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RESOLUCIÓN 700 DE 1998

(agosto 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se organiza la Dependencia de Contabilidad adscrita a la Subdirección Financiera de la Defensoría del Pueblo, se asigna un Profesional responsable y se dictan otras disposiciones.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Parágrafo del Artículo 18 de la Ley 24 de 1992 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 24 de 1992 estableció la organización y funcionamiento de las diferentes dependencias que conforman la Defensoría del Pueblo.

Que, conforme lo establece el parágrafo del artículo 18 de la precitada Ley " El Defensor del Pueblo desarrollará la Estructura de la Defensoría del Pueblo en lo no previsto por la Ley,

Que, en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Organizar la Dependencia de Contabilidad adscrita a la Subdirección Financiera del Organismo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Asignar como Profesional Responsable de la Dependencia de Contabilidad al Profesional Especializado Grado 18 de la Subdirección Financiera, quien deberá cumplir las funciones descritas a continuación:

1. Llevar la contabilidad general de la Defensoría del Pueblo, del movimiento financiero y patrimonial derivado de la ejecución en forma detallada y sustentada.

2. Elaborar, organizar analizar y registrar los libros, comprobantes y formularios exigidos para el registro y consolidación de los estados financieros.

3. Preparar, analizar y presentar los estados financieros de la Defensoría del Pueblo.

4. Rendir las cuentas contables de la Defensoría del Pueblo, así como, refrendar las declaraciones mensuales de Retención en la Fuente y del Impuesto ICA, (Industria, Comercio y Avisos).

5. Estudiar, analizar y proponer formularios o diseños que permitan simplificar, desarrollar y controlar las actividades contables.

6. Firmar el Balance General y los demás estados financieros del Organismo

7. Asesorar a las dependencias que lo requieran sobre la forma como deben llevarse los registros contables y sobre la presentación de informes de contabilidad.

8. Presentar un informe detallado al superior inmediato sobre las actividades desarrolladas por la dependencia a su cargo.

9. Cuidar y responder por los documentos, bienes y elementos a su cargo.

10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

ARTÍCULO TERCERO.- Derogar parcialmente la Resolución 1602 del 7 de julio de 1995, en lo referente a las funciones específicas asignadas al Responsable de Contabilidad.

ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, a los 18 AGO 1998

JOSE FERNANDO CASTRO CAYCEDO

Ciudadano Defensor del Pueblo

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