CIRCULAR 38 DE 2021
(octubre 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| Para: | Despacho del defensor, Vicedefensor, Secretaría privada Directores Nacionales, Defensores delegados, defensores regionales, jefes de oficinas y subdirectores |
| De: | Secretaria General |
| Asunto: | Programación de vacaciones vigencia 2022 |
Con el fin de estimar el valor presupuestal dentro del rubro de vacaciones para la vigencia fiscal de 2022, me permito solicitar a los superiores inmediatos de cada dependencia, remitir a la Subdirección de Gestión del Talento Humano a más tardar el 5 de noviembre de 2021, en el formato TH-P03-F01 de programación de vacaciones que se encuentra en el listado maestro de documentos de los servidores a su cargo, debidamente concertada con ellos, en forma equitativa, con el fin de no interrumpir la prestación continua del servicio.
A efectos de contar con una planeación coherente en concordancia con los planes y programas de cada dependencia, es importante tener en cuenta las siguientes disposiciones:
1 Tomar atenta nota de lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Resolución No. 550 del 7 de abril de 2014, parcialmente modificada por la Resolución 1327 del 17 de septiembre de 2021.
2 Tener en cuenta los servidores públicos a su cargo que tiene 2 a 3 períodos causados y no programados.
3 Los servidores públicos que ya tienen su período programado durante los meses de diciembre de 2021 y enero 2022, no deberán solicitarlo nuevamente.
4 Cuando a los funcionarios se les aplazan o interrumpen vacaciones por necesidades del servicio estas deben ser tomadas dentro de la misma vigencia, para así evitar afectaciones en el presupuesto del año siguiente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 17 del Decreto No. 1045 del 1978 y el artículo 3 del Decreto No. 1009 de 2020 “Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto”.
5. Es importante que los formatos de programación de vacaciones deben ser enviados al correo de Talento Humano de forma individual.
Así las cosas y con base en la programación remitida por ustedes para la vigencia 2022 serán liquidadas las vacaciones en la nómina del mes correspondiente y únicamente habrá lugar a interrupción por estrictas necesidades del servicio. La Subdirección de Gestión del Talento Humano se abstendrá de interrumpir o aplazar vacaciones programadas hasta tanto se justifique la necesidad del servicio.
Cabe anotar que cualquier novedad relacionada con vacaciones deberá informarse por escrito a la Subdirección de Gestión del Talento Humano, con la debida antelación a efectos de adelantar los trámites administrativos a que haya lugar.
Finalmente, para la programación de vacaciones de los servidores públicos del Nivel Directivo y Asesor, esta deberá remitirse al Despacho del Señor Defensor y Vicedefensor del Pueblo, según corresponda, para su autorización, con copia a la Subdirección de Gestión del Talento Humano.
ALTUS ALEJANDRO BAQUERO RUEDA
Secretario General