MEMORANDO 10039 DE 2018
(agosto 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Bogotá D.C,
| Para: | Servidores Defensorías Regionales y Nivel Central |
| De: | Carlos Alfonso Negret Mosquera, Defensor del Pueblo |
| Asunto: | Votaciones Consulta Popular Anticorrupción, 26 de agosto de 2018. |
Cordial saludo,
Teniendo en cuanta el seguimiento que la Defensoría del Pueblo, viene realizando al proceso electoral año 2018, con el fin de coordinar las acciones tendientes al normal desarrollo del proceso electoral, “Consulta Popular Anticorrupción”, convocada para el próximo 26 de agosto de 2018, de acuerdo a la Resolución No. 9374 de 22 de junio de 2018(1), por la cual se establece el calendario electoral emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, y en aras de velar por el cumplimiento de la jornada y la participación democrática de todos los ciudadanos, de manera atenta les solicito:
1. A los funcionarios de las Defensorías en cabeza del Defensor (a) Regional, organizar y coordinar la actividad a desarrollar por la Entidad.
2. En el Nivel Central los Servidores Públicos de las diferentes oficinas deberán participar en este certamen electoral, a excepción de los funcionarios que hayan sido designados como jurados de votación, estén con incapacitadas, recomendaciones médicas, en licencias, mujeres en estado de gestación, o cualquier otra situación administrativa debidamente acreditada ante la Oficina de Talento Humano. La Defensoría Regional Bogotá, definirá con la Subdirección del Talento Humano, un máximo de 250 funcionarios, quienes harán presencia en los mismos puestos de votación de las localidades correspondientes a la Defensoría, donde se ejerció como Ministerio Público en los procesos electorales anteriores, para lo cual se realizará una nueva convocatoria de inscripción de funcionarios, que deseen participar en la jornada electoral.
Si en la convocatoria no se registran los 250 servidores públicos, la Subdirección de Talento Humano seleccionará el número faltante de servidores y a estos últimos el Defensor Regional Bogotá les designará el puesto de votación donde deben ejercer sus labores.
Esta actividad se desarrollará bajo los siguientes parámetros:
Jornada Electoral
1. Presencia en los Puestos y Mesas de Votación: Los funcionarios de la Defensoría designados, harán presencia desde las 7.00 a.m. hasta el cierre de la jornada, tomando una (1) hora de almuerzo, y se efectuará un chequeo de la siguiente manera:
- Verificar que todas las autoridades electorales asistan puntualmente a los sitios de votación asignados.
- Constatar que todos los documentos electorales (Kit Electoral) lleguen completos a los sitios y en las condiciones previstas, y en el evento en que se presente alguna anormalidad, lo informarán a los funcionarios delegados de la Regístraduría.
- Verificar que los seis (6) jurados se presenten en cada mesa de votación, antes de las ocho (8) a.m., y que quienes se encuentren presentes sean los ciudadanos que han sido nombrados para el desempeño de esta función
- Verificar que las urnas sean examinadas antes de dar inicio a la jornada electoral y constatar que se hallen completamente vacías, se cierren y sellen con el autoadhesivo correspondiente.
- Constatar que el paquete contentivo de las tarjetas electorales no sea abierto antes de las 8 a.m., momento en el cual deberá darse inicio a las votaciones.
- Comprobar que en cada mesa de votación permanezcan siempre, los seis integrantes del jurado de votación.
- Verificar que las autoridades adopten las medidas pertinentes para que se garantice el ejercicio del derecho a la consulta popular por parte de todos los ciudadanos.
- Constatar que durante toda la jornada electoral los jurados de votación realicen adecuadamente el proceso de identificación del votante, de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 114 del Código Electoral Colombiano; hagan entrega de las tarjetas electorales debidamente firmadas y no permitan el acompañamiento del votante al cubículo, salvo que se trate de personas que padezcan de limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos o personas mayores de 80 años o quienes tengan problemas avanzados de visión; entreguen las tarjetas en sistema Braille a los invidentes; tomen las medidas de seguridad para impedir que se sustraigan tarjetas sin marcar o se introduzcan elementos distintos a las tarjetas electorales en las urnas.
- De igual manera, se hará presencia en los puestos de votación en los Centros de Reclusión propendiendo porque los internos interesados y habilitados para sufragar, cuenten con las garantías para ello.
Sumado a lo anterior, los servidores vigilarán y garantizarán la participación de los veedores electorales, en especial los testigos(2) y las Misiones de Observación nacionales, que cumplen un papel importante en la veeduría por la trasparencia electoral.
2. Participación en los Puestos de Mando Unificados y Mesas de Justicia: Se hará presencia en los puestos de Mando Unificado que se instalen en los respectivos Departamentos, en las mesas de Justicia y en el proceso de escrutinio con el fin de garantizar la trasparencia del mismo, regulado por el Código Nacional Electoral, artículo 134 y s.s. y según el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011.
3. Trámite de Peticiones: El 26 de agosto la Defensoría a través de los servidores públicos designados por el Defensor (a) Regional, recibirán y tramitarán las peticiones, en especial aquellas relacionadas con la participación Democrática del Pueblo, según lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Política “Son mecanismo de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto…la Consulta Popular...”. Este servicio lo prestarán los funcionarios que se desplacen a los puestos y mesas de votación que gestionarán en forma urgente y directa las quejas recibidas ante las autoridades electorales, diligenciado el Formato Único de Recepción de Peticiones AT-P01-F01, el cual se puede descargar del Proceso de Atención y Trámite en el Mapa de Procesos. https://defensoriadelpueblo.sharepoint.com/SitePages/AT.aspx.
