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MEMORANDO 20210050100030583 DE 2021

(febrero 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Bogotá D.C.

Para: directores nacionales, defensores delegados, defensores regionales, secretaría general, jefes de oficina, subdirecciones
De: Juan Antonio Arrieta Flórez - subdirector de gestión del talento humano
Referencia:solicitud concertación de objetivos, y evaluación, servidores públicos de carrera administrativa

Respetados Directivos:

La evaluación del desempeño laboral es un proceso que permite verificar y calificar el cumplimiento de la gestión y desarrollo de los servidores públicos, en un período determinado, por ende su objetivo principal es lograr que la aptitud y las capacidades de ellos, se identifiquen con la misión de la Defensoría del Pueblo, generando un mejoramiento personal continuo que permita el cumplimento de las líneas y objetivos estratégicos trazados en la Resolución No. 090 de 2021(1).

En este orden de ideas, les informó que el período que se encuentra en curso de evaluación de desempeño en la Entidad, es el comprendido del 1 de julio 2020 y al 30 de junio 2021.

Por lo anterior, los directivos que hayan ingresado recientemente a la Defensoría del Pueblo, deberán CONCERTAR OBJETIVOS en los formatos establecidos, con cada uno de los servidores públicos de carrera administrativa, desde la fecha de su posesión hasta el 30 de junio de 2021, dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguientes a la fecha de su vinculación, con el fin de dar cumplimiento con lo establecido en la Resolución 320 del 2005(2).

Ahora bien, los formatos de concertación de objetivos, los podrán obtener en el listado maestro de documentos que hacen parte del Sistema Integrado de Gestión, que se encuentra en la Paloma Mensajera de la página WEB de la Entidad, teniendo en cuenta la siguiente ruta dentro de la página institucional: (Institucional- gestión y control institucional-Sistema Integrado de Gestión- listado maestro de documentos- ver listado- Mapa de procesos-TH- evaluación del desempeño y concertación de objetivos).

Es importante tener en cuenta que en el momento que vayan a realizar la concertación de objetivos, éstos deberán estar en consonancia con los siguientes documentos:

Plan Estratégico de la Defensoría del Pueblo-Resolución 090 de 2021

Plan de mejoramiento de la dependencia

Planes de mejoramiento individual

Planes de acción de cada dependencia- PAA(1)

A continuación, se exponen las directrices generales que deben considerar para una adecuada concertación de los objetivos:

1. PARTIR DEL DIRECIONAMIENTO ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL

Es indispensable enfatizar que los objetivos concertados con los servidores públicos de carrera de la Entidad, deberán estar necesariamente en consonancia con las políticas establecidas en el Plan Estratégico.

2. PRODUCIÓN RESULTADOS

Los resultados obtenidos constituyen el logro de las metas trazadas durante el período por evaluar. Por lo tanto, la eficiencia y la eficacia determinan la efectividad del servidor público.

3. PRIORIZACION DE LAS FUNCIONES DEL CARGO

Es importante priorizar las funciones del cargo, de ahí que de la función más importante debe salir un objetivo. Así mismo, se debe centrar en aspectos vitales para la gestión de la dependencia o la Entidad.

4. ESTABLECERSE CONJUNTAMENTE ENTRE JEFE Y EMPLEADO.

El jefe y el empleado son responsables del logro de los objetivos. Los servidores públicos tienen mayor entrega por los programas y decisiones cuando ellos mismos contribuyen a crearlas, luego no se puede obligar a aceptar objetivos, porque la fuerza no puede dar lugar al compromiso

5. FACTIBILIDAD.

Para que un objetivo sea factible, es necesario que no sea ni extremadamente difícil, ni considerablemente fácil.

6. VIABILIDAD TÉCNICA.

Cuando se establece un objetivo, se debe haber estudiado su viabilidad técnica, es decir, analizar si está disponible la infraestructura técnica o la tecnología indispensables para lograr el objetivo. Además, el funcionario debe tener la autonomía suficiente para poder responder por el objetivo.

7. FLEXIBIDAD

Los objetivos concertados deben ser flexibles, es decir que puedan resistir sin traumatismos las modificaciones que se requiere, en virtud de los cambios que se den en el entorno de la dependencia o de la Entidad.

8. ESPECÍFICIDAD

Todo objetivo debe tener un plan, el cual es importante que indique:

Que se hará (especifica un resultado)

Cuando se hará (siempre y cuando sea posible)

Que características tendrá lo que hará (describirlo detalladamente)

Quien lo hará (el funcionario objeto de evaluación)

Para cuando lo hará (establecer una fecha)

Cómo lo hará (señalar las características que tendrán los objetivos concertados) Donde lo hará (área enfocada)

9. MEDIBLES

Todo objetivo debe ser verificable, para determinar si se ha obtenido el resultado esperado. La

evaluación del objetivo, puede hacerse en forma cuantitativa (cuanto se cumplió) y cualitativa (como se cumplió). En este punto, es bueno tener en cuenta que los objetivos no cuantificables deben describirse detalladamente.

10. FORMULARSE POR ESCRITO

La concertación de objetivos se hará en los formatos adoptados mediante la Resolución No. 320 de 2005 (A1, B1 y D1).

En este contexto, la Subdirección, brinda la asesoría y el acompañamiento permanente en el procedimiento de calificación de servicios y de concertación de objetivos de los servidores públicos de carrera administrativa, para lo cual se ha dispuesto, para las dependencias del nivel central, incluidas la Regional Bogotá, Cundinamarca y Soacha, al doctor Miguel Raúl Trujillo Martínez, mtrujillo@defensoria.gov.co y para las demás Defensorías regionales a la doctora Martha Patricia Jiménez Beltrán, mjiménez@defensoria.gov.co, o si prefieren podrán contactarse con ellos a través de las plataforma Teams, quienes estarán atentos a sus inquietudes.

Agradezco de manera perentoria gestionar este trámite lo antes posible.

Cordialmente,

JUAN ANTONIO ARRIETA FLÓREZ

Subdirección de Gestión del Talento Humano

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