Y = 780335 m.N, hasta llegar al punto número (606) de coordenadas planas X = 1072347 m.E - Y = 780392 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Olmedo Velasco y el Camino Real al Valle.
Del punto número (606) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el camino Real al Valle, en una línea quebrada con una distancia de 195 m, hasta llegar al punto número (542) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
Observación:
La presente redacción técnica de linderos se hizo con base en los datos consignados en el plano de levantamiento topográfico realizado para la ampliación del resguardo de Kizgo en el municipio de Silvia en el departamento del Cauca.
Donde a este globo se le hacen unas exclusiones de predios de propiedad privada con las siguientes coordenadas y distancias respetivas:
Primera exclusión:

GLOBO 20
PREDIO: Lote Buenavista 134-9446
DEPARTAMENTO: CAUCA
MUNICIPIO: SILVIA
FECHA: JUNIO/2017
ÁREA: 8 ha + 2452 m2
SISTEMA DE COORDENADAS: MAGNA SIRGAS - ORIGEN OESTE
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (607) de coordenadas planas X = 1074302 m.E - Y = 781378 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad de los Herederos de Manuel Jesús Rivera y el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (607) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 102 m, pasando por el punto número (608) de coordenadas planas X = 1074344 m.E - Y = 781426 m.N, hasta llegar al punto número (609) de coordenadas planas X = 1074380 m.E - Y = 781439 m.N,
Este: Del punto número (609) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 148 m, pasando por el punto número (610) de coordenadas planas X = 1074390 m.E - Y = 781338 m.N, hasta llegar al punto número (611) de coordenadas planas X = 1074427 m.E - Y = 781309 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández y el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla.
Del punto número (611) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea recta con una distancia de 23 m hasta llegar al punto número (612) de coordenadas planas X = 1074415 m.E - Y = 781289 m.N,
Del punto número (612) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea recta con una distancia de 67 m, hasta llegar al punto número (613) de coordenadas planas X = 1074465 m.E - Y = 781244 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla y el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández.
Del punto número (613) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández, en una línea recta con una distancia de 16 m, hasta llegar al punto número (614) de coordenadas planas X = 1074471 m.E - Y = 781230 m.N,
SUR: Del punto número (614) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Eusebio Fernández, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 102 m, pasando por el punto número (615) de coordenadas planas X = 1074416 m.E - Y = 781183 m.N, hasta llegar al punto número (616) de coordenadas planas X = 1074387 m.E - Y = 781175 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los Herederos Eusebio Fernández y el predio de propiedad de los Herederos de Manuel Jesús Rivera.
OESTE: Del punto número (616) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Manuel Jesús Rivera, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 186 m, pasando por el punto número (617) de coordenadas planas X = 1074342 m.E - Y = 781202 m.N, punto número (618) de coordenadas planas X = 1074297 m.E - Y = 781295 m.N, hasta llegar al punto número (619) de coordenadas planas X = 1074291 m.E - Y = 781324 m.N,
Del punto número (619) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Manuel Jesús Rivera, en una línea recta con una distancia de 55 m, hasta llegar al punto número (607) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre
GLOBO 21
PREDIO: Camojo 134-137
DEPARTAMENTO: CAUCA
MUNICIPIO: SILVIA
FECHA: JUNIO/2017
ÁREA: 2 ha + 5727 m2
SISTEMA DE COORDENADAS: MAGNA SIRGAS - ORIGEN OESTE
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (620) de coordenadas planas X = 1074669 m.E - Y = 781511 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad de la señora Juana Hulchur y el predio de propiedad del señor Carlos Rivera y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (620) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Carlos Rivera, en una línea recta con una distancia de 117 m, hasta llegar al punto número (621) de coordenadas planas X = 1074776 m.E - Y = 781466 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Carlos Rivera y el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla.
Del punto número (621) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea quebrada con una distancia de 171 m, hasta llegar al punto número (622) de coordenadas planas X = 1074937 m.E - Y = 781414 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla y el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal.
Del punto número (622) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal, en una línea quebrada con una distancia de 127 m, hasta llegar al punto número (623) de coordenadas planas X = 1075042 m.E - Y = 781348 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Gerardo Vidal y el predio de propiedad del señor Ciro Fernández.
ESTE: Del punto número (623) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad del señor Ciro Fernández, en una línea recta con una distancia de 124 m hasta llegar al punto número (624) de coordenadas planas X = 1074971 m.E - Y = 781247 m.N,
Del punto número (624) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Ciro Fernández, en una línea recta con una distancia de 30 m, hasta llegar al punto número (625) de coordenadas planas X = 1074977 m.E - Y = 781217 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Ciro Fernández y el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla.
