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RESOLUCIÓN 1945 DE 2017

(septiembre 21)

Diario Oficial No. 50.383 de 11 de octubre de 2017

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE

Por medio de la cual se adiciona el artículo veintiuno de la Resolución número 001820 del 3 de octubre de 2016 “por medio de la cual se promulga la Carta Fundamental de los XXI Juegos Deportivos Nacionales Bolívar 2019 Carlos Lleras.

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE (COLDEPORTES),

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Directora del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) mediante Resolución número 001820 del 3 de octubre de 2016, promulgó la Carta Fundamental de los XXI Juegos Deportivos Nacionales Bolívar 2019 Carlos Lleras.

Que el Título IV de los Deportes, Capítulo II del Programa Deportivo, artículo 23 de la Resolución número 001820 del 2016 consagra sic: “Se faculta al Director Coldeportes, para que conjuntamente con el Director de los Juegos, efectúen los cambios que sean necesarios por razones de Índole técnica deportiva, de construcciones o de fuerza mayor”.

Que con base en el artículo 23 antes mencionado, se hace necesario adicionar el artículo veintiuno de la Resolución número 001820 del 3 de octubre de 2016, por los siguientes motivos:

1. Que la Federación Colombiana de Surf y la Gobernación de Bolívar como sede de los XXI Juegos Deportivos Nacionales 2019, solicitaron la inclusión de este deporte en el programa de las justas nacionales, en el entendido que el Comité Olímpico Internacional ha incluido esta disciplina para la próxima olimpiada.

2. Que la Federación Colombiana de Gimnasia solicitó la inclusión de la modalidad de trampolín en el programa de los XXI Juegos Deportivos Nacionales, toda vez que está siendo objeto de convocatoria en los eventos continentales y mundiales del Ciclo Olímpico.

3. Que la Federación Colombiana de Fútbol dentro de su proceso de promoción y desarrollo del Fútbol de Sala y en consonancia con las políticas de FIFA y el COI frente a la equidad de género solicita la inclusión de la rama femenina en este deporte.

Que en atención a las anteriores solicitudes, hay que tener en cuenta las dinámicas de los organismos multideportivos y la tendencia hacia los eventos del Ciclo Olímpico 2017-2020, haciendo necesaria la inclusión de los deportes y modalidades aquí contenidos para posibilitar el desarrollo de las mismas y mantener el posicionamiento y liderazgo deportivo de Colombia en el continente.

Que por las razones antes expuestas, las cuales se contemplan en la memoria justificativa, se debe adicionar el artículo 21 de la Resolución número 001820 del 3 de octubre de 2016.

Que la modificación de la Carta Deportiva Fundamental de los XXI Juegos Deportivos Nacionales Bolívar 2019 Carlos Lleras, es una atribución del Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), de conformidad con el numeral 11 artículo 11 del Decreto 4183 del 3 de noviembre de 2011 el cual dispone: Son funciones del Despacho del Director del Departamento, además de las previstas en la Constitución y la Ley, “Expedir los actos administrativos que le correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos; refrendar con su firma los actos del Presidente de la República que por disposiciones constitucionales o legales sean de su competencia”.

Que en consideración de lo anterior,

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adiciónese el artículo 21 de la Resolución número 001820 del 3 de octubre de 2016, “por medio de la cual se promulga la Carta Fundamental de los XXI Juegos Deportivos Nacionales Bolívar 2019 Carlos Lleras”, en el sentido de adicionar así:

“Artículo 21. Los deportes y modalidades convocadas a los XXI Juegos Deportivos Nacionales son:

PARÁGRAFO 1o. El Director Técnico de los XXI Juegos Deportivos Nacionales establecerá, con cada una de las federaciones deportivas nacionales, el instructivo de competencia de cada deporte.

PARÁGRAFO 2o. La distribución de deportes por sede y subsedes será aprobada por la Dirección de Coldeportes.

ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones establecidas en las Resolución número 001820 del 3 de octubre de 2016 que no fueron objeto de esta adición continuarán vigentes.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

La Directora Coldeportes,

CLARA LUZ ROLDÁN GONZÁLEZ

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