MEMORANDO 5020-02-1570 DE 2014
(noviembre 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| PARA: | FUNCIONARIOS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO NIVEL CENTRAL |
| DE: | GRUPO DE BIENES |
| ASUNTO: | AUTORIZACIÓN SALIDA DE ELEMENTOS |
Dando alcance al memorando 5020-02-784 del 2 de julio de 2014, me permito informarles que cualquier salida de elementos del nivel central, deberá ser radicada en el formato correspondiente en el Área de Bienes con mínimo un día de antelación.
Las solicitudes que sean recibidas el mismo día de su salida, No serán autorizadas, salvo por la autorización expresa del Despacho del Defensor o Secretaria General.
Lo anterior, a efectos de proceder a confirmar en la base de datos, si el elemento aparece registrado en la dependencia solicitante y así llevar un control y seguimiento sobre la salida de los mismos.
Cordialmente,
GERARDO GABRIEL TREJOS FORERO
Subdirector Administrativo