RESOLUCIÓN 1362 DE 2018
(noviembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1332 de 2022>
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 812 del 5 de junio 2017, “por medio de la cual se definen la Política de calidad y los Objetivos de calidad de la Defensoría del Pueblo.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO,
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 1, 8, 22 y 27 del Decreto 025 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el ente certificador Bureau Veritas certificó el Sistema de Gestión de la Calidad de la Defensoría del Pueblo en septiembre del 2016 por un término de tres (3) años, luego de realizar auditoría externa en las normas NTCGP 1000:2009 e ISO 9001:2008, como consta en los certificados C016.01230.5 / No. GP16.00013.5.
Que la Resolución 812 del 5 de junio 2017, en el artículo primero, dispuso ''El Sistema de Gestión de la Calidad de la Defensorio del Pueblo contará con la siguiente Política de Calidad: La Defensorio del Pueblo, promueve, divulga, protege y defiende los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior, ejerciendo presencia en todo el país, con oportunidad, diligencia y respeto por la dignidad humana, basados en la articulación institucional y la mejora continua”.
Que en cumplimiento de las disposiciones de la Norma ISO 17021 de 2015 por la cual se rigen los organismos de certificación, se realizó la primera visita de seguimiento el 15 de septiembre de 2017, y segunda visita el 15 de septiembre de 2018, en la que además se verificó la transición de la norma a su versión 2015.
Que como resultado de la última auditoría el ente certificador identificó una NO conformidad al numeral 5.2.1 de la NORMA ISO 9001:2015, sobre el Establecimiento de la política de la calidad que reza así: “La alta dirección debe establecer, implementar y mantener una política de la calidad que: Incluya el compromiso de: c) cumplir los requisitos aplicables”
Fue así como dentro de los términos establecidos por el auditor se formuló el Plan de Mejoramiento y como acción correctiva respecto del numeral 5.2.1 c: “Actualizar la política de calidad mediante acto administrativo y socializarla”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1332 de 2022> Modificar el artículo primero de la Resolución 812 del 5 de junio 2017 quedando así:
La Defensoría del Pueblo, promueve, divulga, protege y defiende los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior, ejerciendo presencia en todo el país, con oportunidad, diligencia y respeto por la dignidad humana, basados en la articulación institucional, en cumplimiento de los requisitos aplicables y de la mejora continua.
ARTÍCULO SEGUNDO. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 1332 de 2022> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el 15 de noviembre de 2018
CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA
Defensor Del Pueblo