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RESOLUCIÓN 0732 DE 2003

(agosto 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se adopta un nombre para la Unidad Pública Especializada de Información en Derechos Humanos (UPEIDH) de la Defensoría del Pueblo

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

En uso de sus atribuciones legales, en especial la conferida por el artículo 9o, ordinales 12 y 18, de la Ley 24 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Interna No. 645 del 2 de septiembre de 2002 se expidió el reglamento para la prestación de los servicios de la unidad pública especializada de información en derechos humanos (UPEIDH) de la Defensoría del Pueblo. Que el mencionado centro funciona como una unidad pública especializada de información sobre temas relacionados con el reconocimiento, garantía y enseñanza de los derechos humanos.

Que el pasado 19 de agosto de 2003 en el atentado terrorista acometido contra la sede de las Naciones Unidas en Bagdad se acabó con la vida de más de 17 trabajadores de esta organización, entre ellos, la del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU en Irak y diplomático internacional Sergio Vieira de Mello.

Que como lo expresó el Secretario General de las Naciones Unidas (ONU), Señor Kofi Arman, “durante su carrera Vieira de Mello fue un destacado servidor de la humanidad, dedicado a aliviar el sufrimiento de hombres y mujeres y a ayudarlos a resolver sus conflictos y a reconstruir sus sociedades dañadas por la guerra."

Que la Defensoría del Pueblo de Colombia comparte el pesar por la pérdida de las vidas de servidores de los derechos humanos en el atentado perpetrado en la ciudad de Bagdad y aspira que, por encima de la muerte y el recuerdo del acto terrorista del 19 de agosto, perdure la memoria de las vidas, esfuerzos y logros que han dado continuidad a la misión universal de la paz y de los derechos humanos.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ART. 1o. Nombre de la unidad publica especializada de información en derechos humanos (UPEIDH) de la defensoría del pueblo. Adoptase como nombre oficial para la unidad publica especializada de información en derechos humanos (UPDH) de la defensoría del pueblo la siguiente “Unidad Publica Especializada de información en derechos humanos (UPEIDH) Sergio Viein de Mello”.

ART.2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona en lo pertinente a la resolución No 645 de 2002.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. el 25 de agosto de 2003.

EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ

Defensor del Pueblo.

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