Del punto número (625) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 116 m, pasando por el punto número (626) de coordenadas planas X = 1074908 m.E - Y = 781173 m.N, hasta llegar al punto número (627) de coordenadas planas X = 1074875 m.E - Y = 781168 m.N,
SUR: Del punto número (627) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 255 m, pasando por el punto número (628) de coordenadas planas X = 1074787 m.E - Y = 781231 m.N, hasta llegar al punto número (629) de coordenadas planas X = 1074647 m.E - Y = 781265 m.N,
OESTE: Del punto número (629) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea recta con una distancia de 70 m, hasta llegar al punto número (630) de coordenadas planas X = 1074674 m.E - Y = 781330 m.N,
Del punto número (630) se continúa en un sentido general Este, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea recta con una distancia de 7 m, hasta llegar al punto número (631) de coordenadas planas X = 1074681 m.E - Y = 781330 m.N,
Del punto número (631) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea recta con una distancia de 12 m, hasta llegar al punto número (632) de coordenadas planas X = 1074681 m.E - Y = 781342 m.N,
Del punto número (632) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 42 m, pasando por el punto número (633) de coordenadas planas X = 1074669 m.E - Y = 781343 m.N, hasta llegar al punto número (634) de coordenadas planas X = 1074655 m.E – Y = 781368 m.N,
Del punto número (634) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 77 m, pasando por el punto número (635) de coordenadas planas X = 1074654 m.E - Y = 781433 m.N, hasta llegar al punto número (636) de coordenadas planas X = 1074666 m.E – Y = 781437 m.N,
Del punto número (636) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 58 m, pasando por el punto número (637) de coordenadas planas X = 1074665 m.E - Y = 781446 m.N, punto número (638) de coordenadas planas X = 1074655 m.E - Y = 781447 m.N, hasta llegar al punto número (639) de coordenadas planas X = 1074650 m.E - Y = 781485 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de los Herederos de Francisca Bonilla y el predio de propiedad de la señora Juana Hulchur.
Del punto número (639) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Juana Hulchur, en una línea recta con una distancia de 32 m, hasta llegar al punto número (620) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
GLOBO 22
PREDIO: Altamira 134-5316
DEPARTAMENTO: CAUCA
MUNICIPIO: SILVIA
FECHA: JUNIO/2017
ÁREA: 2 Ha + 1824 M2
SISTEMA DE COORDENADAS: MAGNA SIRGAS - ORIGEN OESTE
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (640) de coordenadas planas X = 1072513 m.E - Y = 779109 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias entre el predio de propiedad de los Herederos de Epifanio Fernández y el predio de propiedad del señor Lubin Pillimue y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (640) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad del señor Lubin Pillimue, en una línea recta con una distancia de 132 m, hasta llegar al punto número (641) de coordenadas planas X = 1072639 m.E - Y = 779071 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Lubin Pillimue y el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue.
ESTE: Del punto número (641) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 109 m, pasando por el punto número (642) de coordenadas planas X = 1072641 m.E - Y = 779009 m.N, hasta llegar al punto número (643) de coordenadas planas X = 1072636 m.E - Y = 778962 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue y el predio de propiedad de la señora María Antonia Pillimue.
SUR: Del punto número (643) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora María Antonia Pillimue, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 171 m, pasando por el punto número (644) de coordenadas planas X = 1072550 m.E - Y = 778952 m.N, hasta llegar al punto número (645) de coordenadas planas X = 1072474 m.E - Y = 778917 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora María Antonia Pillimue y el predio de propiedad de los Herederos de Epifanio Fernández.
