RESOLUCIÓN 159 DE 2003
(febrero 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por la cual se adicionan los municipios de Vigía del Fuerte y Murindó al ámbito territorial de la Defensoría del Pueblo Regional Chocó
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas en los Artículos 13 y 9no., numeral 18 de la Ley 24 de 1992 y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución No. 0172 del 2 de febrero de 1994, se determinó el ámbito territorial de las Defensorías Regionales y de las Oficinas Seccionales y se establecieron los términos de la relación de apoyo de los Defensores Regionales a los Profesionales de las Oficinas Seccionales.
Que mediante el Artículo Quinto de la Resolución No. 0352 del 23 de febrero de 1995 se convirtió la Oficina Seccional de Quibdó en Defensoría Regional de Quibdó, la cual posteriormente, mediante el artículo duodécimo de la Resolución No. 046 del 16 de enero de 1998 adoptó el nombre de Defensoría Regional de Chocó.
Que en consideración a la ubicación geográfica de los municipios de Vigía del Fuerte y Murindó, la Defensoría del Pueblo Regional Chocó ha venido haciendo presencia permanente en los mismos.
Que en aras a mejorar el servicio por parte de las Regionales, de racionalizar los gastos de desplazamiento, viáticos y demás gastos que traen consigo la atención a los municipios de Vigía del Fuerte y Murindó, adscritos actualmente a la Seccional Urabá, se hace necesario adicionarlos al ámbito territorial de la Defensoría del Pueblo Regional Chocó.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Adicionase al ámbito territorial de la Defensoría del Pueblo Regional Chocó, los municipios de Vigía del Fuerte y Murindó.
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a los 14 FEB 2003
EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ
Defensor del Pueblo