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ACUERDO AOG 22 DE 2023

(25 de julio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Diario Oficial No. 52.468 de 26 de julio de 2023

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023>

Por medio del cual se modifica el Acuerdo AOG No. 012 del 31 de marzo de 2023.

EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ - JEP-

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el Acuerdo ASP No. 001 de 2020, y

CONSIDERANDO

Que el artículo transitorio 5o del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma.

Que el artículo 7 transitorio del citado Acto Legislativo dispuso que la JEP está compuesta por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la Sala de Amnistía o Indulto, el Tribunal para la Paz, la Unidad de Investigación y Acusación y la Secretaría Ejecutiva, la cual se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la entidad.

Que el Gobierno Nacional, a través del Decreto 266 del 6 de febrero de 2018, fijó el régimen salarial y prestacional para los funcionarios y empleados de la Jurisdicción Especial para la Paz, así:

ARTÍCULO 1. Régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados del Tribunal para La Paz, Secretaria (sic) Judicial y las Salas. Los funcionarios y empleados del Tribunal para La Paz; de la Salas de Reconocimiento Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas; de Definición de las Situaciones Jurídicas; de Amnistía o Indulto y de la Secretaría Judicial, se les aplicará el régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, consagrados en el Decreto 194 de 2014, modificado por los Decretos 1257 de 2015, 245 de 2016 y 1009, 1013 y 1014 de 2017, y por las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

ARTÍCULO 2. Régimen salarial y prestacional de los funcionarios y empleados de la Unidad de Investigación y Acusación, y la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz. Los funcionarios y empleados de la Unidad de Investigación y Acusación y de la Secretaría Ejecutiva, se les aplicará el régimen salarial y prestacional consagrado en los Decretos 989, 1009 y 1015 de 2017 y en las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, para los funcionarios y empleados de la Fiscalía General de la Nación”.

Que el artículo 110 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la JEP, Ley 1957 del 6 de junio de 2019, previó que ésta tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción. De tal forma, se enfocará en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción”.

Que el numeral 2o del citado artículo, previó como una de las funciones del Órgano de Gobierno, la de “Definir y adoptar la planta de personal de la JEP, para tal efecto podrá crear, suprimir, fusionar y reubicar los empleos".

Que el numeral 8o del referido artículo estableció adicionalmente que el Órgano de Gobierno es la instancia que debe “Determinar requisitos, funciones y competencias de los empleos que conforman la planta de personal de la JEP”.

Que el artículo 61 del Acuerdo AOG No. 04 de 2022 estableció que “El Órgano de Gobierno de la JEP, en ejercicio de su función de definir y adoptar la planta de empleos global y flexible puede crear, suprimir, fusionar y reubicar los empleos de la Jurisdicción Especial para la Paz".

Que, de acuerdo con la viabilidad presupuestal favorable emitida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y en concordancia con el documento justificativo de “Solicitud de modificación de la planta de personal vigente para implementar a partir de 2023, el Órgano de Gobierno expidió el Acuerdo AOG No. 012 del 31 de marzo de 2023, por medio del cual se estableció la estructura organizacional y se fijó la planta de personal de la JEP.

Que, mediante el Acuerdo citado, el Órgano de Gobierno aprobó la composición específica del GRAI, estableciendo que estaría conformado por 25 Profesionales Especializados Grado 33 y 13 Profesionales Universitarios Grado 11, quienes serían nominados por las Magistradas y los Magistrados que determinara el Órgano de Gobierno, en atención a las necesidades de perfiles que formularan en conjunto la Jefatura del GRAI y el Comité Directivo de esa instancia (CODI), en virtud de lo previsto en el literal d) artículo 77 del Acuerdo ASP 001 de 2020.

Que, mediante oficio No. 202303007379 del 16 de mayo de 2023, la Jefatura del Grupo de Análisis de la Información (GRAI), en calidad de Secretaría Técnica del CODI, manifestó al Órgano de Gobierno la necesidad de reformular la estructura del GRAI y de organizarlo con un núcleo de trabajo compuesto por 31 Profesionales Especializados Grado 33, con el fin de que con esta nueva composición pueda afrontar, por una parte, “los retos que viene asumiendo la Jurisdicción en la investigación de los nuevos macrocasos –08, 09,10 y 11– y, por otra parte, los desafíos connaturales a la construcción del panorama de sanciones en el marco de las resoluciones de conclusiones de los macrocasos 01 y 03, bajo la supervisión de la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad”.