Así mismo, se requiere el diligenciamiento de la matriz de peticiones, la cual se adjunta. Dichas peticiones deben ser registradas al día siguiente de las elecciones en el Sistema RUP- Visión Web ATQ, informando a la Dirección Nacional de Quejas, radicado y tramites adelantados.
4. Disponibilidad de Defensores Públicos: Los Defensores(as) Regionales deben disponer de defensores públicos, quienes ejercerán la representación judicial en los casos que se requiera presentando informe de la gestión adelantada al correspondiente Regional.
5. Sistema de Alertas Tempranas- SAT: De acuerdo con lo preceptuado en el Decreto 2124 de 2017(3), los analistas del Regionales y Nacionales del Sistema de Alertas Tempranas, en ejercicio de sus funciones, deberán presentarse en las sedes de la Defensoría del Pueblo.
Durante la jornada electoral cada analista Regional, remitirá tres (3) reportes en el que se identificarán hechos de violencia que pongan en riesgo la vida, libertad de los sufragantes, y el desarrollo de las votaciones. El primer reporte a las 8:30 a.m., el segundo a la 1:00 p.m. y el tercer y último a las 4:00 p.m., al correo electrónico del analista nacional y Defensor Delegado para la Prevención del Riesgo de Violaciones de Derechos Humanos y DIH.
El Analista nacional enviará el consolidado macroregional de cada reporte media hora después de la entrega de los reportes regionales al Responsable del Grupo Rafael Navarro Carrasco rnavarro@defensoria.gov.co y al Defensor Delegado mredondo@defensoria.gov.co. No obstante, ante la ocurrencia de un hecho que constituya la vulneración de un derecho fundamental en el marco del conflicto armado, el Analista lo reportará de forma inmediata.
6. Vigilancia al cierre de la jornada electoral: Los Servidores Públicos de la Defensoría del Pueblo, que harán presencia en los puestos de votación, constatarán que al cierre de la Jornada electoral, estén presentes los tres (3) claveros(4) cumpliendo con su labor y el Arca Triclave se encuentre dispuesta de conformidad con lo reglado, se encuentre vacía al momento de introducir los primeros pliegos provenientes de las mesas de votación.
Esta actividad se realiza entre las 4 p.m. y el cierre de la jornada, la inasistencia de uno de los claveros será suplida por un ciudadano de reconocida honorabilidad, que se designará por los otros dos ciudadanos que ejercen como claveros. (Artículo 149 Código Electoral), y que inmediatamente después de terminado el escrutinio en las mesas de votación, se entregaran al presidente del jurado a los claveros, antes de las 11:00p.m. (Artículo 144 CE). Así mismo, que los tres claveros, se encargarán de introducir los pliegos provenientes de las mesas de votación en el arca triclave y de anotar en un registro con sus firmas (Formulario E-20), el día y la hora de la introducción de cada uno de ellos y su estado, para el posterior escrutinio. Una vez introducidos en el arca la totalidad de los documentos electorales, procederán a cerrarla y sellarla, y elaborarán un acta general de la diligencia en la que conste la fecha, hora de su comienzo y terminación y estado del arca.
Jornada Poselectoral
1. Los Defensores Regionales o sus Delegados, harán presencia en el proceso de escrutinio a fin de garantizar la trasparencia de este proceso, regulado por el Código Nacional Electoral, articulo 134 y s.s. y según el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011, “el escrutinio se hará el mismo día de las elecciones, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale.” el cual se iniciará en cuanto concluya la jornada electoral.
En esta oportunidad, la Defensoría del Pueblo, como órgano de control, propenderá, porque se garantice el seguimiento del escrutinio a las veedurías (testigos electorales y Misiones de Observación Nacionales e Internacionales), grupos promotores de la consulta y demás ciudadanos interesados en este proceso público.
Finalmente, desde la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas se coordinará y remitirán los lineamientos para este proceso electoral a través de memorandos.
De igual forma, la participación de los funcionarios en el PMU Policía Nacional, PMU Procuraduría General de la Nación y Casa de la Giralda del Ministerio del Interior, será definida por el Director Nacional de Atención y Trámite de Quejas.
Cordialmente,
CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA
Defensor del Pueblo
1. “Por la cual se establece el calendario Electoral de la Consulta Popular Anticorrupción convocada por el Gobierno Nacional para el 26 de agosto de 2018”
2. Los testigos son los veedores naturales del proceso electoral, que por mandato legal representan a los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron candidatos y quienes durante los comicios ejercerán una función pública transitoria.
3. Decreto “que reglamenta el sistema de prevención y alerta para reacción rápida a la presencia, acciones o actividades de las organizaciones, hechos y conductas criminales que pongan en riesgo los derechos de la población y la implementación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera…”
4. “Los Claveros son las personas encargadas de recibir e introducir en el arca triclave los pliegos electorales, y de custodiar y velar por su seguridad y contenido… Los Escrutadores son Jueces de la República, Notarios o escrutadores son Jueces de la República, Notarios o Registradores de instrumentos públicos responsables de realizar el escrutinio. (subrayado fuera de texto)