Buscar search
Índice format_list_bulleted

RESOLUCIÓN 14 DE 2003

(enero 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se revoca íntegramente las Resoluciones Nos. 239 de 2001, 558 de 2001 y 584 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO (E)

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial la conferida en el numeral 18 del artículo 9 de la Ley 24 de 1992, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución No. 239 de 29 de Marzo de 2.001 suscrita por el Defensor del Pueblo, se creó el Comité de Coordinadores Regionales con-el fin de establecer una organización interna que permitiera el adecuado fluir de la información entre las defensorías regionales y seccionales y el nivel central. Así mismo mediante Resolución No. 558 del 23 de julio de 2001 se modificó la Resolución No. 239 para ajustar la asignación de Regionales a diferentes coordinadores pertenecientes al nivel directivo de la entidad.

Que el artículo 10 de la Ley 24 de 1992 establece que "El Defensor del Pueblo podrá delegar sus funciones, salvo las de presentar informes anuales al Congreso, en el Secretario General, en los Directores Nacionales, en los Defensores Delegados, en los Defensores Regionales, en los Personeros Municipales y en los demás funcionarios de su dependencia."

Que el artículo 31 de la Ley 24 de 1992 dispone que "La Secretaría General tendrá las siguientes funciones: 1 Diseñar y proponer al Defensor del Pueblo, políticas en todas las áreas administrativas y, una vez aprobadas, velar por su desarrollo y cumplimiento. (...) 3.- Coordinar el cumplimiento en las diferentes dependencias de la Defensoría del Pueblo, de las políticas generales, normas y procedimientos administrativos. 9.- Las demás que le asigne el Defensor y que estén acordes con la naturaleza de la dependencia."

Que en la actualidad se está implementando el Plan Estratégico de la Defensoría del Pueblo el cual comprende diferentes fases, dentro de las cuales se encuentra el desarrollo de la nueva Arquitectura Organizacional, de acuerdo con actividades, roles y procedimientos allí establecidos.

Que en aras de avanzar con el mencionado plan, se hace necesario introducir modificaciones en la estructura de la organización de conformidad con las recomendaciones efectuadas por el Comité Directivo de la Defensoría, basado en las conclusiones formuladas por "Misión Humana", entidad encargada de asesorar el Plan Estratégico de la Institución.

Que mediante la adopción del nuevo plan estratégico se prevé que la Secretaría General se constituya en el gran articulador de las actividades de la regionales y seccionales conforme a las políticas y directrices fijadas por la dirección general.

Que con la adopción del nuevo plan estratégico se busca dar aplicabilidad a los principios de la eficacia, economía, racionalidad administrativa y eficiencia, conforme los contempla el artículo 209 de la Constitución Política.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. GESTIÓN DEFENSORIAL EN LAS REGIONALES Y SECCIONALES. En adelante corresponderá a la Secretaría General supervisar las oficinas regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo, conforme a las directrices impartidas por el Defensor del Pueblo y la instancia superior de la planeación estratégica de la Defensoría del Pueblo. Para los anteriores efectos se dotará a la Secretaría General de los elementos de logística y recurso humanos que sean necesarios, para la ejecución de las funciones que se determinan a continuación.

ARTÍCULO SEGUNDO. ADICIÓN FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 1602 de 1995, en el sentido de adicionar las siguientes funciones específicas en cabeza del Secretario General:

1. Velar porque las directrices misionales y administrativas fijadas por el Defensor del Pueblo para todas las oficinas regionales y seccionales en el país se cumplan de la manera más adecuada y eficiente, estableciendo para esos efectos pautas de gestión tales como un plan de trabajo único nacional y pautas de medición tales como indicadores de eficiencia.

2. Velar porque el accionar de las regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo se ajuste al pian único nacional que define ia instancia superior de la planeación estratégica de la Defensoría del Pueblo y a las directrices emitidas por el Defensor del Pueblo para todas las dependencias del país.

3 Coordinar la articulación de redes sociales que promueva o en las que participe la Defensoría del Pueblo a nivel nacional.

4. Recomendar al Defensor del Pueblo y a la instancia superior de la planeación estratégica la adopción de políticas o directrices en relación con temáticas públicas y demás tópicos misionales con alcance para todas las dependencias regionales o seccionales.

5. Recomendar y adoptar las medidas necesarias para una adecuada administración logística de todas las dependencias regionales y seccionales.

ARTÍCULO TERCERO. COORDINACIÓN. A efectos de apoyarse debidamente en el cumplimiento de las funciones mencionadas en el artículo anterior, la Secretaría General contará con el recurso humano necesario,

ARTÍCULO CUARTO. REVOCATORIA. La presente Resolución revoca expresa e íntegramente las Resoluciones Nos. 239 de Marzo 29 de 2.001, 558 del 23 de julio de 2001 y 584 del 9 de agosto de 2002.

ARTÍCULO QUINTO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 8 enero. 2003

DARÍO MEJÍA VILLEGAS

Defensor del Pueblo (E)

×