MEMORANDO 50200217027 DE 2017
(enero 16)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Bogotá, D.C.,
| PARA: | NIVEL CENTRAL Y REGIONAL |
| DE: | SECRETARIO GENERAL |
| ASUNTO: | BIENES DE ORIGEN DONados o comodatos |
Con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el Manual Integrado para el Manejo de los Bienes de la Entidad, se recuerda, los siguientes requisitos para recibir bienes en calidad de donación o a título de comodato:
a. Fotocopia del contrato de la entidad comodante o donante, o la manifestación escrita, debidamente firmada por el Defensor del Pueblo o el Secretario General de la Defensoría del Pueblo y el Representante Legal de la entidad Comodante o Donante.
b. Certificado de recibido a satisfacción.
c. Fotocopia de las facturas donde se relacionen los valores de cada elemento, o algún soporte de los mismos que contenga el valor
Es de anotar, que sin esta documentación, no se recibirán los elementos, hasta tanto se complete la misma.
Se entiende que se presenta la figura de la donación cuando se transfiere a título gratuito e irrevocable la propiedad de un bien que le pertenece al donatario, previa aceptación de su representante legal y se entiende que hay préstamo cuando se entrega un bien a otra entidad para que por algún tiempo tenga uso de él, con la obligación de restituirlo.
Conforme a la Circular No. 012 del 15 de marzo de 2013, los únicos servidores que se encuentran autorizados para celebrar contratos, convenios y acuerdos de entendimiento o cooperación, que vinculen en cualquier forma a la Defensoría del Pueblo, son: el señor Defensor del Pueblo y el Secretario General.
Igualmente, es importante tener en cuenta que ningún servidor de la Entidad podrá recibir bienes, ayudas o donaciones, en nombre y/o representación de la Entidad, sin el previo visto bueno y autorización del Señor Defensor del Pueblo o del Secretario General.
Finalmente, se recuerda, que los bienes entregados en calidad de donación o comodato deben ser incluidos en la póliza de seguros de la Entidad, por lo que se hace necesario reiterar a todos los Directores, Delegados, Subdirectores, Jefe de Oficina, Coordinadores y Defensores Regionales que tramiten donaciones o comodatos con proyectos de Cooperación u otra entidad, que son los responsables de allegar al Almacén General copia de los documentos arriba enunciados, los cuales son requeridos para su respectiva legalización.
Los servidores públicos encargados de este trámite, que no cumplan con él envió de esta documentación, serán responsables de las posibles pérdidas o daños que sufran los bienes, por cuanto no quedan amparados por la póliza.
Cordialmente,
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN