CIRCULAR 26 DE 2022
(octubre 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| Para: | Servidores Públicos de la Defensoría del Pueblo |
| De: | Secretario General |
| Asunto: | Inscripción y convocatoria para la elección del representante de los servidores públicos, y su suplente, ante la comisión de la carrera administrativa de la entidad |
La Comisión de la Carrera Administrativa estará integrada, entre otros, por un representante de los servidores públicos del Organismo y su suplente, según lo
establecido en el artículo 149 de la Ley 201 de 1995 y el artículo 1o del Acuerdo No. 039 de 2007.
Mediante las resoluciones Nos. 2308 y 2447 de 1995, se adoptó el reglamento interno para la elección del representante de los servidores ante la Comisión de la Carrera Administrativa de la Defensoría del Pueblo, junto con su respectivo suplente.
De conformidad con los artículos 151 de la Ley 201 de 1995 y 2o del Acuerdo No. 039 de 2007, el período del representante de los servidores públicos y su suplente ante la Comisión es de dos (2) años, teniendo la posibilidad de ser reelegidos por una sola vez para el período siguiente. Por lo tanto, dado que el término del actual representante y su suplente se encuentra próximo a culminar, es necesario convocar a los servidores públicos de la entidad que aspiran a desempeñar tales calidades, con el fin de que inscriban sus candidaturas y participen del respectivo proceso electoral.
Según los artículos 150 de la Ley 201 de 1995 y 3o del Acuerdo No. 039 de 2007, la Comisión de la Carrera Administrativa cumple las siguientes funciones:
1. Fijar las políticas y programas para las convocatorias, selección, ingreso, permanencia y ascenso en la Carrera Administrativa.
2. Establecer las pruebas psicotécnicas e instrumentos de medición.
3. Vigilar que los nombramientos provisionales no excedan el término legal.
4. Conceptuar en todos los casos, sobre la procedencia de inscribir en Carrera a los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo.
5. Pronunciarse sobre las reclamaciones que se formulen en asuntos relacionados con la Carrera.
6. Las demás que le sean asignadas por la ley.
PROCEDIMIENTO Y REGISTRO DE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS
Los servidores deberán inscribir su candidatura y la de su suplente ante la Subdirección de Gestión del Talento Humano a más tardar el 04 de noviembre de 2022.
La inscripción de los candidatos debe ser solicitada a través del correo electrónico pavasquez@defensoria.gov.co, por no menos de diez (10) servidores públicos de la Defensoría del Pueblo.
Con la solicitud de inscripción los candidatos deberán acreditar los siguientes requisitos:
1. Haber cursado y aprobado, por lo menos, el cuarto año de enseñanza media.
2. Una antigüedad mínima de un (1) año al servicio de la Defensoría del Pueblo y que no hayan sido sancionados en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración, ni multa, ni suspensión por cinco (5) días o más, lo cual se acreditará con certificación expedida por el Subdirector de Gestión del Talento Humano.
3. Manifestación escrita de los candidatos sobre la aceptación de la inscripción.
No podrán ser postulados como candidatos para integrar esta Comisión: el Subdirector de Gestión del Talento Humano, los miembros de la Comisión de Personal, de los Comités de Convivencia laboral, y Paritario de Seguridad en el Trabajo, y los contratistas.
Si dentro del plazo señalado anteriormente únicamente una lista de candidatos acredita todos los requisitos, o ninguna lo hiciera, se procederá a prorrogar el respectivo plazo por el término de diez (10) días calendario, es decir hasta el 17 de noviembre de 2022, con el fin de garantizar una participación activa, democrática y pluralista de los servidores públicos de la entidad.
PROCESO DE SELECCIÓN
La elección se llevará a cabo el martes 06 de diciembre de 2022 de 8:00a.m. a 4:00p.m., en el nivel central y regional.
Tendrán derecho a votar los servidores públicos de libre nombramiento y remoción, de carrera administrativa y los provisionales que, para el día de las elecciones, figuren en la planta de personal de la Defensoría del Pueblo, de conformidad con lo establecido por el artículo 149 de la Ley 201 de 1995.
Las personas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios no podrán ser electores.
Los funcionarios habilitados sufragarán únicamente a través de voto electrónico y dentro de las horas señaladas, mediante formulario que será remitido al correo electrónico institucional, donde encontraran el tarjetón de votación.
La Subdirección de Gestión de Talento Humano garantizará y se hará responsable de la confidencialidad debida y la reserva de la información consignada por los servidores públicos que sufraguen el día de las elecciones.
ESCRUTINIO GENERAL
Finalizada la jornada electoral, el escrutinio general se efectuará de manera virtual a través de la plataforma tecnológica TEAMS el martes 06 de diciembre de 2022, a las 5:00 p.m. por una comisión escrutadora integrada así:
- El Secretario General o su delegado.
- Candidatos inscritos y/o su representante.
- El Subdirector de Gestión de Talento Humano o su delegado.
Concluido el respectivo escrutinio, el Secretario General comunicará los resultados a los servidores electos, quienes deberán manifestar su aceptación por escrito.
El período del representante de los servidores públicos ante la Comisión de la Carrera Administrativa, así como el de su suplente, será de dos (2) años contados a partir de la fecha de la comunicación de los resultados de la elección.
Cordialmente,
ÓSCAR JULIÁN VALENCIA LOAIZA
Secretario General