Buscar search
Índice format_list_bulleted

RESOLUCION 3568 DE 2005

(septiembre 26)

Diario Oficial No. 46046 de 29 de septiembre de 2005

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada tácitamente por la Resolución 1874 de 2016>

Por medio de la cual se modifica la resolución No. 0-6394 de 22 de diciembre de 2004.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 5 y 17 del artículo 11 de la Ley 938 de 2004 por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el acto legislativo 03 de 2002, se adoptó el sistema acusatorio en Colombia, asignándole a la Fiscalía Gen eral de la Nación la función de asegurar los elementos materiales probatorios garantizando la cadena de custodia mientras se ejerce su contradicción;

Que el numeral 8o del artículo 250 de la Constitución Política, impone a la Fiscalía General de la Nación el deber de dirigir y coordinar las funciones de Policía Judicial que en forma permanente cumple la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley;

Que el artículo 254 de la ley 906 de 2004 asignó al Fiscal General de la Nación, la facultad de reglamentar lo relacionado con el diseño, aplicación y control del sistema de cadena de custodia, de acuerdo con los avances científicos técnicos y artísticos;

Que el artículo 255 de la Ley 906 de 2004, determina que todos los servidores públicos que entren en contacto con los elementos materiales probatorios o evidencias físicas, y los particulares que por razón de su trabajo o por el cumplimiento de las funciones propias de su cargo, en especial el personal de los servicios de salud que entren en contacto con los mismos, son responsables de su recolección, preservación y entrega a la autoridad correspondiente;

Que mediante la Resolución 6394 de 22 de diciembre de 2004, el Fiscal General de la Nación adoptó el manual de procedimientos del Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio;

Que se hace necesario modificar la resolución 6394 de 22 de diciembre de 2004, en procura de fortalecer la coordinación de la Fiscalía General de la Nación con los organismos con funciones de Policía Judicial y las demás entidades que tienen contacto con elementos materiales de prueba o evidencias físicas.

En razón de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada tácitamente por la Resolución 1874 de 2016> Modificar el artículo 3o de la Resolución 6394 de 22 de diciembre de 2004 indicando la integración del Comité de Cadena de Custodia, el cual quedará conformado así:

El Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación, o su delegado quien presidirá el comité.

El Director Nacional de Fiscalías o su delegado.

El Director Nacional Administrativo y Financiero de la Fiscalía General de la Nación o su delegado.

El Director Seccional del Cuerpo Técnico de Investigación de Bogotá o su delegado.

El Director Seccional de Fiscalías de Bogotá o su delegado.

El Jefe de la Oficina de Planeación de la Fiscalía General de la Nación o su delegado.

El Director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o su delegado.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS o su delegado.

El Director de la DIJIN de la Policía Nacional o su delegado.

El Director de la SIJIN del Departamento de Policía Bogotá o su delegado.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada tácitamente por la Resolución 1874 de 2016> Las Oficinas Jurídica, de Control Interno, de Informática y de Veeduría de la Fiscalía General de la Nación asesorarán al Comité de Cadena de Custodia dentro del ámbito de su competencia.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada tácitamente por la Resolución 1874 de 2016> La Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación, reglamentará el funcionamiento del Comité de Cadena de Custodia.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada tácitamente por la Resolución 1874 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2005.

El Fiscal General de la Nación,

MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA.

×