MEMORANDO 50213 DE 2014
(noviembre 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Bogotá D.C,
| Para: | Servidores Públicos de las Regionales |
| De: | Secretario General |
| Asunto: | Trámite solicitudes de Situaciones Administrativas |
Respetados servidores,
Las Situaciones Administrativas pueden definirse como “el estado en que se encuentran los empleados públicos frente a la Administración en un momento determinado”(1), y de acuerdo con el Decreto 1950 de 1973, entre estas se encuentran. En licencia, en permiso, en comisión y en vacaciones.
Es así, que mediante el numeral 26, artículo 5, del Decreto-Ley 025 de 2014, le fue encomendada al Defensor del Pueblo la función de definir las situaciones administrativas de los servidores públicos de la Entidad.
Posteriormente, en ejercicio de esas facultades el Defensor del Pueblo profirió la Resolución No. 550 de 2014, la que reglamentó las citadas situaciones administrativas, y dejo en cabeza de los Defensores Regionales la competencia de otorgar los permisos hasta por un (1) día, y dar visto bueno a las solicitudes de permisos y licencias(2), permisos de cumpleaños(3), compensatorios(4) y vacaciones(5); y en los servidores públicos la obligación de informar inmediatamente a los Regionales sobre las calamidades domésticas(6) y licencias por luto(7), acaecidas.
Lo anterior, teniendo en cuenta que los Defensores Regionales son los responsables de la adecuada prestación de los servicios en las Regionales.
En consecuencia esta Secretaría General, a través de su Subdirección de Gestión del Talento Humano continuará brindado el apoyo necesario a los Defensores Regionales e invitan a todos los servidores públicos en el nivel regional, a cumplir lo establecido en la Resolución No. 550 de 2014, con el fin de evitar inconvenientes en la autorización de sus solicitudes.
Cordialmente,
ALFONSO CAJIAO CABRERA
Secretario General
1. Cartilla Laboral Empleo, Situaciones Administrativas, Jornada Laboral y Retiro de Empleados del Sector Público, Junio 2009. Pág. 41.
2. Artículo 5, Resolución No. 550 de 2014.
3. Inciso 2, artículo 10, Ibídem.
4. Parágrafo 2, artículo 13, Ibídem.
5. Artículo 14, Ibídem.
6. Artículo 11, Ibídem.
7. Artículo 12, Ibídem.