Que, ante la necesidad planteada por el GRAI, se hace necesario realizar la supresión de unos empleos y la creación de otros, para garantizar la continua prestación del servicio y la organización efectiva del Grupo, así:

- Empleos por suprimir

UnidadNúmeroDenominación empleoGrado
Grupo de Análisis de la Información - GRAI13Profesional universitario 11
Secretaría Ejecutiva2AuxiliarI
1TécnicoI
Grupo de Análisis de la Información - GRAI6Profesional Especializado33

Que, con el fin de proveer los 31 empleos de Profesionales Especializados Grado 33 que requiere el GRAI, y que cada despacho de Sala o Sección no se afecte con disminución de empleos dispuestos en el Acuerdo AOG No. 012 de 2023, es necesario crear seis (6) empleos adicionales de Profesional Especializado 33 a costo cero.

Que, para el efecto, se hace necesario suprimir empleos, de manera que, considerando la reorganización propuesta por el GRAI y la existencia de empleos no provistos que aseguren la financiación, se opta por suprimir trece (13) empleos de Profesional Universitario 11 asignados al GRAI, un (1) empleo de técnico 1 y dos (2) empleos de auxiliares 1 asignados a la Secretaría Ejecutiva, en los términos del Acuerdo AOG No. 012 de 2023.

Que los empleos que se suprimen de la Magistratura y la Secretaría Ejecutiva de la JEP no se encuentran provistos a la fecha, y esta acción no genera erogación al presupuesto asignado a la entidad.

Que, en ese sentido, se hace necesario modificar el Acuerdo AOG No. 012 de 2023, para adoptar la planta de personal y su distribución.

Que, de conformidad con el oficio 2-2023-035918 del 13 de julio de 2023, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público informó a la Jurisdicción Especial para la Paz que esta modificación se encuentra ajustada al monto viabilizado por esa cartera mediante oficio del 2-2023-009674 del 1o de marzo de 2023.

Que con la expedición del presente Acuerdo no se generan obligaciones adicionales al tesoro público y no se excede el monto global fijado en el presupuesto asignado a la JEP.

Que el Órgano de Gobierno aprobó la suscripción del presente Acuerdo por parte del Presidente y del Secretario Ejecutivo.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO 1. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023> Suprimir los siguientes empleos de la planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz:

UnidadNúmeroDenominación empleoGrado
Grupo de Análisis de la Información - GRAI13Profesional universitario 11
Secretaría Ejecutiva2AuxiliarI
1TécnicoI

ARTÍCULO 2. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023> Crear los siguientes empleos de la planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz:

UnidadNúmeroDenominación empleoGrado
Grupo de Análisis de la Información - GRAI6Profesional Especializado33

ARTÍCULO 3. <Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo AOG 41 de 2023> Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos anteriores, modificar el artículo 2 del Acuerdo AOG 012 del 31 de marzo de 2023, el cual quedará así.

Artículo 2. Adoptar y distribuir la planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz, así:

EMPLEOS DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

EMPLEOGRADOTOTAL POR EMPLEO
Asesor de Despacho4
AsesorI6
AsesorII4
AsesorIII10
Asistente Administrativo818
Asistente Administrativo66
Asistente de FiscalIV22
AuxiliarI6
AuxiliarII33
Auxiliar Judicial24
Auxiliar Judicial455
Citador56
Conductor639
ConductorII18
Director NacionalI3
Director de Unidad1
Fiscal Ante Tribunal10
Fiscal de ApoyoI16
Fiscal de ApoyoII12
Fiscal Ante Sala6
Investigador Experto13
Jefe de Departamento8
Magistrado Auxiliar61
Magistrado de Sala18
Magistrado de Tribunal20
Oficinista de Tribunal56
Profesional de GestiónI56
Profesional de GestiónII53
Profesional Especializado33311
Profesional EspecializadoI38
Profesional EspecializadoII37
Profesional Experto26
Profesional InvestigadorI15
Profesional Universitario1195
Profesional Universitario158
Profesional Universitario1830
Profesional Universitario204
Profesional Universitario211
Secretario AdministrativoI7
Secretario AdministrativoIII1
Secretario Ejecutivo1
Secretario General1
Subdirector Nacional10
Subsecretario Ejecutivo1
Sustanciador Nominado32
Técnico de Centro u Oficina de Servicios y/o Equivalente113
TécnicoI28
TécnicoIII13
Técnico InvestigadorII49
Técnico InvestigadorIV82
Total planta1307

DISTRIBUCION DE EMPLEOS POR ÓRGANO

ÓRGANOUNIDADNÚMERO DE EMPLEOS
MAGISTRATURAPresidencia718
Relatoría
GRAI
Tribunal para la Paz
Salas de Justicia
SEJUD
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN
Y ACUSACIÓN
Unidad de Investigación y Acusación - UIA341
SECRETARÍA EJECUTIVASecretaria Ejecutiva248

