CIRCULAR 24 DE 2022
(octubre 7)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| Para: | Despacho del Defensor, Vicedefensor, Secretaría privada, Directores nacionales, Defensores delegados, Defensores regionales, Jefes de oficinas, Secretario general y Subdirectores |
| De: | Subdirector de gestión del talento humano |
| Asunto: | Programacion de vacaciones vigencia 2023. |
Con el fin de estimar el valor presupuestal dentro del rubro de vacaciones para la vigencia fiscal de 2023, me permito solicitar a los superiores jerárquicos de cada dependencia, coordinar lo pertinente al interior de sus equipos de trabajo, para que cada uno de los funcionarios de la dependencia remitan a la Subdireccion de Gestión del Talento Humano, de acuerdo con la fechas establecidas mas adelante, en el formato TH-P03-F01 de programación de vacaciones, el cual se encuentra publicado en el listado maestro de documentos, la programación de sus vacaciones, debidamente concertada con funcionarios de las respectivas áreas, en forma equitativa, con el fin de no interrumpir la prestación continua del servicio.
A efectos de contar con una planeación coherente en concordancia con los planes y programas de cada dependencia, es importante tener en cuenta las siguientes disposiciones:
1. Tomar atenta nota de lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Resolución No. 550 del 7 de abril de 2014.
2. Tener en cuenta los servidores públicos a su cargo que tienen 2 a 3 periodos causados y no programados, pues, si posterior a la fecha máxima otorgada para la programación de vacaciones, la Subdirección de Gestión del Talento Humano identifica que existen empleados públicos, con dos (2) o más periodos de vacaciones acumuladas, sin que se haya programado el disfrute de tales periodos, procederá a programarlas de oficio.
3. Los servidores públicos que ya tienen su período programado durante los meses de diciembre de 2022 y enero 2023, no deberán solicitarlo nuevamente.
4. Los formatos de programación de vacaciones deben ser enviados por cada uno de los funcionarios al correo electrónico pavasquezCAdefensoria.gov.co, en forma individual, en las siguientes fechas:
| FECHAS | DEPENDENCIA |
| 18-oct | Defensorías Regionales: Santander; Valle del Cauca; Norte de Santander Tolima; Antioquia; Huila; Magdalena Medio; Casanare; Bolívar; Caldas; Quindío; |
| 19-oct | Defensorías Regionales: Boyacá; Córdoba; Cauca; Chocó; Magdalena; Nariño; Ocaña; Amazonas; Arauca; Caquetá. |
| 20-oct | Defensorías Regionales: Cesar; Guainía; Guaviare; Sucre; Vaupés; Vichada; Urabá- Darién; Guajira; Putumayo; Pacífico; Tumaco |
| 21-oct | Defensorías Regionales: Bogotá; Cundinamarca; Soacha; Sur de Córdoba; Sur de Bolívar; Bajo Cauca Antioqueño; Atlántico; Risaralda; Meta; San Andrés |
| FECHAS | DEPENDENCIA |
| Providencia y Santa Catalina. | |
| 24-oct | Secretaria General y Subdirecciones |
| 25 oct | Oficinas |
| 26-oct | Defensorías Delegadas |
| 27-oct | Direcciones Nacionales |
| 28-oct | Despacho y Vicedespacho |
5. Se recuerda que. cuando a los funcionarios se les aplazan o interrumpen vacaciones por necesidades del servicio estas deben ser tomadas dentro de la misma vigencia, para así evitar afectaciones en el presupuesto del año siguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Resolución No. 550 de 2014, modificada por la Resolución No. 1327 de 2021.
Así las cosas y con base en la programación remitida por ustedes para la vigencia 2023, serán liquidadas las vacaciones en la nómina del mes correspondiente y únicamente habrá lugar a interrupción por estrictas necesidades del servicio. La Subdirección de Gestión del Talento Humano se abstendrá de interrumpir o aplazar vacaciones programadas mientras no se dé cumplimiento a lo contemplado en los artículos 17 y s.s., de la Resolución No. 550 de 2014, modificada por la Resolución No. 1327 de 2021.
Cabe anotar que cualquier novedad relacionada con vacaciones deberá informarse por escrito a la Subdirección de Gestión del Talento Humano, con la debida antelación a efectos de adelantar los trámites administrativos a que haya lugar.
Finalmente, para la programación de vacaciones de tos servidores públicos del Nivel Directivo y Asesor, esta deberá remitirse al Despacho del Señor Defensor y según corresponda, para su autorización, con copia a la Subdirección de Gestión del Talento Humano,
Cordialmente,
JUAN ANTONIO ARRIETA FLOREZ
Subdirector de Gestión del Talento Humano