OESTE: Del punto número (645) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Epifanio Fernández, en una línea recta con una distancia de 66 m, hasta llegar al punto número (646) de coordenadas planas X = 1072461 m.E - Y = 778982 m.N,
Del punto número (646) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de los Herederos de Epifanio Fernández, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 144 m, pasando por el punto número (647) de coordenadas planas X = 1072508 m.E - Y = 779048 m.N, hasta llegar al punto número (640) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre
GLOBO 23
PREDIOS: Lote Loma Chulica (Constitución); Lote río La Chulica (Constitución)
DEPARTAMENTO: CAUCA
MUNICIPIO: SILVIA
FECHA: JUNIO/2017
ÁREA: 83 Ha + 0750
Sistema de Coordenadas: Magna Sirgas - Origen Oeste
Punto de partida. Se tomó como tal el punto número (648) de coordenadas planas X = 1073023 m.E - Y = 779283 m.N, ubicado en el sitio donde concurren las colindancias del predio de propiedad del señor Inocencio Casamachin y el globo a deslindar. Colinda así:
NORTE: Del punto número (648) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Inocencio Casamachin, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 388 m, pasando por el punto número (649) de coordenadas planas X = 1073152 m.E - Y = 779437 m.N, punto número (650) de coordenadas planas X = 1073201 m.E - Y = 779499 m.N, hasta llegar al punto número (651) de coordenadas planas X = 1073287 m.E - Y = 779504 m.N,
Del punto número (651) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio del señor Inocencio Casamachin, en una línea quebrada con una distancia de 116 m, hasta llegar al punto número (652) de coordenadas planas X = 1073385 m.E - Y = 779472 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad del señor Inocencio Casamachin y el predio de propiedad de la señora Otilia Orozco.
ESTE: Del punto número (652) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de la señora Otilia Orozco, en una línea recta con una distancia de 291 m, hasta llegar al punto número (653) de coordenadas planas X = 1073405 m.E - Y = 779182 m.N,
Del punto número (653) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Otilia Orozco, en una línea quebrada con una distancia de 175 m, hasta llegar al punto número (654) de coordenadas planas X = 1073403 m.E - Y = 779010 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Otilia Orozco y el Cabildo Ambaló.
Del punto número (654) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el Cabildo Ambaló, en una línea quebrada con una distancia de 251 m, hasta llegar al punto número (655) de coordenadas planas X = 1073389 m.E - Y = 778765 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Cabildo Ambaló y le predio de propiedad de la señora Dolores Orozco.
Del punto número (655) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Dolores Orozco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 184 m, pasando por el punto número (656) de coordenadas planas X = 1073339 m.E - Y = 778730 m.N, hasta llegar al punto número (657) de coordenadas planas X = 1073272 m.E - Y = 778640 m.N,
Del punto número (657) se continúa en un sentido general Sureste, colindando con el predio de propiedad de la señora Dolores Orozco, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 461 m, pasando por el punto número (658) de coordenadas planas X = 1073324 m.E - Y = 778322 m.N, hasta llegar al punto número (659) de coordenadas planas X = 1073454 m.E - Y = 778292 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Dolores Orozco y el Cabildo Ambaló.
Del punto número (659) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando el Cabildo Ambaló, en una línea quebrada con una distancia acumulado de 519 m, pasando por el punto número (660) de coordenadas planas X = 1073372 m.E - Y = 778118 m.N, punto número (661) de coordenadas planas X = 1073371 m.E - Y = 778004 m.N, hasta legar al punto número (662) de coordenadas planas X = 1073264 m.E - Y = 777925 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el Cabildo Ambaló y el río Piendamó.
SUR: Del punto número (662) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el río Piendamó, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 446 m, pasando por el punto número (663) de coordenadas planas X = 1073047 m.E - Y = 778038 m.N, hasta llegar al punto número (664) de coordenadas planas X = 1072878 m.E - Y = 778107 m.N,
Del punto número (664) se continúa en un sentido general Suroeste, colindando con el río Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 167 m, hasta llegar al punto número (665) de coordenadas planas X = 1072816 m.E - Y = 777980 m.N,
Del punto número (665) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el río Piendamó, en una línea quebrada con una distancia de 543 m, pasando por el punto número (666) de coordenadas planas X = 1072669 m.E - Y = 778260 m.N, hasta llegar al punto número (667) de coordenadas planas X = 1072500 m.E - Y = 778282 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el río Piendamó y el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue.
OESTE: Del punto número (667) se continúa en un sentido general Noroeste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue, en una línea quebrada con una distancia de 148 m, hasta llegar al punto número (668) de coordenadas planas X = 1072467 m.E - Y = 778420 m.N,
Del punto número (668) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 870 m, pasando por el punto número (669) de coordenadas planas X = 1072600 m.E - Y = 778459 m.N, punto número (670) de coordenadas planas X = 1072789 m.E - Y = 778605 m.N, punto número (671) de coordenadas planas X = 1072813 m.E - Y = 778845 m.N, hasta llegar al punto número (672) de coordenadas planas X = 1072852 m.E - Y = 779033 m.N, ubicado donde concurre la colindancia entre el predio de propiedad de la señora Ana Jesusa Pillimue y el predio de propiedad del señor lnocencio Casamachin.