PRESIDENCIA

Número de empleosDenominación del empleoGrado
1Profesional Especializado (Relator)33
4Profesional Especializado33
1Profesional Universitario21
5Profesional Universitario - (Relatoría)15
Presidencia1Técnico de Centro u Oficina de Servicios y/o Equivalentes - (Relatoría)11
1Auxiliar Judicial2
6Auxiliar Judicial - (Relatoría)4
1Auxiliar Judicial4
1Conductor de Corporación Nacional6
1Oficinista de Tribunal5
22TOTAL

TRIBUNAL PARA LA PAZ

Total número de empleos
del Tribunal para la Paz
Denominación del empleoGrado
20Magistrado de Tribunal
60Magistrado Auxiliar
100Profesional Especializado33
20Sustanciador Nominado
20Auxiliar Judicial4
20Conductor de Corporación Nacional6
240TOTAL
Despacho Magistrado de Tribunal para Número de empleos por DespachoDenominación del empleoGrado
la Paz1Magistrado de Tribunal
3Magistrado Auxiliar
5Profesional Especializado33
1Sustanciador Nominado
1Auxiliar Judicial4
1Conductor de Corporación Nacional6
12TOTAL

SALAS DE JUSTICIA

Total número de empleos de las Salas de JusticiaDenominación del empleoGrado
18Magistrado de Salas
168Profesional Especializado33
12Sustanciador Nominado
30Profesional Universitario18
36Profesional Universitario11
12Auxiliar Judicial4
18Asistente Administrativo8
6Asistente Administrativo6
18Conductor de Corporación Nacional6
318TOTAL
Sala de Reconocimiento de Número de empleos por DespachoDenominación del empleoGrado
Verdad, de 1Magistrado de Salas
Responsabilidad y de9Profesional Especializado33
Determinación de los 1Sustanciador Nominado
Determinación de los 1Profesional Universitario18
Hechos y Conductas3Profesional Universitario11
1Auxiliar Judicial4
1Asistente Administrativo8
1Asistente Administrativo6
1Conductor de Corporación Nacional6
19TOTAL
Sala de Amnistía o
Indulto
Número de empleos por DespachoDenominación del empleoGrado
1Magistrado de Salas
8Profesional Especializado33
1Sustanciador Nominado
3Profesional Universitario18
2Profesional Universitario11
1Auxiliar Judicial4
1Asistente Administrativo8
1Conductor de Corporación Nacional6
18TOTAL
Sala de Definición de Situaciones JurídicasNúmero de empleos por DespachoDenominación del empleoGrado
1Magistrado de Salas
11Profesional Especializado33
1Profesional Universitario18
1Profesional Universitario11
1Asistente Administrativo8
1Conductor de Corporación Nacional6
16TOTAL

GRUPO DE ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN - GRAI

Grupo de Análisis de la Información - GRAINúmero de empleosDenominación del empleo
1Magistrado Auxiliar (Jefe del GRAI)
31Profesional Especializado Grado 33
32TOTAL

Estos empleos serán nominados por las Magistradas y los Magistrados que determine el Órgano de Gobierno, en atención a las necesidades de perfiles que formulen en conjunto la Jefatura del GRAI y el Comité de Dirección de ese grupo, en virtud de lo previsto en el literal d) artículo 77 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020.

SECRETARÍA JUDICIAL

Secretaría
Judicial
Número de empleosDenominación del empleoGrado
1Secretario General
7Profesional Especializado33
4Profesional Universitario20
3Profesional Universitario15
59Profesional Universitario11
3Auxiliar Judicial2
16Auxiliar Judicial4
2Técnico de Centro u Oficina de Servicios y/o Equivalentes11
6Citador5
5Oficinista de Tribunal5
106TOTAL

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN - UIA

Número de empleosDenominación del empleoGrado
Bogotá D.C (Sede Central) Despacho del Director1Director
10Fiscal Ante Tribunal
6Fiscal Ante Sala
4Asesor de Despacho
16Fiscal de ApoyoI
12Fiscal de ApoyoII
Número de empleosDenominación del empleoGrado
4Investigador Experto
5Profesional Experto
4Profesional EspecializadoII
16Profesional de GestiónII
14Profesional de GestiónI
15Profesional InvestigadorI
1Asistente de FiscalIV
10Técnico InvestigadorIV
49Técnico InvestigadorII
9AuxiliarII
17ConductorII
Bogotá D.C
(Sede Central Unidad )
9Investigador Experto
13Profesional Experto
9Profesional EspecializadoII
1Profesional de GestiónII
1Profesional de GestiónI
21Asistente de FiscalIV
69Técnico InvestigadorIV
1Secretario AdministrativoIII
24Auxiliar II
341Total planta de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA

