MEMORANDO 5020448 DE 2018
(septiembre 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Bogotá D.C.,
| Para: | Funcionarios nivel central y regionales |
| De: | Ángela María Medellín Muñoz - Subdirectora Administrativa (ET) |
| Referencia: | Manejo de residuos |
Respetados Funcionarios, cordial saludo
La Defensoría del Pueblo, como institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos en el marco del Estado Social de Derecho, consciente de que en su quehacer misional puede generar impactos sobre los recursos naturales y el ambiente, está comprometida con la prevención, mitigación y control de la contaminación; con el uso eficiente del agua, de la energía, de los materiales y con el manejo adecuado de los residuos; cumpliendo las normas ambientales vigentes, con criterios de sostenibilidad ambiental, aplicando procesos de mejoramiento continuo.
En cumplimiento de la Política ambiental (723 de 2012) y considerando la importancia del cuidado del planeta, la Subdirección Administrativa responsable del procedimiento de Gestión ambiental Institucional de la Entidad presenta a continuación los lineamientos para disponer la basura y los residuos reciclables generados por Funcionarios de la Entidad a partir de cinco (5) de septiembre de la presente anualidad.
- Todas las instalaciones del Nivel Central y Regional la Entidad cuentan con puntos ecológicos (canecas verdes, grises y azules) que tienen como finalidad separar la basura (desperdicios a los cuales no podemos dar otro uso y por tanto debemos deshacernos de ellos) y los residuos sólidos (residuos que nos sobra al realizar alguna actividad pero que puede ser reutilizado en cualquier otra: botellas de plástico, latas de aluminio, cartón, etc.). En la caneca verde se deben depositar los residuos sólidos orgánicos biodegradables, deshechos de comida, cajas de icopor, servilletas, paquetes o envolturas de comida, latas de atún, papel engrasado, papel aluminio, vasos, platos y cubiertos desechables tanto de plástico, icopor y papel.
- En la caneca gris se debe depositar papel, periódico y cartón limpios.
- Finalmente, en la caneca azul se debe depositar botellas de plástico desocupadas, en lo posible limpias.
- El almacenamiento de residuos como tóner se realiza en la sede centro y está a cargo de la funcionaría Nardi Torres. En el momento en que su dependencia u oficina desocupe los tóner debe diligenciar el formulario AD-P07-F51 Solicitud disposición final residuos especiales y enviarlo al correo natorres@defensoria.gov.co para recogerlo y transpórtalo al punto de acopio.
Las canecas que actualmente tenemos bajo nuestros escritorios no permiten realizar la separación adecuada de residuos y esto, puede generar plagas en las sedes de la Entidad.
Por los motivos anteriormente expuestos y conscientes del compromiso adicional con el medio ambiente, que como Funcionarios Públicos, tenemos me permito informarles que partir del miércoles cinco (5) de septiembre las señoras de servicios generales de las sedes del Nivel Central recogerán todas las canecas de cartón.
Los funcionarios que tengan en su inventario de bienes individual, papelera de madera o metálica (consultar paloma mensajera), deben enviar un memorando a la señora Yaneth Muñoz ymunoz@defensoria.gov.co solicitando la baja de este elemento y realizar su entrega.
Las señoras de servicios generales recogerán los residuos y basura únicamente de los puntos ecológicos tres veces al día, no retirarán la basura de ningún escritorio a partir de la fecha anteriormente señalada.
Entendemos que estas medidas pueden alterar las dinámicas de confort a las que estamos acostumbrados, sin embargo, es importante que tengamos una actitud altruista con el planeta y las demás formas de vida que se ven afectadas diariamente por la basura generada por el ser humano.
Agradezco de antemano a todos su comprensión y amable colaboración.
Cordialmente,
ANGELA MARÍA MEDELLÍN MUÑOZ
Subdirección Administrativa (ET)
RESOLUCION 723 DE 2012
(junio 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por medio de la cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental (PGA) de la Defensoría del Pueblo.