Del punto número (672) se continúa en un sentido general Noreste, colindando con el predio de propiedad del señor Inocencia Casamachin, en una línea quebrada con una distancia acumulada de 330 m, pasando por el punto número (673) de coordenadas planas X = 1072977 m.E - Y = 779139 m.N, hasta llegar al punto número (648) de coordenadas planas y colindancias conocidas, punto de partida y cierre.
Las demás especificaciones técnicas se encuentran contenidas en el Plano de la Agencia Nacional de Tierras número ACCTI 1974340 de agosto 2017, el cual fue levantado por el Topógrafo Diego Fernando Collo Ferro, LIC 01-13391 CPNT y el Topógrafo Kizgueño Ernesto Paja Vidal, con la revisión de las Ingenieras Topográficas Ángela Moreno, Laura Erazo y la Gobernadora del resguardo de Kizgo, Silvia Jimena Ruiz Muelas.
PARÁGRAFO. Se dejan a salvo los derechos de terceros adquiridos con justo título que pudieren quedar involucrados dentro de la alinderación de este resguardo. La presente constitución de Resguardo por ningún motivo incluye predios en los cuales se acredite propiedad privada conforme a las Leyes 200 de 1936 y 160 de 1994.
ARTÍCULO 2o. NATURALEZA JURÍDICA DEL RESGUARDO AMPLIADO. En correspondencia con el artículo 2.14.7.5.1. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, los resguardos indígenas son propiedad colectiva de las comunidades indígenas en favor de las cuales se constituyen y conforme a los artículos 63 y 329 de la Constitución Política, tienen el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables. En consecuencia, los miembros de la comunidad indígena beneficiaria, no podrán enajenar a ningún título, ni arrendar o hipotecar los terrenos que constituyen y amplían el Resguardo.
En virtud de la naturaleza jurídica de estos terrenos las autoridades civiles y de policía deberán adoptar las medidas necesarias para impedir que personas distintas a los integrantes del Resguardo Indígena beneficiario, se establezcan dentro de los linderos del Resguardo que se amplía por segunda vez.
En consecuencia, la ocupación y los trabajos y/o mejoras que a partir de la vigencia del presente acuerdo, establecieren o realizaren dentro del resguardo ampliado, personas ajenas a la comunidad, no dará derecho al ocupante para solicitar compensación de ninguna índole, ni para pedir a los indígenas reembolso en dinero o en especie por las inversiones que hubieren realizado.
ARTÍCULO 3o. ADMINISTRACIÓN Y MANEJO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.14.7.5.2. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, la administración y el manejo de las tierras del resguardo indígena ampliado mediante el presente Acuerdo, se ejercerá por parte del cabildo o la autoridad tradicional de acuerdo a los usos y costumbres de la parcialidad beneficiaria, quienes podrán amojonarlas de acuerdo con los linderos fijados y colocar hitos o vallas alusivas al Resguardo.
Igualmente la administración y el manejo de las tierras ampliadas como Resguardo, se someterán a las disposiciones consagradas en las Leyes 89 de 1890 y 160 de 1994, y a las demás disposiciones legales vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 4o. DISTRIBUCIÓN Y ASIGNACIÓN DE TIERRAS. De acuerdo con lo estipulado en el parágrafo 2o del artículo 85 de Ley 160 de 1994, el cabildo o autoridad tradicional elaborará un cuadro de las asignaciones de solares del Resguardo que se hayan hecho o hicieren entre las familias de la parcialidad, las cuales podrán ser objeto de revisión y reglamentación por parte de la Agencia Nacional de Tierras, con el fin de lograr la distribución equitativa de las tierras.
ARTÍCULO 5o. SERVIDUMBRES. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.14.7.5.3. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, el Resguardo ampliado mediante el presente Acuerdo, queda sujeto a las disposiciones vigentes que regulan las servidumbres, entre otras, las pasivas de tránsito, acueducto, canales de riego o drenaje y las necesarias para la adecuada explotación de los predios adyacentes y las concernientes a las obras de infraestructura de interés público.
Recíprocamente, las tierras de la Nación y las de los demás colindantes con el resguardo ampliado por segunda vez, se sujetarán a las servidumbres indispensables para el beneficio y desarrollo del Resguardo ampliado.
Artículo 6o. Bienes de uso público. Los terrenos que por esta providencia se amplían como Resguardo indígena, no incluyen los ríos, ni las aguas que corren por los cauces naturales, las cuales conforme a lo previsto por el artículo 677 del Código Civil, son bienes de uso público, propiedad de la Nación. De conformidad con el artículo 81 del Decreto-ley 2811 de 1974, Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
Así mismo, en concordancia con el artículo 2.14.7.5.4. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015: “La Constitución, ampliación y reestructuración de un resguardo indígena no modifica el régimen vigente sobre aguas de uso público”.
