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RESOLUCIÓN 84 DE 2019

(enero 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se modifica el título final, del anexo de la resolución No 052 de 2019

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 1 y 7 del artículo 5 del Decreto Ley 025 del año 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante resolución No. 052 de 2019 se dio apertura al proceso de selección de defensores públicos de la Defensoría del Pueblo, la cual se encuentra debidamente publicada para consulta en la página web www.selecciondefensorespublicos.com

Que de conformidad con lo expuesto en la Resolución No. 052 del año 2019, el propósito de la Defensoría del Pueblo es fortalecer y optimizar el Servicio Nacional de Defensoría Pública, con profesionales del derecho que tengan compromiso con la ética pública y cuenten con la experticia e idoneidad para ejecutar sus obligaciones de representación judicial o extrajudicial en los términos de las leyes 24 de 1992, 941 de 2005, Decreto Ley 025 de 2014, 975 de 2005, 1098 de 2006, 1257 de 2008, 1448 de 2011, 1719 de 2014, Decreto 1069 de 2014 (que reglamenta la Ley 985 de 2005) y 1761 de 2015.

Que en tal virtud, dicho acto administrativo, cuenta con un anexo denominado “Parámetros para la participación en el proceso de selección de defensores públicos de la defensoría del pueblo", el cual fue suscrito por el Director Nacional de Defensoría Pública de la Defensoría del Pueblo.

Que el aludido anexo contempla un título correspondiente a la vigencia de la lista, el cual a la letra establece: La lista que resulte del proceso de selección de defensores públicos de la Defensoría del Pueblo, tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que no obstante lo expuesto, se hace necesario precisar que producto del proceso de selección de defensores públicos, se conformará una lista definitiva de resultados compuesta por los profesionales del derecho que hayan superado todas las fases del proceso.

Que una vez conformada la lista de la que trata el considerando antecedente, la Defensoría del Pueblo seleccionará los Defensores Públicos que prestarán el Servicio Nacional de Defensoría Pública, en estricto orden descendente de calificaciones hasta cubrir las plazas ofertadas en todo el país, por programa, distrito o circuito y categoría.

Que con fundamento en lo expuesto, la lista de interesados de la que trata el numeral 6 del artículo 17 del Decreto Ley 025 de 2014, se conformará por aquellas personas que habiendo superado todas las fases del proceso, no alcanzaron a ocupar las plazas ofertadas, de la cual la Defensoría del Pueblo seleccionará en lo sucesivo a los defensores públicos por necesidades del servicio, en estricto orden descendente de calificaciones, por programa, distrito o circuito y categoría.

Que como consecuencia de la motivación que precede y en aras de obtener el mayor provecho y utilidad de la lista definitiva de resultados, se hace necesario modificar el título final del anexo de la resolución No 052 del año 2019, en el sentido de indicar que la vigencia de esta, será por un periodo de tres (3) años contados a partir del día siguiente de su publicación en la página web www.selecciondefensorespublicos.com

Que en mérito de lo expuesto, el Defensor del Pueblo,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el título final “Vigencia de la lista" del anexo de la Resolución No. 052 de 2019, el cual quedará así:

VIGENCIA DE LA LISTA DEFINITIVA DE RESULTADOS

La lista definitiva de resultados tendrá una vigencia de tres (3) años, contados a partir del día siguiente de su publicación en la página web www.selecciondefensorespublicos.com de la cual se seleccionarán los defensores públicos en estricto orden descendente de calificación, hasta completar las plazas ofertadas en todo el país, por programa, distrito o circuito y categoría.

Quienes no alcanzaron a ocupar las plazas ofertadas, conformarán un listado de interesados, del que trata el numeral 6 del artículo 17 del Decreto Ley 025 de 2014, del cual la Defensoría del Pueblo seleccionará en lo sucesivo a los defensores públicos, por necesidades del servicio, en estricto orden descendente de calificaciones, por programa, distrito o circuito y categoría, hasta el fenecimiento del término de vigencia de la lista definitiva de resultados.

ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en los términos expresamente expuestos, el anexo de la resolución No 052 de 2019.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 1 8 ENE 2019

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

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