SECRETARÍA EJECUTIVA

Planta del Despacho de la Secretaría Ejecutiva de la JEP
NivelDenominación del empleoGradoEmpleos
DirectivoSecretario Ejecutivo1
AsesorAsesorIII7
AsesorII1
AsesorI3
ProfesionalProfesional EspecializadoII9
Profesional EspecializadoI2
Profesional de GestiónII5
Profesional de GestiónI7
TécnicoTécnicoIII1
TécnicoI2
AsistencialAuxiliarI3
ConductorII1
Total planta del Despacho de la Secretaría Ejecutiva de la JEP42
Planta global de la Secretaría Ejecutiva de la JEP
NivelDenominación del empleoGradoEmpleos
DirectivoSubsecretario Ejecutivo1
Director NacionalI3
Subdirector Nacional10
Jefe Departamento8
AsesorAsesorIII3
AsesorII3
AsesorI3
ProfesionalProfesional Experto8
Profesional EspecializadoII15
Profesional EspecializadoI36
Profesional de GestiónII31
Profesional de GestiónI34
TécnicoTécnico InvestigadorIV3
TécnicoIII12

PARÁGRAFO 1. La planta de personal de la Jurisdicción Especial para la Paz es global y flexible. El nominador respectivo distribuirá los empleos y ubicará al personal, teniendo en cuenta la estructura, organización interna, necesidades territoriales, planes, estrategias, programas y necesidades propias del servicio.

PARÁGRAFO 2. La provisión de empleos en la Jurisdicción Especial para la Paz se hará de conformidad con el Acuerdo AOG No. 004 de 2022 o el Acuerdo que lo modifique.

PARÁGRAFO 3. El régimen salarial y prestacional de los empleos de la JEP es el establecido por el Gobierno Nacional, a través del Decreto 266 del 6 de febrero de 2018.

PARÁGRAFO 4. Respecto de las servidoras y servidores públicos asignados al GRAI no podrá aplicar la movilidad a la que se refiere el artículo 43 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020, Reglamento General de la JEP, y estos cumplirán sus funciones siguiendo las directrices de la Jefatura del GRAI y del Comité de Dirección.

PARÁGRAFO 5. Los cargos de Fiscal de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, distribuidos en los grupos territoriales, se encuentran adscritos al despacho del Director de la Unidad.

PARÁGRAFO 6. Los Grupos Territoriales de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA estarán integrados por un Fiscal y los demás servidores que el Director considere necesarios, de acuerdo con las necesidades propias del servicio y las funciones desempeñadas.

El Director de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, como nominador, podrá distribuir los cargos teniendo en cuenta la estructura interna, y asignar las y los servidores que considere necesarios a los grupos territoriales, sin que ello implique la modificación de la naturaleza del empleo, la estructura y organización de la Unidad.

PARÁGRAFO 7. La sede central y los grupos territoriales de la Unidad de Investigación y Acusación - UIA, tendrán la siguiente cobertura según su ubicación, así:

UbicaciónCobertura
Bogotá D.C. (Sede Central Unidad)Cundinamarca
Boyacá
Amazonas
San Andres, Providencia y Santa Catalina
MedellínAntioquia
Eje Cafetero
TurboUrabá Antioqueño y Chocoano
Sur de Córdoba
SincelejoSucre
Centro y Norte de Bolívar
Atlántico
Centro y Norte de Córdoba
VillavicencioMeta
UbicaciónCobertura
Guaviare
Casanare
Vichada
Vaupés
Guarnía
BucaramangaSantander
Magdalena Medio, Antioqueño y Santandereano
Sur de Bolívar
Sur del Cesar
CúcutaNorte de Santander
Arauca
NeivaHuila
Centro y Norte del Putumayo
Tolima
FlorenciaCaquetá
Sur del Putumayo
PastoCauca
Valle del Cauca
Nariño
QuibdóChocó
ValleduparCentro y Norte del Cesar
Magdalena
La Guajira

PARÁGRAFO 8. Todos los empleos del nivel Profesional, Técnico y Asistencial que se encuentren adscritos a las Oficinas Asesoras de Justicia Restaurativa, de Monitoreo Integral, de Memoria Institucional y del Sistema Integral para la Paz y de Estructuración de Proyectos del Despacho de la Secretaría Ejecutiva, en atención a la alta especificidad de las actuaciones a su cargo y a la imperiosa necesidad de generar resultados de manera recurrente, concreta y oportuna como insumos indispensables para la materialización de los procesos institucionales y de la misionalidad de la Jurisdicción, son de libre nombramiento y remoción de la respectiva autoridad nominadora”.

ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo deroga el artículo 4 del Acuerdo AOG No. 012 de 2023 y el Acuerdo AOG No. 015 de 2020.

ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo se publicará y divulgará a través de la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz.

ARTÍCULO 6. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días de julio de dos mil veintitrés (2023).

ROBERTO CARLOS VIDAL LÓPEZ

Presidente

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