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ENTIDAD CON ASIGNACIÓN DE FUCNIONES COMO DEFENSOR DEL PUEBLO
En uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 18 del artículo 9 de la Ley 24 de 1992 y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia consagra y reconoce, en su capítulo III, los Derechos Colectivos y del Ambiente y establece el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano. A su vez, determina la obligación del Estado de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.
Que en cumplimiento de los principios de desarrollo sostenible y del deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del medio ambiente, prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, la Defensoría del Pueblo se ha comprometido a desarrollar sus actividades misionales con el debido respeto y protección del medio ambiente y a mejorar continuamente sus prácticas medioambientales.
Que con el anterior propósito mediante resolución No. 1324 de 2010 se creó el Comité del Sistema de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo el cual tiene como una de sus funciones principales “Definir, impulsar y gestionar la formulación e implementación del SGA de la Defensoría del Pueblo, de acuerdo con el plan de acción adoptado."
Que la Defensoría del Pueblo en el año 2011 suscribió el contrato de prestación de servicios No. 290 para que personal especializado en la materia asesorara al Comité del Sistema de Gestión Ambiental, para el desarrollo de los estudios necesarios y la elaboración de un documento que contuviese el Plan de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo para el nivel central y las sedes de la Dirección Nacional de Defensoría Pública, la Unidad Operativa de Investigación Criminal, la defensoría delegada la Orientación y Asesoría a las Víctimas del Conflicto Armado Interno y la Escuela de Capacitación, ubicadas en la Ciudad de Bogotá.
Que una vez culminado el proceso antes mencionado, en el mes de Noviembre de 2011 se presentó, ante el Comité del Sistema de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo, el documento final que contiene el Plan de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo, aprobándose el mismo por parte de dicho comité.
Que el citado documento se formuló con el fin de establecer y direccionar acciones hacia el mejoramiento de las condiciones ambientales de la Entidad, principalmente en aspectos relacionados con la ecoeficiencia (uso eficiente del agua, de la energía, del espacio, entre otros).
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. ADOPCIÓN. Adóptese el Plan de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo que fue aprobado por el Comité del Sistema de Gestión Ambiental en el mes de noviembre de 201 i con el fin de establecer y direccionar acciones hacia el mejoramiento de las condiciones ambientales de la Entidad, principalmente en aspectos relacionados con la ecoeficiencia.
ARTÍCULO SEGUNDO. POLÍTICA AMBIENTAL DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Fíjese como política ambiental de la Defensoría del Pueblo la siguiente:
“La Defensoría del Pueblo, como institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos en el marco del Estado Social de Derecho, consciente de que en su quehacer misional puede generar impactos sobre los recursos naturales y el ambiente, está comprometida con la prevención, mitigación y control de la contaminación; con el uso eficiente del agua, de la energía, de los materiales y con el manejo adecuado de los residuos; cumpliendo las normas ambientales vigentes, con criterios de sostenibilidad ambiental, aplicando procesos de mejoramiento continuo".
ARTÍCULO TERCERO. OBJETIVOS. Los objetivos generales del Plan de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo serán:
1. Disminuir los impactos ambientales generados en el quehacer de la Defensoría del Pueblo por medio de la implementación del Plan de Gestión Ambiental.
2. Conseguir un uso eficiente y ahorro en el consumo de los recursos energéticos e hídricos, como también del consumo de materiales, con el fin de preservar el medio ambiente y obtener beneficios económicos.
ARTÍCULO CUARTO. PROGRAMAS DEL SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL. Los programas del Sistema de Gestión Ambiental de la Defensoría del Pueblo serán:
1. Uso eficiente de la energía,
2. Uso eficiente del agua,
3. Gestión integral de los residuos sólidos,
4. Mejoramiento de las condiciones ambientales internas,
5. Criterios ambientales para las compras y la gestión contractual,
6. Extensión de buenas prácticas ambientales y
7. Control de emisiones atmosféricas, cada uno con objetivos, metas, indicadores y actividades específicas.
ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deberá publicarse en la página web de la Entidad.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los
GLORIA ELSA RAMÍREZ VANEGAS
Defensor del pueblo.