ARTÍCULO 7o. FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA. En armonía con lo dispuesto en el artículo 58 de la Constitución Política, las tierras ampliadas con el carácter legal de Resguardo, quedan sujetas al cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, conforme a los usos, costumbres y cultura de los integrantes de la respectiva comunidad.
La comunidad debe contribuir con el desarrollo sostenible que conduzca al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social sin agotar la base de los recursos naturales renovables, además, los miembros de la comunidad quedan comprometidos con la preservación del medio ambiente y el derecho a las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades, acorde con lo dispuesto en el artículo 3o de la Ley 99 de 1993, por lo tanto, la presente comunidad se compromete a elaborar y desarrollar un plan de manejo ambiental acorde con lo aquí descrito.
En consecuencia, el resguardo que por el presente acto administrativo se amplía, queda sujeto al cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales tal como lo previene el artículo 2.14.7.5.5. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, el cual preceptúa lo siguiente: “Los resguardos indígenas quedan sujetos al cumplimiento de la función social y ecológica de Ja propiedad, conforme a los usos, costumbres y cultura de la comunidad. Así mismo, con arreglo a dichos usos, costumbres y cultura, quedan sometidos a todas las disposiciones sobre protección y preservación de los recursos naturales renovables y del ambiente”.
ARTÍCULO 8o. INCUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA. Acorde con las disposiciones contenidas en el artículo 2.14.7.3.13. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, el incumplimiento por parte de las autoridades del resguardo indígena o de cualquiera de sus miembros, de las prohibiciones y mandatos contenidos en el presente artículo y en el artículo tercero, será motivo para que la Agencia Nacional de Tierras, adopte los mecanismos necesarios que permita corregir esa situación. Lo anterior sin perjuicio de las respectivas acciones legales que se puedan adelantar por parte de las autoridades competentes.
En el evento en que la Agencia Nacional de Tierras (ANT), advierta alguna causal de incumplimiento, lo pondrá en conocimiento de las entidades de control.
ARTÍCULO 9o. PUBLICACIÓN, NOTIFICACIÓN Y RECURSOS. El presente Acuerdo deberá ser publicado y notificado conforme a lo ordenado en el artículo 2.14.7.3.8. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015 y contra el mismo procede el recurso de reposición ante el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 2.14.7.4.1. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015.
ARTÍCULO 10. TRÁMITE ANTE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS. En firme el presente Acuerdo se solicitará a la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Silvia en el departamento del Cauca, inscribir este acto administrativo en el folio de matrícula inmobiliaria correspondiente al Resguardo Indígena de Kizgo, de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del artículo 2.14.7.3.8., del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015.
Así mismo se solicitará cancelar los folios de las siguientes matrículas inmobiliarias: número 134-10355, número 134-10354, número 134-10611, número 134-11222, número 134-2053, número 134-3881, número 134-6913, número 134-11324, número 134-6164, número 134- 137, número 134-12314, número 134-11299, número 314-1263, número 134-13613, número 134-4450, número 134-7913, número 134-7649, número 134-5925, número 134-3832, número 134-3833, número 134-5316, número 134-8767, número 134- 459, número 134-12393, número 134-790, número 134- 2136, número 134-9656, número 134-1527, número 134-10907, número 134-1148, número 134-3113, número 134-10909, número 134-10904, número 134-10906, número 134-3110, número 134-1238, número 134-14076, número 134-5064, número 134-9446, número 134-16644, número 134- 10867, número 134- 5099, número 134-16630, número 134-13611, número 134-13612 y número 134-7621, en jurisdicción del municipio de Silvia, departamento del Cauca, que corresponden a los bienes inmuebles con los cuales se amplía por segunda vez el resguardo de Kizgo.
ARTÍCULO 11. TÍTULO DE DOMINIO. El presente acuerdo una vez publicado en el Diario Oficial, en firme e inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Silvia, constituye título traslaticio de dominio y prueba de propiedad, tal como lo establece el artículo 2.14.7.3.7. del Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015.
ARTÍCULO 12. VIGENCIA. El presente acuerdo comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, notifíquese, regístrese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2018.
El Presidente del Consejo Directivo ANT,
Claudia Jimena Cuervo Cardona.
El Secretario Técnico del Consejo Directivo ANT,
Giovany Gómez Molina.