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RESOLUCIÓN 370 DE 2020

(febrero 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1409 de 2020>

Por medio de la cual se asigna una función al Grupo de Registro y Selección de Operadores.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales en especial las conferidas en los numerales 1 o. y 22 del Artículo 5o. del Decreto Ley 025 de 2014 y,

CONSIDERANDO

Que, mediante el Decreto Ley 025 de 2014 el Presidente de la República modificó la estructura orgánica y estableció la organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.

Que, los numerales 1o. y 22 del artículo 5o. del citado Decreto atribuyen al Despacho del Defensor del Pueblo la función reglamentaria para el eficiente y eficaz funcionamiento de la Defensoría del Pueblo y en lo relacionado a la actividad contractual.

Que, en virtud de lo anterior, el señor Defensor del Pueblo profirió la Resolución No. 1131 del 3 de octubre de 2018, mediante la cual se adoptó el manual de los procesos de gestión contractual de Defensoría Pública.

Que, el numeral 2.3.2.4 del citado manual asignó la función a los Defensores Regionales de realizar la aprobación de la garantía en la etapa contractual.

Que, el Defensor del pueblo en virtud de la función asignada en el numeral 25 del artículo 5o. del Decreto Ley 025 de 2014 conformó los grupos internos de trabajo en la Dirección Nacional de Defensoría Pública mediante la Resolución No. 060 del 24 de enero de 2014.

Que, con fundamento en la citada Resolución se organizó el Grupo de Registro y Selección de Operadores; al que le asignó el propósito de desarrollar los procesos contractuales y legales para la Defensoría Pública.

Que, el numeral 7o. del artículo 3o. de la Resolución No. 060 del 24 de enero de 2014 contempla como funciones del Grupo de Registro y Selección de Operadores “Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan al propósito de creación del grupo interno de trabajo”

Que, con ocasión de la implementación del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP II) y en aras de hacer más eficiente y eficaz la prestación del servicio, se torna necesario asignar al Grupo de Registro y Selección de Operadores la función de aprobar la garantía constituida por los prestadores del servicio.

Que, de conformidad con la motivación que precede y en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1409 de 2020> Asignar al Grupo de Registro y Selección de Operadores la función de aprobar la garantía constituida por los prestadores del servicio de la Defensoría Pública.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1409 de 2020> Modificar el numeral 2.3.2.4 de la Resolución No. 1131 del 3 de octubre de 2018 el cual quedará así.

“2.3.2.4 Aprobación de la garantía.

Una vez constituida la garantía y expedido el registro presupuestad el profesional especializado responsable del Grupo de Registro y Selección de Operadores, procederá a realizar la aprobación mediante la plataforma del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP II).

Cuando en desarrollo de los programas de la DNP, se debieran suscribir otros contratos diferentes a los de DP, la aprobación de las garantías y el desarrollo de las diferentes etapas del proceso contractual se regirán con base en la norma general de la Defensoría del Pueblo y no serán aplicables ninguna de las particularidades del presente manual, excepto el trámite fiscal que ampare el compromiso”

ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1409 de 2020> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los Veintiocho (28) de Febrero del año 2020

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

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